ORDENANZA Nº 4618

Título: Cédese en comodato a la Asociación de Fomento Parque Patagonia, una Maquína Motoniveladora y un Motor de Motobarredora.

Tema:

Expediente H.C.D.: 731-1986

Expediente M.B.B.: 0-00-3257-1986

Fecha de Sanción: 22 de Diciembre de 1986

Fecha de Promulgación: 2 de Enero de 1986

Decreto de Promulgación Nº: 1-SG

Derogada por la Ordenanza: 4840

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º - Cédese en comodato a la Asociación de Fomento Parque Patagonia, una Maquína Motoniveladora R.I. 49 Adams 330-motor 3-A 35011-Serie 24/11 de 1974, y un Motor de Motobarredora R.I. nº 6 marca Scorza, en el estado en que se encuentren, por el término de cinco (5) años, a partir de la promulgación de la presente ordenanza.

Artículo 2º - La Comodatoria se hará cargo del mantenimiento y eventual reparación de la máquina y motor, dejándose constancia que la Municipalidad se reserva el derecho de inspeccionar a satisfacción los elementos en cualquier oportunidad.

Artículo 3º - La comodataria deberá constituir sobre la Máquina, un seguro que cubra como mínimo la responsabilidad civil.

Artículo 4º - A los efectos mencionados, se confeccionará el correspondiente Convenio.

Artículo 5º - El incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza, dará lugar a la rescisión automática del Convenio.

Artículo 6º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.