ORDENANZA Nº 16979

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: Pavimentación y repavimentación de varias calles de la ciudad de Bahía Blanca (Etapa III – año 2012)

Expediente H.C.D.: 134-2013

Expediente M.B.B.: 417-6055/2012 Alcance 1

Fecha de Sanción: 25 de abril de 2013

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y pago obligatorio la obra: “PAVIMENTACION Y REPAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA (Etapa III – Año 2012)”, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º del Decreto Reglamentario Nº 754/76, y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la cual comprende las calles:

 

  • 1810 entre Thompson y Arroyo Napostá  (2 cuadras - 12 metros de ancho entre Thompson y Darregueira.
  • Gurruchaga entre libertad y Las Heras (1 cuadra).
  • Ecuador entre Tierra del Fuego y Nueva Provincia (1 cuadra).
  • Mitre y Canadá (Bocacalle).
  • Avda. Alem y Rizzo (Bocacalle).

 

ARTICULO 2º: La modalidad de ejecución será por Licitación Pública con Fondos Municipales, mediante el sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.-

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, de corresponder, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL TRECE.