ORDENANZA Nº 4625

Título: Autorízase, en el inmueble catastralmente designado como Circunscripción II, Sección B, Manzana 142 m, Parcela 25, la utilización de indicadores urbanísticos.

Tema:

Expediente H.C.D.: 587-1986

Expediente M.B.B.: 0-00-4535-1986

Fecha de Sanción: 22 de Diciembre de 1986

Fecha de Promulgación: 6 de Enero de 1987

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º - Autorízase, en el inmueble catastralmente designado como Circunscripción II, Sección B, Manzana 142 m, Parcela 25 y al solo efecto de la construcción de la sede de la Sociedad de fomento del barrio Millamapu y demás dependencias de equipamiento comunitario, la utilización de los siguientes indicadores urbanísticos, como excepción a los señalados en el artículo 70º -Ucr(5)- del Código de Zonificación:

3)DENSIDAD: 150 Hab./Ha.

6)Centro Libre de Manzana= L- 20

2

7) F.O.T.: 0,60

8) F.O.T.: 0,60

Artículo 4º :De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.