ORDENANZA Nº 12141

Título: Modificación del artículo 52º de la Ordenanza 7937

Expediente H.C.D.: 1178-2002

Fecha de Sanción: 26 de diciembre de 2002

Derogada por las Ordenanzas: 15431 y 15432

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Modifíquese el Artículo 52º Inciso I) de la Ordenanza 7937, el que quedará redactado de la siguiente manera:

         I.            "Transferir, ceder o locar el registro habilitante de la prestación del servicio, con excepción de las que efectúen a título gratuito a ascendientes, descendientes, hermanos y cónyuges".

Artículo 2º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOS.