Título: Extensión red de gas natural: calle Santa Cruz al
1.100 (vereda impar).
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-774-2007
Expediente
M.B.B.: 0/00-3482/2006
Fecha
de Sanción: 16 de agosto
de 2007.
Fecha
de Promulgación: 3 de septiembre de 2007.
Decreto
de Promulgación Nª: 957/2007.
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase la obra Extensión de red de gas natural domiciliario en calle SANTA CRUZ al 1.100,
entre Pasaje Calvento y Entre Ríos (vereda impar),
en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nº 03-03572-00-07 obrante en
expediente Nro. 0/00-3482/2006 (774-HCD-2007).
Artículo 2º - Decláranse cumplidas las
exigencias de los artículos 193º, inc. 2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el artículo 1º se encuadra
dentro de las prescriptas e la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por
aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse
queda sujeta a las disposiciones del artículo 6º de
Artículo 5º - Déjase establecido que el prorrateo
de la obra se realizará por servicio, es decir que el valor total
de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los inmuebles
afectados a la obra (parcelas o subparcelas), según
el régimen de
Se determinarán de ser necesario
cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los
trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales
y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos.
Artículo 6º - En la presente obra no se aplicarán las retenciones
dispuestas en los artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 7º - Constitúyase el consorcio para la ejecución de la
mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes de
fojas
Artículo 8º - El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes
personas:
Presidente: Agr. Juan Carlos Cordisco,
Secretario de Obras y Servicios Públicos.
Tesorera: Cra. María Angélica Henales,
Jefa Oficina Administración de Consorcios.
Secretaria: Sra. Uberlinda Palma, DNI.
92.807.575, vecina frentista.
Vocales: Sr. Juan Carlos Lázzaro, Legajo
nº 2201, dependiente del Departamento Electricidad y Mecánica y el Sr. Barrera
Federico, DNI. 5.503.233, vecino frentista.
Artículo 9º - Los ingresos deberán efectuarse en
Artículo 10º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.
DADA EN