Título:
Obra: extensión red de desagües cloacales en calles
de los barrios Villa Muñiz y Villa Delfina
Expediente H.C.D.: 1298-2012
Expediente M.B.B.: 417-2390/2011 Alcance 1
Fecha de Sanción: 6
de diciembre de 2012
Fecha de Promulgación: 20 de diciembre de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 2217/2012
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo
1º: En la obra Extensión de
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CASTELAR, entre
Salinas Chicas y Pilcaniyen (1 cuadra).
-
PILCANIYEN, entre
Castelar y Alberdi (1 cuadra).
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LOS PATOS, entre
Céspedes y Coronel Vidal (1 cuadra).
-
LOS PATOS, entre
Coronel Vidal y Félix Frías (1 cuadra).
Artículo
2º: La presente obra se encuentra dentro de las prescriptas por Ordenanza de
Obras Públicas y se realizará por aplicación del Artículo 9º, inciso a), de
dicha Ordenanza y los Artículos 1º y 2º del Capítulo I de su Decreto
Reglamentario Nº 754/76, Ejecución Directa con Fondos Municipales, monto que
posteriormente será reintegrado por los vecinos frentistas.
Artículo
3º: La obligatoriedad de pago de la obra, conforme lo establece el Artículo 6º,
de
Artículo
4º: El pago, por los propietarios frentistas a
a) Pago de contado: dentro de los Treinta (30) días de
notificada la respectiva liquidación.
b) Hasta en Veinticuatro (24) cuotas mensuales: a partir
del plazo indicado en el inciso anterior.
Artículo
5º: El Departamento Ejecutivo, podrá extender la cantidad de cuotas a aquellos frentistas que solicitaren ampliación del plazo de pago por
razones económicas justificadas, podrá extenderlo hasta Setenta y Dos (72)
cuotas mensuales.
Artículo
6º: Aféctanse los ingresos provenientes del recupero
de la presente obra, al recurso contable 21.2.06.00 R.A.
131 Recupero de Obra.-
Artículo
7º: El Departamento Ejecutivo deberá dar cumplimiento a
Artículo
8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN