ORDENANZA Nº 5340
Título:
Modificación de el artículo 1 º de la nº 4118.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-116/89.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 20 de abril de 1989.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Modifíquese el Artículo 1º de la ordenanza nº ##4118, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Exímese del pago de los Derechos de Oficina (Derechos Administrativos), establecidos en el Artículo 27º, inciso 6, de la Ordenanza Impositiva 1.984, que correspondiere abonar por la solicitud de enlaces domiciliarios que se realicen con motivo de ampliaciones de redes de agua y/o cloacas y/o gas, cuya ejecución fuera realizada a través de consorcios, vecinos- municipalidad, cooperativas de vecinos y barrios que hayan sido afectados en programas de la provincia pro - agua y pro - casa y usuarios sometidos a regímenes especiales por su condición de carenciados" .
Artículo 2º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.