ORDENANZA Nº10853

Título: disponiendo la reserva de espacio para personas con necesidades especiales en espectáculos públicos.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1182-1999

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 27 de enero de 2000

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Las personas físicas o jurídicas, de carácter estatal o privado, que organicen espectáculos públicos de concurrencia masiva deberán reservar, en el lugar en donde se lleven a cabo los mismos, un sector perfectamente delimitado y de fácil acceso y egreso, que garantice la visibilidad, cuya superficie será acorde con la magnitud del evento, para que sea ocupado en forma exclusiva por personas con necesidades especiales.

Artículo 2º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERNATE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL.