ORDENANZA Nº 12927

Título: Autorizando emplazamiento de la ochava .

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1106-2004

Expediente M.B.B.: V-870/2003.

Fecha de Sanción: 18 de noviembre de 2004

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º - Autorícese, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava correspondiente al inmueble en calle Almafuerte y Bravard, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 282, Parcela 19c, Partida nº 15826, propiedad del Sr. Angel Jesús Viñuela, hasta tanto se realicen modificaciones en el sector, o razones de interés público exijan la adecuación a las normas vigentes, conforme los antecedentes que corren en expediente V-870-2003 (1106-HCD-2004).

Artículo 2º - El propietario deberá certificar en los planos de obra la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria, conforme con los cargos impuestos en el artículo precedente.

Artículo 3º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CUATRO.