ORDENANZA Nº4942

Título: Modifíquese el artículo 4º de la Ordenanza 4709.

Tema:

Expediente H.C.D.: 196-1987

Expediente M.B.B.: 216-1572-1987

Fecha de Sanción: 3 de Marzo de 1988

Fecha de Promulgación: 8 de Marzo de 1988

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º- Modifíquese el artículo 4º de la Ordenanza 4709, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 4º- La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse queda sujeta a los alcances del artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas y concordantes de su decreto reglamentario.

Déjese establecido, a los efectos del artículo 6º precitado, que el prorrateo se hará sobre la siguiente base: treinta por ciento (30%) proporcional a la superficie de cada lote y setenta por ciento (70%) sobre los kva que solicite el usuario.

Artículo 2º- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.