ORDENANZA Nº 8928

Título: Autorizando a disponer el cese de la Cuentas Especiales.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1359/95.

Expediente M.B.B.: 110-11205/95.

Fecha de Sanción: 10 de noviembre de 1995.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Autorícese al Departamento Ejecutivo a disponer el cese de la totalidad de las Cuentas Especiales financiadas con recursos de orígen propio o de jurisdicción municipal.

Artículo 2º ­ E1 Departamento Ejecutivo deberá crear programas presupuestarios o actividades dentro de cada uno de ellos que sustituyan la totalidad de las cuentas especiales que por esta Ordenanza se desafectan.

Artículo 3º ­ Transfiéranse e incorpórense en el Cálculo de Recursos la totalidad de los fondos afectados a la financiación de las cuentas especiales sobre las que se dispone su cese en el artículo primero.

Artículo 4º ­ Autorícese al Departamento Ejecutivo a transferir los saldos actuales y fondos que en el futuro se devengaren por aplicación de la Ley N° 11.018, al Cálculo de Recursos vigente, en la partida que deberá crear con la denominación "FONDO BINGO Ley N° 11018", lo que deberá aplicarse en orden a lo prescripto por la ley y cuyo programa deberá ser ratificado por el Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 5º ­ El Departamento Ejecutivo creará asimismo los programas presupuestarios necesarios a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el incíso c) del artículo 7º de la Ley 11.018.

Artículo 6º ­ El Departamento Ejecutivo dará cumplimiento a lo prescripto en la presente a partir de su promulgación, debiendo incorporar los programas que se mencionan en el artículo 2º y 5° en el Proyecto de Presupuesto para el ejercicio 1996.

Artículo 7º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.