Título: Autorización de obra: iluminación de las
calles: Las Heras, Humboldt,
Yapeyú, Ecuador y Río Negro
Expediente H.C.D.: 713-2009
Expediente M.B.B.: 415-4882/2009 Alcance
1
Fecha de Sanción: 19 de noviembre de 2009
Fecha de Promulgación: 2 de diciembre de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
1559/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase
la obra de iluminación en las siguientes calles:
-
LAS
HERAS, entre 3 DE FEBRERO y RAWSON.-
-
HUMBOLDT,
entre HIPOLITO IRIGOYEN y ALSINA.-
-
YAPEYU, entre RINCÓN y D´ORBIGNY.-
-
AVDA.
INTERCONEXIÓN BARRIAL, entre MISIONES y CHUBUT.-
-
ECUADOR,
entre AVDA. ARIAS y NUEVA PROVINCIA.-
-
ECUADOR,
entre TIERRA DEL FUEGO y TENIENTE FARÍAS.-
-
RÍO
NEGRO, entre ANGEL BRUNEL y VÍAS DEL
FERROCARRIL.-
-
RÍO
NEGRO, entre BRICKMAN y VÍAS DEL FERROCARRIL.-
en un todo de acuerdo al
Proyecto y Presupuesto del Pliego de Bases y Condiciones, mediante el llamado a
Licitación.-
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidos los recaudos previstos en los artículos 193º, inciso 2), de
ARTICULO 3º: La obra autorizada en el artículo
1º, se encuadra dentro de las prescriptas en
ARTICULO 4º: La obligatoriedad del pago de la
obra a realizarse, conforme lo establece el artículo 6º, de
Déjase establecido que el
prorrateo, a los efectos del artículo 6º, de
En propiedades
ubicadas en las esquinas, los metros de frente a considerar, se tomarán desde
la línea medianera hasta la intersección las líneas Municipales.-
En propiedades con
subdivisiones en propiedad horizontal, los metros que afecten a cada una de
ellas, será de acuerdo al coeficiente de P.H.
ARTICULO 5º: El
monto resultante del Artículo 4º, será abonado por los usuarios hasta en
Veinticuatro (24) meses, quedando sujeto su ajuste eventual conforme a las
normas que pudieran dictarse, en el Orden Nacional y/o Provincial, referente a
la normativa económica.
ARTICULO 6º: El pago de las cuotas establecidas,
comenzará a los sesenta (60) días de la
habilitación del servicio. Este adicional, se liquidará conjuntamente con
ARTICULO 7º: El costo que demande el cumplimiento
de la presente, se imputará a
ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN