ORDENANZA Nº8362

Título: Adjudicando licitación pública para el servicio de barrido manual en calles de la ciudad.

Tema:

Expediente H.C.D.:HCD-1554/94.

Expediente M.B.B.: 425-9254/94.

Fecha de Sanción: 16 de diciembre de 1994.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1° Dispóngase la adjudicación de la licitación pública 810/94, para el servicio de barrido manual en calles de Bahía Blanca, a la Unión Transitoria de Empresas integrada por Benito Roggio e Hijos y Ormas S.A.I.C.I.C., en un todo de acuerdo con los antecedentes que corren en el expediente 425-9254/94 (1554-HCD/94).

Artículo 2° De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.

LICITACION PUBLICA 810.

SETIEMBRE 1994.

SERVICIO DE BARRIDO MANUAL EN CALLES DE BAHIA BLANCA.

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

CAPITULO 1. OBJETO.

ARTICULO 1. OBJETO.

Artículo 1 : a) Enunciación del Objeto.

b) Exclusividad.

Artículo 2 : Duración del contrato.

Artículo 3 : Adquisición del pliego.

Artículo 4 : Apertura de Propuestas.

CAPITULO II. PROPONENTES

Artículo 5 : Capacidad civil y técnica.

Artículo 6 : Capacidad financiera.

Artículo 7 : Condiciones legales para los oferentes.

Artículo 8 : Inscripción en el Registro de Proveedores.

Artículo 9 : Representantes y Apoderados.

Artículo 10 : Impedimentos.

Artículo 11 : Experiencia en Servicios.

ARTICULO III. GARANTIAS Y SEGUROS.

Artículo 12 : Garantía de Oferta.

Artículo 13 : Garantía de Contrato.

Artículo 14 : Obligaciones Laborales y Previsionales

Artículo 15 : Normas a aplicar.

Artículo 16 : Seguros.

Artículo 17 : Responsabilidad por daños y perjuicios.

CAPITULO IV. PROPUESTAS

Artículo 18 : Presentación de la Propuesta.

Artículo 19 : Forma de Presentación.

Artículo 20 : Plan de Trabajos.

CAPITULO V. PRESELECCION.

Artículo 21 : Procedimiento posterior al acto de apertura.

Artículo 22 : Apertura del sobre de oferta o cotización.

CAPITULO VI. ADJUDICACION

Artículo 23 : Evaluación de las propuestas

Artículo 24 : Criterio de Selección.

Artículo 25 : Mejora de Ofertas.

Artículo 26 : Notificación de la Adjudicación.

Artículo 27 : Oferente único.

Artículo 28 : Escritura Pública.

CAPITULO VII. DE LA EJECUCION DEL CONTRATO.

Artículo 29 : Iniciación de los Trabajos.

Artículo 30 : Ampliación de los servicios.

Artículo 31 : Obligaciones del contratista.

CAPITULO VIII. RETRIBUCION DEL SERVICIO.

Artículo 32 : Presentación de facturas y pago.

Artículo 33 : Variaciones de Costo.

Artículo 34 :Atraso de pago.

CAPITULO IX. PENALIDADES - RESCISION DEL CONTRATO.

Artículo 35 : Procedimientos de aplicación.

Artículo 36 : Fiscalización.

Artículo 37 : Infracciones sancionadas.

Artículo 38 : Rescisión del; contrato.

A. ANEXO I. CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS.

B.ANEXO II. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO.

C.ANEXO III. INFORMACION PARA COTIZACION Y FACTURACION.

D.ANEXO IV. PLANO DE AREA DE PRESTACION Y FRECUENCIAS.

E.ANEXO V. DE LA SUPERVISION.

F.ANEXO VI. FORMULARIO DE COTIZACION.

SERVICIO DE BARRIDO MANUAL EN CALLES DE BAHIA BLANCA.

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

CAPITULO 1 . OBJETO

Artículo 1º a)ENUNCIACION DEL OBJETO : La Municipalidad de Bahía Blanca convoca a licitación pública para contratar la prestación de los servicios de Barrido y Limpieza de Calzada y Transporte de Material.

  1. EXCLUSIVIDAD : El contratista tendrá exclusividad, por el termino de vigencia del contrato para la prestación del servicio en los sectores que se le adjudiquen.

Artículo 2º : DURACION DEL CONTRATO : La duración del contrato será de tres (3) años con opción de prorroga a favor de la Municipalidad por doce (12) meses más. Está opción será notificada al Contratista por medio fehaciente con una antelación no menor de treinta (30) días a la fecha del vencimiento. El contratista deberá continuar con la prestación del servicio, aún después de haber expirado el plazo contractual y hasta la iniciación de las tareas por quien haya de tomarlo a su cargo. Sin embargo este termino no podrá exceder de sesenta (60) días corridos, a partir de la fecha de vencimiento del contrato o de una de sus eventuales prórrogas. La duración del contrato se contará a partir de la fecha de inicio de los servicios.

Artículo 3 : ADQUISICION DEL PLIEGO : La adquisición del Pliego de Bases y Condiciones se efectuará en el Departamento Compras de la Municipalidad de Bahía Blanca de lunes a viernes de 7.45 a 13.00 horas previo pago de la suma de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($7.852.) que se abonarán en la Tesorería Municipal, importe no restituible y por el que se extenderá un recibo donde constará el nombre completo del oferente y su domicilio real. Este recibo deberá acompañar la propuesta.

Artículo 4 : APERTURA DE PROPUESTAS : La apertura de propuestas se realizará en acto público en las oficinas del Departamento Compras el día 21 de octubre de 1994 a las 10.00 horas. Si el día fijado para la apertura fuera declarado feriado o asueto administrativo, el acto licitatorio tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora. Antes de la apertura de los sobres, los interesados podrán pedir o formular aclaraciones relacionadas con la licitación, pero una vez iniciado el acto, ninguna observación será admisible ni tenida en consideración hasta la conclusión del mismo.

CAPITULO II. PROPONENTES.

Artículo 5 : CAPACIDAD CIVIL Y TECNICA : A exclusivo juicio de la Municipalidad los proponentes deberán reunir suficiente capacidad civil y técnica. En caso de sociedades, la primera se determinará en base al contenido de su estatuto social. En cuanto a la capacidad técnica, se tendrá en cuenta la memoria descriptiva sobre métodos de trabajo que la empresa se propone utilizar, el plan de trabajo, el detalle de equipos que se afectará al servicio y otros antecedentes que sean presentados por el oferente y obtenidos por la Municipalidad.

Artículo 6 : CAPACIDAD FINANCIERA : La capacidad financiera de los proponentes se establecerá considerando: a) Los balances o manifestaciones de bienes. b) La liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo. c) Los informes bancarios y comerciales que se acompañen.

El juicio de la Municipalidad en cuanto a la apreciación de la capacidad financiera de los proponentes será inapelable.

Artículo 7 : CONDICIONES LEGALES PARA LOS OFERENTES : Los proponentes aceptarán por el solo hecho de participar en esta licitación la competencia de los tribunales ordinarios de la Provincia de Buenos Aires y harán renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción para todas las cuestiones que pudieran suscitarse con motivo de la licitación, posterior adjudicación .y/o contratación de los servicios licitados, debiendo constituir a tal efecto domicilio especial dentro del radio de la ciudad de Bahía Blanca , donde se tendrá por válida cualquier notificación, interpelación o intimación administrativa o judicial que se realice.

ARTICULO 8 : INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES : Los proponentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Bahía blanca.

ARTICULO 9 : REPRESENTANTES Y APODERADOS : Quienes comparezcan al acto de apertura de propuestas como representantes de personas de existencia ideal o como apoderados de algún proponente y quienes hayan suscripto en tales condiciones documentación que integre las propuestas, deberán acreditar fehacientemente el carácter que invoquen.

ARTICULO 10 : IMPEDIMENTOS : Les está prohibido presentar propuestas a

a) Los deudores morosos de la Municipalidad en cualquier concepto.

b) Los suspendidos o inhabilitados en el Registro de Proveedores de la Municipalidad a la fecha de apertura de propuestas.

  1. Los agentes municipales y las sociedades integradas total o parcialmente por aquellos.

e) Quienes se hallaren en estado de Concurso Civil, convocatoria de acreedores, quiebra o liquidación.

e) Los que por cualquier causa hubieren rescindido unilateralmente algún contrato con este Municipio en los últimos cinco (5) años.

f) Las sociedades cuyos componentes, miembros del Directorio, socio administrador o gerente no socio, estuvieren alcanzados por algunos de los impedimentos establecidos en este artículo.

g) Los cónyuges o ascendientes o colaterales hasta el segundo grado de los impedidos.

h) Los inhabilitados por condena criminal, judicial o penal.

Cuando se constatare que el proponente estuviera alcanzado por alguna de las prohibiciones establecidas en este artículo procederá :

1) El rechazo de la propuesta, con la pérdida de la garantía de oferta si el impedimento se advirtiere en el lapso que va entre la apertura de la licitación y la adjudicación.

2) La anulación del contrato, con pérdida de la garantía del mismo y la indemnización de los daños y perjuicios cuando el impedimento se advirtiera después de notificada la adjudicación.

ARTICULO 11 : EXPERIENCIA : Los proponentes deberán acreditar una experiencia mínima de TRES (3) AÑOS ininterrumpidos en este tipo de servicio, en municipalidades con servicios análogos o superiores al que se licita, estableciéndose una exigencia de 1000 (mil) cuadras de promedio diario de barrido. En caso de consorcio de empresas y/o U.T.E. esta exigencia será cumplimentada por cada uno de sus integrantes.

CAPITULO III. GARANTIAS Y SEGUROS.

Artículo 12 : GARANTIA DE OFERTA : El proponente garantizará por la suma equivalente al uno (1) por ciento del presupuesto oficial su oferta, integrándola en cualquiera de las siguientes forma

a) En efectivo depositado a la orden de la Municipalidad de Bahía Blanca en el Banco de la Provincia de Buenos Aires en la cuenta :"Cuenta de terceros" (Art.72 Ley Orgánica, Art.94 Reglamento de Contabilidad).

  1. Fianza bancaria o de entidad autorizada por el Banco Central de la República Argentina que deberá constituir al fiador en liso, llano y principal pagador, ser eximido por todo el término de la propuesta y por la totalidad del monto sin restricciones ni salvedades, todo ello bajo pena de rechazo de la propuesta.
  2. Póliza de caución con los recaudos del punto anterior.

Esta garantía cubrirá las obligaciones del oferente por un plazo mínimo de noventa (90) días corridos, contando a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

La garantía de ofertas será devuelta al proponente dentro de los treinta (30) días de notificada la adjudicación de la licitación, excepción hecha de la que corresponda a la firma adjudicataria, la que será devuelta una vez que integre la garantía de contrato de conformidad a lo descripto en el art. 13.

ARTICULO 13 : GARANTIA DE CONTRATO : Como condición para la firma del contrato, el adjudicatario deberá garantizar el cumplimiento de todas las prestaciones a su cargo con un monto equivalente al diez (10) por ciento del monto contractual por el tiempo estipulado. La garantía de contrato deberá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 12. Si el adjudicatario no integra la garantía de contrato antes del plazo previsto en este pliego para su firma, la adjudicación quedará sin efecto y el interesado sufrirá la pérdida de su garantía de oferta y podrá ser demandado por los daños y perjuicios que ocasione una nueva adjudicación.

ARTICULO 14 : OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES : El contratista deberá cumplir las leyes laborales y previsionales respecto del personal que afecte al servicio licitado, el que se encontrará encuadrado dentro del convenio colectivo de trabajo nro. 40/89. La Municipalidad tendrá derecho a solicitar en cualquier momento la exhibición de la documentación que acredite tales cumplimientos.

ARTICULO 15 : NORMAS A APLICAR. El Contratista deberá cumplir con las disposiciones que establecen las normas de Seguridad e Higiene para Empresas Contratistas, normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo nro. 1958 y su decreto reglamentario Nro. 351/79,Ley de Contratos de Trabajo.

ARTICULO 16 : SEGUROS : El Contratista deberá contratar seguros contra accidentes de trabajo a su personal y respecto de responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionarse a terceros.

ARTICULO 17 : RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS : Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16, el Contratista será responsable de los daños y perjuicios ocasionados por sus dependientes y cosas afectadas al servicio. En caso de que algún reclamo o demanda judicial prosperase en contra de la Municipalidad, el Contratista deberá restituir a la misma todos los gastos y costos soportados. Las sumas así devengadas, podrán hacerse efectivas de los créditos a su favor o depósitos de garantía.

CAPITULO IV. PROPUESTAS.

ARTICULO 18 : PRESENTACION DE LA PROPUESTA : Las ofertas deberán presentarse escritas a máquina, debidamente firmadas cada una de ellas por el oferente y su representante técnico, este último profesional Ingeniero, con experiencia en servicios de Higiene Urbana, lo que acreditará convenientemente. No se tomarán en cuenta las propuestas que presentaran correcciones, raspaduras o entre líneas, que no hubieren sido debidamente salvadas al pie de la misma. Las cantidades deberán ser consignadas en letras y números. Cuando existiera diferencia entre ambas, se tomarán como válidas las primeras. Toda documentación que se presente en fotocopia deberá estar legalizada por Escribano Público y certificada por el respectivo Colegio de Escribanos en caso que el funcionario fuera de otra jurisdicción.

ARTICULO 19 : FORMA DE PRESENTACION : Las ofertas deberán ser presentadas en la forma y con los requisitos que a continuación se detallan :

SOBRE NRO. 1 :

REQUISITOS TECNICOS Y LEGALES : Especificará el Nro. de expediente y nombre del oferente. En original.

a) Nota de presentación, en la que figurará el nombre completo del proponente y su domicilio real.

b) Un ejemplar del Pliego de Bases y Condiciones con todas sus hojas firmadas con la aclaración pertinente respecto de la identidad y cargo del firmante.

c) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad.

d) Constitución de domicilio legal y especial y prórroga de jurisdicción en la forma indicada en el artículo 7.

e) Constancia de haber constituido la garantía de oferta en alguna de las formas previstas en el artículo 12.

f) Declaración jurada de no encontrarse bajo ninguna de las formales de exclusión enumeradas en el artículo 10.

g) En caso de que el proponente sea una persona de existencia ideal deberá acompañar el Acta constitutiva y el Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio. La duración de la sociedad determinada en su contrato social deberá ser como mínimo igual al término previsto para el contrato y su eventual prórroga. Además se agregará el acta de directorio autorizado a la presentación a la licitación.

h) Poderes otorgados mediante escritura pública, de las que resulte que los mandatarios se hallan facultados para obligar a sus representados a contratar en sus nombres.

i) Fotocopias autenticadas de boletas de depósito de aportes previsionales correspondientes a los últimos doce (12) meses.

j) Fotocopias autenticadas de la constancia de inscripción y recibos de pagos de los períodos vencidos del corriente año de Impuestos al Valor Agregado, a las Ganancias y a los Ingresos Brutos.

k) Balance de los tres últimos ejercicios (o manifestación de bienes en caso de tratarse de una empresa unipersonal), certificados por Contador Público Nacional y legalizados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

l) Plan de trabajos en un todo de acuerdo a lo establecido en este Pliego, respecto de las características del servicio licitado y en el que conste un detalle del personal y equipos a emplear, horario de prestación de las tareas, memoria descriptiva sobre el método de tareas propuesto, etc.

ll) Certificados de Servicios similares emitidos y firmados por autoridad municipal competente, donde conste la experiencia exigida en el artículo 11 del Pliego.

m) Constancia de prestación de prototipos y títulos de propiedad de los vehículos o fotocopia autenticada de estos últimos, según las especificaciones exigidas en el ANEXO 1, punto A.2 del Pliego.

n) Referencias Bancarias y Comerciales.

o) Plan de relaciones con la comunidad.

p) Factura Proforma Anexo III.

La omisión de los requisitos exigidos en los incisos a), b), c), d), e), l), ll) y m), será causal automática de rechazo de la propuesta, devolviéndose en el mismo acto de apertura el sobre de cotización al interesado a fin de mantener la reserva del precio ofertado. La omisión de los requisitos exigidos en los demás incisos podrá ser suplida dentro de las cuarenta y ocho horas de clausurado el acto, sin lo cual será rechazada la propuesta. Las causas de rechazo que pasaran inadvertidas en el acto de apertura de las propuestas podrán surtir efecto posteriormente si se comprobare durante el estudio de las mismas.

Toda documentación que no sea ejemplar original cuando este último no se exige expresamente, deberá consistir en fotocopias autenticadas.

La Municipalidad se reserva el derecho de verificar ampliamente todos los datos y constancias suministradas por el proponente.

SOBRE NRO. 2

OFERTA : Deberá individualizar : Número de expediente y el nombre del proponente. El sobre, cerrado y lacrado, contendrá los formularios de oferta original y dos copias debidamente firmados por el oferente y el representante técnico.

Dicha oferta deberá efectuarse en el formulario incluido en el Anexo VI de este Pliego u otro igual al mismo.

El sobre Nro.2 deberá contener análisis de precio, del que resulte con claridad el origen de la cotización, especificando cada uno de los componentes del precio ofertado en su valor absoluto y relativo.

El rubro mano de obra deberá indicar los sueldos individuales por especialidad y la discriminación de cargas sociales. La Municipalidad se reserva el derecho de verificar, ampliar y solicitar nuevos elementos de juicio para su correcta evaluación de la oferta.

La Municipalidad podrá admitir la presentación de alternativas basadas en distintas metodologías de trabajo dentro de las pautas establecidas en los Anexos I y II, las que serán tenidas en cuenta a los efectos de la determinación de la oferta más conveniente, siempre y cuando a exclusivo juicio de la Municipalidad, estas propuestas cumplan con los objetivos de la presente licitación.

ARTICULO 20 : PLAN DE TRABAJOS : El Plan de Trabajos será presentado como proyecto integral del servicio y deberá contener :

a) Organigrama de la Empresa.

b) Plan detallado de las modalidades con que serán prestados cada uno de los servicios licitados en caso de serle adjudicada la contratación.

El Plan de trabajo deberá contener como mínimo :

1) Programación y diagramación del servicio, en forma detallada y expresando en planos los sectores a servir, horarios y frecuencias.

2) La dotación de personal a utilizar para la conducción del mismo, los programas de entrenamiento a que someterá al personal, los sistemas de control a implementar y el Plan de Relevo, sustitución o refuerzo de personal.

3) La descripción del equipo, vehículos, maquinarias o implementos a utilizar indicando detalladamente las características de cada uno, su afectación al servicio y todo otro dato que permita establecer con exactitud los recursos y elementos técnicos que se dispondrá para apoyo del servicio.

4) La descripción técnica de las instalaciones fijas que utilizará el contratista para realizar el servicio, las que deberán contar con servicios sanitarios y facilidades para el personal. Estas instalaciones podrán ser de propiedad del oferente o alquiladas pero su descripción deberá ser incluida en la propuesta, acreditándose fehacientemente la propiedad o alquiler del predio a utilizar, el que deberá encontrarse en zona habilitada par realizar este tipo de actividades.

5) Todo otro elemento que permita establecer las modalidades, sistemas, medios técnicos y recursos materiales y humanos a adoptar o emplear para la prestación del servicio.

6) Plan de Implementación del servicio que permita establecer la posibilidad de iniciar la prestación efectiva del mismo en la fecha prevista. Dicho plan deberá incluir el cronograma con las fechas de disponibilidad de equipos, dotaciones de personal, adiestramiento del mismo, incorporación de los restantes elementos técnicos o de infraestructura necesaria.

CAPITULO V. PRE-SELECCIÓN.

ARTICULO 21 : PROCEDIMIENTO POSTERIOR AL ACTO DE APERTURA.

La Comisión de funcionarios que tenga a su cargo el acto de apertura de propuestas certificará la existencia formal de la documentación requerida en el artículo 20 y elevará la misma para el análisis de la Comisión de Preselección. Los sobres conteniendo la oferta propiamente dicha o cotización que no hubieran sido devueltos a los proponentes considerados inadmisibles en el acto de apertura, serán guardados sin abrir y con su cubierta suscripta por los funcionarios presentes en el acto de apertura y por los representantes de los oferentes que deseen hacerlo.

La Comisión de Preselección se abocará en los días siguientes a la apertura de propuestas el estudio de la documentación presentada en esta licitación y podrá requerir de los interesados toda i

ARTICULO 22 : APERTURA DEL SOBRE DE OFERTA DE COTIZACION.

Una vez decidido cuales serán los proponentes que continuarán en el proceso de selección, la Municipalidad comunicará tal decisión a todos los interesados. A las firmas no seleccionadas se les invitará a retirar su sobre de oferta. A los restantes oferentes se les comunicará su aceptación, invitándolos a presenciar la apertura de los sobres de oferta o cotización.

En el lugar, día y hora que se establezca ( el que se comunicará a los interesados en la invitación mencionada en el párrafo anterior), se procederá a la apertura de los sobres de cotización de acuerdo al siguiente procedimiento :

a) Se verificará la existencia de todos los sobres que correspondan.

b) Se verificará el correcto estado de sus cerramientos y lacrado.

c) Se abrirán los sobres de los proponentes preseleccionados, labrándose un acta en la que se consignarán los importes de cada oferta.

d) Todos los presentes suscribirán el acta.

CAPITULO VI. ADJUDICACION.

ARTICULO 23 : La Comisión de Preselección actuará como Comisión de Adjudicación y estudiará las cotizaciones presentadas, pudiendo requerir a los proponentes cualquier información complementaria que considere necesaria.

ARTICULO 24 : CRITERIO DE SELECCIÓN. La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar o no el servicio licitado. La adjudicación recaerá en la propuesta más conveniente tanto desde el punto de vista económico (precio ofertado) como técnico (calidad del servicio ofrecido, solvencia moral y material, antecedentes de idoneidad) a exclusivo juicio del Municipio.

ARTICULO 25 : MEJORA DE OFERTAS. Si entre las cotizaciones presentadas hubiera dos similares, pertenecientes a proponentes de iguales merecimientos de idoneidad (igual orden de preferencia), se llamará a mejora de ofertas para dentro de los tres días corridos de tomada tal decisión. La mejora se concretará en sobre cerrado cuya apertura se realizará en acto público aplicándose en los pertinente al procedimiento descripto en el artículo 22.

