ORDENANZA Nº10159

Título: autorizando al D. Ejecutivo a otorgar permiso a las Industrias que así lo requieran para hacer uso del Relleno Sanitario.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-183-1998

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 28 de agosto de 1998

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Autorícese al D. Ejecutivo a otorgar permiso a las Industrias que así lo requieran para hacer uso del Relleno Sanitario.

Artículo 2º - Modifíquese la Ordenanza Fiscal en los artículos 98º y 99º,los que quedarán redactados de la siguiente manera:

"Artículo 98º - Por la prestación de los servicios de extracción de residuos que, por su magnitud, "no corresponda al servicio normal, y a la limpieza de predios, cada vez que se compruebe la "existencia de desperdicios, malezas y otras situaciones de falta de higiene, así como también los "de desinfección de vehículos por el uso del relleno sanitario por residuos no contaminantes no "domiciliarios, se abonarán las tasas que establezca al efecto la Ordenanza Impositiva. Para este "Título será de aplicación la ordenanza 4165 y sus Decretos Reglamentarios 238/96 y 932/87."

"Artículo 99º - ....

"inciso d) Por uso de relleno sanitario, con residuos que no sean domiciliarios, autorizados por el "D. Ejecutivo."

Artículo 3º - Créese la Tasa por uso de Relleno Sanitario, la cual quedará incorporada en la Ordenanza Impositiva en su Capítulo II, Artículo 8º, inciso 4, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"inciso 4) Por el uso del Relleno Sanitario, por m3 o fracción de 2 módulos."

Artículo 4º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.