ORDENANZA Nº 5353

Título: Modificación de la ordenanza fiscal en su Artículo 70º.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-260/89.

Expediente M.B.B.: 18 de mayo de 1989.

Fecha de Sanción:

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Dispónese la modificación del Artículo 70º de la Ordenanza Fiscal vigente, en lo siguiente:

- Facúltase al D. Ejecutivo a ajustar el valor de la tercera cuota de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, con la evolución del índice de precios al Por Mayor No Agropecuario del mese de Febrero - Marzo y 50% del mes de Abril de 1989.

- Facúltase al D. Ejecutivo a trasladar al valor de la cuarta cuota de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, el 50% restante del índice de precios al Por Mayor No Agropecuario del mes de Abril de 1989.

- Facúltase al D. Ejecutivo a utilizar a partir del 1ro. de julio de 1989 para el ajuste de las Tasas y Derechos Municipales, las siguientes fórmulas:

Ajuste Julio = Indice Mayo

Indice Marzo

Ajuste Agosto = Indice Junio

Ajuste Setiembre = Indice Julio

Ajuste Octubre = Indice Agosto

Ajuste Noviembre = Indice Setiembre

Ajuste Diciembre = Indice Octubre

Artículo 2º - Suspéndase el traslado al valor de las Tasa y Derechos Municipales del ajuste que surge de la diferencia entre los índices promedios que resultan de lo establecido en los Artículos 9º y 10º último párrafo de la Ordenanza Presupuestaria.

Artículo 3º - Las modificaciones que se disponen en los Artículos anteriores, tendrán vigencia hasta el 31 de Diciembre de 1989.

Artículo 4° - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.