ORDENANZA Nº 16597

Título: Servicio de Taxis: tarifa de “bajada de bandera” $ 8,40.

Expediente H.C.D.: 637-2012  

Expediente M.B.B.: 0/00-3954/2012

Fecha de Sanción: 7 de junio de 2012

Fecha de Promulgación: 8 de junio de 2012

Decreto de Promulgación : 950/2012

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Fíjase en Ocho Pesos con Cuarenta Centavos ($8,40.-) como máximo el valor de la “Bajada de Bandera”, del Servicio de Taxis.-

 

ARTICULO 2º: Fíjase en Cincuenta y Nueve Centavos con Cinco Milésimos de Pesos (0,595), el valor de la vuelta del reloj-taxímetro por cada cien metros (100 mts.) de recorrido.-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DOCE.