ORDENANZA N°: 19721
Título: Disponiendo el Reconocimiento de Daños Materiales Ocasionados al Pilar de Energía Eléctrica en la Propiedad de la Señora Silvina Anrriques.
Expediente del H.C.D.: 327-2019
Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-6356-2018
Fecha de sanción: 30-05-2019
Derogada por Ordenanza n°:
Modifica a la Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
El Proyecto de Ordenanza, referido al reconocimiento de daños ocasionados el día 5 de Abril de 2018, a un pilar de energía eléctrica ubicada en la propiedad de la Señora Silvina Anrriques, DNI Nº 12.474.209, a raíz del desprendimiento de un árbol causante de la poda realizada por empleados del Parques Municipales que se encontraban trabajando en el lugar, y;
CONSIDERANDO
Que, del presente expediente, surge la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA por el daño causado al pilar de energía eléctrica ubicada en la propiedad de la Señora Silvina Anrriques, DNI Nº 12.474.209, a raíz del desprendimiento de un árbol, causante de la poda realizada por empleados de Parques Municipales que se encontraban trabajando en el lugar; pudiéndose reconocer dicho episodio en el marco de las Ordenanzas Nº 7701 y 12.714.
Por todo ello y, atento que el damnificado ha desistido expresamente al inicio de acciones judiciales que pudieran corresponderle, condicionado a la reparación de los daños, reconociéndose la suma de SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($ 6.646.-), en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D EN A N Z A
ARTICULO 1º: Dispóngase el reconocimiento de los daños materiales ocasionados el día 5 de Abril de 2018, a un pilar de energía eléctrica ubicada en la propiedad de la Señora Silvina Anrriques, DNI Nº 12.474.209, a raíz del desprendimiento de un árbol causante de su poda; abonándose en tal concepto la suma de SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($ 6.646.-), en todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0/00-6356-2018 (327-HCD-19).
ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110114000, Cat. Prog. 01.06, Gasto 3840.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE.