ORDENANZA Nº 6668

Título: Creación de la Cuenta: “Fondo Municipal para la Infraestructura Escolar”

Expediente H.C.D.: 149/1992

Fecha de Sanción: 28 de abril de 1992

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación

Derogada por la Ordenanza: 16.113

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Créese la cuenta especial destinada al FONDO MUNICIPAL PARA LA INFRAESTRUCTURA ESCOLAR con el objeto de colaborar en la planificación que realice el Consejo Escolar en materia de infraestructura escolar.

Artículo 2º.- EL FONDO MUNICIPAL PARA LA INFRAESTRUCTURA ESCOLAR se constituirá con recursos provenientes de la cuenta "Intereses, Accesorios y Multas."

Artículo 3º.- Dentro de los diez primeros días de cada mes, se transferirá a la cuenta "Fondos propios del Consejo Escolar" un importe no inferior a treinta sueldos mínimos del escalafón del personal municipal.

Artículo 4º.- Dentro de los sesenta días de recibida cada transferencia al Consejo Escolar deberá presentar la rendición de cuentas documentada de la utilización del importe recibido.

Artículo 5º.- El D. Ejecutivo suscribirá un convenio de colaboración con el Consejo Escolar tendiente a planificar en conjunto las necesidades del distrito, como así también para coordinar esfuerzos con otras instituciones públicas y privadas orientadas a ejecutar obras de infraestructura escolar.

Artículo 6º.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.