ORDENANZA N º 4809
Título:
Importes para el boleto de Transporte Público de PasajerosTema:
Expediente H.C.D.: 420-1987
Expediente M.B.B:
Fecha de Sanción: 17 de Setiembre de 1987
Fecha de Promulgación: 26 de Agosto de 1987
Decreto de Promulgación N º: 160-SG
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza: N º 5779
Artículo 1º - Convalídase el artículo 3° del Decreto n° 861 dictado el día 25 de Agosto de 1987, por el cual el D. Ejecutivo fija importes para el boleto de Transporte Público de Pasajeros de la ciudad, en las prolongaciones dispuestas por la Ordenanza 4735, de acuerdo al siguiente detalle:
LINEA 510
Desde Villa Harding Green hasta Hospital Interzonal
Dr. José Penna.............................................................. australes 0.38
LINEA 517
Desde Terrada y 1° de Marzo pasando por Comandante
Espora hasta Villa Harding Green................................... australes 0.65
Artículo 2º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.