ORDENANZA Nº 15326

Título: Modificación Ordenanza 13.907 (bonificación por guardia activa peronal profesional y no profesional)

Expediente H.C.D.: 633-2006

Expediente M.B.B.: 01-30131/2006

Fecha de Sanción: 16 de julio de 2009

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza 13907, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Artículo 1º: Establécese para el personal profesional y no profesional de guardia activa una bonificación mensual “con los siguientes porcentajes:

 

De lunes a vienes 80 % sobre el sueldo básico de guardia.

Sábados, domingos, feriados y días no laborables 100% sobre el sueldo básico de guardia.

El personal que habitualmente realice su guardia obligatoria semanal en dos (2) períodos de doce (12) horas, y un período sea de lunes a viernes y el posterior en día sábado o domingo, percibirá una Bonificación por guardia Mensual del 90 % sobre el sueldo de guardia”.-

 

Artículo 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL NUEVE.