ORDENANZA Nº 16881

Título: Tasas Municipales: bonificación por buen cumplimiento

Expediente H.C.D.: 1406-2006

Expediente M.B.B.: 110-7379/2006

Fecha de Sanción: 6 de diciembre de 2012

Fecha de Promulgación: 18 de diciembre de 2012

Decreto de Promulgación : 2194/2012

Derogada por la Ordenanza: 19.988

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Sustitúyase el Artículo 3º y 8º de la Ordenanza Nº 14.020, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

 

ARTICULO 3º: Los contribuyentes de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y/o Tasa de Salud, que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones, en los términos y condiciones de la presente Ordenanza y su Reglamentación, gozarán de la bonificación establecida en el Artículo Primero según la siguiente escala:

 

·         Inmuebles de Valuación Fiscal hasta $190.000.- (PESOS CIENTO NOVENTA MIL) inclusive: 10% (diez por ciento).-

·         Inmueble de Valuación Fiscal superior a $190.000 (PESOS CIENTO NOVENTA MIL) inclusive: 5% (cinco por ciento)”.

 

ARTICULO 8º: No están alcanzadas por el beneficio establecido en el Artículo Quinto de la presente, las obligaciones que superen la suma de $32.000 (TREINTA Y DOS “MIL PESOS)”.

 

ARTICULO 2º: Derógase la Ordenanza 15.930.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE.