ORDENANZA N°: 19716

Título: Autorizando a Abonar a la Empresa ABSA S.A. En Concepto de Pago de Deuda en calle Pacífico 311.

Expediente del H.C.D.: 244-2019

Expediente el D. Ejecutivo: 621-7989-2018

Fecha de sanción: 23-05-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A

VISTO


Las presentes actuaciones, referidas al pago de deuda con la empresa ABSA S.A., de Ocho Mil Novecientos Ochenta y Seis Pesos con Noventa y Siete Centavos ($ 8.986,97.-) más intereses de recargo a la fecha de cancelación correspondiente al Contrato de Alquiler que este Municipio tiene con el Sr. Carlos Luis Vecchi, sito en calle Pacífico 311, esquina Gorriti de la ciudad de Bahía Blanca, debido a que no se efectuó por un error involuntario en la liquidación de las facturas del servicio de agua del inmueble mencionado, y;


CONSIDERANDO


Que, está vigente el Contrato de Alquiler del inmueble entre este Municipio y el Sr. Carlos Luis Vecchi, sito en calle Pacífico 311 esquina Gorriti de la ciudad de Bahía Blanca.


Que, hubo un error involuntario en la liquidación de las facturas del servicio de agua de los períodos 2011 al 2018 y que fue calculado en el mes de Junio del 2018.


Que, no se pueden abonar las facturas vigentes al día de la fecha, hasta tanto se cancele la deuda con la empresa prestataria del servicio.


Que, se toma conocimiento de la observación realizada por Contaduría General a fs. 38.


Que, lo dispuesto en el Artículo 140º, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y su 54º, del Decreto 2980, los cuales disponen: El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la Contabilidad Municipal, sin previa comprobación – hecha en expediente especial- de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumpliendo éste paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo. En el precitado expediente se acumularán todas las constancias que posea la Comuna (Autoridades, Funcionarios o Empleados que dispusieron el gasto, fecha del compromiso, etc.) y se le agregarán los pedidos de suministros, órdenes de compra y todos otro documento que permita fijar con exactitud la administración que dio origen al compromiso; como asimismo, la indudable recepción de los efectos adquiridos o la real presentación de los servicios cuyo pago se reclama. Además, se indicara la imputación que hubiera correspondido el gasto en el Presupuesto del año de origen…


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectivizar el pago de la deuda con la empresa ABSA S.A., de Ocho Mil Novecientos Ochenta y Seis Pesos con Noventa y Siete Centavos ($ 8.986,97.-) más intereses de recargo a la fecha de cancelación, correspondiente al Contrato de Alquiler que este Municipio tiene con el Sr. Carlos Luis Vecchi sito en calle Pacífico 311 esquina Gorriti de la ciudad de Bahía Blanca y de conformidad con lo establecido en el Articulo 140º, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.


ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, se deberá imputar en las siguientes Partidas y Año:



ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo ara su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE.