ORDENANZA N°: 19658

Título: AUTORIZANDO OBRA DE GAS NATURAL EN CALLES DE LA CIUDAD.

Expediente del H.C.D.: 1184-HCD-2018

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00/77308/2018

Fecha de sanción: 04-04-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A



VISTO


Las presentes actuaciones iniciadas por vecinos de calle 9 de Julio del 5200 al 5400 (vereda par), entre Paula Albarracín y Teresa Ascencio; Francisca Hernández al 700 (ambas veredas), entre 9 de Julio y Sixto Laspiur; Paula Albarracín del 700 al 800 (vereda impar), entre 9 de Julio y Sixto Laspiur y Sixto Laspiur del 5100 al 5200 (vereda impar), entre Paula Albarracín y Francisca Hernández, mediante las cuales solicitan la Ejecución de la obra de Gas Natural Domiciliario en dicho sector, y;


CONSIDERANDO


Que, la presente obra se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de los Artículos 9º, inciso d), de dicha Ordenanza, 23º a 26º, de la Sección I, Capítulo IV, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76, “Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas” y de la Sección XII, del mismo Decreto Reglamentario de la citada Ordenanza.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Autorízase la obra de “Gas Natural Domiciliario en calles: 9 de Julio del 5200 al 5400 (vereda par) entre Paula Albarracín y Teresa Ascencio, Francisca Hernández al 700 (ambas veredas) entre 9 de Julio y Sixto Laspiur, Paula Albarracín del 700 al 800 (vereda impar) entre 9 de Julio y Sixto Laspiur y Sixto Laspiur del 5100 al 5200 (vereda impar) entre Paula Albarracín y Francisca Hernández” en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nº 03-006336-00-17, obrante en expediente Nº 0/00-7730-2018 (1184-HCD-2018).


ARTICULO 2º: Declárense cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial y 29º inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias.


ARTICULO 3º: La obra autorizada en el Artículo 1º, se encuadra dentro de las prescriptas en la Ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por aplicación de los Artículos 9º, inciso d), de dicha Ordenanza y 23º a 26º de la Sección I, Capítulo IV, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76 “Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas” de la Sección XII del mismo Decreto Reglamentario.


ARTICULO 4º: Declarase la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse conforme a las Disposiciones del Artículo 6º, de la Ordenanza Nº 2082 de Obras Públicas y concordantes del Decreto Nº 754/76. A los efectos del Artículo 3º, de la Ordenanza 2082, establézcase un sistema de prorrateo “Por Servicio”, es decir, que el valor total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los inmuebles afectados a la obra (Parcelas o Subparcelas, según el Régimen de la Ley 13.512).


ARTICULO 5º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20 y 21º de la Ordenanza de Obras Públicas.


ARTICULO 6º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficios obrantes a fojas 1 a 85 del expediente 0/00-7730-2018 (1184-HCD-2018) y habiéndose cumplimentado el Artículo 2º y demás requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4060 y el Artículo 1º del Decreto 731/94.


ARTICULO 7º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:

PRESIDENTE: Ing. Alejandro Meneses, Secretario de Infraestructura.

TESORERO: Sr. Horacio Oscar Cufre, Jefe de Oficina Administración de Consorcios.

SECRETARIA: Sra. María de los Angeles Fioramonti, DNI 26.665.039, vecina frentista.

VOCALES: Ing. Daniel Dotti, Legajo 12665 Jefe del Departamento Electricidad y Mecánica y el Sr. Rubén Miguez, DNI 5.506.397, vecino frentistas.


ARTICULO 8º: Los ingresos deberán efectuarse en la Partida: Jurisdicción 1110105000, Fuente: 131 Categ. Prog.60-01-00, Gasto 5210 del Presupuesto de Gastos vigente.











ARTICULO 9º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo par su ---------------------- cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.