ORDENANZA Nº 16923

Título: Autorización de uso: Salón de Fiestas en el inmueble de Brandsen 266

Expediente H.C.D.: 1304-2012  

Expediente M.B.B.: 0/00-5388/2012

Fecha de Sanción: 27 de diciembre de 2012

Fecha de Promulgación: 23 de enero de 2013

Decreto de Promulgación : 138/2013

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase con carácter de excepción, el uso “Salón de Fiestas”, en el inmueble sito en calle Brandsen Nº 266, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 24, Parcela 12b, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0/00-5388-2012 (1304-HCD-2012), La factibilidad se extenderá por un plazo de 4 (cuatro) años.

 

ARTICULO 2º: Se deja aclarado que la localización del uso autorizado en el Artículo 1º, no implica el permiso para desarrollar la actividad y su otorgamiento queda sujeto al cumplimiento de los siguientes condicionantes:

 

  1. Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.
  2. No ampliar la actividad, ni la superficie destinada a la misma por sobre lo estipulado.
  3. Dar cumplimiento alo normado en la Ordenanza Nº 10.480.
  4. Presentar un informe exhaustivo de aptitud acústica que permita evaluar con precisión la capacidad de absorción acústica del edificio y, de ser necesario, las obras complementarias que deberán llevar a cabo para lograr dicha protección.

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE.