Título:
Excepción a
Expediente H.C.D.: 837-2012
Expediente M.B.B.: 0/00-3208/2012
Fecha de Sanción:
19 de julio de 2012
Fecha de Promulgación: 1 de agosto de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 1377/2012
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase, la excepción al ítem 3) del Anexo III
de
ARTICULO
2º: La recurrente debe dejar constancia fehaciente de asumir el compromiso, una
vez materializada la calle colectora, de aportar la cuota parte,
correspondiente a los frentes de las PARCELAS 22 y 23 de su propiedad, debiendo
los usos a desarrollar estar encuadrados dentro de los permitidos en el cuadro
de usos Nro. 1 para la zona FSV2 (Anexo III, Ordenanza
16249, así como también los indicadores urbanísticos, carga y descarga y
estacionamientos que figuran endecha ordenanza y dar cumplimiento a la
realización de las obras que garanticen la seguridad vial según la normativa
vigente.-
ARTICULO
3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN