ORDENANZA Nº 16322

Título: Autorización de uso: Casa de Fiestas en el inmueble de Ruta 35 km 8,5

Expediente H.C.D.: 74-2011

Expediente M.B.B.: 0/00-6984/2010

Fecha de Sanción: 1 de septiembre de 2011

Fecha de Promulgación: 12 de septiembre de 2011

Decreto de Promulgación : 1350/2011

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase, con carácter de excepción, el uso “Casa de Fiestas”, en el inmueble sito en calle Ruta 35 Km. 8,5, designado catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección C, Quinta 21, Parcela 4 a, Partida 75212, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nro. 0/00-6984-2010.- (74-HCD-11)

 

ARTICULO 2º: La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se otorga por el término de dos (2) años, condicionada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza 10.480, a la no ampliación de la superficie o incremento de actividad por sobre la solicitada actualmente, y de cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE.