ORDENANZA Nº 9640
Título : Modificando medidas de tránsito
Tema :
Expediente H.C.D. : HCD-529/96.
Expediente M.B.B. : 117-1521/95.
Fecha de Sanción : 16 de mayo de 1997.
Fecha de Promulgación : 30 de mayo de 1997.
Decreto de Promulgación Nº 366/97.
Derogada por la Ordenanza :
Modificada por la Ordenanza :
ORDENANZA
Artículo 1° Queda sin efecto la prohibición de estacionamiento en las siguientes arterias :
Liniers, entre entubado Arroyo Napostá y Corrientes (vereda impar).
Estados Unidos, entre Chiclana y el número 34 de calle Drago.
Artículo 2° Cámbiese de ubicación la prohibición de estacionamiento en la siguiente arteria:
Pellegrini, de vereda par a vereda impar, entre el entubado Arroyo Napostá y Corrientes.
Artículo 3° Establézcase único sentido de circulación a la siguiente arteria:
-Chiclana, entre 1810 y Libertad (Rumbo SENO).
Artículo 4° Modifíquese el recorrido de la línea de ómnibus 514, que quedará de la siguiente forma :
Hacia el Hospital Interzonal "Dr.José Penna", por 1810, Luis María Drago, Libertad y recorrido habitual.
Artículo 5° Establézcase doble sentido de circulación a las siguientes arterias:
- Maipú, entre Matheu y Necochea.
- Necochea, entre Castelar y Chiclana.
1810, entre Chiclana y Brown.
Artículo 6° Deróguese las partes pertinentes de los artículos de las Ordenanzas 5298 y 9219, que se opongan a la presente.
Artículo 7° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.