Título: Autorización de obra: Extensión de red de agua
potable en calle Pigüe entre San Francisco de Asís y Mazzarello.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-285-2008
Expediente
M.B.B.: 0/00-8364/2007
Fecha
de Sanción: 8 de mayo de
2008
Fecha
de Promulgación: 26 de mayo de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 566/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase la obra Extensión de red de agua potable en calle PIGÜE entre San Francisco de Asis y Mazzarello.
Artículo 2º - Decláranse cumplidas las
exigencias de los artículos 193º, inc.2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el artículo 1º se encuadra
dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por
aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse
podrá ser al contado o en cuotas, las que se podrán reajustas conforme a las
leyes vigentes. A los efectos del artículo 3º del Decreto nº 754/76, establécese un sistema de prorrateo por servicio, resultando la cantidad de seis (6) parcelas beneficiadas.
Se determinarán de ser necesario
cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los
trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales
y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno de estos
ítems.
Artículo 5º - En la presente obra no se aplicarán las retenciones
dispuestas en los artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 6º - Constitúyase el consorcio para la ejecución de la
mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios obrante a fojas
Artículo 7º - El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes
personas:
Presidente: Ing. Rubén Oscar Valerio, Secretario de Obras y
Servicios Públicos.
Tesorera: Cra. María Angélica Henales,
Jefa Oficina Administración de Consorcios.
Secretario: Sr. Juan Esteban de Casi, DNI. 12.278.345, vecino frentista.
Vocales: Ing.
María Cristina Paniagua, Jefa del Departamento Vialidad y el Sr. Ricardo Aníbal
González Rouco, DNI. 12.971.430, vecino frentista.
Artículo 8º - El gasto se imputará a
Artículo 9º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN