ORDENANZA Nº 15699

Título: Autorización de uso: Salón de Fiestas en Italia 482

Expediente H.C.D.: 283-2010

Expediente M.B.B.: 0/00-4581/2008

Fecha de Sanción: 10 de junio de 2010

Fecha de Promulgación: 30 de junio de 2010

Decreto de Promulgación : 835/2010

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA 

 

ARTICULO 1º: Autorízase, con carácter de excepción, el uso Salón de Fiestas, en el inmueble sito en calle Italia 482, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección E, Manzana 372, Parcela 14b, Partida 106094, propiedad del Círculo de Suboficiales de la Prefectura Naval Argentina, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en expediente Nro. 0/00-4581-2008 (283-HCD-2010).-

 

ARTICULO 2º: La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se otorga por un plazo de cuatro (4) años, condicionada al cumplimiento de lo dispuesto por la legislación vigente (Ordenanza 10480); a la no ampliación de superficie o incremento de la actividad por sobre la solicitada actualmente, y de cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ.