Título: Imposoción de nombres:calles: Raúl Matera, Luís Federico Leloir, Jorge Luís Borges, Pedro Antonio Castro y Hugo Angel Llanos.
Expediente H.C.D.: 1174/2014
Fecha de Sanción: 13 de noviembre de 2014
Fecha de Promulgación: 10 de diciembre de 2014
Decreto de Promulgación Nª: 3650/2014
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Impóngase el nombre RAUL MATERA, a la vía de tránsito sin nombre paralela a la Avenida Jorge Moore, que nace en calle Montevideo al 2100, entre Montevideo y Neuquén y a las prolongaciones de la misma que en un futuro se generen.
ARTICULO 2º: Impóngase el nombre LUIS FEDERICO LELOIR, a la vía de tránsito sin nombre que corre paralela entre la vía de tránsito Hugo Ángel Llanos (designada en la presente Ordenanza) y calle Nicolás Levalle, entre vías de tránsito Pedro Antonio Castro (designada en la presente Ordenanza) y Dr. Carlos Saavedra Lamas y a las prolongaciones de la misma que en un futuro se generen.
ARTICULO 3º: Impóngase el nombre JORGE LUIS BORGES, a la vía de tránsito sin nombre que corre paralela entre la vía de tránsito Pedro Antonio Castro (designada en la presente Ordenanza) y calle Misiones, entre Perito Moreno y Luis Francisco Leloir (designada en la presente Ordenanza) y a las prolongaciones de la misma que en un futuro se generen.
ARTICULO 4º: Impóngase el nombre PEDRO ANTONIO CASTRO, a la vía de tránsito sin nombre paralela entre calle Pedro pico y vía de tránsito Jorge Luis Borges (designada en el artículo anterior) entre Hugo Ángel Llanos (designada en el artículo siguiente) y Luis Federico Leloir (designado en la presente Ordenanza) y a las prolongaciones de la misma que en un futuro se generen.
ARTICULO 5º: Impóngase el nombre HUGO ANGEL LLANOS, a la vía de tránsito sin nombre que corre paralela entre Perito Moreno y Luis Federico Leloir (designada en la presente Ordenanza), entre Pedro Pico y Jorge Luis Borges (designada en la presente Ordenanza) y a las prolongaciones de la misma que en un futuro se generen.
ARTICULO 6º. Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.