ORDENANZA Nº 8628
Título: Creación de las Audiencias de Información Pública Ambiental.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1507/93.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 2 de junio de 1995.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Créense las Audiencias de Información Pública Ambiental, que funcionarán en el ámbito del
Honorable Concejo Deliberante, a requerimiento de organizaciones no gubernamentales, personas jurídicas, de cuyos estatutos resulten que su objeto pretende la defensa del medio ambiente y los recursos naturales.
Artículo 2º Los pedidos de AIPA serán evaluados por la Comisión de Control y Preservación del Medio Ambiente del H.Concejo Deliberante, quien fijará los puntos de la convocatoria y determinará la identidad de los convocados a la misma. Sin perjuicio de lo expuesto, el H.Concejo Deliberante podrá proponer otros participantes.
Artículo 3º Las sesiones de la AIPA se regirán en lo pertinente por el Reglamento Interno del H.Concejo Deliberante, especialmente en lo relativo al uso de la palabra. No adoptará decisiones vinculantes y tan solo podrá emitir recomendaciones sobre los temas sometidos a su consideración participando los señores concejales de las deliberaciones.
Artículo 4º Se procurará una adecuada difusión pública de las AIPA y se publicará en el Diario de Sesiones del H. Concejo Deliberante las conclusiones a las que arribarán aquellas.
Artículo 5º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.