ORDENANZA N°: 18119
Título: Declarando de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra “Extensión de la Red de Agua Potable en calles del Barrio Avenida Arias – I Etapa”
Expediente del H.C.D.: 312-2015
Expediente del D.E.: 417-228-2015
Fecha de sanción: 16-04-2015
Fecha de promulgación: 27-04-2015
Decreto de promulgación: 963/2015
Derogada por Ordenanza n°: 19.356
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, la obra EXTENSION DE LA RED DE AGUA POTABLE EN CALLES DEL BARRIO AVENIDA ARIAS – I ETAPA, que tramitó por expediente Nro. 417R-3735-2014, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Número 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Número 754/76 y 59º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:
UNDIANO, ENTRE NUEVA PROVINCIA Y S/N CALLE 1-3 CUADRAS.
25 DE MAYO, ENTRE AVDA. ARIAS Y S/N CALLE 1-1 CUADRA.
AVDA. ARIAS, ENTRE UNDIANO Y M.L. COSENTINO – 8 CUADRAS.
S/N CALLE 1, ENTRE UNDIANO Y 25 DE MAYO – 3 CUADRAS.
ARTICULO 2º: Establézcase para la presente obra, la modalidad de Licitación Pública con Fondos Nacionales, mediante el sistema de Unidad de Medida y Precios Unitarios.
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinando el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.
ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo, deberá dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 16.585, referida a la publicidad de las Obras Públicas.
ARTICULO 5º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE.