Título: Autorización de obra: Extensión de red de gas natural en calles Lugones al 400 y Viamonte al
3500.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1909-2008
Expediente M.B.B.: 0/00-5428/2008
Fecha de Sanción: 30 de diciembre de 2008
Fecha de Promulgación: 28 de enero de 2009
Decreto de Promulgación Nª: 183/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
la obra Extensión de red de gas natural domiciliario en calles Lugones al 400 entre Terrada y Viamonte
(vereda impar) y VIAMONTE al 3500 entre Gutiérrez y Lugones
(vereda para), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi
Gas Pampeana Nro. 03-004038-00-08, obrante en
expediente Nro. 0/00-5428-2008.- (1909-HCD-08).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º,
inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada en el
artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras
Públicas, y se realizará por aplicación de los artículos 9º ,
inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º: Declárase la obligatoriedad de pago
de la obra a realizarse conforme a las Disposiciones del artículo 6º de
Artículo 5º: A los efectos del artículo
3º de
Se determinarán de
ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y / o mano de obra llegan a superar los montos previstos.-
Artículo 6º: En la presente obra no se
aplicarán las retenciones dispuestas en los artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 7º: Constitúyase el consorcio
para la ejecución de la mencionada obra
según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes de fojas
ARTÍCULO 8º: El Consejo de
Administración estará integrado por las
siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén O.
Valerio,
Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.-
SECRETARIO: Sr. Benjamín López , DNI 22.090.467 , vecino frentista.-
VOCALES: Sr. Juan Carlos
Lázaro, Legajo Nº 2201, dependiente del
Departamento Electricidad y Mecánica y el Sr. Eduardo Cucuff, DNI 11.775.597, vecino frentista.-
Artículo 9º: Los ingresos deberán
e4fectuarse en
Artículo 10º: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.-
DADO EN