ORDENANZA Nº 8357

Título: Condonar deuda atrasada por servicios públicos a la partida 111.138.

Tema:

Expediente H.C.D. : HCD-384/94.

Expediente M.B.B. :

Fecha de Sanción : 25 de noviembre de 1994.

Fecha de Promulgación :

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza :

Modificada por la Ordenanza :


ORDENANZA

Artículo 1º- Condónese la deuda atrasada que, por el servicio de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, grava a la partida inmobiliaria 111.138.

Artículo 2º- Quede eximida del pago por la prestación del antedicho servicio dicha partida inmobiliaria en tanto subsistan las causales que motivan la presente, según constancia obrantes en el expediente 384-HCD-94.

Artículo 3º- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVETNA Y CUATRO.