Título: Modificación Ordenanza 5228: Habilitación de
locales no alcanzados por el decreto Ley 7315/67.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1615-2007
Expediente
M.B.B.: 227-7336/2007
Fecha
de Sanción: 17 de abril de
2008
Fecha
de Promulgación: 5 de mayo de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 465/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Modificase el Artículo 1º de
Todos los
locales o establecimientos del Partido de Bahía Blanca donde se desarrollen
actividades que no estuvieren alcanzadas por el régimen de habilitación del
Decreto Ley 7315/67, Decreto 1123/73 y toda otra norma específica en el orden
provincial, como así también las entidades sin fines de lucro, quiénes para el
desarrollo de actividades contempladas en sus fines estatutarios posean
oficinas administrativas, complejos recreativos, salones de reuniones, etc.,
con asistencia de público y/o empleados, deberán, para su habilitación y
funcionamiento, dar cumplimiento a las disposiciones sobre construcción,
instalación eléctrica y prevención contra incendio establecidas por el Código
de Planeamiento Urbano y Código de
Articulo 2º - Comuníquese al D.
Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA
EN