ORDENANZA Nº 8280

Título: Situación tributaria de parcelas pertenecientes a la compañía María de Bahía Blanca.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-33/94.

Expediente M.B.B.: 0/00-10731/92.

Fecha de Sanción: 28 de octubre de 1994.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°­ A1 solo efecto tributario considérense a las partidas inmobiliarias 83.749, 83.750, 83.751, 83.752, 83.753 y 83.754, 83.755, 83.756, 83.757. 68.247, 68.248, 68.249, 68.250 Y 68.253 unificadas a la 60.918 y encuádrese dentro de los beneficios del artículo 83º, inciso b), de la Ordenanza Fiscal a la "Compañía de María de Bahía Blanca", titular de las mismas.

Artículo 2º­ Condónese el cincuenta por ciento (50%) de la deuda atrasada que, por el Servicio de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, grave a las partidas inmobiliarias unificadas en el artículo 1º en la 60.918.

Artículo 3°­ Facúltese al D. Ejecutivo a convenir con la "Compañía de María de Bahía Blanca" un amplio plan de pagos, conforme el monto del capital adeudado, para saldar la deuda emergente del beneficio acordado par el artículo 2º.

Artículo 4º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.