ORDENANZA Nº 14035

Título: Consejo Local de Políticas Sanitarias.

Tema:

Expediente H.C.D.:  HCD-1176-2006

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 31 de agosto de 2006.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Créase en el ámbito jurisdiccional del Municipio de Bahía Blanca el Consejo Local de Políticas Sanitarias.

 

Artículo 2º - Será objeto y función de esta Comisión la interacción y coordinación de los distintos agentes y centros de salud de la ciudad y la región a fin de plantear conjuntamente ejes estratégicos de trabajo para mejorar y optimizar el servicio de salud pública y privada, reorientando los recursos existentes para su mejor aprovechamiento, fortaleciendo un espacio de concertación del municipio con la Región Sanitaria I y los efectores privados.

 

Artículo 3º - La misma estará conformada de la siguiente manera:

 

-          Un Representante del Departamento Ejecutivo Municipal del área de la Secretaría de Salud.

-          El Presidente de la Comisión de Salud Pública del Honorable Concejo Deliberante.

-          Un Representante por la Dirección del Hospital Municipal de Agudos Leonidas Lucero.

-          Un Representante por la Dirección del Hospital Interzonal General de Agudos Dr. José Penna.

-          Un Representante de Región Sanitaria 1.

-          Un Representante de Fecliba.

-          Un Representante de la Asociación Médica de Bahía Blanca.

-          Un Representante del Colegio de Médicos del Distrito X.

 

Artículo 4º - El Consejo se reunirá periódicamente una vez por mes, será presidida por el Presidente de la Comisión de Salud Pública del Honorable Concejo Deliberante. Las decisiones o conclusiones a que arribe la misma serán tomadas por consenso y significarán una opinión no vinculante para el H. Concejo Deliberante.

 

Artículo 5º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS.