ORDENANZA Nº 8868
Título: Instalación de veintidós luminarias económicas.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1109/95.
Expediente M.B.B.: 0/00-8312/95, 0/00-7638/95.
Fecha de Sanción: 06 de octubre de 1995.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Autorícese la instalación de dos (2) luminarias del tipo económico, en las siguientes entrecuadras:
Artículo 2º A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente, los vecinos proveerán artefactos Stand mod. 35 o Genalex Mod. 8430 o Bartel BT 86 o Meriza 51, lámparas mercurio 125 watts, balastos autorregulados de 125 watts, fotocélulas, y brazos de acuerdo a plano municipal, quedando a cargo de la Comuna la instalación de la misma.
Artículo 3º Autorícese la instalación de veinte (20) luminarias del tipo económico, conforme a lo establecido en el artículo 6º de la Ordenanza Nº ##4035 y su modificatoria Nº ##4090, en la intersección de calles:
y en las siguientes entrecuadras:
Artículo 4° E1 gasto que demande lo dispuesto en los artículos 1º y 3°, se imputará a la Cuenta Especial "Obras de Alumbrado Público".
Artículo 5º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.