ORDENANZA N°: 19140
Título: Carrera Anual “Carlos Arrigoni” - 12 de Agosto de Cada Año.
Expediente del H.C.D.: 1104-2017
Fecha de sanción: 16-11-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
El expediente 731-HCD-2017 del presente declarando de Interés Municipal de la Ciudad de Bahía Blanca, la “Carrera del Día del Trabajador de la Televisión “Maratón Carlos Arrigoni”, y;
CONSIDERANDO
Que, la trayectoria sindical, social y política de Carlos Arrigoni fue reconocida por el Municipio de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 18.898 por la cual se reserva su nombre para la imposición de una arteria o espacio público de la ciudad.
Que, además de ser electo Secretario General de la Seccional local del Sindicato Argentino de Televisión, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos por siete períodos consecutivos, ostentó el cargo de Concejal entre los Años 2001 y 2005 y desde 2006 hasta 2014 fue nombrado Director de la Delegación Regional Bahía Blanca del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.
Que, desde el Año 2014 hasta su deceso en 2015, fue Secretario General de la Confederación General del Trabajo de Bahía Blanca.
Que, la carrera “Carlos Arrigoni” para Bahía Blanca una plataforma de movilización social, impulsando que cientos de personas muestren su compromiso solidario, ya que lo recaudado con esta competencia es donado a entidades benéficas de la ciudad.
Que, en la misma, participan Grupos de Running Bahienses, caminatas y trotadores con capacidades diferentes, Veteranos de Malvinas, periodistas y afiliados a SATSAID de distintas secciones del País y público en general.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establézcase el día 12 de Agosto de cada año, con motivo de la conmemoración del “Día del Trabajador de Televisión” la fecha de la Carrera “Carlos Arrigoni”
ARTICULO 2º: En caso que la fecha estipulada coincida con un día de semana o sábado, la misma se realizará el domingo posterior.
ARTICULO 3º: Establézcase el siguiente circuito para el desarrollo de la competencia: Salida desde Arco de Ingreso al Parque de Mayo – Calle Urquiza; Calle Urquiza – Sarmiento; Sarmiento – Avenida Alem; Avenida Alem – Florida; Florida – Rosedal del Parque de Mayo hasta llegar nuevamente al punto de partida.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.