Título: Autorización de obra: construcción de cordón
cuneta y badenes en calle Spilimbergo al 300
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-309-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-9656/2008
Fecha de Sanción: 11 de junio de 2009
Fecha de Promulgación: 1 de julio de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
899/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la obra de Construcción de cordón
cuneta y badenes en calle LINO E. SPILIMBERGO (altura 300) entre LAS HERAS y
RAMON y CAJAL, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente
Nº 0/00-9656-2008.- (309-HCD-09).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas por
Artículo 4º: La obligatoriedad del pago
de la obra a realizarse, conforme lo establece el artículo 6º de
El precio de la obra queda establecido a
razón de: $132.- el ml de cordón cuneta y de
$158,30.- el m2 de badén.-
Artículo 5º: Las obras se ejecutarán de
acuerdo a los planos y especificaciones del Departamento Vialidad de
- Construcción de cordón cuneta de
hormigón simple de
- Construcción de badenes de hormigón
armado de
Todo conforme a planos y Especificaciones
Técnicas Municipales.-
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la
obra será de sesenta (60) días corridos, a contar desde la fecha de Replanteo,
que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de notificada la empresa de
la presente ordenanza.-
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a
lo establecido por los Artículos 31º y 65º del Decreto Reglamentario 754/76,
deberán presentarse en
Artículo 8º:
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (3) años, a
contar desde la fecha de
Recepción Provisoria. Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.-
DADA EN