ORDENANZA Nº 8633

Título: Convalidando resolución aceptando donaciones percibidas en el ejercicio 1994.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-551/95.

Expediente M.B.B.: 551-30269/95.

Fecha de Sanción: 2 de junio de 1995.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Convalídese la resolución nº 6­146/95 del 20 de abril de 1995, que corre a fs. 29, aceptando las donaciones percibidas en el ejercicio 1994, por el Centro de Salud Municipal "Dr. Leónidas Lucero", por un monto de Ciento sesenta y nueve mil setecientos catorce pesos con noventa y cinco centavos ($ 169.714,95) , [expte.551-30269/95 (551­HCD­95).

Artículo 2º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.

Texto de la resolución

Bahía Blanca, abril 20 de 1995.-

VISTO la necesidad del encuadramiento legal de las sucesivas donaciones efectuadas al Centro de Salud M. "Dr. L. Lucero" por personas de derecho público o privado por el año 1994 ;

Que si bien el ente Descentralizado Centro de Salud M. "Dr. L. Lucero", tiene como principio básico, entre otros, la gratuidad de las prestaciones asistenciales, sanitarias y hospitalarias, según lo determinado por el Art. 4º) de la Ord. nº ##4576, de creación del Ente ;

Que conforme a lo establecido en el Art. 5º) inc. d) de la precitada norma "Los recursos con que contará el Ente, estarán constituidos por : donaciones, legados y demás ingresos a título gratuito, provenientes de personas de derecho público o privado. el Ente podrá aceptar las donaciones "Ad-referendum del H.C.D.", por todo ello, y teniendo en cuenta lo detallado a fs. 2 a 28 inclusive, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE

PRIMERO :- Aceptar las donaciones percibidas en el Ejercicio 1994, por el Centro de Salud M. " Dr.L.Lucero", por un monto de PESOS CIENTO SESENTA y NUEVE MIL SETECIENTOS CATORCE C/95/100 ($169.714,95), "AD-REFERENDUM", del H. Concejo Deliberante, y de acuerdo al siguiente detalle:

FUNDACION BANCO DEL SUD = PESOS TRES MIL ($ 3.000,00).

CIRCULO ODONTOLOG. DEL SUD = PESOS QUINIENTOS ( $ 500,00).

FUNDAC. INFANT. ANA R. DE SANZ = PESOS DOS MIL ( $ 2.000,00).

PACIENTES ATEND. P/CONS. EXTER = PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CATORCE C/95/100 ( $ 164.214,95).

SEGUNDO :- Cúmplase ; notifíquese ; tomen nota Cont. Tesor. y Sr. Administrador del Centro de Salud mencionado ; dése al R.O., y por Secretaría de Salud y Acc. Social ; GIRESE AL H.C.D., para su tramitación.-

RESOLUCION Nº 6-146/95.