ORDENANZA N°: 18599
Título: Creando en el Partido de Bahía Blanca los Espacios de Recreación Canina.
Expediente del H.C.D.: 1983-2014
Fecha de sanción: 18-08-2016
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase en el Partido de Bahía Blanca, los Espacios de Recreación Canina.
ARTICULO 2º: Se entiende por Espacios de Recreación Canina, a aquellos sectores debidamente cerrados y señalizados, que cuentan con juegos de agilidad y destreza, que tiendan a garantizar una mejor calidad de vida a los perros y brindar correcta información a sus dueños, atinente al cuidado y responsabilidad.
ARTICULO 3º: Dispónese, en el marco del Plan Director de Espacios Verdes, la colocación de Espacios de Recreación Canina, en el Parque de Mayo, Parque Independencia y Parque de la Ciudad.
ARTICULO 4º: El Municipio se encuentra facultado para celebrar convenios con empresas públicas y privadas, para el desarrollo y puesta en marcha de la presente Ordenanza.
ARTICULO 5º: Los Espacios de Recreación Canina, estarán a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, debiendo designarse a un personal encargado exclusivo para el mantenimiento y su limpieza.
ARTICULO 6º: Para la utilización de los espacios de recreación, es obligación de los dueños de los canes:
Llevar su perro con un collar, correa, placa de identificación con nombre y dirección y bozal.
Recoger los excrementos de su mascota.
Llevar bolsas destinadas a la recolección de excrementos.
No llevar perros enfermos, ni en celo.
Evitar que nuestras mascotas se acerquen a personas o niños que circundan o transitan por el sector.
Tener a su mascota debidamente vacunada, debiendo exhibir, en caso de ser requerida, los comprobantes respectivos.
ARTICULO 7º: Con la finalidad de fomentar la formación de una cultura del buen trato y cuidado de las mascotas, se realizarán en los Espacios de Recreación Canina, las siguientes actividades:
A) Llevar a cabo campañas de información, a través de charlas mensuales, que se impartan en el área destinada para esparcimiento de los canes, siendo gratuitas y de libre acceso. Para su realización, se recurrirá a la participación de especialistas, otras asociaciones, empresas patrocinadoras, los propios usuarios, etc. Los temas pueden ser:
Derechos y obligaciones de los dueños de mascotas.
Importancia de la aplicación de vacunas a las mascotas.
Importancia de la recolección de los desechos de las mascotas.
Tratamiento y eliminación de desechos de las mascotas y desechos en general.
El respeto y cuidado del medio ambiente.
El respeto, cuidado y amor a los animales.
Cultura de derechos de los animales, ley Nacional Nº 14.346.
Importancia del juego para las mascotas: convivencia y socialización.
La importancia del ejercicio para que las mascotas tengan una vida sana y digna.
.Alimentación de las mascotas.
Acciones simples de adiestramiento canino.
B) Habilitación de un espacio mural para la colocación de cartelerìa relacionada don
La búsqueda y localización de mascotas extraviadas.
Tips relacionados con información de interés para los dueños de mascotas.
Información que el “Espacio de Recreación Canina”, desee compartir con los vecinos.
ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS.