ORDENANZA Nº 6543
Título:
Ejecución de la obra de iluminación de calle Italia.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1294/91.
Expediente M.B.B.: 0/00-7189/91.
Fecha de Sanción: 19 de diciembre de 1991.
Fecha de Promulgación: 30 de diciembre de 1991.
Decreto de Promulgación N º: 945/91.
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorícese la obra de iluminación de calle Italia entre Pedro Pico y Misiones, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en expediente nº 0/00-7189/91 (1294HCD-91).
Artículo 2º.- Declárense cumplidos los recaudos provistos en los artículos 184º, inciso 2) de la Constitución Provincial y 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas nº ##2082 y sus modificatorias.
Artículo 3º.- La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de su articulo 9º, inciso b) y la Sección I, Capítulo II, Ejecución por contrato directo entre vecinos y empresa constructora, de su Decreto Reglamentario nº 754/76.
Artículo 4º. La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el artículo 6º de la ordenanza de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II del decreto 754/76.
A los efectos del prorrateo previsto en el citado artículo 6º de la antedicha ordenanza, estblécese que el mismo será de la siguiente forma:
Artículo 5º.- Previo a la ejecución de la obra, el D. Ejecutivo deberá acreditar los extremos previstos en el artículo 4º de la Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo 6º.- El D. Ejecutivo dispondrá la retención del 2% y posterior transferencia, según lo dispuesto en el artículo 21º de la Ordenanza nº ##2485.
Artículo 7º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.