ORDENANZA N°: 18670

Título: Autorizando la realización de Servicios de Agrimensura para la Regularización Dominial en Barrio Stella Maris.

Expediente del H.C.D.: 868-2016

Expediente del D.E.: 239/6905/2016

Fecha de sanción: 29-09-2016

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Autorizase, la realización de Servicios de Agrimensura, para la Regularización Dominial en la Manzana del Barrio Stella Maris, que se designa catastralmente de manera provisoria como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 203 10, Parcelas: 2,3,4,6,7,8,9,10,11,12,13,14. Partidas de Oficio 506146, 506147, 506148, 506150, 506151, 506152, 506153, 506154, 506155, 506156, 506157, 506158. Parcela Dominial 5, de la Chacra 203, Circunscripción II, Sección B.


ARTICULO 2º: Decláranse, cumplidas las exigencias de los Artículos193º, inciso 2), de la Constitución Provincial, 3º y 5º, de la Ordenanza 18.060.


ARTICULO 3º: Declárase la obligatoriedad de pago del Servicio de Agrimensura para Regularización Dominial a realizarse conforme las disposiciones del Artículo 4º, de la Ordenanza 18.060.


ARTICULO 4º: Déjase establecido que el pago al que se refiere el artículo anterior, se realizará por vecino frentista, conforme a lo consensuado oportunamente.


ARTICULO 5º: Constitúyase el Consorcio para la ejecución de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial, según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes a fs. 1 a 37, del expediente 239-6905-2016 (868-HCD-2016).


ARTICULO 6º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:


PRESIDENTE: Ing. Guillermo Manrique, Secretario de Infraestructura.

TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa de Oficina Administración de Consorcios.

SECRETARIO: Sr. Simón Mayorica Campos, DNI 92.979.212, vecino frentista.

VOCALES: Agrim. Cristina Urquiola, Jefa Departamento Territorial y Sr. Jorge Ponce, DNI 92.726.067, vecino frentista.


ARTICULO 7º: El recurso para el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputará a la Partida: Fuente 140, Jurisdicción 1110103000, Categoría Programática 01.16.00 R.A. (131), Consorcios Regularización Dominial Ordenanza 18.060, 3.4.9.0 otros Servicios Técnicos y Profesionales.


ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.