ORDENANZA Nº 9813
Título: Modificación de la ordenanza 9095 (creación registro de nombres para calles y espacios públicos)
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-156/97.
Expediente M.B.B.: 610-10002/97.
Fecha de Sanción: 19 de setiembre de 1997.
Fecha de Promulgación: 3 de octubre de 1997.
Decreto de Promulgación Nº 643/97.
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° Modifíquese la Ordenanza n° 9095 por la cual se crea el Registro de Nombres para Calles y Espacios Públicos, incorporando el Artículo 7mo. el que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 7mo.: El municipio dispondrá, en el lugar que estime, de un Registro de Oposición donde los vecinos de la calle, a la cual se impondrá el nombre, podrán hacer valer su derecho a oponerse. El derecho de oposición a la denominación de una calle o espacio público se hará efectivo cuando las firmas sean igual o mayor al 40% de los vecinos empadronados en dicha calle.
El plazo para hacer uso del mencionado derecho será de treinta (30) días corridos a partir de su publicación."
Artículo 2° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.