ORDENANZA Nº 15126

Título: Autorización de uso: Salón de Fiestas en un, inmueble de la unión Obrera Metalúrgica. Deroga Ordenanza 14.934

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-843-2008

Expediente M.B.B.: 0/00-2826/2008

Fecha de Sanción: 30 de diciembre de 2008

Fecha de Promulgación: 29 de enero de 2009

Decreto de Promulgación : 191/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Autorízase, con carácter de excepción, el uso propuesto “Salón  de Fiestas“, en la parcela designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 229, Fracción I, Parcela 6, sito en calle Sixto Laspiur esquina M. Ugarte, propiedad de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina.

 

Artículo 2º: La excepción otorgada precedentemente estará sujeta al  cumplimiento de las siguientes condiciones:

 

·         Al cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 10.480.

·         A la no ampliación de superficie por sobre la solicitada  actualmente.

·         Y de cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de     clausura automática.

 

Artículo  3º: La Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina deberá presentar la documentación conforme lo establece el Código de la Edificación.

 

Artículo 4 º:   Derógase la Ordenanza Nº 14.934.

 

Artículo 5º:    Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO .