ORDENANZA Nº 5745

Título: Donación de tierras para la construcción de la Escuela Nº 513.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-486/89.

Expediente M.B.B.: 0/00-5015/88, 2335-510176/89.

Fecha de Sanción: 10 de mayo de 1990.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Dónase al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Escuelas y Cultura), con destino a la construcción de la Escuela Nº 513 para Sordos e Hipoacúsicos de Bahía Blanca, la fracción de tierra designada catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 98x, Parcela 5, según plano 7-301/86.

Artículo 2º - La presente donación deberá ser aceptada dentro del plazo de un (1) año, a contar de su promulgación y las obras deberán ser comenzadas dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha de la aceptación, estableciéndose que en caso de no cumplimentarse o desvirtuarse el destino acordado, implicará la retrocesión del dominio a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca.

Artículo 3º - Derógase la Ordenanza Nº ##5509, sancionada con fecha 24 de Agosto de 1989 y promulgada el 4 de setiembre de 1989.

Artículo 4° - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.