ORDENANZA Nº 15430

Título: Creación del Cosejo de la Juventud

Expediente H.C.D.: 1839-2008

Fecha de Sanción: 23 de septiembre de 2009

Fecha de Promulgación: 4 de noviembre de 2009

Decreto de Promulgación : 1407/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Créase en el ámbito del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Bahía Blanca, el Consejo de la Juventud.

 

Artículo 2º: El Consejo tendrá la forma de una asamblea de representantes que se organizará en diferentes comisiones de trabajo y estará conducido por un grupo ejecutivo elegidos por ellos mismos y coordinado por las áreas correspondientes del Municipio.

 

Artículo 3º: Podrán formar parte todas las Asociaciones Juveniles que lo deseen desde Boy Scouts o grupos religiosos hasta centros de estudiantes, etc.

 

Artículo 4º: El Consejo será consultado por el Gobierno Municipal en temas que afectan a la juventud, organizará actividades en coordinación con el Instituto Cultural y representará a la ciudad en Organismos Provinciales y Nacionales a través de las actividades que se programen.

 

Artículo 5º: Propondrá la sanción de Ordenanzas.

 

Artículo 6º: Cada Asociación Civil tendrá un (1) representante en la asamblea.

 

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo efectuará la convocatoria a participar a las Asociaciones Civiles Juveniles y realizará mediante mensajes publicitarios o de cualquier otro medio que estime valedero, una promoción tendiente a lograr una mayor asistencia para la creación del Consejo de la Juventud.

 

Artículo 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.