ORDENANZA Nº 4511

Título: Dónase a la "Agrupación de Jubilados, Pensionados y Retirados de todas las Cajas de Previsión" un lote de tierra.

Tema:

Expediente H.C.D.: 187-1984

Expediente M.B.B.: 0-00-917-1983

Fecha de Sanción: 28 de agosto de 1986

Fecha de Promulgación: 8 de Septiembre de 1986

Decreto de Promulgación Nº: 166-SG

Derogada por la Ordenanza: 6840

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º- Dónase a la "Agrupación de Jubilados, Pensionados y Retirados de todas las Cajas de Previsión" el lote de tierras catastralmente designado como Circunscripción I, Sección C, Manzana 149, Parcela 52, Partida 25.555 (7), que consta de una superficie de trescientos treinta y seis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados (336,84m2) con destino a la construcción de su sede social.

Artículo 2º- La Presente donación quedará sujeta al cumplimiento de los siguientes cargos por parte de la donataria:

  1. Inscripción en el Registro Municipal de entidades de Bien Público.
  2. Mantener su condición de entidad de bien público con personería jurídica en los términos de la legislación vigente.
  3. Destinar el bien donado a sus fines específicos.
  4. Iniciar las obras de construcción dentro de los dos (2) años, a contar desde la promulgación de la presente.

Artículo 3º- En casa de incumplimiento del destino y de los cargos impuestos en la presente, procederá la resolución de la donación, quedando en propiedad de la Municipalidad el bien con las mejoras que se hubieren introducido, sin cargo alguno a favor de la donataria.

Artículo 4º- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.