ORDENANZA Nº 17018

Título: Utilidad Pública y pago Obligatorio: Pavimentación de varias calles  de la ciudad de Bahía Blanca (etapa II – Año 2012) 12 cuadras

Expediente H.C.D.: 84-2013

Expediente M.B.B.: 417-5656/2012 Alcance 1

Fecha de Sanción: 2 de mayo de 2013

Fecha de Promulgación: 28 de mayo de 2013

Decreto de Promulgación : 958/2013

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y pago obligatorio la obra “PAVIMENTACION Y REPAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA  (Etapa II – Año 2012) 12 cuadras”, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Nº 754/76, y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:

 

 

ARTICULO 2º: Establézcase para la presente obra la modalidad de                    Licitación Pública, con Fondos Municipales, mediante el sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.-

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.-

 

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo, deberá dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 16.585, referida a la Publicidad de las Obras Públicas.-

 

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOS DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRECE.