ORDENANZA Nº 4483

Título: Apruébanse las escalas salariales que se anexan, que regirán para los meses de Junio, Julio, Agosto y Septiembre.

Tema:

Expediente H.C.D.: 401-1986

Expediente M.B.B.: 110-6020-1986

Fecha de Sanción: 24  de Julio de 1986

Fecha de Promulgación: 4 de Agosto de 1986

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º- Apruébanse las escalas salariales que se anexan, que regirán para los meses de Junio la número uno, Julio la número dos, Agosto la número tres y Septiembre la número cuatro.

Artículo 2º- Los valores resultantes de tales escalas se abonarán al personal municipal y al de la Obra Social, en los meses de Junio, Julio, Agosto y  Septiembre, según los valores promedios que surgen de la escala anexa número cinco.

Artículo 3º- El D. Ejecutivo dispondrá las modificaciones en el Cálculo de recursos y Presupuesto de gastos, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las Ordenanzas fiscales y Presupuestarias respectivamente.

Artículo 4º- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERNTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.