Título:
Autorización de obra: extensión de la red de gas natural en calle Panamá al
2600
Expediente H.C.D.: 537-2012
Expediente M.B.B.: 0/00-1710/2012
Fecha de Sanción: 7
de junio de 2012
Fecha de Promulgación: 2 de julio de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 1083/2012
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorizase la obra Extensión de la red de gas natural domiciliario en
calle Panamá al 2600 entre Indio y J. Hernández,
vereda impar, en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi
Gas Pampeana Nº 03-004934-00-11.-
ARTICULO
2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los
Artículos 193º, inciso 2), de
ARTICULO
3º: La obra autorizada en el Artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas
en la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por aplicación de los
Artículos 9º, inciso d) de dicha Ordenanza y 23º a 26º de
ARTICULO
4º: Declárase la obligatoriedad de pago de la obra a
realizarse conforme a las disposiciones del Artículo 6º de
ARTICULO
5º: A los efectos del Artículo 3º de
Se determinarán de
ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos.
ARTICULO
6º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los
Artículos 19º, 20º y 21º de
ARTICULO
7º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la
solicitud expresa de los beneficiarios obrante de fojas
ARTICULO
8º: El Consejo de Administración será integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE:
Ing. Rubén O. Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA:
Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina
Administración de Consorcios.
SECRETARIO:
Sra. Carolina Ronda, DNI Nº 25.537.969, vecina frentista.-
VOCALES:
Ing. Daniel Dotti, Legajo Nº 12665, Jefe A/C del
Departamento Electricidad y Mecánica y
ARTICULO
9º: Los ingresos deberán efectuarse en
ARTICULO
10º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN