1. ORDENANZA Nº 18008

Título: Personal Municipal: Bonificación por Antigüedad

Expediente H.C.D.: 1816/2014

Fecha de Sanción: 30 de octubre de 2014

Fecha de Promulgación: 5 de diciembre de 2014

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA


ARTICULO 1º: Fijase a partir del 1 de Enero de 2015, en concepto de Bonificación por Antigüedad, un tres por ciento (3%) sobre el Sueldo Básico de revista del Agente por cada año de servicio que preste en la Administración Pública Municipal.


ARTICULO 2º: El porcentaje establecido en el Artículo 1º, se efectivizará a medida que el Agente vaya cumpliendo un nuevo año de servicio, a contar desde el 1 de Enero de 2014, y que será abonado a partir del Ejercicio 2015, respetando su fecha de escalafonamiento (fecha de ingreso al a Administración Municipal).


ARTICULO 3º: Déjase establecido que los Agentes Municipales continuarán percibiendo los porcentajes por antigüedad adquiridos hasta el 31 de Diciembre de 2014.


ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE.