ORDENANZA Nº11774
Título:
Modificando la Ordenanza Impositiva en su Capítulo IV, tasa por inspección de seguridad e higiene.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-97-2002
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 21 de febrero de 2002.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Modifíquese la Ordenanza Impositiva, Capítulo IV Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Artículo 11º Bancos, en los siguientes conceptos:
91 BANCOS
Préstamos de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás operaciones efectuadas por los Bancos y otras instituciones sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras.
91.001 01 Bancos . 26.60
91.001 02 Instituciones Financieras autorizadas por
BCRA .. 26.60
91.001 03 Agencias Financieras .. 26.60
91.001 04 Préstamos de dinero, descuentos de do-
cumentos de terceros y demás operaciones
efectuadas por bancos y otras instituciones
financieras no clasificadas en otra parte 26.60
COMPRA Y VENTA DE DIVISAS
91.006 01 Casas de cambio y operaciones con di-
visas (excluidos los Bancos) 26.60
Artículo 2º - El Departamento Ejecutivo, previa autorización del H.Concejo Deliberante, promocionará las actividades comerciales, industriales y de servicios mediante descuentos y bonificaciones sobre los importes a liquidar en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
El Departamento Ejecutivo reglamentará la instrumentación de la presente ordenanza privilegiando la no superposición de beneficios impositivos otorgados por los otros estamentos del Estado.
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DOS.