ARTICULO 26 : NOTIFICACION DE LA ADJUDICACION. Dentro de los tres (3) días de dictado el decreto de adjudicación, dicho acto administrativo será comunicado por medio fehaciente al adjudicatario, haciéndosele saber que deberá suscribir el contrato dentro de los diez (10) días corridos contados desde esa notificación y que deberá integrarse previamente la pertinente garantía de contrato, conforme lo establecido en el artículo 13. Todos los trabajos objeto de la presente licitación serán adjudicados a un solo oferente.

ARTICULO 27 : OFERENTE UNICO. La concurrencia o la preselección de un solo oferente no será obstáculo para la prosecución del trámite de la licitación, si a juicio de la Municipalidad de Bahía Blanca, el mismo reúne las condiciones requeridas para la admisión de la propuesta.

ARTICULO 28 : ESCRITURA PUBLICA. El contratista podrá solicitar que el contrato sea pasado a Escritura Pública siendo de su exclusiva cuenta los gastos que se originen.

CAPITULO VII. DE LA EJECUCION DEL CONTRATO.

ARTICULO 29 : INICIACION DE LOS SERVICIOS. La iniciación de los servicios se hará dentro de los treinta días corridos de la fecha de firma del contrato, la que constará en el mismo.

ARTICULO 30 : AMPLIACION DE LOS SERVICIOS. La Municipalidad se reserva el derecho de reducir o ampliar los servicios hasta un veinte (20) por ciento del total contratado, siempre en los términos y condiciones del presente pliego. Ambas circunstancias serán comunicadas al Contratista en forma fehaciente con una antelación no menor de treinta (30) días corridos.

ARTICULO 31: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se obliga a cumplir con las siguientes exigencias, sin perjuicio de las demás que resulten del contrato, de este Pliego y su documentación complementaria:

  1. Velar por el debido respeto al vecindario por parte del personal encargado de los servicios.
  2. B) Conservar en perfecto estado mecánico, higiénico y estético la totalidad de los vehículos, equipos y herramientas menores afectadas al servicio.
  3. Realizar el servicio de acuerdo al Plan de Trabajos y a las instrucciones que imparta la Municipalidad.
  4. Pintar los camiones de color uniforme y colocarles en lugar visible leyendas indicadas en el Anexo I del presente Pliego.
  5. Dotar al personal de todas las herramientas y elementos necesarios como uniformes, botas y capas para días de lluvia, elementos de seguridad, etc., conforme con las tareas que realicen.
  6. Adoptar y cumplir con todas las medidas de higiene urbana y prevención sanitaria, emanadas de autoridad competente y que se relacionen con el servicio a contratar.
  7. Contratar cuando le sea requerida por la Municipalidad todo tipo de información y documentación referida al cumplimiento de los aspectos laborales, previsionales, fiscales relativos al desenvolvimiento de la Empresa.
  8. Cumplir todas las órdenes de servicio dadas dentro de los límites de la relación contractual, como así todas las indicaciones efectuadas por la inspección municipal.
  9. Contratar los seguros que se exigen en el presente pliego.
  10. Impedir por parte de su personal o por terceros, la selección, clasificación, comercialización o manipuleo de los residuos extraños al mero transporte al lugar de disposición final.
  11. No estacionar camiones en la vía pública encontrándose fuera de servicio.

CAPITULO VIII. RETRIBUCION DEL SERVICIO.

ARTICULO 32: PRESENTACION DE FACTURAS Y PAGOS. El contratista presentará la factura del servicio el primer día hábil del mes siguiente al de la prestación. A la misma se incorporarán los servicios adicionales prestados y se descontarán los importes que correspondan por eventuales servicios no prestados y/o multas aplicadas.

La Municipalidad realizará el pago efectivo de las facturas a los quince (15) días corridos de aprobadas.

ARTICULO 33: VARIACIONES DE COSTOS. Los precios establecidos en las propuestas y en el contrato se regirán de acuerdo a Ley de convertibilidad Nro. 23.928.

ARTICULO 34: ATRASO EN EL PAGO. El atraso en el pago devengará a favor del contratista, de pleno derecho, un interés igual al que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires para las operaciones de descuento de certificados de obra pública.

CAPITULO IX. PENALIDADES.

ARTICULO 35: PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. La Municipalidad aplicará sanciones pecuniarias al contratista, en los casos y magnitud que se describen en el artículo 37.

No serán de aplicación dichas penalidades si el incumplimiento de las obligaciones del contratista tienen su origen en hechos o circunstancias imputables a la propia Municipalidad o se deben a casos de fuerza mayor o casos fortuitos debidamente acreditados.

ARTICULO 36: FISCALIZACION. El prestatario deberá someterse a las medidas fiscalizadoras que la comuna considere necesarias para el mejor cumplimiento de los servicios, así como el contralor de las prestaciones de estos y del cumplimiento del adjudicatario de todas las pautas, condiciones y obligaciones en este pliego. A tal efecto, queda expresamente establecido que la inspección municipal estará a cargo del Departamento Limpieza y Mantenimiento Urbano dependiente de la Dirección de Servicios Públicos de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y/o de la dependencia del Municipio que el Departamento Ejecutivo disponga y comunique fehacientemente al contratista.

LIBRO DE NOTAS DE PEDIDOS: Los pedidos o comunicaciones que realice el contratista se harán por intermedio del Libro de Notas de Pedido que se llevará al efecto de acuerdo al siguiente régimen:

  1. El Libro de Notas de Pedido consistirá en un cuaderno foliado por triplicado provisto por el Contratista y visado por el mismo y su Representante Técnico.
  2. Las notas de pedido se extenderán escribiendo con bolígrafo en la hoja original y con redacción precisa a fin de evitar cualquier duda en su interpretación y alcance. Se empleará papel carbónico doble faz y no deberán contener tachaduras, enmiendas ni intercalaciones sin que sean debidamente salvadas.
  3. El contratista entregará a la inspección el duplicado y triplicado de la Nota Pedido en la fecha que la formula, debiendo la inspección acusar recibo en el original.
  4. La inspección deberá estudiar las Notas de Pedido y resolverlas dentro de las cuarenta y ocho (48) horas corridas subsiguientes a su entrega en el caso que está dentro de sus atribuciones la solución de la solicitud planteada. En su defecto, dentro del referido plazo deberá remitir el triplicado a la Superioridad para su conocimiento y trámite administrativo, debiendo comunicar al contratista esta circunstancia.

LIBRO DE ORDENES DE SERVICIO: Las órdenes, instrucciones y constataciones de infracciones que emanen de la inspección, se harán por intermedio del Libro de Ordenes de Servicio que se llevará al efecto conforme al siguiente régimen:

  1. El libro de Ordenes de Servicio consistirá en un cuaderno foliado por triplicado que será provisto por la Municipalidad.
  2. La inspección extenderá la Ordenes de Servicio escribiendo con bolígrafo y con redacción precisa a fin de evitar cualquier duda en su interpretación y alcance. Se empleará papel carbónico doble faz y no deberán contener tachaduras, enmiendas ni intercalaciones sin que sean debidamente salvadas.
  3. La inspección entregará al contratista el duplicado de la Orden de Servicio en la fecha que la formula, debiendo el contratista acusar recibo en el original.

Ninguna de las partes podrá negarse a recepcionar las comunicaciones de la otra parte.

ARTICULO 37: INFRACCIONES SANCIONADAS. Las infracciones se computarán por períodos mensuales y la multa a aplicar se establecerá de acuerdo a un módulo cuyo valor se fija en el 0.001 del total de la factura mensual que deba abonarse al contratista.

CAUSAS:

a) Por no usar el personal las prendas reglamentarias.

por cada obrero……………………………………………………………4 mod. por día

b) Por no llevar las unidades los carteles reglamentarios

por cada unidad……………………………………………………………4 mod. por día

c) Por no dar cumplimiento a los horarios dispuestos

Global…………………………………………………………………… 20 mod. por día

  1. Por descargar en lugares no habilitados

Global…………………………………………………………………….10 mod. por día

  1. Por no guardar el personal consideración y respeto que debe al

vecino

Por unidad………………………………………………………………… 5 mod. por día

f) Por desobediencia a órdenes de servicio o desconsideración a la

Inspección Municipal

Por unidad…………………………………………………………………20 mod. por día

g) Por seleccionar o permitir seleccionar residuos

Por unidad…………………………………………………………………. 5 mod. por día

h) Por estacionar camiones en la vía pública encontrándose fuera de

Servicio

Por unidad………………………………………………………………….. 1 mod. por día

i) Por ejecución parcial o inejecución de los servicios de limpieza en

Calles en uno o más sectores

Por cada diez cuadras no servidas o servidas deficientemente……………… 2 mod. por día j) Por inobservancia de los recaudos de seguridad exigidos

Por cada hecho……………………………………………………………….. 5 mod. por día

En el supuesto de infracciones que pudieran ser subsanadas, la Municipalidad, en forma previa a la aplicación de cualquier penalidad, conferirá si ello fuera posible, oportunidad para que el contratista dentro del plazo que se le fije al inicio de los servicios, mediante orden de servicio y para cada frecuencia, corrija la deficiencia en cuestión.

ARTICULO 38: RESCISION DEL CONTRATO. La Municipalidad podrá rescindir el contrato del servicio objeto del presente llamado a licitación, sin perjuicio de las demás sanciones establecidas en este capítulo y de la afectación de las garantías que se hubieren constituido en los siguientes casos:

  1. Cuando el contratista sea culpable de fraude o grave negligencia en el desarrollo de las tareas a su cargo y por ello se afecte la eficiencia o continuidad del servicio de barrido manual de calzadas.
  2. Cuando no inicie los servicios dentro de los plazos que establece este pliego.
  3. Cuando el contratista deje de efectuar alguno de los servicios en una décima parte del área comprendida en el convenio, durante diez (10) días corridos y continuos o quince (15) discontinuos en el período de un mes calendario.
  4. Cuando se infrinjan las leyes laborales o previsionales.
  5. Cuando el total de las multas aplicadas en el término de tres (3) meses corridos alcance el diez (10) por ciento del monto contractual.
  6. Cuando el contratista se declare en quiebra o solicite la convocatoria de sus acreedores.
  7. Cuando se transfiera total o parcialmente el contrato sin el consentimiento escrito de la municipalidad.
  1. ANEXO I. CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS.

A.1. PERSONAL.

  1. El contratista proveerá la cantidad necesaria de personal por especialización y categorías para efectuar satisfactoriamente los servicios. Todo el personal deberá ajustarse a lo exigido por las normas de la legislación laboral, previsional y de seguridad e higiene. El personal deberá usar uniforme obligatoriamente, tipo overoll y campera o chaleco para tiempo frío de ser necesario. Llevarán en la espalda el logotipo y nombre de la empresa prestataria.
  2. El personal deberá vestir correctamente y deberá cuidar su aseo personal.
  3. Los conductores deberán estar provistos de su licencia de conductor habilitante para el tipo de vehículo a conducir.
  4. El personal deberá observar un comportamiento considerado y respetuoso en su trato con los funcionarios de la Municipalidad y con la Inspección Municipal, así como también de su trato con los vecinos.

La Municipalidad podrá decidir sin perjuicio de la sanción que pudiere corresponder al Contratista, la suspensión o remoción del personal que haya incurrido en alguna transgresión, debiendo el contratista efectivizar la medida.

  1. Está prohibido al personal recibir o solicitar dádivas.
  2. Está prohibido al personal efectuar o permitir la selección, clasificación, o comercialización de los residuos recolectados, los que deberán transportarse a los lugares de disposición final en el mismo estado en que hubieren sido recogidos.

A.2. EQUIPOS Y HERRAMIENTAS.

  1. El contratista proveerá todos los equipos y herramientas necesarias para efectuar satisfactoriamente los servicios.
  2. Las unidades (chasis, carrocerías y cajas compactadoras) no podrán exceder los cuatro (4) años de antigüedad al momento de presentación de las propuestas.
  3. Deberán estar pintadas con colores y características que determine la Municipalidad de Bahía Blanca. El oferente podrá proponer su color, siendo la municipalidad la que en última instancia decida.
  4. Deberán estar provistos con todos los equipos y accesorios completos, propios del vehículo. También deberán llevar en ambas puertas de las cabinas una inscripción bien visible con el logotipo de la empresa, nombre, domicilio del contratista, número de interno de la unidad y teléfono de la empresa.
  5. Deberá llevar en el techo de la cabina y parte posterior de la caja, una luz giratoria verde o azul, similar a la que llevan los vehículos de emergencia.
  6. Los vehículos deberán tener una cabina con capacidad suficiente para transportar al personal tanto de conducción como de servicio de caja.

El oferente indicará marca, modelo y características de los vehículos y carrocería que afectará al servicio.

  1. Cada vehículo en operación deberá llevar adosada a ambos lados una chapa de medidas uniformes (0,40m por 0,80m) colocada en forma visible, con el siguiente texto:

MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA

DIRECCION DE SERVICIOS

LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO URBANO

SERVICIO DE HIGIENE URBANA

  1. A ambos lados de la caja deberá llevar pintado en la parte posterior y en el ángulo superior derecho, el número de interno dentro de un círculo, así como también el número de patente en la parte anterior y posterior.
  2. Durante la vigencia del contrato, los equipos deberán ser conservados en perfectas condiciones de operatividad y con apariencia óptima, en base a niveles normales de mantenimiento, pudiendo ser verificados en cualquier momento por la municipalidad, a través de Inspección Técnica Municipal.
  3. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar los vehículos del contratista que no cumplan con los requisitos precedentes.
  4. La totalidad de las carrocerías deberán permitir una carga y descarga rápida de todo su contenido, requiriéndose el empleo de equipos compactadores.
  5. La Municipalidad podrá no aceptar el equipo propuesto por el Contratista el que deberá adecuarlo a la exigencia de la misma.

El oferente deberá presentar ante la Secretaría de Obras y Servicios y hasta cinco (5) días anteriores a la fecha de apertura, cuatro (4) vehículos con las características indicadas, en carácter de prototipos, los que serán inspeccionados por personal municipal autorizado al efecto.

Los vehículos a inspeccionar deberán ser propiedad de los oferentes, hecho que deberá acreditar con la documentación correspondiente al momento de la inspección. De cumplir estos vehículos con las exigencias establecidas, se extenderá un certificado, el que deberá adjuntarse a la propuesta, conjuntamente con fotocopia legalizada de la documentación que acredite la titularidad de los mismos.

A.3. INFRAESTRUCTURA.

  1. No se podrá utilizar la vía pública para realizar reparaciones, estacionamiento o guarda de vehículos. Los camiones y demás equipos deberán lavarse periódicamente en todo su exterior e interior y además deberán desinfectarse y adecuarse las operaciones a las más estrictas condiciones de higiene y seguridad.
  2. El contratista no deberá permitir el acceso o permanencia de personas ajenas a los servicios, en los lugares destinados a tareas de apoyo a los mismos, salvo la inspección municipal.
  3. El contratista deberá disponer de una oficina con teléfono para recepción de reclamos de lunes a viernes de 7.00 a 19.00 Hs. y Sábados de 7.00 a 12.00 Hs.
  4. Las instalaciones fijas del contratista deberán contar con el equipamiento sanitario adecuado para el personal, donde éste deberá ser concentrado para iniciar las tareas diarias y así facilitar el control municipal.
  1. ANEXO II. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE CALZADAS.

B.1. AREA DE LA PRESTACION.

  1. La prestación del servicio se realizará en calles pavimentadas que se indican en el plano adjunto en el anexo IV.

B.2. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO.

  1. El servicio a ser prestado y al que se refieren estas especificaciones, consiste en extraer o quitar la basura o suciedad de las calzadas, mediante el proceso de barrido y el empleo de todo otro procedimiento necesario para mantenerlas en condiciones higiénicas, y trasladar los residuos resultantes hasta lugares que se designen para su disposición final.
  2. El servicio incluye además la extracción de todo elemento depositado en las aceras y que no corresponde al servicio de recolección de residuos, salvo que se trate de materiales provenientes de demoliciones o de podas, en cuyo caso deberán ser retirados por el propietario frentista responsable.
  3. El servicio incluye la provisión de contenedores papeleros de material plástico que se ubicarán en lugares a determinar del microcentro de la ciudad. Podrán incluir o no bolsa plástica y su vaciado se realizará de acuerdo a la frecuencia que tenga el sector donde estén ubicados.
  4. El servicio incluye la provisión de contenedores papeleros en el exterior de escuelas ubicadas dentro del área de la prestación. Estos elementos servidos en la misma frecuencia con la que se realiza el servicio en el sector.
  5. Los contenedores a proveer deberán tener una capacidad de hasta 50 litros y en una cantidad no menor a 500 unidades.

B.3. FRECUENCIAS Y HORARIOS.

Conforme con la denominación de sectores que se indican en el plano adjunto del anexo IV, se establecen los siguientes parámetros de servicios:

Sector 1 : Servicio Diurno ( de lunes a sábados)

Frecuencia: Doce (12) veces por semana - Dos veces por cada día de servicio.

La prestación se iniciará a las 06.00 horas y finalizará a las 22 horas. No se prestarán servicios en días feriados nacionales excepto que el mismo sea anterior ó posterior a un día domingo.

Sector 2: Servicio diurno (de lunes a Sábados)

Frecuencia: seis (6) veces por semana - una vez por cada día de servicio.

La prestación se iniciará a las 06.00 Hs y finalizará antes de las 14 Hs. No se prestarán servicios en días feriados nacionales excepto que el mismo sea anterior o posterior a un día Domingo.

Sector 3 : Servicio Diurno.

Frecuencia: tres (3) veces por semana - una vez por cada día de servicio.

La prestación se iniciará a las 06.00 Hs. y finalizará antes de las 14.00 Hs. No se prestarán servicios en días feriados nacionales.

Sector 4: Servicio Diurno.

Frecuencia: dos (2) veces por semana - una vez por cada día de servicio.

La prestación se iniciará a las 06.00 Hs y finalizará antes de las 14.00 Hs. No se prestarán servicios en días feriados nacionales.

B.4. METODOLOGIA.

La metodología a utilizar en la prestación de los servicios será manual.

El producido del barrido manual deberá ser dispuesto en contenedores porta bolsa plástica. El espesor de las mismas será de cuarenta micrones como mínimo.

Queda expresamente prohibido disponer el producido del barrido para su posterior recolección, en montículos u otras formas de disposición que permita que los residuos estén a la vista.

La prestación de los servicios deberá ajustarse a la metodología ofrecida en la propuesta y aprobada por la Municipalidad. En todos los casos el material proveniente del barrido será retirado en el mismo día de producido.

B.5. PLAN DE TRABAJOS.

Sin perjuicio de los exigido en el artículo 20, el Plan de Trabajos deberá contener:

  1. personal a afectar.
  2. Supervisión a afectar.
  3. Metodología para la recolección del producto de barrido.
  4. Equipamientos y herramientas que dispondrán los operarios.

B.6. RECOLECCION Y TRANSPORTE DEL PRODUCIDO DEL BARRIDO.

La recolección y el transporte del producido del barrido manual deberá ejecutarse de acuerdo a las condiciones generales de los servicios establecidos en el ANEXO 1.

Los residuos serán transportados hasta el Relleno Sanitario sito en proximidades de la intersección de la ruta Nacional nro.3 y ruta provincial nro.229. La municipalidad se reserva el derecho de cambiar el sitio de disposición final de los mismos. En este supuesto, en el caso que el sitio se trasladara a más de 20 km del edificio municipal, la Municipalidad reconocerá al contratista los mayores costos que dicho traslado origine.

B.7. SERVICIOS ESPECIALES.

La Municipalidad independientemente de los servicios especificados en el punto B.3, podrá solicitar eventualmente la ejecución de tareas especiales de barrido (actos públicos, derrames accidentales, etc.) Estas serán solicitadas por la Municipalidad, a través de la inspección mediante la correspondiente Orden de Servicio. El Contratista mediante Nota de Pedido, informará los costos que insuma la operación y la factura será adjuntada mensualmente a la facturación general de los servicios de barrido.

La metodología a emplear será la misma que se proponga para el servicio descripto en el punto B.3.

La cotización de los servicios eventuales deberá realizarse de acuerdo a lo descripto en el artículo 19 de este Pliego de Bases y Condiciones.

C.ANEXO III. INFORMACION PARA COTIZACION Y FACTURACION.

C.1. DEFINICION DE CUADRA.

A los efectos del conteo se considera como cuadra la distancia existente entre dos intersecciones consecutivas.

C.2. BARRIDO DE CALZADAS - NUMERO DE CUADRAS.

Sector Cuadras a servir Frecuencia semanal Cuadras / día

I 78 12 156

II 329 6 329

III 582 3 291

IV 2605 2 869

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Total 3594 1645

Facturación mensual para 26 días de servicio:

42.770 cuadra/mes x 5.1 $/cuadra = 218.127 $/mes.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 218.127 x mes x 36 meses= $ 7.852.572.

  1. ANEXO IV. PLANO ADJUNTO.
  2. ANEXO V. DE LA SUPERVISION.

E.1.El contratista deberá proveer a la Dirección de Servicios en un plano no mayor a los sesenta días de la fecha de inicio de los servicios, los siguientes equipos:

a) Cuatro (4)`pick Up cero kilómetro motor diesel, marca Saveiro o similar, provistas con equipo de radio tipo VHF, que comunique a estas con la base operativa del contratista y la Municipalidad.

  1. Cuatro (4) equipos de computación que posean cada uno las siguientes características:

Hardware 486 DX MHZ 4MB ram fd 5 1/4 ", hd 240 MB, video de 14" modo 512K, teclado e impresora tipo Epson EQ 1050.

El oferente deberá incluir en su propuesta (sobre nro.1) recibo de compra o factura pro-forma donde se indiquen las características técnicas de los elementos requeridos en los puntos a) y b), fecha de entrega, marca, modelo, etc.

Estos elementos, una vez provistos a la Municipalidad en el plazo previsto en el punto E.1 de este anexo, serán cedidos durante el período de vigencia del contrato, corriendo por cuenta de la Municipalidad los gastos que ocasione el consumo de combustibles y lubricantes, y los gastos generales de mantenimiento serán por cuenta del contratista.

E.2. Al inicio de los servicios en el periódico de mayor circulación de la ciudad, deberá publicar en tamaño de ancho de página y altura 1/2 página, un plano de la ciudad con el área de prestación y las frecuencias del servicio, además de los respectivos logotipos de la Empresa y el que disponga en su momento la Municipalidad.

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