ORDENANZA Nº 5306

Título: Cediendo una fracción de terreno para su utilización como Jardín de Infantes.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD – 235/87

Expediente M.B.B.: 0/00 – 6089/84, 2335 – 50807/84, 2335 – 22312/87, 2335 – 13624/86, 0/00 – 2484/86 (Alcance 1), 2335 – 22945/87, 2306 – 9178/65, 2306 – 2694/75 y 0/00 – 6126/88

Fecha de Sanción: 22 de Marzo de 1989

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°.- Otórgase a título de cesión transitoria y por el término de cinco años a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, la fracción de terreno y el edificio escolar construido sobre la misma, designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 248 a, Parcela 1 a, ubicada en calles Pacífico y 17 de Mayo de esta ciudad para ser utilizada como Jardín de Infantes.

Artículo 2°.- La cesión dispuesta está emplazada en una parcela de superficie mayor a la que se destina al Jardín y su patio, en razón de existir en el mismo predio una sala médica y once (11) asentamientos irregulares que no afectarán la funcionalidad del establecimiento al estar debidamente delimitadas las áreas con los respectivos trabajos de amojonamiento.

Artículo 3°.- El plazo de cinco años de esta cesión podrá ser prorrogado por acuerdo de las partes, en tanto tengan continuidad las actividades específicas que motivan la misma.

Artículo 4°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.