Título: Autorización de obra: extensión de red de
agua potable en calles: Zelarrayán, Cafasso y Mitre
Expediente H.C.D.: 295-2011
Expediente M.B.B.: 0/00-10581/2010
Fecha de Sanción: 30 de junio de 2011
Fecha de Promulgación: 7 de julio de 2011
Decreto de Promulgación Nª:
1055/2011
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase la obra Extensión de red de agua potable en
calles: Zelarrayán, entre R. Arlt
y Cafasso (al 3600 acera impar), Cafasso
entre Zelarrayán y Mitre (al 100 acera impar) y Mitre
entre Zelarrayán y R. Arlt
(al 3600 acera par).-
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículo 193º, inciso 2), de
ARTICULO 3º: La obra autorizada en el Artículo
1º, se encuadra dentro de las prescriptas en
ARTICULO 4º: La obligatoriedad del pago de la
obra a realizarse queda sujeta a las
disposiciones del Artículo 6º de
Se determinarán de ser necesario cuotas
adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos
inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano
de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno de estos ítems.
ARTICULO 5º: En la presente obra no se aplicarán
las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º de
ARTICULO 6º: Constitúyase el consorcio para la
ejecución de la mencionada obra según la
solicitud expresa de los beneficiarios obrante a fojas
ARTICULO 7º: El Consejo de Administración estará
integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén Valerio, Secretario de
Obras y Servicios Públicos.-
TESORERA: Cra. María
Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.-
SECRETARIO: Sra. Ríos Liliana, DNI 14.690.869,
vecina frentista.-
VOCALES: Ing. María Cristina Paniagua,
dependiente de
ARTICULO 8º: El gasto se imputará a
ARTICULO 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN