Título: Autorización de obra: Extensión de la red de
gas natural en varios sectores de la ciudad
Expediente H.C.D.: 844-2009
Expediente M.B.B.: 415-6538/2009
Fecha de Sanción: 12 de noviembre de 2009
Fecha de Promulgación: 3 de diciembre de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
1569/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase
la obra EXTENSION DE
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M.
V. SORIANO entre
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ENRIQUE
JULIO, entre JUJUY y CARLOS GARDEL (vereda impar).
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ENRIQUE
JULIO, entre JUJUY y CATAMARCA (vereda par).
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SANTA
CRUZ, entre DI SARLI y GOLETA
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COULIN,
entre HUGONY y SANTA CRUZ (vereda par).
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SANTA
CRUZ, entre COULIN y ACOSTA (vereda par).
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HUGONY,
entre COULIN y ACOSTA (vereda impar).
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PIEDRABUENA,
entre CHILE y VIAS FF CC (vereda par).
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JUJUY,
entre DI SARLI y VERES (vereda par).
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VERES,
entre JUAN LARREA y JUJUY (vereda impar).
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JUAN
LARREA, entre DI SARLI y VERES (vereda impar).
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JUJUY,
entre VERES y ENRIQUE JULIO (vereda par).
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JUAN
LARREA, entre DI SARLI y ACOSTA (vereda par).
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ACOSTA,
entre JUAN LARREA y PAMPA CENTRAL (vereda par).
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inciso 2), de
ARTICULO 3º: La obra autorizada en el artículo
1º, se encuadra dentro de las prescriptas en
Dicho monto será, posteriormente, reintegrado
por los vecinos frentistas.-
ARTICULO 4º: La obligatoriedad del pago de la
obra a realizarse conforme lo establece el artículo 6º, de
Déjase establecido que el
prorrateo, a los efectos del artículo 6º, de
ARTICULO 5º: Se establece un costo por servicio
de Quinientos Cincuenta Pesos ($550.-) y en Ciento Veinte Pesos ($120.-) por conexión domiciliaria, más
instalación de nicho.-
Las parcelas, cuyos anchos sean mayores de
ARTICULO 6º: El monto resultante del Artículo
5º, será abonado por los usuarios hasta en Veinticuatro (24) meses. Su ajuste
eventual, se hará conforme a las normas
que pudieran dictarse en el Orden Nacional y/o Provincial, referidos a
la normativa económica.
El pago de las cuotas establecidas comenzará a
los sesenta (60) días de la habilitación del servicio. Este adicional se
liquidará conjuntamente con
ARTICULO 7º: El gasto que demande el
cumplimiento de la presente se imputará a
ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN