ORDENANZA Nº 7993
Título: Modificación de la ordenanza n° 7993 en sus artículos 51 y 52.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1609/93.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 13 de mayo de 1994.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° Amplíese el texto de la ordenanza n° ##4708, de la siguiente manera:
"Artículo 51° Autorícese la realización de rifas, por parte de las autoridades indicadas en el artículo 2° y concordantes de la presente, en reuniones públicas donde los adquirentes del billete podrán recibir alguna prestación accesoria de tipo alimentario, debiéndose efectuar el sorteo en el lugar y hora indicadas en la autorización, por ante Escribano Público, quien deberá confeccionar el acta respectiva en los términos autorizados por el Artículo 8° de la Ley n° 9405."
Artículo 52° Los fondos obtenidos por la modalidad descripta en el artículo anterior se destinarán en un cincuenta por ciento (50%) a la cuenta especial Fondos de Infraestructura Escolar y el restante cincuenta por ciento (50%) a Campañas de prevención del SIDA a realizarse por intermedio del "Centro de Salud Municipal "Dr.Leónidas Lucero" y las Unidades Sanitarias".
Artículo 2° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.