ORDENANZA N°: 19831

Título: Autorizando el Pago de Diferencia de Haberes por Extensión Horaria a la Agente María Eugenia Galanzini.

Expediente del H.C.D.: 704-2019

Expediente el D. Ejecutivo: 593-4117-2018

Fecha de sanción: 12-09-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza nº:


O R D E N A N Z A

VISTO


El Proyecto de Ordenanza, solicitando se autorice el pago a la agente María Eugenia Galanzini, Legajo Nº 14802, correspondiente a la ampliación de su jornada horaria por el período comprendido entre el 20 de junio y el 15 de octubre de 2018, y;


CONSIDERANDO


Que, por Resolución Nº 4-596-18 obrante a fs. 5, se amplió la jornada horaria de la mencionada agente a cuarenta y ocho (48) horas semanales, a partir del día de su notificación.


Que, la agente Galanzini, se notificó de la mencionada Resolución el día 16 de octubre de 2018.


Que, a fs. 6, la Subsecretaría de niñez y Adolescencia y Familia solicitó se rectifique la Resolución Nº 4-596-2018, a efectos de modificar la fecha en la que se otorgó la misma.


Que, a fs. 15, el Departamento Administración del Personal, informa el monto correspondiente a la ampliación horaria de la agente María Eugenia Galanzini, Legajo Nº 14.802, por el período comprendido entre el 20 de junio y el 15 de octubre de 2018. Asimismo y conforme al detalle que consta a fs. 19, correspondería abonar la suma de Nueve Mil Cuatrocientos Noventa y Siete Pesos con Noventa y Seis Centavos ($9.497,96.-), de los cuales se deduciría las retenciones correspondientes, debiendo liquidar la suma de Seis Mil Doscientos Cuarenta y Nueve Pesos ($ 6.249.-).

Que, de las presentes actuaciones, surge que el presente gasto, al no encontrarse contemplado en el ejercicio económico del año 2018, no está incluido en la Deuda Flotante respectiva, por lo cual el Departamento Ejecutivo no puede reconocer deudas no registradas de ejercicios anteriores, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 140º, del Reglamento de Contabilidad y Artículo 54º, del Decreto 2980.


Que, a fin de dar cumplimiento al pago mencionado se requiere sea autorizado por el Honorable Concejo Deliberante.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A


PRIMERO: Autorizase el pago por el período comprendido del 20 de junio y el 15 de octubre de 2018, correspondiente a la ampliación horaria de la agente María Eugenia Galanzoni, Legajo Nº 14.802, el cual asciende a la suma de Nueve Mil Cuatrocientos Noventa y Siete Pesos con Noventa y Seis Centavos ($ 9.497,96.-), de los cuales se deducirá las retenciones correspondientes, debiendo liquidar la suma de Seis Mil Doscientos Cuarenta y Nueve Pesos ($ 6.249.-) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 140º, del Reglamento de Contabilidad y Artículo 54º, del Decreto 2980 y, atento a lo expuesto en los considerandos de las presentes actuaciones.


SEGUNDO: La erogación que demanda el presente correspondía imputarse en su año de origen a la Partida: Jurisdicción 1110106000, Fuente 110, Cat. Programática 01.01, Gasto 1.1.1.3, 1.1.3.1, 1.6.1.1., 1.6.1.2.


TERCERO: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.