ORDENANZA Nº 17266
Título:
Autorización de obra: extensión de red de gas natural domiciliario en el barrio
Pahiuén 3º etapa
Expediente H.C.D.: 1212-2013
Expediente M.B.B.: 0/00-5609/2007 c/ 0/00-8656/2008,
0/00-10835/2011
Fecha de Sanción:
17 de octubre de 2013
Fecha de Promulgación: 1 de noviembre de 2013
Decreto de Promulgación Nª: 2272/2013
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase, la obra Extensión de Red de Gas
Natural Domiciliario en Barrio Paihuen - 3º Etapa-, comprendiendo las calles que
seguidamente se detallan:
- General ANGEL
VICENTE PEÑALOZA, entre los Churrinches y Dr. Aristóbulo Barrionuevo
(vereda impar).
- General NAGEL
VICENTE PEÑALOZA, entre Dr. Aristóbulo y Brigadier General Estanislao López
(ambas veredas).
- General ANGEL
VICENTE PEÑALOZA, entre Brigadier Estanislao López y Ciudad de Cali
(vereda impar).
- ESTEBAN RIGAMONTI,
entre Brigadier General Estanislao López y Ciudad de Cali (vereda par).
- MARIA MAZZARELLO,
entre Dr. Aristóbulo Barrionuevo y Brigadier General Estanislao López
(vereda impar).
- MARIA MAZZARELLO,
entre Brigadier General López e Ingeniero Jorge Aguilar (vereda par).
- MARIA MAZZARELLO,
entre Dorotea Cecilia Macedo y Esteban Erize (vereda par).
- FACUNDO QUIROGA,
entre Dr. Aristóbulo Barrionuevo y Brigadier General Estanislao López
(vereda impar).
- FACUNDO QUIROGA,
entre Ingeniero Jorge Aguilar y Ciudad de Cali (vereda par).
- FACUNDO QUIROGA,
entre Ciudad de Cali y Erize (vereda impar).
- FELIPE VARELA, entre
Dr. Aristóbulo Barrionuevo y Brigadier General Estanislao López (vereda
impar).
- FELIPE VARELA, entre
Brigadier Estanislao López e Ingeniero Jorge Aguilar (ambas veredas).
- FELIPE VARELA, entre
Dorotea Cecilia Macedo y Ciudad de Cali (vereda
par).
- FELIPE VARELA, entre
Ciudad de Cali y Esteban Erize (vereda impar).
- Dr. ARISTOBULO
BARRIONUEVO, entre Roberto Arlt y General Angel Vicente Peñaloza
(vereda impar).
- Dr. ARISTOBULO
BARRIONUEVO, entre María Mazzarello y Felipe
Varela (vereda par).
- Brigadier General
ESTANISLAO LOPEZ, entre Roberto Arlt y General
Ángel Vicente Peñaloza (vereda impar).
- Brigadier General
ESTANISLAO LOPEZ, entre General Ángel Vicente Peñaloza
y María Mazzarello (vereda par).
- Brigadier General
ESTANISLAO LOPEZ, entre María Mazzarello y
Quiroga (ambas veredas).
- Brigadier General
ESTANISLAO LOPEZ, entre Facundo Quiroga y El Resero (vereda par).
- Ingeniero JORGE
AGUILAR, entre General Angel Vicente Peñaloza y María Mazzarello
(vereda par).
- Ingeniero JORGE
AGUILAR, entre María Mazzarello y Facundo
Quiroga (ambas veredas).
- DOROTEA CECILIA
MACEDO, entre General Angel Vicente Peñaloza y María Mazzarello
(vereda par).
- DOROTEA CECILIA
MACEDO, entre María Mazzarello y Facundo Quiroga
(ambas veredas)
- DOROTEA CECILIA
MACEDO, entre Facundo Quiroga y Felipe Varela (vereda par).
- CIUDAD DE CALI,
entre General Angel Vicente Peñaloza
y Esteban Rigamonti (vereda impar).
- CIUDAD DE CALI,
entre Esteban Rigamonti y María Mazzarello (ambas veredas).
- CIUDAD DE CALI,
entre María Mazzarello y Facundo Quiroga (vereda
impar).
- CIUDAD DE CALI,
entre Facundo Quiroga y Felipe Varela (ambas veredas).
- CIUDAD DE CALI,
entre Felipe Varela y El Resero (vereda par).
- ESTEBAN ERIZE, entre
Esteban Rigamonti y Facundo Quiroga (vereda
impar).
- ESTEBAN ERIZE, entre
Facundo Quiroga y Felipe Varela (vereda impar).
- ESTEBAN ERIZE, entre
Felipe Varela y El Resero (vereda impar), en un todo de acuerdo al Plano
de Camuzzi Gas Pampeana Nro.
BBL -3680-2007 y 03-005120-00-12, obrante en expedientes Nro. 0/00-5609-07 c/ 0/00-8656-08 c/ 0/00-10835-2011
(1212-HCD-13).-
ARTICULO
2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los
Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución
Provincial y 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las
Municipalidades por la
Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias.-
ARTICULO
3º: La obra autorizada en el Artículo 1º, se encuadra dentro de las prescriptas
en la Ordenanza
de Obras Públicas, y se realizará por aplicación de los Artículos 9º, inciso d)
de dicha Ordenanza y 23º a 26º de la Sección
I, Capítulo IV, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76,
Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas, y de la Sección XII,
del mismo Decreto Reglamentario.-
ARTICULO
4º: Declárase la obligatoriedad de pago de la obra a
realizarse conforme a las disposiciones del Artículo 6º, de la Ordenanza Nro.
2082/75 de Obras Públicas y concordantes del Decreto Nº 754/76. A los efectos
del Artículo 3º, de la
Ordenanza 2082/75, establézcase un sistema de prorrateo POR
SERVICIO, es decir, que el valor total de la obra se prorrateará por partes iguales
entre todos los inmuebles afectados a la obra, (parcelas o subparcelas),
según el Régimen de la Ley
13.512).
Se determinarán de
ser necesario, cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar
los monos previstos.
ARTICULO
5º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los
Artículos 19º, 20º y 21º, de la
Ordenanza de Obras Públicas.-
ARTICULO
6º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la
solicitud expresa de los beneficiarios obrantes de fojas 1 a 55, del expediente
0/00-5609-2007; 3 a
17 del expediente 0/00-8656-2008 y 2
a 7 del expediente 0/00-10835-2011, habiéndose
cumplimentado el Artículo 2º, y demás requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4060.-
ARTICULO
7º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE:
Ing. Rubén O. Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA:
Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina
Administración de Consorcios.
SECRETARIO:
Sr. Néstor Fabián Martirena, DNI 25.665.019, vecino frentista.
VOCALES:
Ing. Edgardo Daniel Dotti, Legajo Nº 12655, dependiente
del Departamento Electricidad y Mecánica y la Sra. Adriana Macaluse, DNI 23.121.524, vecina frentista.
ARTICULO
8º: Los ingresos deberán efectuarse en la Partida: Fuente 131, Jurisdicción 1110105000,
Gasto 5210, Cat. Programática 60.01, del Presupuesto
de Gastos.
ARTICULO
9º. Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE
DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE.