Título: Plan de Fortalecimiento para Talleres Protegidos.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-625-2007
Expediente
M.B.B.:
Fecha
de Sanción: 29 de
noviembre de 2007
Fecha
de Promulgación: 18 de diciembre de
2007
Decreto
de Promulgación Nª: 1329/2007
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Créase en el Partido de Bahía Blanca el Plan de Fortalecimiento para Talleres Protegidos.
Artículo 2º - Es objetivo de este Plan, fortalecer las tareas de
inclusión social y de formación, llevadas a cabo por los Talleres Protegidos de
nuestro partido a través de la educación y capacitación e4n trabajos y oficios
productivos.
Artículo 3º - A partir de la entrada en vigencia de la presente
norma, cuando el Municipio de Bahía Blanca deba adquirir productos o artículos,
producidos, elaborados o armados por los Talleres Protegidos de la ciudad a
través de su Departamento de Compras, se obliga a comprarlos (cuando así lo
requieran sus necesidades) por el sistema de compra directa a los Talleres
Protegidos inscriptos como proveedores municipales.
En todos los casos, los
productos deberán estar debidamente habilitados, registrados y supervisados por
el Ministerio de Salud, de acuerdo a lo establecido en el artículo 156º, inciso
11) de
Artículo 4º - Para cumplir cabalmente con el objetivo del Plan de Fortalecimiento,
equitativamente se alternarán las compras entre los distintos Talleres, para lo
cual el municipio coordinará con los mismos la forma de trabajo, a fin de
promover un cronograma de pedidos y entregas de mercaderías que no entorpezca
el normal desempeño de las oficinas gubernamentales ni de los talleres.
Artículo 5º - El precio pactado por la compra directa de los
distintos artículos elaborados por los talleres protegidos no puede tener una
variación mayor al 10% (diez por ciento) del valor del mercado de los mismos.
Artículo 6º - En el ámbito de la presente ordenanza se conformará
una comisión de coordinación de este programa conformada por todos los talleres
protegidos incluidos en el plan y por el Departamento de Compras de
El objeto de esta comisión será:
Artículo 7º - Los productos elaborados y producidos actualmente por
los Talleres Protegidos que inmediatamente entran en el sistema de compra
directa del presente programa son: panificados, escobas y escobillones,
franelas, rejillas y trapos de piso, bolsas de residuos.
A través del trabajo de la
comisión y a medida que los talleres comiencen a producir o elaborar distintos
artículos serán incorporados al presente programa.
Artículo 8º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN