ORDENANZA Nº 9828

Título: Emplazamiento de la ochava del inmueble en calle Millamapu y Llau Llau.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-994/97.

Expediente M.B.B.: A-906/80.

Fecha de Sanción: 10 de octubre de 1997.

Fecha de Promulgación: 20 de octubre de 1997.670/97.

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1° ­ Autorícese, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava correspondiente al inmueble sito en calle Millamapu y Llau Llau, de esta ciudad, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Manzana 141v, Parcela 2a, Partida 91145­9, propiedad de la señora ARRIZABALAGA STELLA MARIS, haste tanto dure la vida útil del edificio o se realicen modificaciones en el sector de la ochava o la Municipalidad por razones de interés general lo considere necesario, conforme los antecedentes que corren en expediente n° A­906­1980 (994­HCD­97).

Artículo 2° ­ El propietario deberá certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria, conforme con los cargos impuestos en el artículo precedente.

Artículo 3° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.