Título: Condonación Deuda Inmobiliaria: Vecina Zoraida del Carmen Sepúlveda.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-330-2002
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 21 de julio de 2005.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación
Nª
Derogada por la
Ordenanza:
Modificada por la
Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Condonar
la deuda en un todo de acuerdo a la ordenanza 10970, por tramitación de
escritura según ley 24.374 (tierras en buena ley) cuya constancia obra a fs.5,
correspondiendo condonar la deuda que opera sobre la partida inmobiliaria
91.597 por las tasas de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Públicas y
de Salud municipales (deuda registrada hasta el 29 de agosto de 1997).
Artículo 2º -
Prorróguense los beneficios de la ordenanza 9269 (plan de espera) por la deuda
que registra la partida desde el 29 de agosto de 1997 a la fecha.
Artículo 3º - Comuníquese a la recurrente que el beneficio del artículo 2º es por un año, pudiendo solicitar su renovación a partir del 1º de enero de 2006.
Artículo 4º - De
forma.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS
DEL MES DE JULIO DE DOS MIL CINCO.