ORDENANZA Nº 9081.
Título: Destino de productos alimenticios decomisados.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-50/96.
Expediente M.B.B.: 610-3243/96.
Fecha de Sanción: 1 de abril de 1996.
Fecha de Promulgación: 15 de abril de 1996.
Decreto de Promulgación Nº 288/96.
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Los productos alimenticios que por cualquier motivo sean decomisados por el Municipio previa intervención de las áreas respectivas y la autorización del Tribunal de Faltas y sean considerados aptos para el consumo humano por la División de Bromatología, serán entregados a Instituciones de Bien Público a través de la Secretaría de Salud y Acción Social.
Artículo 2º Aquellos productos alimenticios decomisados por el Municipio y que no sean considerados aptos para el consumo humano por la División de Bromatología, serán entregados, previa autorización del Tribunal de Faltas, a la Asociación Protectora de Animales del Sur con destino al refugio que dicha Institución posee en la Ruta 3 Sur, Km. 696.
Artículo 3º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A PRIMERO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.