Título: Autorización de obra: extensión de red de gas
natural domiciliario en calle Cristo Redentor al 2700
Expediente H.C.D.: 751-2011
Expediente M.B.B.: 0/00-8212/2010
Fecha de Sanción: 21 de julio de 2011
Fecha de Promulgación: 8 de agosto de 2011
Decreto de Promulgación Nª:
1239/2011
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase
la obra Extensión de Red de Gas Natural domiciliario en calle CRISTO REDENTOR
al 2700 entre HUAURA y MISIONEROS (ambas veredas), en un todo de acuerdo al
Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nro.
03-004651-00-10, obrante en expediente Nro.
0/00-8212-2010 (751-HCD-11).
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2) de
ARTICULO 3º: La obra
autorizada en el Artículo 1º, se encuadra dentro de las prescriptas en la
ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por aplicación de los Artículos 9º,
inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º, de
ARTICULO 4º: Declárase la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse
conforme a las disposiciones del Artículo 6º de
Se determinarán de ser necesario cuotas
adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos
inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano de obra llegan a
superar los montos previstos.
ARTICULO 5º: En la
presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los Artículos 19º,
20º y 21º de
ARTICULO 6º: Constitúyase
el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa
de los beneficiarios obrantes de fojas
ARTICULO 7º: El Consejo
de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén
O. Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de
Consorcios.
SECRETARIO: Sra. Lucía
Torres, DNI 12.097.876, vecina frentista.-
VOCALES: Sr. Juan Carlos
Lázzaro, Legajo Nº 2201, dependiente del Departamento
Electricidad y Mecánica y
ARTICULO 8º: Los
ingresos deberán efectuarse en
ARTICULO 9º: Comuníquese
al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN