ORDENANZA Nº 16891

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: iluminación Fortaleza Protectora Argentina entre Laudelino Cruz y Rotonda 14 de Julio

Expediente H.C.D.: 1299-2012

Expediente M.B.B.: 415-10880/2009 Alcance 1

Fecha de Sanción: 6 de diciembre de 2012

Fecha de Promulgación: 20 de diciembre de 2012

Decreto de Promulgación : 2216/2012

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra: “ILUMINACION FORTALEZA PROTECTORA ARGENTINA entre LAUDELINO CRUZ y ROTONDA 14 DE JULIO”, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º del Decreto Reglamentario Nº 754/76, y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

ARTICULO 2º: La modalidad de ejecución será por Licitación Pública, mediante el sistema de “Ajuste Alzado” (Precio Tope).

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, de corresponder, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.

 

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo deberá dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 16.585, referida a la Publicidad de las Obras Públicas.

 

ARTICULO 5º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERATNE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE  DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE.