ORDENANZA Nº 13498

Título: Jardín de Infantes Nº 936: donación de tierras

Expediente H.C.D.: 1027-2005

Fecha de Sanción: 27 de octubre de 2005

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza: 17.102

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Deróguese la Ordenanza nº 5745, sancionada con fecha 10 de mayo de 1991.

 

Artículo 2º - Dónese al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultura y Educación), con destino a la construcción del Jardín de Infantes nº 936  de Bahía Blanca, la fracción de tierra designada catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 98x, Parcela 5.

 

Artículo 3º - La presente donación deberá ser aceptada dentro del plazo de un (1) año, a contar de su promulgación y las obras deberán ser comenzadas dentro de los tres años siguientes a la fecha de aceptación, estableciéndose que en caso de no cumplimentarse el destino acordado, implicará la retrocesión del dominio a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca.

 

ARTICULO 3º: La presente donación deberá ser aceptada dentro  del plazo de un (1) año, contado a partir de la promulgación y deberá darse comienzo a las obras a la mayor brevedad posible.  (Texto vigente según Ordenanza 17.102)

 

Artículo 4º - De forma.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO.