ORDENANZA Nº 14715

Título: Sociedad de Fomento y Cultura Villa Libre: condonación de deuda.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1396-2007

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 17 de abril de 2008

Fecha de Promulgación: 28 de abril de 2008

Decreto de Promulgación : 442/2008

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Hágase efectiva, en aplicación a lo dispuesto por la Ley 13.536, la condonación de la deuda descripta devengada durante los períodos 1992, 1993, 1994, 1999, 2000, 2001 y 2002, por la partida inmobiliaria 33.856 propiedad de la Sociedad de Fomento y Cultura de Villa Libre.

 

Artículo 2º - Condónase la deuda que por Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y por Tasa de Salud registra con relación a los períodos 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007 la partida inmobiliaria 33.856, propiedad de la Sociedad de Fomento y Cultura de Villa Libre.

 

Artículo 3º - A partir del período fiscal 2008 hágase efectiva la rebaja del 80% prevista por el artículo 83º, inciso b) de la ordenanza fiscal vigente, con relación a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública que devenga la partida inmobiliaria 33.856, propiedad de la Sociedad de Fomento y Cultura de Villa Libre.

 

Artículo 4º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL OCHO.