ORDENANZA N º 4807

Título: Dónase una ambulancia a la Sociedad de Fomento de Villa Harding Green.

Tema:

Expediente H.C.D.: 412-1987

Expediente M.B.B: 119-5837-1987

Fecha de Sanción: 17 de Setiembre de 1987

Fecha de Promulgación: 28 de Setiembre de 1987

Decreto de Promulgación Nº: 185-SG

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

Artículo 1º - Dónase, a la Sociedad de Fomento de Villa Harding Green, una Ambulancia de propiedad municipal en el estado en que se encuentra, identificada como Interno n° 51, marca Chevrolet, modelo 1969, motor n° A-23-51658, chasis P-248212, dominio b-380.478, para cumplir servicios de emergencia sanitarias en la citada Entidad.

Artículo 2º - La entidad beneficiaria deberá construir, sobre la unidad de referencia, un seguro que cubra como mínimo la responsabilidad civil y proceder a realizar la respectiva transferencia de dominio.

Artículo 3º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.