ORDENANZA Nº11460
Título:
Modificando el artículo 1º de la ordenanza 8902, pago de pasaje aéreo a pacientes en tránsito para ser transplantados.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1447-2000
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 24 de mayo de 2001
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza nº 8902 el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 1º - La Municipalidad de Bahía Blanca pondrá, en la Aeroestación Civil "Comandante Espora, a disposición de los pacientes en tránsito para ser transplantados, "una chequera de pasajes aéreos de cabotaje (abiertos) los que podrán ser utilizados de la "siguiente forma:
"a) Para estudios previos al transplante: 2 (dos) pasajes para ser utilizados en dos "oportunidades por el paciente a ser intervenido.
"b) Para la intervención quirúrgica: 2 (dos) pasajes para ser utilizados por el paciente y un "acompañante.
"c) Para eventuales controles postoperatorios: 2 (dos) pasajes para ser utilizados en dos "oportunidades por el paciente a ser intervenido."
Artículo 2º - Elimínese el artículo 3º de la Ordenanza nº 8902.
Artículo 3º - Modifíquese el artículo 6º de la Ordenanza nº 8902, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 6º - El Administrador del Aeropuerto local emitirá los pasajes sin más requisitos "administrativos que la constatación de lo estipulado en el artículo 2º de la presente. El "beneficio comprende sólo el traslado aéreo, en vuelo de cabotaje, desde el Aeropuerto de "Bahía Blanca al destino donde se efectuará el transplante. En ningún caso se cubrirá el "tránsito terrestre, desde los aeropuertos hasta el efector de salud, ni ambulancias "especiales."
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL UNO.