ORDENANZA N°: 19704

Título: Convalidando Convenio Celebrado entre el Club Sociedad Sportiva y la Municipalidad de Bahía Blanca.

Expediente del H.C.D.: 345-2019

Expediente el D. Ejecutivo: 527-4859-2015

Fecha de sanción: 30-05-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A

VISTO


El Convenio celebrado entre el Club Sociedad Sportiva y la Municipalidad de Bahía Blanca, por el uso de infraestructura y Becas cedidas a la Municipalidad, y;


CONSIDERANDO


Que, conforme lo prescribe la Ordenanza 13.503, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a celebrar convenios con Clubes e Instituciones Deportivas que registren deudas por Tasas Municipales, con el objeto de regularizar la situación mediante contraprestación por parte de las Instituciones mediante Becas y/o uso de instalaciones.


Que, surge del expediente 527-4859-2015 (345-HCD-2019), el Club Sociedad Sportiva cedió durante los Años 2014 y 2015, el uso de instalaciones y brindó Becas de Tenis, Hockey y Rugby.


Que, según el informe efectuado por el Departamento Recaudación, el Club Sociedad Sportiva, adeuda en concepto de Tasas de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasas de Salud de varios inmuebles de su propiedad, la suma de $ 754.907,15.-


Que, en el Convenio en cuestión las partes compensan recíprocamente la deuda de $ 754.907,15.- que el Club mantiene con la Municipalidad, con el crédito de $ 793.019,29.-, determinado a favor del Club, quedando extinguidas las obligaciones respectivas.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D EN A N Z A


ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio celebrado entre el Club Sociedad Sportiva y la Municipalidad de Bahía Blanca –aprobado por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 2-906-2019- por el cual las partes compensan recíprocamente la deuda de $ 754.907,15.-, que el Club mantiene con la Municipalidad en concepto de Tasas de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasas de Salud Municipal de varios inmuebles de su propiedad, con el crédito de $ 793.019,29.-, determinado a favor del Club por el uso de la infraestructura y Becas cedidas a la Municipalidad hasta donde alcance el menor importe, quedando extinguidas las obligaciones respectivas.


ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE.