ORDENANZA N°: 18363
Título: Modificando el cuadro tarifario para las playas de estacionamiento ubicadas en la Terminal de Omnibus San Francisco de Asís.
Expediente del H.C.D.: 1174-HCD-2012
Expediente del D.E.: 330-7498-2012
Fecha de sanción: 04-02-2016
Fecha de promulgación: 12-02-2016
Decreto de promulgación: 274/2016
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°: 19.321
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifiquese el Artículo 1º, de la Ordenanza Municipal Nº 18.363, referida al cuadro tarifario del estacionamiento de la Terminal de Ómnibus San Francisco de Asís, quedando de la siguiente manera:
ARTICULO 1º:
a) Una (1) hora de estacionamiento para automóviles y camionetas: Quince Pesos ($ 15.-).
b) Una (1) hora de estacionamiento de motos: Seis Pesos ($6.-), debiendo ubicarse exclusivamente en los lugares reservados para este tipo de vehículos.
c) Los quince (15) minutos de estacionamiento serán de Cuatro Pesos ($ 4.-).
d) Tarifa diaria:
1. Por el estacionamiento que exceda cinco (5) horas de estadía hasta el horario de cierre del estacionamiento para automóviles y camionetas: Ciento Cincuenta Pesos ($150.-).
2. Por el estacionamiento que exceda cinco (5) horas de estadía hasta el horario de cierre del estacionamiento para motos: Sesenta Pesos ($ 60.-).
3. Por la estadía mensual en el estacionamiento para automóviles: Setecientos Cincuenta Pesos ($750.-).
4. Por la estadía mensual en el estacionamiento de motos: Trescientos Pesos ($ 300.-)
e) Por la estadía mensual en el estacionamiento para empleados que desarrollen sus actividades en la Terminal: Trescientos Sesenta Pesos ($ 360.-)
f) Las personas discapacitadas estarán exentas del pago de tarifa.
g) Los empleados Municipales que cumplan sus funciones en la Terminal de Ómnibus estarán exentos del pago de la tarifa. (Texto Vigente Según Ordenanza 19.321)
ARTICULO 1º: Establézcase para las Playas de Estacionamiento de la Terminal de Ómnibus San Francisco de Asís, el siguiente cuadro tarifario:
5. Una (1) hora de estacionamiento para automóviles y camionetas: Diez Pesos ($10.-).
6. Una (1) hora de estacionamiento de motos: Cuatro Pesos ($4.-) debiendo ubicarse exclusivamente en los lugares reservados para este tipo de vehículos.
7. Para los Quince (15) minutos iniciales de estacionamiento: Dos Pesos ($2.-).
8. Tarifa Diaria.
h) Por el estacionamiento que exceda Cinco (5) horas de estadía hasta el horario de cierre del estacionamiento para automóviles y camionetas. Cien Pesos ($ 100.-).
i) Por el estacionamiento que exceda Cinco (5) horas de estadía hasta el horario de cierre del estacionamiento para motos: Cuarenta pesos (40.-).
j) Por la estadía mensual en el estacionamiento para automóviles: Quinientos Pesos ($ 500.-).
k) Por la estadía mensual en el estacionamiento para motos: Cien Pesos ($ 100.-).
9. Por la estadía mensual en el estacionamiento para los empleados que desarrollen sus actividades en la Terminal de Ómnibus: Trescientos Pesos ($300.-).
10. Los Empleados Municipales que cumplan sus funciones en la Terminal de Ómnibus estarán exentos del pago de la tarifa.
11. Las personas discapacitadas estarán exentas del pago de la tarifa.
ARTICULO 2º: Deróguese la Ordenanza 16.817.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISEIS.