ORDENANZA N°: 18284
Título: Constituyendo Consorcio para la ejecución de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial Barrio Stella Maris.
Expediente del H.C.D.: 1237-2015
Expediente del D.E.: 239-10645-2015
Fecha de sanción: 05-11-2015
Fecha de promulgación: 20-11-2015
Decreto de promulgación: 2613/2015
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizar la realización de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial en la Manzana del Barrio Stella Maris que se designa catastralmente de manera provisoria como: Circunscripción II; Sección B; Manzana 203 12; Parcelas 1; 2; 3; 4; 5; 6; 7A; 7B; 8; 10; 11; 12; 13; 14 A; 14B; 15; 16; 17 y 18; Partidas de Oficio: 206.177; 206.178; 206.179; 206.180; 206.181; 206.182; 206.183; 250.696; 206.184; 206.186; 206.187; 206.188; 206.189; 250.812; 206.190; 206.191; 206.192; 206.193 y 206.194. Corresponde a la Parcela Dominial 10, de la Chacra 203, Circunscripción II, Sección B.
ARTICULO 2º: Declárense cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial, 3º y 5º, de la Ordenanza Nº 18.060.
ARTICULO 3º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial (Artículo 1º, Ordenanza 18.060), según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes de fojas 1 a 58 del expediente 239-10645-2015 (1237-HCD-2015).
ARTICULO 4º: Declárese la obligatoriedad de pago del Servicio de Agrimensura para Regularización Dominial a realizarse conforme las disposiciones del Artículo 4º, de la Ordenanza Nº 18.060.
ARTICULO 5º: Déjese establecido que el pago al que se refiere el artículo anterior se realizará por Parcela, conforme a lo consensuado oportunamente al adherir a la formación del Consorcio y lo dispuesto por el Artículo 6º, del Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Bahía Blanca y el Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 6º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Lic. Julián Lemos, Secretario de Economía y Hacienda.
TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa de Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sra. Ana Luisa Riquelme, DNI 17.280.395, vecina frentista.
VOCALES: Agrim. Cristina Urquiola, Jefa Departamento Catastro Territorial y Sra. Margarita Ida Barrientos Candia, DNI 18.857.315, vecina frentista.
ARTICULO 7º: El Recurso para el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputará a la Partida: Fuente 140, Jurisdicción 1110103000, Categoría Programática 01.16.00 R.A. (131) Consorcios Regularización Dominial Ordenanza 18.060, 3.4.9.0 Otros Servicios Técnicos y Profesionales.
ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.