ORDENANZA Nº 15276

Título: Desafectar inmuebles de su destino de “Espacios Verdes”: permutar los mismos en cumplimiento de la Ley 8912

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-744-1997

Expediente M.B.B.: 610-3639/1991

Fecha de Sanción: 14 de mayo de 2009

Fecha de Promulgación: 16 de junio de 2009

Decreto de Promulgación : 818/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º: Desafectar de su destino “Espacio Verde”, los siguientes inmuebles: Circunscripción II, Sección C, Manzana 227 bc, Parcela 3 y Circunscripción II, Sección C, Chacra 227, Parcela 1, afectándolos a Equipamiento Comunitario con el objeto de permutar los mismos en cumplimiento de lo Establecido por el Artículo 60º y 61º del Decreto - Ley 8912.-

 

Artículo 2º: El inmueble a compensar es el designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Chacra 227, Parcela 1v, cuyo destino original es el de Equipamiento Comunitario, afectándolo a Espacio Verde e integrándolo al inmueble lindero Parcela 1p.-

 

Artículo 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA  SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL NUEVE.