ORDENANZA Nº 5104
Título:
Aprobando la construcción de una propiedad por excepción a lo preceptuado en el artículo 7° de la Ordenanza N° ##3132.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD 309/88
Expediente M.B.B.: 0/00 578/88
Fecha de Sanción: 29 de Junio de 1988
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Autorízase, como excepción a lo preceptuado en el artículo 7° de Decreto Ordenanza N° ##3132/78, la construcción en la zona de retiro obligatorio de la línea municipal de dos metros noventa y cuatro centímetros (2,94 mts.), sobre calle Brandsen, en las Parcelas 1 y 14, designadas catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 128, conforme el anteproyecto presentado.
Artículo 2°.- La excepción autorizada queda condicionada a la previa donación a la Municipalidad de Bahía Blanca de dicha franja de retiro obligatorio, con todo lo construido o a construirse en el futuro, y cuya tradición se operará dentro de los sesenta (60) días de la resolución del Señor Intendente que así lo disponga, motivada en la necesidad de ensanche de calle Brandsen.
Artículo 3°.- Deberá el donante renunciar a toda acción judicial contra la Municipalidad con fundamento en la exigencia del artículo anterior.
Artículo 4°.- El proyecto de construcción, desde el punto de vista técnico deberá admitir la demolición del edificio donado, sin deteriorar el remate.
Artículo 5°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.