Título: Programa Municipal de
Lactancia Materna
Expediente H.C.D.: 944-2011
Fecha de Sanción: 9
de agosto de 2012
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
PRIMERO:
Créase el Programa Municipal de Lactancia Materna, dependiente de
SEGUNDO:
Serán destinatarios del presente programa, las familias en general y
especialmente las madres y los niños.-
TERCERO:
El Programa Municipal de Lactancia Materna, tendrá los siguientes objetivos, a
saber:
General:
instruir a las madres embarazadas, antes del último Control Prenatal, sobre la
importancia de la alimentación con leche materna, para lograr que la mayoría de
los niños sean amamantados en forma exclusiva hasta el sexto mes de vida, y
complementando con la incorporación de otros alimentos hasta después de los dos
años de vida, obteniendo de esta forma todos los beneficios nutricionales,
inmunológicos y afectivos que derivan de
Específico:
implementar un Programa Integral de Apoyo, Estímulo, Promoción y Protección de
a.
Disminuir la morbi-mortalidad Materno-Infantil.
b. Prevenir la desnutrición infantil.
c.
Elevar el estado
de salud de la población.
d. Favorecer el vínculo madre-hijo-familia.
e.
Disminuir el
gasto en enfermedad.
f.
Promover estilos
de vida saludable en la población a través de la alimentación.
g. Promover el cumplimiento del derecho a la salud.
CUARTO:
El presente programa, será ejecutado a través de los Centros de Salud, quienes
brindarán las prestaciones necesarias para efectivizar los objetivos indicados.
Las
referentes que efectivizarán dicho programa, serán las Enfermeras y Agentes de
Salud que hayan realizado la
capacitación correspondiente en Lactancia Materna.
Asimismo,
se confeccionará un registro de asistencia a los talleres de las beneficiarias
del Plan Materno Infantil y una reseña con el desenvolvimiento del mismo, que
será presentado, por cada Jefe de los Centros de Salud, al responsable de
QUINTO:
El Programa Municipal de Lactancia Materna brindará capacitación permanente con
abordaje interdisciplinario a todos los agentes involucrados en la
instrumentación del mismo, incluyendo a los promotores comunitarios de salud.
Dicha capacitación estará a cargo de quien
SEXTO:
Se asignará un puntaje específico para aquellos agentes que realicen tal
capacitación. Ese puntaje será determinado por el Comité de Docencia e Investigación
de
SEPTIMO:
Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN