ORDENANZA N°: 18322

Título: Creando el “Registro de Investigadores del Hospital Municipal de Agudos Dr. Leonidas Lucero”

Expediente del H.C.D.:1044-2015

Expediente del D.E.: 43-30406-2015

Fecha de sanción: 03-12-2015

Fecha de promulgación: 18-12-2015

Decreto de promulgación: 2851/2015

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Créase en el ámbito del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leonidas Lucero”, el “Registro de Investigadores del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero”.


ARTICULO 2º: Podrán inscribirse en el Registro, todos aquellos profesionales y técnicos que presten funciones en el Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leonidas Lucero” y lleven a cabo, o tengan previsto hacerlo, trabajos de investigación.


ARTICULO 3º: Deberán inscribirse en el Registro, todos aquellos profesionales o técnicos que realicen actividades de investigación en el Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero” utilicen, o no, directa o indirectamente recursos económicos, humanos, base de datos –o de cualquier otra naturaleza, del hospital para llevar adelante sus tareas de investigación.


ARTICULO 4º: Toda investigación que se lleve a cabo en el Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leonidas Lucero”, deberá contar indefectiblemente con la expresa autorización del Departamento de Docencia e Investigación y la aprobación correspondiente de su Comité Institucional de Bioética.


ARTICULO 5º: El incumplimiento de lo previsto por la presente Ordenanza, por parte de quienes estén obligados, los hará pasibles de las sanciones establecidas en el régimen disciplinario de la Ley 14.656 y/o la norma que la reemplace, sea Ley u Ordenanza Municipal.


ARTICULO 6º: Invítese a la Comunidad Científica y técnica del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leonidas Lucero” a inscribirse en el “Registro de Investigadores del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero”.


ARTICULO 7º: Dése amplia difusión a la presente.


ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.