ORDENANZA Nº10877
Título:
Referida a la utilización de la denominación "personas con necesidades especiales" para aquellas que tuvieran capacidad diferencial.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1183-1999
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 24 de febrero de 2000.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Utilícese en el ámbito y en los actos del Gobierno Municipal la denominación "personas con necesidades especiales" para todas aquellas que tuvieren algún tipo de capacidad diferencial, comúnmente denominada "discapacidad".
Artículo 2º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL.