ORDENANZA Nº 8811

Título: Convalidación convenio- aceptando donaciones monetarias.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-327/95.

Expediente M.B.B.: 610-4074/95.

Fecha de Sanción: 1 de setiembre de 1995.

Fecha de Promulgación: 31 de Julio de 1995.

Decreto de Promulgación Nº 623/95.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Convalídese el decreto nº 623, del 31 de julio de 1995, obrante a fs.39 del expediente 610­4074/95 (327­HCD­95), mediante el cual se aceptan las donaciones monetarias efectuadas por las Empresas E.G.3 y Oleaginosa Moreno Hnos.S.A.

Artículo 2º­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A PRIMERO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.

Texto del decreto

Expte. 610-4074-95.

Bahía Blanca, 31 de Julio de 1995.-

Visto que se halla en vigencia la Ordenanza Nº ##8506 por la que se ha creado el Consorcio Social y teniendo en cuenta que como resultado de las actividades que sus integrantes han venido desarrollando, entre otras, se ha solicitado a algunas Empresas de la ciudad a adherirse al Plan trazado, en bien de los vecinos damnificados, y en cumplimiento a lo dispuesto en la mencionada normativa municipal,

Considerando :

Que de las gestiones llevadas a cabo se ha recibido donaciones monetarias por parte de E.G.3 y Oleaginosa Moreno S.A., constando a fs. 35 y 38 comprobantes de sus ingresos.

Que dichos actos deben regularizarse administrativamente, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades y ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante,

DECRETA

PRIMERO : Acéptase las donaciones monetarias efectuadas por empresas de esta Ciudad de Bahía Blanca que se detallan a continuación adhiriéndose al programa trazado por quienes integran el Consorcio Social con la finalidad de la reparación de viviendas fisuradas en Ingeniero White :

- E.G.3.............................................................................$ 15.000.-

- OLEAGINOSA MORENO HNOS. S.A........................$ 4.000.-

SEGUNDO : Los montos mencionados precedentemente se ingresarán a Cuenta Especial : "SUBSIDIO A ENTIDADES MUNICIPALES Y OTRAS DE BIEN PUBLICO".-

TERCERO : Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía y Hacienda.-

CUARTO : Cúmplase, publíquese, tome nota Contaduría General, integrantes del Consorcio Social, dése al R.O. y gírese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.

EL PRESENTE DECRETO SE REGISTRA BAJO EL NUMERO : 623.-