ORDENANZA Nº 8289

Título: Autorizando como excepción de la radicación de una fábrica de chacinados.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1303/94.

Expediente M.B.B.: 0/00-6316/94.

Fecha de Sanción: 4 de noviembre de 1994.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Autorícese, con carácter de excepción, la radicación de una empresa de chacinados en el predio designado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección E, Chacra 19) Parcela 1, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en expediente 0/00­6316/94 (1303­HCD/94).

Artículo 2º ­ La construcción y funcionamiento de la fábrica deberá adecuarse a Las normativas provinciales y municipales existentes en la materia.

Artículo 3° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CUATR0 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.