ORDENANZA Nº 5021
Título:
- Eximir de multas, recargos e intereses, las deudas que en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, de los Barrios de FO. NA. VI .Tema:
Expediente H.C.D.: 118-1988
Expediente M.B.B.: 210-1491-1988
Fecha de Sanción: 7 de Abril de 1988
Fecha de Promulgación: 25 de Abril de 1988
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º
- Eximir de multas, recargos e intereses, las deudas que en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, registren los adjudicatarios de viviendas, pertenecientes a los Barrios de FO.NA.VI., denominados ¨Independencia¨ y ¨Estomba¨.Artículo 2º - La eximición prevista en el artículo anterior, comprende la deuda que registren hasta la escrituración .
Artículo 3º - La facilidad concedida en el artículo anterior tendrá vigencia siempre que la deuda sea cancelada totalmente, previo a la escrituración.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.