ORDENANZA N°: 19020

Título: Autorizando Unificación de Parcelas en Inmueble de Calle Casanova Nro. 888.

Expediente del H.C.D.: 548-2017

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-5932-2016

Fecha de sanción: 29-06-2017

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, la eximición del cumplimiento de lo estipulado en la Ordenanza 6042, en cuanto a la Unificación de Parcelas (Derecho Real de Propiedad Horizontal, (ex Ley 13.512 Propiedad Horizontal), en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Manzana 280, Fracción II, Parcela 2a y 4, Partida 105.747, sito en calle Casanova Nº 888, para la localización del uso Pub- Confitería Bailable, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº 0/00-5932-2016 (548-HCD-2017).


ARTICULO 2º: La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se otorga por un plazo de cuatro (4) años condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ordenanza 10.480:



ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE.