ORDENANZA Nº 7922

Título: autorizando el emplazamiento de una ochava en un inmueble propiedad del Sr. Enrique Macre.

Tema:

Expediente H.C.D. : HCD-1723/93.

Expediente M.B.B. : M-3621/86.

Fecha de Sanción : 22 de abril de 1984.

Fecha de Promulgación :

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza :

Modificada por la Ordenanza :


ORDENANZA

Artículo 1° ­ Autorícese, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava, correspondiente al inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Manzana 233 y, Parcela 14, Partida n° 90.937, sito en calle Gallego Mora n° 2073, propiedad del Sr. Enrique Macre, hasta tanto dure la vida útil del edificio o se realicen modificaciones en el sector de la ochava o la Municipalidad, por razones de interés público, lo considere necesario, conforme los antecedentes que corren en expediente n° M-3621/1986 (1723­HCD/93.

Artículo 2° ­ E1 propietario deberá certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria, conforme con los cargos impuestos en el artículo precedente.

Artículo 3º­ De forma

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.