ORDENANZA Nº 8055
Título: Emplazamiento de una ochava en el inmueble propiedad del Sr. Eloy Moro.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-647/94.
Expediente M.B.B.: M-417/89, G-1531/81.
Fecha de Sanción: 17 de junio de 1994.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Autorícese, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava, correspondiente al inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 401, Parcela 21a, Partida n° 32.462, sito en calle Angel Brunel n° 988, propiedad del Sr. Eloy Moro, hasta tanto dure la vida útil del edificio o se realicen modificaciones en el sector de la Ochava o la Municipalidad, por razones de interés público, lo considere necesario, conforme los antecedentes que corren en expediente nº M417/89 c/G1531/81 (647HCD/94).
Artículo 2º E1 propietario deberá incluir en los planos de la obra y certificar en los mismos la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria, conforme con los cargos impuestos en el artículo precedente.
Artículo 3º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.