Título: Autorización de uso: Confitería Bailable,
Gutiérrez 331, Gral. Daniel Cerri.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-31-2008
Expediente
M.B.B.: 0/00-10778/2007
Fecha
de Sanción: 13 de febrero
de 2008
Fecha
de Promulgación: 25 de febrero de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 244/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase con carácter de
excepción el uso Confitería Bailable,
en el inmueble sito en calle Juan María Gutiérrez 331 de la localidad de Gral.
Daniel Cerri, designado catastralmente como
Circunscripción XIII, Sección M, Manzana 119, Parcela 9e 9d, Partida 28.480
29.898, por el término de cuatro (4) años, en un todo de acuerdo con los
antecedentes obrantes en expediente nº 0/00 10778 2007 (31-HCD-2008).
Artículo 2º - La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º,
estará condicionada a la resolución de los impactos negativos causados por los
ruidos, al cumplimiento de lo dispuesto por
Artículo 3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN