Título: Repavimentación de calle Santa Fe entre P.
Pico y Villarino y A. Brunel
entre Indiano y Villarino
Expediente H.C.D.: 1275-2009
Expediente M.B.B.: 417-8312/2004 Alcance
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Fecha de Sanción: 12 de noviembre de 2009
Fecha de Promulgación: 2 de diciembre de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
1567/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: En la obra REPAVIMENTACION DE
CALLE SANTA FE ENTRE PEDRO PICO Y
VILLARINO Y ANGEL BRUNEL ENTRE UNDIANO Y VILLARINO, declárense cumplidas las
exigencias de los artículos 193º, inciso 2), de
-
SANTA
FE entre Pedro Pico y Villarino ( 5 cuadras ancho
de calzada
-
ANGEL BRUNEL entre Undiano
y Villarino ( 1 cuadra ancho de calzada
Artículo 2º: La presente obra se encuentra
dentro de las prescriptas por Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación del
artículo 9º, inciso 9º, inciso a), de dicha Ordenanza y los artículos 1º y 2º del Capítulo I de su Decreto
Reglamentario Nº 754/76 Ejecución directa con Fondos Municipales, monto que,
posteriormente, será reintegrado por los vecinos frentistas.-
Artículo 3º: La obligatoriedad de pago de la
obra, conforme lo establece el artículo
6º, de
Artículo 4º: El monto a prorratear a los vecinos
frentistas, incluirá los recargos previstos en los artículos 19º, 20º y 21º de
Los valores de las obras se fijan en:
-
Carpeta
de concreto asfáltico en caliente de
Artículo 5º: El pago, por los propietarios frentistas a
a)
Pago
de contado: dentro de los treinta (30) días de notificada la respectiva
liquidación, ( artículo 43º, Decreto Nº 754/76).
b)
Hasta
en Veinticuatro (24) cuotas mensuales: a partir del plazo indicado en el inciso
anterior.
En este caso, el interés a aplicar sobre saldo
no podrá ser mayor a la tasa anual de Plazo Fijo del Banco Provincia de Buenos
Aires, ni menor que la tasa anual para
Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo, en los
casos de frentistas que solicitaran ampliación del plazo de pago por
razones económicas y previo estudio socio económico, podrá extenderlo hasta
setenta y dos (72) cuotas mensuales.
Artículo 7º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN