ORDENANZA Nº 9755
Título: Disponiendo la caducidad del permiso de explotación que a título precario desarrolla la empresa Compañía de Omnibus La Unión S.R.L. con la Línea 500.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-713/97.
Expediente M.B.B.: 0/00-555/97 c/ 336-12221/96.
Fecha de Sanción: 22 de agosto de 1997.
Fecha de Promulgación: 28 de agosto de 1997.
Decreto de Promulgación Nº 555/97.
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Dispóngase la caducidad del permiso de explotación que a título precario desarrolla la empresa Compañía de Omnibus La Unión S.R.L. con la Línea 500.
Artículo 2º - Autorícese al Departamento Ejecutivo a proceder al llamado a Licitación Pública para la explotación de los servicios de la Línea 500.
Artículo 3º - Déjese establecido que la empresa Compañía de Omnibus La Unión S.R.L. deberá continuar con la prestación de los servicios de la Línea 500 en forma regular y continua hasta la fecha de inicio de la nueva prestataria.
Artículo 4º - Intímese a la empresa Compañía de Omnibus La Unión S.R.L., en su carácter de prestataria a título precario de los servicios de las Líneas 501 y 504, a ajustarse a los plazos que establezca el Departamento Ejecutivo para la normalización total de los mismos, bajo apercibimiento de proceder sin más trámite a disponer la caducidad de los mismos.
Artículo 5º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.