ORDENANZA Nº 15503

Título: Autorización de uso: Salón de Fiestas en calle Don Bosco y Roca

Expediente H.C.D.: 824-2009

Expediente M.B.B.: 0/00-5714/2009

Fecha de Sanción: 19 de noviembre de 2009

Fecha de Promulgación: 11 de diciembre de 2009

Decreto de Promulgación : 1595/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase, con carácter de excepción, el uso “Salón de Fiestas”, en el inmueble sito en calle Don Bosco y Roca, designado catastralmente como: Circunscripción  I, Sección D, Manzana 359, Parcelas 23 y 24, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en expedientes Nro. 0/00-5714-2009. ( 824-HCD-2009).

 

ARTICULO 2º: La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se otorga por un plazo de cuatro (4) años, condicionada al cumplimiento de lo dispuesto por la Legislación vigente (Ordenanza 10480); a la no ampliación de superficie o incremento de la actividad por sobre la solicitada actualmente, y de cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE.