ORDENANZA Nº 5361

Título: Instalación de 15 focos de alumbrado público en distintas calles de la ciudad.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-230/89.

Expediente M.B.B.: 0/00-1594/89 0/00-570/89 0/00-1557/89 0/00-1590/89 0/00-1616/89 0/00-1894/89 0/00-1854/89 0/00-1558/89 0/00-992/89 0/00-1001/89 0/00-1589/89 115-1611/89 0/00-2041/89 0/00-1895/89 0/00-1855/89.

Fecha de Sanción: 18 de mayo de 1989.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - E1 D. Ejecutivo convendrá con la Dirección de la Energía de la Provincia de Buenos Aires, la colocación de quince (15) focos de alumbrado público en las siguientes calles de la ciudad:

- Rojas, entre Matheu y Rosales.

- Parera, entre Castelar y Chacabuco.

- Huaura, entre 3 de Febrero y San Lorenzo.

- Rincón, entre Punta Alta y Necochea.

- Pangui, entre Melipal y Caleu Caleu.

- Uspallata, entre Andrade y Falucho.

- Caseros, entre Punta Alta y Fournier.

- Caseros, entre Rosales y Fournier.

- Rivadavia, entre Codoy Cruz y Cramer.

- Luis María Drago, entre Chubut y Piedrabuena.

- Cacique Venancio, entre Caseros y Maipú.

- Guardia Vieja, entre Rincón y 3 de Febrero.

- Castelar, entre Rosales y Matheu.

- Sixto Laspiur, entre Manuel Molina y Martín Rodriguez.

- Matheu, entre Moreno y Saavedra (General Daniel Cerri).

Artículo 2º - Autorízase la colocación de luminarias de tipo económicas, en las arterias citadas en el Artículo precedente, hasta tanto la D.E.B.A. instale los respectivos equipos normalizados.

Artículo 3º - Los vecinos proveerán las luminarias, balastos autorregulados, soportes metálicos, lámparas y fotocélulas, quedando a cargo de la Municipalidad la instalación de los mismos.

Artículo 4º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Cuenta Especial Obras de Alumbrado Público

Artículo 5 - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.