Título:
Autorización de obra: extensión de la red de gas natural domiciliario en calle
9 de Julio entre Avda. Buenos Aires y 17 de Mayo
Expediente H.C.D.: 618-2013
Expediente M.B.B.: 0/00-13483/2012
Fecha de Sanción: 8
de agosto de 2013
Fecha de Promulgación: 16 de agosto de 2013
Decreto de Promulgación Nª: 1628/2013
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase, la obra EXTENSION DE
ARTICULO
2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los
Artículos 193º, inciso 2), de
ARTICULO
3º: La obra autorizada en el Artículo 1º, se encuadra dentro de las prescriptas
en
ARTICULO
4º: La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse queda sujeta a las
disposiciones del Artículo 6º, de
ARTICULO
5º: Déjase establecido que el prorrateo de la obra se
hará POR SERVICIO. Es decir que el valor
total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los
inmuebles afectados (parcelas o subparcelas), según
el Régimen de
Se
determinarán de ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar
a culminar con todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales
de plaza de los materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos
previstos.-
ARTICULO
6º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los
Artículos 19º, 20º y 21º de
ARTICULO
7º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la
solicitud expresa de los beneficiarios obrante de fojas
ARTICULO
8º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE:
Ing. Rubén Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
TESORERA:
Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina
Administración de Consorcios.-
SECRETARIO:
Sra. María José Bernardi, DNI Nº 26.172.227, vecino frentista.-
VOCALES:
Ing. Daniel Dotti, Legajo Nº 12665 Jefe a/c del
Departamento Electricidad y Mecánica y el Sr. José Alberto Rapi,
DNI 24.051.426, vecino frentista.-
ARTICULO
9º: Los ingresos deberán efectuarse en
ARTICULO
10º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN