ORDENANZA Nº 8274
Título: Ingreso de productos alimenticios sin control sanitario.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-658/92.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 26 de agosto de 1994.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° Cualquier vecino podrá denunciar el ingreso al part ido de Bahía Blanca de productos alimenticios transportados que no hayan cumplido con el control higiénico sanitario, la misma podrá ser recibida en cualquier dependencia municipal dando inmediata intervención al Departamento Laboratorio Bromatalógico y D.P.S.
Artículo 2°- Todo introductor ocasional que transporte productos alimenticios, en cualquiera de sus fases de comercialización con destino al Partido de Bahía Blanca, deberá cumplir con el control higiénico sanitario previsto por la ordenanza ## 4561.
Artículo 3° La autoridad municipal de controlar podrá secuestrar en forma provisoria los productos introducidos en infracción a la ordenanza n° ## 4561, dando la correspondiente intervención al Tribunal de Faltas de turno.
Artículo 4° El Municipio podrá denunciar ante la Dirección General Impositiva el ingreso, compra y venta de productos alimenticios sin facturación a cuyo efecto se faculta al señor Intendente Municipal para que celebre los convenios correspondientes.
Artículo 5° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.