Título: Autorización de obra: Extensión de red de gas
natural en calles Coulin y Santa Cruz
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-518-2008
Expediente
M.B.B.: 0/00-1240/2008
Alcance 1
Fecha
de Sanción: 26 de junio de
2008
Fecha
de Promulgación: 29 de julio de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 862/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase la obra Extensión de la red de gas natural domiciliario en calles Coulin y Santa Cruz, en un todo de acuerdo
al Proyecto y Presupuesto del Pliego de Bases y Condiciones, mediante el
llamado a licitación, comprendiendo las siguientes calles:
-
COULIN,
entre Santa Cruz y Hugony (vereda par).
-
SANTA
CRUZ entre Coulin y Acosta (vereda par).
Artículo 2º - Decláranse cumplidas las exigencias de los artículos
193º, inciso 2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el artículo 1º se encuadra
dentro de las prescriptas en
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse,
conforme lo establece el artículo 6º de
Déjase establecido
que el prorrateo a los efectos del artículo 6º de
Artículo 5º - Se establece el costo por servicio de pesos Dos Mil Ochenta y Seis ($ 2.086) y en pesos
Doscientos Cuarenta y seis ($ 246) por conexión domiciliaria más instalación
de nicho.
Las
parcelas cuyos anchos sean mayores de
Artículo 6º - El monto resultante del Artículo 5º, será abonado por los usuarios hasta en veinticuatro
meses (24). Su ajuste eventual se hará conforme a las normas que pudieran
dictarse en el orden Nacional y/o Provincial, referidos a la normativa
económica.
El pago de las
cuotas establecidas comenzará a los sesenta (60) días de la habilitación del
servicio. Este adicional se liquidará conjuntamente con la tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación
de
Artículo 7º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
imputará a
Artículo 8º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN