ORDENANZA Nº11197
Título:
Implementando una reducción de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene para industrias de productos alimenticios que incorporen profesionales autorizados.Tema:
Expediente H.C.D.:
HCD-1217-1997Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 19 de octubre de 2000.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Todas las Industrias Manufactureras de Productos Alimenticios y Bebidas comprendidas en la Ordenanza Impositiva en el Capítulo IV - Artículo 11º - Código de actividad 11.000 Sub - Código 06 y Código de Actividad 31.000 Sub-Códigos desde el 01 al 28, excepto el 27 - Industria del Tabaco - que incorporen Profesionales Autorizados a efectos de realizar la Dirección Técnica podrán solicitar al Municipio la reducción de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene hasta un 10% por el término de dos años a partir de la incorporación efectiva del profesional.
Artículo 2º - Facúltese al Departamento Ejecutivo, en razón de la naturaleza o complejidad de los productos y actividades comprendidos en el Artículo 1º de la presente Ordenanza y Artículos 1 y 2 del Código Alimentario Nacional, a exigir que los mismos deban ser realizados con la Dirección Técnica de Profesional Autorizado.
Artículo 3º - Las tareas y trabajos de Dirección Técnica que efectúen los profesionales autorizados deberán ser fiscalizados por los colegios profesionales correspondientes.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL.