Título: Autorización de Obra: Extensión de red de gas
natural calle Witcomb al 3800 (vereda par)
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1602-2007
Expediente
M.B.B.: 0/00-1572/2007
Fecha
de Sanción: 16 de enero de
2008
Fecha
de Promulgación: 31 de enero de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 143/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase
la obra Extensión de red de gas natural domiciliario en calle WITCOMB al 3800,
entre J. RIZZO y D. PRONSATO (vereda par), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nº BB-3705-07 obrante en expediente Nro. 0/00-1572/2007 (1602-HCD/2007).
Artículo 2º - Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inc.2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el
artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras
Públicas y 23º a 26º de
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago
de la obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del artículo 6º de
Artículo 5º - Déjase
establecido que el prorrateo de la obra se realizará por servicio, es decir
que el valor total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los
inmuebles afectados a la obra, (parcelas o subparcelas),
según régimen de
Se determinarán de ser
necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos.
Artículo 6º - En la presente obra no se
aplicarán las retenciones dispuestas en artículos 19º,
20º y 21º de
Artículo 7º - Constitúyase el consorcio
para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los
beneficiarios obrantes de fojas
Artículo 8º - El Consejo de
Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén Valerio,
Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra.
María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sra. Pérez Alejandra, D.N.I. 28.155.063, vecina frentista.
VOCALES: Sr. Juan Carlos Lázzaro, Legajo Nº 2201, dependiente del Departamento
Electricidad y Mecánica y el Sr. Baldomero Cardenas, D.N.I. 12.605.580, vecino frentista.
Artículo 9º - Los ingresos deberán
efectuarse en
Artículo 10º - Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.
DADA EN