ORDENANZA Nº 14573

Título: “Plan de Fortalecimiento para Talleres Protegidos”.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-625-2007

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 29 de noviembre de 2007

Fecha de Promulgación: 18 de diciembre de 2007

Decreto de Promulgación : 1329/2007

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Créase en el Partido de Bahía Blanca el “Plan de Fortalecimiento para Talleres Protegidos”.

 

Artículo 2º - Es objetivo de este Plan, fortalecer las tareas de inclusión social y de formación, llevadas a cabo por los Talleres Protegidos de nuestro partido a través de la educación y capacitación e4n trabajos y oficios productivos.

 

Artículo 3º - A partir de la entrada en vigencia de la presente norma, cuando el Municipio de Bahía Blanca deba adquirir productos o artículos, producidos, elaborados o armados por los Talleres Protegidos de la ciudad a través de su Departamento de Compras, se obliga a comprarlos (cuando así lo requieran sus necesidades) por el sistema de compra directa a los Talleres Protegidos inscriptos como proveedores municipales.

 

                En todos los casos, los productos deberán estar debidamente habilitados, registrados y supervisados por el Ministerio de Salud, de acuerdo a lo establecido en el artículo 156º, inciso 11) de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

Artículo 4º - Para cumplir cabalmente con el objetivo del Plan de Fortalecimiento, equitativamente se alternarán las compras entre los distintos Talleres, para lo cual el municipio coordinará con los mismos la forma de trabajo, a fin de promover un cronograma de pedidos y entregas de mercaderías que no entorpezca el normal desempeño de las oficinas gubernamentales ni de los talleres.

 

Artículo 5º - El precio pactado por la compra directa de los distintos artículos elaborados por los talleres protegidos no puede tener una variación mayor al 10% (diez por ciento) del valor del mercado de los mismos.

 

Artículo 6º - En el ámbito de la presente ordenanza se conformará una comisión de coordinación de este programa conformada por todos los talleres protegidos incluidos en el plan y por el Departamento de Compras de la Municipalidad de Bahía Blanca.

 

                El objeto de esta comisión será:

 

Artículo 7º - Los productos elaborados y producidos actualmente por los Talleres Protegidos que inmediatamente entran en el sistema de compra directa del presente programa son: panificados, escobas y escobillones, franelas, rejillas y trapos de piso, bolsas de residuos.

 

                A través del trabajo de la comisión y a medida que los talleres comiencen a producir o elaborar distintos artículos serán incorporados al presente programa.

 

Artículo 8º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.