ORDENANZA Nº 5284

Título: Eximiendo a jubilados y pensionados del pago de la tasa por servicios públicos para el corriente año.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-10/89

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 12 de Enero de 1989

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo l°.- Extiéndese la eximición del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública para el período 1989, a los jubilados, pensionados y personas de escasos recursos que hubieran obtenido dicho beneficio durante el año fiscal 1987 y/o 1988.

Artículo 2°.- El porcentaje de eximición será e1 mismo que correspondió, en cada caso, en el año 1987, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1°, inciso d) dé la Ordenanza ##4315.

Artículo 3°.- Aquellos beneficiarios que hubieran sufrido alguna modificación en su situación económica deberán realizar una nueva presentación formal a fin de adecuar los porcentajes de eximición.

Artículo 4°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.