ORDENANZA Nº 16888
Título:
Excepción al cumplimiento del retiro bilateral (Ordenanza 16249): desarrollo
del uso Taller mecánico de automóviles
Expediente H.C.D.: 1322-.2012
Expediente M.B.B.: 0/00-7821/2012
Fecha de Sanción: 6
de diciembre de 2012
Fecha de Promulgación: 19 de diciembre de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 2214/2012
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase la excepción, al cumplimiento del
retiro bilateral de 3
metros establecido en la Ordenanza 16249, para la Zona Frente de
Servicio a Vialidad 2 (FSv2)(2), en el proyecto de
construcción a realizarse en el inmueble identificado catastralmente como:
Circunscripción II, Sección B, Manzana 138a, Parcelas 4 y 19, de la ciudad de
Bahía Blanca, para desarrollar el uso Taller Mecánico de Automóviles, en un
todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente 0/00-7821-2012
(1322-HCD-2012).
ARTICULO
2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL
MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE.