ORDENANZA Nº 16648

Título: Faja Logística del Modelo Territorial de la ciudad de Bahía Blanca

Expediente H.C.D.: 475-2012

Expediente M.B.B.: 155-4088/2012

Fecha de Sanción: 5 de julio de 2012

Fecha de Promulgación: 16 de julio de 2012

Decreto de Promulgación Nª: 1255/2012

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Defínase la “FAJA LOGISTICA” del Modelo Territorial de  la ciudad de Bahía Blanca establecida por Ordenanza Nº 14.994, la constituida por la ZONA  DE ACTIVIDADES LOGISTICAS DEL PARTIDO DE BAHIA BLANCA creada por Ordenanza Nº 16.372, más las nuevas áreas INDUSTRIALES, LOGISTICAS y de SERVICIOS AFINES (ILyS-2y3), la RESIDENCIAL MIXTA LOGISTICA (RML) y la Extra Urbana de Reserva (EUr) que se consignan en el ANEXO gráfico I, y que forman parte de la presente Ordenanza.

 

ARTICULO 2º: ZONIFICACION: Incorpórase a la nomenclatura de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, en la clasificación: ILyS (Industrial, Logística y Servicios afines):

 

a)       el subíndice 1 (ILyS1) a la Zona de Actividades Logísticas definida en el Artículo 7º de la Ordenanza 16.372.

b)       ILyS2, IIyS3, RML y Eur a las nuevas zonas industriales y residenciales que se detallan en el Artículo 3º y 4º de la presente ordenanza.

 

ARTICULO 3º: OBJETIVOS ESPECIFICOS PARA CONFORMAR LA FAJA LOGISTICA. Los que a continuación se detallan como predominantes para cada sector, entre otros:

 

          Zona ILyS(1): los definidos en la Ordenanza Nº 16.372, con las atribuciones conferidas a la Comisión Promotora para conformar en este sector la ZONA DE ACTIVIDADES LOGISTICAS DEL PARTIDO DE BAHIA BLANCA. En general, las relacionadas al transporte, depósitos, transferencia de cargas, playa de estacionamiento, reparación y asistencia de vehículos y centro logístico de transporte y afines.

 

         Zona ILyS(2): Orientada principalmente a la localización de Industrias de mediana envergadura, depósitos y actividades relacionadas al transporte y afines.

 

          Zona ILyS(3): Destinada principalmente a localizar actividades relacionadas a la infraestructura de servicios en generación, producción y transporte (de electricidad, gas, agua y otros); industrias de mediana envergadura, transporte, depósitos, transferencia de cargas, playas de estacionamiento, reparación y asistencia de vehículos y centro logístico de transporte  y afines.

 

          Zona RML: Donde se compatibilizan las áreas de viviendas uni y bifamiliares con la industria taller. Con posibilidad de localizar industrias de cierta magnitud que no producen altos grados de molestia. Depósitos y actividades relacionadas al transporte y afines.

 

          Zona Eur: Área próxima al núcleo urbano cuya ocupación estará condicionada a un futuro crecimiento de la ciudad.

 

ARTICULO 4º: TEXTO NORMATIVO: Incorpórase al texto de zonificación del Código de Planeamiento Urbano el siguiente texto, y el cuadro de usos consignado en el ANEXO II de la presente ordenanza.

 

 

ZONA: INDUSTRIAL LOGISTICA Y SERVICIOS 1 (IL y S1)

(Corresponde a la sancionada por Ordenanza 16.372)

 

Caracterización:

 

Actividades relacionadas al transporte, depósitos, transferencia de cargas, playa de estacionamiento, reparación y asistencia de vehículos y centro logístico de transporte y afines.

 

Delimitación:

 

Eje calle Rivadavia, límite S.E. de las quintas 46 y 56 de la Circunscripción IV, Sección E, eje calle Darregueira, límite S.E. de las quintas 64 y 74, eje calle Brickman, límite S.E. de las quintas 81 y 89, eje calle Sáenz Peña, eje Arroyo Napostá y eje camino Grünbein-White.

 

Subdivisón:

 

Frente: 100 metros

 

Superficie: 10.000 m2

 

 

Indicadores Urbanísticos:

 

F.O.S.: 50%

F.O.T.: 1,00

 

Retiros. Frente: 5 metros

              Bilateral. 5 metros

              Fondo: 5 metros

Centro Libre de Manzana:----------

Altura máxima: ----------

 

Usos:

 

Según cuadros anexos

 

Cuadro de Usos Nº 1.

 

Cuadro Nº 3 de Clasificados Urbanística de las Industrias.

 

Cuadro Nº 5 de Clasificados Urbanística de los Depósitos.

 

 

ZONA: INDUSTRIAL LOGISTICA Y SERVICIOS 2 (IL y S2)

 

Caracterización:

 

Industrias de mediana envergadura, depósitos y actividades relacionadas al transporte y afines.

 

Delimitación:

 

Vías del FF.CC, eje calles Luis Augusto Huergo, Pedro Pico, Félix Frías y Ecuador, Vías del FF.CC., eje futura calle que unirá Avenida Gral. Arias con James Harris y Combate de Montevideo, eje calles Nueva Provincia, Plunkett y Sáenz Peña, Vías del FF.CC., eje Avenida Juan B. Justo y eje Luis Augusto Huergo-Camino Acceso a Puertos.

 

Subdivisión:

 

Frente: 30 metros.

 

Superficie: 1.200 m2.

 

 

Indicadores Urbanísticos:

 

F.O.S.: 60%

 

F.O.T.: 1,40

 

Retiros:

 

Frente: 3,00 metros.

 

Lateral: 2,50 metros para lotes mayores a 12 metros.

 

Bilateral: 2,50 metros para lotes mayores a 20 metros.

 

Fondo: 5,00 metros.

 

Centro Libre de Manzana: ----------

 

Altura máxima: ----------

 

Usos:

 

Idem Zona Industrial 2 (12).

 

 

ZONA: INDUSTRIAL LOGISTICA Y SERVICIOS 3 (IL y S3)

 

Caracterización:

 

Actividades relacionadas a la infraestructura de servicios (generación y transporte), industrias de mediana envergadura, transporte, depósitos, transferencia de cargas, playas de estacionamiento, reparación y asistencia de vehículos y centro logístico de transporte y afines.

 

Delimitación:

 

Límite N.E de las Circunscripciones: XIII, Sección F, Chacras 1, 2, 3 y 4; Circunscripción: XIII, Sección N; Circunscripción XIII, Sección F, Chacra 6; Circunscripción: XIII, Sección H, Quintas 1, 2, 3 y 4; Circunscripción XIII, Sección G; Circunscripción: XIII, Sección H, Quinta 6 y Circunscripción: XIII, Sección F, Chacras 7 y 8, vías del FF.CC., límite N.O. del ejido de la ciudad, deslinde con Zona CSur (1) (sobre ruta Nacional Nº 3 Sur), límite N.O. del ejido de la ciudad, vías del ferrocarril (vía Patagones), eje arroyo Saladillo, eje calle Migueletes, vías del FF.CC., eje calle Bahía Blanca, límite N.O. de las Circunscripciones: XIII, Sección H y Circunscripción: XIII, Sección J, eje Ruta Nacional Nº 3, eje Río Sauce Chico, límite N.O. de la Circunscripción: XIII, Parcela 1550 y límite N.O. de la Circunscripción: XIII,  Sección F.

 

Subdivisión:

 

Frente: 100 metros

 

Superificie: 10.000 m2.

 

Indicadores Urbanísticos:

 

F.O.S.: 50 %

 

F.O.T.: 1,00.

 

Retiros:

 

·         Frente: 5 metros

·         Bilateral: 5 metros.

·         Fondo: 5 metros.

 

 Centro Libre de Manzana: ----------

 

Altura máxima: ----------

 

Usos:

 

Ídem Zona Industrial 2 (I2) y actividades relacionadas a la generación, producción y transporte de electricidad, gas y agua.

 

 

 

ZONA: RESIDENCIAL MIXTA LOGISTICA (RML)

 

Caracterización:

 

Zona donde se compatibilizan las áreas de viviendas uni y bifamiliares con la industria taller. Industrias de cierta magnitud que no producen altos grados de molestia. Depósitos y actividades relacionadas al transporte y afines.

 

Delimitación:

 

Vías del FF.CC., ejes calles Ecuador, Félix Frías, Pedro Pico, Ingeniero Luis Augusto Huergo y Vías del FF.CC.

 

Subdivisión:

 

Frente: 12 metros.

 

Superficie: 300 m2.

 

Densidad Poblacional (para el cálculo de la superficie destinada a área verde y reserva de uso público): 200 habitantes /ha.

 

Indicadores Urbanísticos:

 

F.O.S.: 60%

 

F.O.T.: 1,40

 

Retiros: No tiene

 

Centro Libre de Manzana: Quedará definido por un retiro de fondo que corresponderá a la fórmula: (L-20)/2 (siendo “L” la longitud del lote). Se podrá ocupar el C.L.M. hasta una superficie igual al 50% de la superficie afectada por el mismo, en Planta Baja, hasta una altura máxima de 4,50 metros. En los casos de predios de longitud (L) menor a 28 metros y mayores o iguales a 20 metros, será obligatorio un retiro de fondo de 4 metros con las mismas características de ocupación y altura. Las parcelas menores de 20 metros de longitud y las ubicadas en esquina no serán afectadas por el retiro de fondo (L-20)/2. El Departamento Planeamiento Urbano, estudiará y definirá la superficie afectada al C.L.M. que le corresponderá a las parcelas con características particulares (parcelas pasantes, parcelas irregulares, etc.), en función de su ubicación en la manzana.

 

Altura máxima: 3 niveles (planta baja + dos pisos), menor o igual a diez metros.

 

Usos:

 

Ídem Zona Residencial Mixta (RM). No serán permitidos los conjuntos habitaciones que se  reencuadren en la Ordenanza 9438, ni las viviendas colectivas o multifamiliares.

 

 

ZONA: EXTRA URBANA DE RESERVAS (EUr)

 

Caracterización:

 

Área próxima al núcleo urbano cuya ocupación estará condicionada a un futuro crecimiento de la ciudad.

 

Delimitación (EUr 6):

 

Vías  del Ferrocarril (Vía Patagones), límite N.O. del ejido de la ciudad y eje del Arroyo Saladillo.

 

Subdivisión:

 

Frente: 100 metros.

 

Superficie: 10.000 m2.

 

Indicadores Urbanísticos:

 

F.O.S.: 20%

 

F.O.T..: 0,20

 

Retiros:

 

·         Frente. 3 metros.

 

Densidad: 4 hab/ha

 

Centro Libre de Manzana:----------

 

Altura máxima: ----------

 

Usos:

 

Idem Zona EUr.

 

 

ARTICULO 5º: EQUIVALENCIAS. A los efectos de la adecuación de los tipos de zonificación previstos en el Decreto Provincial 1741/1996, reglamentario de la Ley Provincial 11459, con aquellos normados en el Código de Planeamiento Urbano del Partido de Bahía Blanca, se aprueba el siguiente cuadro comparativo:

 

 

EQUIVALENCIAS

CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO DEL PARTIDO DE BAHIA BLANCA

 

Ley 11459. Decreto 1741/96

Industrial Logística y Servicios 1 (ILyS1)

ZONA D- Industrial Exclusiva

Industrial Logística y Servicios 2 (ILy S2)

Industrial Logística y Servicios 3(ILyS3)

Autorización de radicación de industrias de primera, segunda  y tercera categoría (Artículo 46 del Decreto 1741/96

Residencial Mixta Logística (RML)

Zona C – Industrial Mixta

Autorización de radicación de industria de primera y segunda categoría (Artículo 45º del Decreto 1741/96

 

 

 

 

ARTICULO 6º: PRIORIZACION PUBLICA DE  LAS INVERSIONES: Declárase las zonas ILyS 2 y 3, delimitadas en el Anexo I, y el Artículo 4º de la presente como de “Provisión prioritaria de servicios”, en los términos del Decreto Ley 8912/77, Artículo 85º, orientada a la realización de obras que aseguren la provisión de los servicios esenciales establecidos para la Zona y la posterior aplicación de un gravamen especial a los predios que permanezcan sin uso una vez realizadas. Se priorizará especialmente la consolidación de las rutas y calles aledañas a los efectos de mantenerlas en condiciones de transitabilidad permanente.

 

ARTICULO 7º: PRIORIZACIÓN PUBLICA DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE CONECTIVIDAD URBANA: Declárase en la totalidad de la “Faja Logística2 y las zonas que la conforman (ANEXO I, y Artículo 4º de la presente) la prioridad de generar la infraestructura de conexión, que aseguren la vinculación entre el área urbana y la faja costera. Se preverá especialmente la continuidad de las rutas y calles transversales que a continuación se detallan como mínimo, o las que a futuro defina la Secretaría de Obras Públicas, a los efectos de garantizar condiciones de transitabilidad permanente en los cruces  con la traza de “Vía Neuquén” del ferrocarril y la Autovía 3, más las requisitorias que los proyectos ejecutivos de ambas infraestructuras demanden:

 

Calle Pedro Pico                                   Ruta 3 Sur(Altura TGS- Gral Cerri)

Calle Ecuador / Dasso                          Calle Mayor Clerice

Calle Avda. Colón                                 Calle Acceso a Cerri

Calle Charlone                                      Sector Triángulo/Grünbein/Espora

Calle Avda. La Plata / Buenos Aires

Camino Enlace El Guanaco

Intersección RN3 y RN 33 (Paraje El Cholo)  

 

          A los efectos podrá Declararse de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación de las parcelas y/o macizos, que se afecten al establecimiento de las infraestructuras de: puentes, viaductos, rotondas y derivadores de tránsito, colectoras, etc; conforme al Artículo 91º del Decreto Ley 8912/77, facultándose al Departamento Ejecutivo a iniciar acciones  legales pertinentes para la ejecución de la expropiación.

 

          Asimismo, para llevar adelante las infraestructuras necesarias, los Departamentos Ejecutivo y Deliberativo, podrán requerir a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, declaración de utilidad pública y sujeta a expropiación de las parcelas que sean útiles para la resolución de las mismas.

 

ARTICULO 8º: CONTRIBUCION POR MEJORAS: Declárase de utilidad  pública y pago obligatorio al conjunto de mejoras que integren las zonas ILyS 2, y 3, delimitadas en el ANEXO I, y el Artículo 4º de la presente. Las mejoras serán justipreciadas como el incremento del precio que adquiera cada inmueble entre la situación al origen previo a la sanción de la presente Ordenanza y el precio de tasación que adquirirán una vez introducidas las mejoras. El gravamen a establecer queda establecido en un 50% de dicha mejora (sin superar el 33% del valor actualizado del bien). El Departamento Ejecutivo emitirá para cada inmueble un Acta de Mejoras donde se detalle el justiprecio de las mismas y la contribución correspondiente.

 

ARTICULO 9º: PROVISION PRIORITARIA DE SERVICIOS EN AREAS AUN NO SERVIDAS: Autorízase al Departamento Ejecutivo el dictado de la “Declaración Prioritaria de Servicios”, en forma previa al otorgamiento de factibilidades de conexión a servicios de agua, cloacas y energía eléctrica en las zonas delimitadas en la presente ordenanza. Debiéndose comunicar a las empresas prestadoras tal declaración.

 

ARTICULO 10º: VALUACIONES DE LOS INMUEBLES: Facúltase al Departamento Ejecutivo encomendar organismos o instituciones públicas autorizadas, para la determinación de las valuaciones de los inmuebles a efectos de cumplimentar lo establecido en el Artículo 8º de la presente.

 

 

ARTICULO 11º Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DOCE.

 

 

CUADRO DE USOS SEGUN DISTRITOS (cuadro Nº 1)

 

Referencia del cuadro de usos según distritos

 

(*) Permitido.

(1) Con las restricciones del distrito para el número de viviendas por lote.

(2) Superficie cubierta máxima 200m2.

(3) Superficie cubierta máxima 500m2.

(4) Superficie cubierta máxima 1.500m2. Máximo desarrollo sobre línea municipal 30m.

(5) Solamente los permitidos según cuadro Nº5.

(6) Solamente los permitidos según cuadro Nº3.

(7) La Comisión Asesora de Planeamiento efectuará en cada caso un estudio para determinar la conveniencia de la localización proyectada.

          T.F. Tierras del ferrocarril.

 

CUADRO  DE  USOS (Nº1)

USOS

ZONA

 

RUBRO

INDUSTRIAL, LOGISTICA Y SERVICIOS 1

CARGA Y DESCARGA

ADMINISTRACIÓN   PUBLICA

 

 

 

Correo central y/ o telégrafo

 

 

Cuartel de bomberos

*

VI

Estafeta postal

*

 

Oficina descentralizada (Reg. civil, DGI, teléfonos)

 

 

Oficina pública (con acceso de público (sin ac. público))

 

 

Penitenciaria, reformatorio

 

 

Policía, comisaría

*

VI

Policía departamento central

 

 

Sucursal de correos y telégrafos

 

 

Tribunales

 

 

COMERCIO MAYORISTA

 

 

 

Sin depósito exp. y ventas

*

 

Con depósito, excepto productos perecederos

5

III

Con depósito productos perecederos

5

VI

COMERCIO MINORISTA

 

 

 

Antigüedades

 

 

Art. deportes, armería, cuchi. instrumentos de precisión, music.

 

 

Autom., accesorios, embarc. aviones exposición y venta

 

 

Bazar, cristal, platería, art. de iluminación y del hogar

 

 

Casa de remate

 

 

Cerrajería

 

 

Cuadros, marcos y espejos enmarcados

 

 

Farmacia

 

 

Ferretería, herrajes, repuesto, mat. eléctricos, pinturería

 

 

Florería, artículos para jardinería y plantas de interiores

 

 

Joyería, relojería

 

 

Rodados, bicicletas, motocicletas

 

 

Galerías comerciales, grandes tiendas

 

 

Gas envasado, distribución hasta 100 KG

 

 

Gas envasado depósito anexo

 

 

Maquinarias, herramientas, motores  industriales y agric. exposición y venta

 

 

 

Máquinas de oficina

 

 

 

Materiales de construcción clase 1 exp. y ventas

 

 

Materiales de construcción clase 2 dep. s/mat. a gran.

 

 

Materiales de construcción clase 3 sin excepciones

 

 

Mercados y ferias

 

 

Mercería, botonería, bonetería, fantasías

 

 

Muebles en general productos de madera, mimbre  colchones

 

 

Óptica, fotografía

 

 

Papelería, librería, cartonería, juguetería, cotillón

 

 

Productos alimenticios, bebidas, tabaco, excluidas ferias

*

 

Kiosco, cigarrillos, golosinas, diarios, revistas, loterías

*

 

Papelería, artículos de culto rituales

 

 

Autoservicios de productos alimenticios y no alimenticios

*

I

Supermercados

 

 

Supermercado total

 

 

Sustancias químicas, caucho, plásticos

 

 

Textiles, pieles, art. personales y del  hogar, regalos

 

 

Venta  de  animales  domésticos , veterinarios  y  art.   p/ animales

 

 

Vivero

 

 

Vidrios y espejos

 

 

Pinturerías

 

 

CULTURA – CULTO – ESPARCIMIENTO

 

 

 

 

Autódromo, estadio, hipódromo, velódromo, etc.

 

 

Biblioteca central

 

 

Biblioteca local

 

 

Bar concert, salón de bailes, casa de fiestas (Ver ord. 11089 y 11283)

 

 

Cancha de tenis y de frontón con raqueta

 

 

Centro de exposiciones

 

 

Cine, teatro, auditorio, cine-teatro

 

 

Autocine

 

 

Circo rodante, parque de diversiones

 

 

Club-deport. c/ canchas al aire libre o canchas de golf

 

 

Club social, cultural y deportivo, instalaciones cubiertas

 

 

Corporaciones, cámaras y asociaciones profesionales

 

 

Exposición y galería de arte

 

 

Gimnasio, natatorio

 

 

Jardín botánico, acuario, zoológico

 

 

Museo

 

 

Templo

*

 

 

 

 

DEPOSITOS

 

 

 

Grado de molestia I

5

III

Grado de molestia II

5

III

Grado de molestia III

5

III

Grado de molestia IV

5

III

Grado de molestia V

5

III

RUBROS

 

 

EDUCACIÓN

 

 

 

Campus universitario

 

 

Escuela o colegio con internado

 

 

Escuela diferencial

 

 

Guardería infantil

 

 

Institutos técnicos, academias

 

 

Instituto de investigación sin laboratorio

 

 

Instituto de investigación con laboratorio

 

 

Pre-primaria

 

 

Primaria

 

 

Secundaria

 

 

Universitaria y superior no universitario

 

 

 

INDUSTRIA

 

 

 

Grado de molestia I

 

 

Grado de molestia II

6

III

Grado de molestia III

6

III

Grado de molestia IV

6

 

Grado de molestia V

6

 

 

 

 

INFR. DE SERVICIOS

 

 

 

Centrales y concentraciones telefónicas.

7

VI

Depósito de agua

7

VI

Depósito de gas (gasómetro)

7

VI

Cámaras transformadores

7

VI

RESIDENCIA

 

 

 

Asilo para ancianos.

 

 

Casa de pensión

 

 

Hogar infantil

 

 

Vivienda colectiva

 

 

Vivienda individual 

*

 

Vivienda bifamiliar

 

 

SANIDAD

 

 

 

Casa de reposo y convalecencia

 

 

Dispensario

*

 

Hospital

 

 

Primeros auxilios (consultorio externo)

*

 

Hospitales, clínicas, p/enfermos mentales

 

 

Clínicas, sanatorios o institutos privados

 

 

Servicios, centro o clínica, veterinaria

 

 

SERVICIOS

 

 

 

Agencias comerciales de empleo, turismo, etc.

 

 

Alimentación en general

*

 

Bar, café

*

 

Bancos y oficinas crediticias o financieras

*

V

Bancos, casa central

 

 

Bolsa de valores y de comercio

 

 

Copias, reproducciones s/ imprenta, lab. fotográfico

 

 

Editorial sin depósito ni imprenta

 

 

Escuela para animales

 

 

Estación de radio y/o TV. planta transmisora

 

 

Estación de servicio

*

I

Estudio de radio y/o TV. estudio de grabación de sonido

 

 

Guardias y consultorios profesionales

 

 

Estudio y consultorio profesional

anexo vivienda

*

 

Fúnebre (oficina)

 

 

Fúnebre con depósito y/o  garage

 

 

Fúnebre con garage sin depósito

 

 

Hoteles y lugares de alojamiento salvo hotel por horas

*

I

Hotel por horas

 

 

Laboratorio de análisis clínicos

 

 

Laboratorio de análisis industriales

 

 

Laboratorios de análisis no industriales

 

 

Lavandería  mecánica, autoservicio, lavado, secado y planchado

 

 

Tintorería

 

 

Oficina comercial

*

 

Personales directos en general

*

 

Peluquería, barbería

*

 

Peluquería y otros servicios de animales domésticos

 

 

Pensionado para pequeños animales

 

 

Lugar de estacionamiento, garage

*

 

Procesamiento de datos y tabulación

 

 

Velatorio

 

 

Lavadero de automotores

*

 

TRANSPORTES

 

 

 

Depósito de equipo ferroviario                               T. F.

 

 

Depósito de mercadería de tránsito

*

VI

Estación terminal FC. de larga distancia                   T. F.

 

 

Estación terminal de ómnibus de media distancia         7

 

 

Estación terminal de ómnibus de recorrido urbano       7

 

 

Estación terminal de ómnibus de transporte pre aéreo

 

 

Expreso de carga liviana

*

VI

Garage para camiones y material rodante publico  y privado

*

 

Garage para ómnibus y colectivos

*

 

Talleres ferroviarios                                                 T. F.

 

 

Terminal de carga para automotores

*

VI

Terminal de ómnibus para larga distancia                    7

 

 

Transporte de caudales

*

I

AGROPECUARIOS

 

 

 

Criaderos

 

 

Chacras de producción

 

 

Criaderos de aves

 

 

Tambos

 

 

Frutas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cuadro Nº 3

Clasificación Urbanística de las INDUSTRIAS

 

 

 

RESTRICCIONES

ZONAS

Grados de Molestia

Superficie cubierta en m2

Superficie de parcela en m2

Máximo desarrollo sobre L.M. en metros

Máximo número de operarios

INDUSTRIAL-LOGISTICA Y SERVICIOS 1

I

 

 

 

 

 

II

 

 

 

 

*

III

Hasta Agotar FOT

5000

 

 

*

Hasta Agotar FOT

Hasta 5000

1 Cuadra

200

*

Hasta 500

 

30

20

*

IV

Hasta Agotar FOT

5000

 

 

*

Hasta Agotar FOT

Hasta 5000

1 Cuadra

250

*

Hasta  750

 

30

30

*

Hasta 500

 

30

20

*

V

Hasta Agotar FOT

5000

 

 

*

Hasta Agotar FOT

Hasta 5000

1 Cuadra

250

*

Hasta 1500

 

30

50

*

Hasta 750

 

30

30

*

Hasta 500

 

20

15

*

Cuadro Nº 5

Clasificación Urbanística de los Depósitos

 

RESTRICCIONES

ZONAS

 

Grados de Molestia

Superficie cubierta en m2

Superficie de parcela en m2

Máximo desarrollo sobre L.M.

en metros

INDUSTRIAL-LOGISTICA Y SERVICIOS 1

 

 

 

I

 

 

 

*

 

 

 

II

Hasta Agotar FOT

10000

 

*

 

Hasta Agotar FOT

Hasta 10000

1 Cuadra

*

 

 

 

III

Hasta Agotar FOT

3000

1 Cuadra

*

 

Hasta Agotar FOT

Hasta 3000

½ Cuadra

*

 

 

 

IV

+1500

 

 

*

 

Hasta 1500

 

30

*

 

 

 

V

2500

 

 

*

 

Hasta +2500

 

30

*

 

 

 

III

IV

V

Hasta 500

 

20

*

 

Hasta 300

 

10

*