Título: Autorización de obra: Construcción de cordón
cuneta en calle Luís Sandrini 1150
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-288-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-9655/2008
Fecha de Sanción: 16 de abril de 2009
Fecha de Promulgación: 15 de mayo de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
646/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la obra de Construcción de cordón
cuneta en calle LUIS SANDRINI (altura 1150) entre HARRINGTON y AVELLANEDA, en
un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº
0/00-9655-2008.- ( 288-HCD-09).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas por
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad de pago a realizarse conforme a las disposiciones del
artículo 6º de
El precio de la obra queda establecido a razón de:$132
el ml de cordón cuneta.-
Artículo 5º: Las obras se ejecutarán de
acuerdo a los planos y especificaciones
del Departamento Vialidad de
Cordón cuneta: de hormigón simple de
La resistencia mínima cilíndrica del
hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días será de 320Kg/cm2, con un
tenor de cemento mínimo de 350KG/m3 de hormigón elaborado.-
Todo conforme a planos y Especificaciones
Técnicas Municipales.-
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la
obra será de treinta (30) días corridos, a contar desde la fecha de Replanteo
que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de notificada la empresa de
la presente ordenanza.-
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a
lo establecido por los Artículos 35º del Decreto Reglamentario 754/76, deberán
presentarse en
Artículo 8º:
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (3) años a contar desde la fecha de Recepción Provisoria.
Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo para su Cumplimiento.-
DADA EN