Título: Autorización
de obra: cordón cuneta y badén en calle Almafuerte al
3300
Tema:
Expediente H.C.D.:
HCD-1023-2008
Expediente M.B.B.: 0/00-5607/2008
Fecha de Sanción: 28
de agosto de 2008
Fecha de Promulgación: 15 de septiembre de 2008
Decreto de Promulgación Nª: 1073/2008
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase a la
empresa BLOQUES DEL PARQUE a
realizar la obra de Construcción de
cordón cuneta, un triángulo y un cuerpo
de badén en calle ALMAFUERTE (altura 3300- acera par) entre SUIZA y SIMON BOLIVAR Y SIMON BOLIVAR (altura 800-
acera par) entre ALMAFUERTE y GALLEGO MORA, en un todo de acuerdo a los
antecedentes obrantes en expediente Nº 0/00-5607-2008.-(1023-HCD-2008).
Artículo 2º Decláranse cumplidas las
exigencias de los artículos 193º inciso 2) de
Artículo 3º - La obra autorizada por la presente se
encuadra dentro de las prescriptas por
Artículo 4º Declárase la obligatoriedad del
pago de la obra a realizarse, conforme a las disposiciones del artículo 6º de
EL
precio de la obra queda establecido a razón de: $ 106 el ml de cordón cuneta y de $ 145 el m2
de badén.
Artículo 5º - Las obras se ejecutarán de acuerdo a los planos
y especificaciones del Departamento Vialidad de
*Construcción
de cordón cuneta de hormigón simple de
La
resistencia mínima cilíndrica del hormigón en el ensayo de compresión a los 28
días será de 320Kg/cm2, con un tenor de cemento mínimo de 350 Kg/ m3 de hormigón elaborado.
*Construcción
de badén de hormigón armado de 0,17 de espesor, demás dimensiones y armaduras
según Plano Tipo y Especificaciones; sobre base de tosca de
Artículo 6º - El plazo de ejecución de la obra será de treinta (30) días corridos, a contar desde la fecha de
Replanteo, que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de notificada la
empresa de la presente ordenanza.
Artículo 7º - Las
liquidaciones conforme a lo establecido por el Artículo 35º del Decreto Reglamentario 754/76, deberán
presentarse en
Artículo 8 º -
Artículo 9º - En caso que
Artículo 10º - El plazo de conservación de la obra será de
36 meses a contar desde la fecha de Recepción Provisoria. Finalizado el mismo,
se labrará el Acta de Recepción Definitiva.
Artículo 12º - De
forma.
DADA
EN