ORDENANZA N°: 19754
Título: Aceptando Transferencia a Titulo Gratuito a Favor de la Municipalidad de Bahía Blanca.
Expediente del H.C.D.: 541-2019
Expediente el D. Ejecutivo: 110-5250-2019
Fecha de sanción: 04-07-2019
Derogada por Ordenanza n°:
Modifica a la Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
El expediente 2365.224/10 y su agregado 4007-3088/07, Decreto Ley Nº 9533/80 (Texto según Ley 14.461) Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) y Ley 10.830, y;
CONSIDERANDO
Que, este Municipio solicitó a la Provincia de Buenos Aires la Transferencia Gratuita de los siguientes inmuebles:
Circunscripción II, Sección D, Manzana 345AK, Parcelas 10 a 15.
Circunscripción II, Sección D, Manzana 345AM, Parcelas 3 a 8 y de 12 a 17.
Que, dichos inmuebles resultaban oportunamente de propiedad del hoy entre residual ESEBA S.A., que luego fue absorbido por la Provincia de Buenos Aires; en la actualidad la titularidad se encuentra registrada a nombre del Fisco Provincial por Resolución Ministerial 817/03 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Que, los mismos, conforman el denominado Barrio Ex Eseba S.A. y la única Alternativa de Regularización Dominial a favor de cada una de las familias que los ocupan, es la transferencia en primer término al Municipio de Bahía Blanca para que una vez inscripto y previo censo ocupacional, permita la inscripción a cada una de las familias, logrando título perfecto.
Que, con fecha 8 de Noviembre de 2018, se logró Resolución Municipal (Resolución 2018-573- GDEBA – MEGP) otorgando la Transferencia Gratuita al Municipio de Bahía Blanca de los inmuebles descriptos, con indicación de cada uno de las Partidas Inmobiliarias de las viviendas ocupadas. Dicha transferencia, se otorgó con el cargo de transferir posteriormente el dominio a sus actuales ocupantes.
Que, con fecha 19 de Diciembre de 2018, se tomó efectiva posesión de los inmuebles por este Municipio.
Que, con fecha 2 de Mayo de 2019 (Resolución 2019-13-GDEBA-SSGTYLMEGP), se dictó Resolución Ministerial Ampliatoria subsanando un error material al iniciar una de las Partidas Inmobiliarias.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Aceptase la Transferencia a Título Gratuito a la Municipalidad de Bahía Blanca de los bienes inmuebles:
Circunscripción II, Sección D, Manzana 345AK, Parcelas 10 A 15, Partidas 164129, 164130, 164131, 164132, 164133, 164134 y Circunscripción II, Sección D, Manzana 345AM, Parcelas 3 A 8 y de 12 a 17, Partidas 138519, 164138, 164139, 164140, 164141, 164142, 164146, 164167, 164148, 164149, 164150, 164151, inscriptos en las Matriculas Nº 107144, 107145, 107146, 107147, 107148, 107149, 107119, 107120, 107121, 107122, 107123, 107124, 107126, 107127, 107130, 107131, 107132, 107150, a nombre de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con los términos del Artículo 25º, inciso a), del Decreto Nº 9533/80.
ARTICULO 2º: Establécese que la transferencia de los bienes descriptos en el Artículo 1º, será con el cargo de transferir posteriormente dominio a sus actuales ocupantes. El carácter oneroso o gratuito y las condiciones de la transferencia quedarán a cargo exclusivo de la Municipalidad de Bahía Blanca, proceso que no genera ningún tipo de responsabilidad para el Fisco provincial. La forma de la transferencia deberá responder a la situación económica y social de cada beneficiario. Las transferencias de los inmuebles referidos deberán ser informadas al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, adjudicándose toda la información relativa a la misma y a la evaluación de la situación económica y social referida.
ARTICULO 3º: Dese intervención a la Escribanía General de Gobierno a los efectos de realizar la rogatoria pertinente ante la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad a fin de inscribir a nombre de la Municipalidad de Bahía Blanca los inmuebles tratados.
ARTIUCLO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE.