ORDENANZA Nº 5271
Título:
Donando fracción de terreno a la Sociedad de Fomento del Barrio "17 de Agosto".Tema:
Expediente H.C.D.: HCD 950/88
Expediente M.B.B.: 2/28 8278/84
Fecha de Sanción: 22 de Diciembre de 1989
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza: N° ##9565
ORDENANZA
Artículo l°.- Dónase a la Sociedad de Fomento del barrio "17 de Agosto" la fracción de terreno ubicada en la localidad de Villa Harding Green, denominada catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Manzana 170 u, Parcela 8, con una superficie de diez metros (10,00 m) de frente por veintiocho metros con cuarenta centímetros (28,40 m) de fondo, según plano 7-291-84, con destino a la construcción de su cede social.
Artículo 2°.- La aceptación de la donación dispuesta en el artículo 1° deberá presentarse en el plazo de un año. Las obras deberán ser comenzadas dentro de los dieciocho (18) meses, y los trabajos de terminación de la respectiva construcción dentro de los tres (3) años.
Los plazos establecidos precedentemente, regirán a partir de la fecha de promulgación de la presente ordenanza.
Artículo 3°.- En caso de no cumplimentarse o desvirtuarse el destino acordado, implicará la retrocesión del dominio a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca.
Artículo 4°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.