Título:
Utilidad Pública y Pago Obligatorio: Pavimentación de calle Esmeralda entre
Arroyo Napostá y Chile, etapa IV año 2013 (8
cuadras)
Expediente H.C.D.: 1359-2013
Expediente M.B.B.: 417-8963/2013
Fecha de Sanción: 5
de diciembre de 2013
Fecha de Promulgación: 6 de enero de 2014
Decreto de Promulgación Nª_ 35/2014
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Declárase, de Utilidad Pública y Pago
Obligatorio, la obra PAVIMENTACION DE CALLE ESMERALDA, ENTRE ARROYO NAPOSTA Y
CHILE DE
ARTICULO
2º: Establézcase, para la presente obra la modalidad de Licitación Pública, con
Fondos Nacionales conforme al Programa de Fortalecimiento de Obras Viales Urbanas, Periurbanas,
Caminos de Producción, Accesos a Puertos y Obras de Seguridad Vial, mediante
el sistema de Ajuste Alzado.
ARTICULO
3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto
a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la
forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.
ARTICULO
4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN