ORDENANZA Nº 12754
Título:
Modificando artículos de la Ordenanza Fiscal e Impositiva.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-736-2003
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 5 de agosto de 2004.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Agréguese como inciso 22º del artículo 185º "A" de la Ordenanza Fiscal, el siguiente:
"Artículo 185º - Apartado "A", inciso 22º: Las peticiones de personas físicas y entidades de bien público formuladas al Sr. "Intendente o la promoción de expedientes administrativos no encuadrados en los Artículos 22º al 25º inclusive de la "Ordenanza Impositiva, cuya contestación o resolución no implique una erogación económica concreta, técnica o de servicios, "por parte de la Comuna. No se entenderá como erogación económica la formación de expedientes ni las tareas de mero trámite "administrativo."
Artículo 2º - Modifíquese el artículo 21º inciso 1º de la Ordenanza Impositiva, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 21º - inciso 1: Por las gestiones, trámites y/o actuaciones administrativas no enumeradas a continuación, ni incluidas "en las excepciones previstas en el artículo 185º de la Ordenanza Fiscal, se abonará en concepto de tasa de actuación "administrativa 0.4"
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL CUATRO.