ORDENANZA Nº 15226

Título: Autorización de obra: Construcción de cordón cuneta en calle Luís Sandrini 1150

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-288-2009

Expediente M.B.B.: 0/00-9655/2008

Fecha de Sanción: 16 de abril de 2009

Fecha de Promulgación: 15 de mayo de 2009

Decreto de Promulgación : 646/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Autorízase a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la obra de “Construcción de cordón cuneta en calle LUIS SANDRINI (altura 1150) entre HARRINGTON y AVELLANEDA”, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº 0/00-9655-2008.- ( 288-HCD-09).

 

Artículo 2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de la Constitución Provincial, 29º inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Públicas Nro. 2082 y sus modificatorias.-

 

Artículo 3º: La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación del artículo9º inciso b) y la Sección I, Capítulo II, “Ejecución por contrato directo entre vecinos y empresa constructora”, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76( y Decreto 814/07).-

 

Artículo 4º: Declárase la obligatoriedad de pago a realizarse conforme a las disposiciones del artículo 6º de la Ordenanza 2082/75 de Obras Públicas y concordantes del Decreto 754/76. A los efectos del prorrateo previsto en el citado artículo de la antedicha Ordenanza, establézcase que el mismo será “POR SERVICIO”.-

El precio de la obra queda  establecido a razón de:$132 el ml de cordón cuneta.-

 

Artículo 5º: Las obras se ejecutarán de acuerdo a los planos y  especificaciones del Departamento Vialidad de la Municipalidad de Bahía Blanca y según el siguiente detalle:

Cordón cuneta: de hormigón simple de 0,15 m de espesor x 0,50 m. de ancho de cuneta sobre base de tosca de 0,20m de espesor compactada al 98% del Proctor correspondiente de acuerdo a la clasificación de materiales HRB y Norma VN-E5-67, Valor Soporte California (C.B.R.) mínimo del 20%, granulometría según Especificaciones.-

La resistencia mínima cilíndrica del hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días será de 320Kg/cm2, con un tenor de cemento mínimo de 350KG/m3 de hormigón elaborado.-

Todo conforme a planos y Especificaciones Técnicas Municipales.-

 

Artículo 6º: El plazo de ejecución de la obra será de treinta (30) días corridos, a contar desde la fecha de Replanteo que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de notificada la empresa de la presente ordenanza.-

 

Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a lo establecido por los Artículos 35º del Decreto Reglamentario 754/76, deberán presentarse en la Dirección de Obras Municipales (Departamento Vialidad) en un plazo no mayor de 5 días a partir de la Recepción Provisoria de la obra.-

 

Artículo 8º: La Dirección de Obras Municipales (Departamento Vialidad) deberá conformar las liquidaciones dentro de los diez (10) días hábiles de su presentación, las que resulten observadas tendrán un plazo similar a partir de su nueva presentación.-

 

Artículo 9º: En caso que la Empresa no cumpla con lo dispuesto en el art. 6º, se aplicará una multa del 1% del monto total de obra por semana de atraso.-

 

Artículo 10º: El plazo de conservación de la obra será de tres (3) años a contar desde la fecha de Recepción Provisoria. Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-

 

Artículo 11º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su  Cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL NUEVE.