ORDENANZA N°: 19205

Título: Autorizando con Carácter de Excepción la Invasión del Retiro Unilateral y De Frente Sobre las Calles Molina Campos y Loyola.

Expediente del H.C.D.: 1086-2017

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-6566-2017

Fecha de sanción: 14-12-2017

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A

VISTO


Las presentes actuaciones mediante las cuales el Sr. Francisco Alejandro Estibaletti, solicita con carácter de excepción, la invasión del retiro unilateral a fin de realizar una vivienda unifamiliar en el inmueble ubicado en la intersección de las calles Molina Campos y Loyola, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 143jj, Parcela 8, Partida 40.398.


A fs. 13, el Departamento Planeamiento Urbano informa que el mencionado inmueble pertenece a la Zona Residencial Parque 2 (Rp2), del Código de Planeamiento Urbano. La zona Rp2, se califica como zona Área apta para la vivienda unifamiliar y bifamiliar con características tendientes al Barrio Parque.


Los Indicadores Urbanísticos son:

F.O.S.: 60%.

F.O.T.: 0,75

Altura máxima: 3 Pisos.

Centro Libre de Manzana:…

Retiros: Frente: 3 mts.

Unilateral: 2,4 m. hasta 12 mts. de LM para lotes mayores a 12 mts.

de frente.

Fondo (L-20) 2 min. 4 mts. ocupación 50% hasta 4,5 mts. de altura.


Dicho Departamento, sugiere otorgar por excepción la ocupación del retiro unilateral y de frente sobre las calles Molina Campos y Loyola, debiendo hacer efectivo el retiro de 3 metros sobre la ochava (6 metros), dado que si cumpliera con todos los retiros correspondientes quedaría una superficie mínima para construcción, de acuerdo al s dimensiones de la Parcela (152 m2).

Al respecto, la Comisión Asesora permanente de Planeamiento con la presencia de la Directora de Planeamiento Urbano, un representante del Honorable Concejo Deliberante y los Colegios Profesionales de Arquitectos, Ingenieros, Agrimensores y Técnicos, en reunión plenaria volcada en el Acta 536, consideran viable otorgar por vía de excepción, la ocupación del retiro unilateral de 2,4 mts.


A fs. 21, la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano comparte lo expresado por el Departamento Planeamiento Urbano a fs. 13.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades



O R D EN A N Z A


ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, la invasión del retiro unilateral y de frente sobre las calles Molina Campos y Loyola, debiendo hacer efectivo el retiro de 3 metros sobre la ochava (6 metros)en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 143jj, Parcela 8, Partida 40.398.


ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.