ORDENANZA N°: 18487
Título: Autorizando con carácter de excepción el desarrollo del uso Casa de Fiestas en calle Sixto Laspiur 2647.
Expediente del H.C.D.: 1357-2015
Expediente del D.E.: 0/00-4841-2015 y 0/00-6312-2015
Fecha de sanción: 09-06-2016
Fecha de promulgación:
Decreto de promulgación:
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, el desarrollo del uso “Casa de Fiestas”, previa presentación del consentimiento de los vecinos, en el inmueble ubicado en calle Sixto Laspiur 2647, de la localidad de Bahía Blanca Manzana 232v, Parcela 26, Partida 104.941, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en los expedientes 0/00-4841-2015 c/0/00-6312-2015 (1357-HCD-2015).
ARTICULO 2º: La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se otorga por el término de cuatro (4) años, condicionado a:
No ampliar la actividad ni la superficie destinada para la misma por sobre lo estipulado en la solicitud.
Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada so pena de clausura automática.
Cumplimiento de la Ordenanza 10.480.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAJHIA BLANCA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS.