ORDENANZA Nº 5859
Título:
Modificando ordenanza N°4653.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-273/89.
Expediente M.B.B.:421-2989/89.
Fecha de Sanción: 16 de agosto de 1990.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación: N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° - Modifícase el artículo 1.4.2.3. del Código de la Edificación, según texto de la ordenanza 4653, de la siguiente manera:
- incorporando un nuevo inciso, el m), con el siguiente texto:
"m) Por presentar declaraciones juradas, planos y/o documentación tergiversando, falseando u omitiendo hechos 2 años a 4 años;"
- incorporando al final del artículo el siguiente párrafo:
"La Municipalidad procederá, a sus efectos, a comunicar las infracciones y penas aplicadas a los profesionales intervinientes a sus respectivos colegios. Asimismo, cuando el falseamiento en que incurran los infraccionados pueda configurar delito de acción pública, el Municipio procederá a radicar la denuncia ante la autoridad correspondiente".
Artículo 2° - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE.AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.