Título: Construcción cordón cuneta: calles del barrio
Moresino
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-489-2006
Expediente
M.B.B.: 0/00-8585/2006
Anexo I
Fecha
de Sanción: 18 de mayo de
2006
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo
1º - Autorízase la ejecución de la obra Construcción de cordón cuneta, dos
triángulos y siete badenes en las siguientes calles:
FRENCH,
entre Juncal y La Pinta (ambas aceras).
FRENCH,
entre La Pinta y Santa María (ambas aceras).
FRENCH,
entre Santa María y James Harris (ambas aceras).
MONTEAGUDO,
entre Esmeralda y Juncal (ambas aceras).
MONTEAGUDO,
entre Juncal y La Pinta (ambas aceras).
MONTEAGUDO,
entre La Pinta y Santa María (ambas aceras).
MONTEAGUDO,
entre Santa María y James Harris (ambas aceras).
BRICKMAN,
entre Esmeralda y Juncal (acera par).
BRICKMAN,
entre Juncal y La Pinta (acera par).
BRICKMAN,
entre La Pinta y Santa María (acera par).
BRICKMAN,
entre Santa María y James Harris (acera par).
ESMERALDA,
entre Brickman y Monteagudo (acera par).
JUNCAL,
entre Brickman y Monteagudo (ambas aceras).
JUNCAL,
entre Monteagudo y French (ambas aceras).
LA
PINTA, entre Brickman y Monteagudo (ambas aceras).
LA
PINTA, entre Monteagudo y French (ambas aceras).
LA
PINTA, entre French y Chile (ambas aceras).
SANTA
MARIA, entre Brickman y Monteagudo (ambas aceras).
SANTA
MARIA, entre Monteagudo y French (ambas aceras).
SANTA
MARIA, entre French y Chile (ambas aceras).
JAMES
HARRIS, entre Brickman y Monteagudo (acera impar).
JAMES
HARRIS, entre Monteagudo y French (acera impar).
JAMES
HARRIS, entre French y Chile (acera impar).
Artículo
2º - Decláranse cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inciso 2) de la
Constitución Provincial, 29º, inciso 2) y concordantes de la Ley Orgánica de
las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Públicas nº 2082 y sus
modificatorias Nros. 2201 y 2485.
Artículo
3º - La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas
por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de los
artículos 9º inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de la Sección I, Capítulo
IV de su Decreto Reglamentario nº 754/76, Ejecución por Consorcio de Vecinos o
Cooperativas.
Artículo
4º - La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece
el artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas, queda sujeta a las
disposiciones de la Sección II, artículos 29º a 36º y concordantes del Decreto
se establece el sistema de prorrateo por frente, es decir que
el valor total
de la obra (cordón cuneta) se
prorrateará en función de la extensión lineal de los frentes,
exclusivamente de los inmuebles afectados efectivamente por las obras
principales de cordón cuneta, no siendo de aplicación en el presente caso lo
establecido en el artículo 65º apartado 4º) del Decreto Reglamentario de la
Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo
5º - En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los
artículos 19º, 20º y 21º de la Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo
6º - Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra, según
las solicitudes expresas de los vecinos beneficiarios, obrantes en el
expediente nº 0/00-8585/2003 (489-HCD-2006), habiéndose cumplimentado con el
artículo 2º y demás requisitos establecidos en la ordenanza 4060.
Artículo
7º - El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
Presidente:
Ing. José Iogna, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
Tesorera:
Cra. María Angélica Henales, Jefe División Oficina Consorcios Obras Básicas.
Secretario:
Sr. Raúl Walker, DNI. 7.368.988, vecino frentista.
Vocales: Sra. María Eva Gattari, DNI. 6.138.660,
vecina frentista y Agr. Lorenzo Cánepa,
Legajo nº 11339, dependiente del Departamento Vialidad.
Artículo 8º - El gasto que se origine deberá
imputarse a la Partida Carácter 1, Sección 2, Sector 5, Inciso 2, Ppal. 20 del
Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 9º - Comuníquese al D. Ejecutivo para
su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE
DOS MIL SEIS.