ORDENANZA Nº 4885
Título:
Facúltase al D. Ejecutivo a percibir sin multas, recargos ni intereses la deuda que en concepto de Tasa por alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, desde el año 1981 hasta el año 1986 inclusive.Tema:
Expediente H.C.D.: 506-1987
Expediente M.B.B.: 0-00-5268-1987
Fecha de Sanción: 26 de Noviembre de 1987
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º- Facúltase al D. Ejecutivo a percibir sin multas, recargos ni intereses la deuda que en concepto de Tasa por alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, reconocen las partidas nº:23.645 y 58.524 desde el año 1981 hasta el año 1986 inclusive, propiedad del Club Barrio Hospital.
Artículo 2º- Facúltase al D. Ejecutivo a otorgar facilidades de pago, al club Barrio Hospital, por la deuda que surja de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 3º- Tomen notas a sus efectos las oficinas Municipales que correspondan.
Artículo 4º- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.