ORDENANZA Nº 9081.

Título: Destino de productos alimenticios decomisados.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-50/96.

Expediente M.B.B.: 610-3243/96.

Fecha de Sanción: 1 de abril de 1996.

Fecha de Promulgación: 15 de abril de 1996.

Decreto de Promulgación Nº 288/96.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Los productos alimenticios que por cualquier motivo sean decomisados por el Municipio previa intervención de las áreas respectivas y la autorización del Tribunal de Faltas y sean considerados aptos para el consumo humano por la División de Bromatología, serán entregados a Instituciones de Bien Público a través de la Secretaría de Salud y Acción Social.

Artículo 2º ­ Aquellos productos alimenticios decomisados por el Municipio y que no sean considerados aptos para el consumo humano por la División de Bromatología, serán entregados, previa autorización del Tribunal de Faltas, a la Asociación Protectora de Animales del Sur con destino al refugio que dicha Institución posee en la Ruta 3 Sur, Km. 696.

Artículo 3º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A PRIMERO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.