ORDENANZA Nº 9815
Título: Convenio suscripto con el centro de jubilados y pensionados Luis Piedra Buena el comodato del inmueble de calle Juana Azurduy y Montevideo.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-360/97.
Expediente M.B.B.: 0/00-1884/97.
Fecha de Sanción: 26 de setiembre de 1997.
Fecha de Promulgación: 8 de octubre de 1997.
Decreto de Promulgación Nº 646/97.
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° Facúltese al D. Ejecutivo a convenir con el Centro de Jubilados y Pensionados Luis Piedra Buena el comodato del inmueble definido catastralmente como Circunacripci6n 11, Sección D, Manzana 359 "s", Parcela 1, (partida 80025), según plano 734554.
Artículo 2° La duración del comodato será por el término de cinco (5) años, con la posibilidad de ser renovado en forma sucesiva.
Artículo 3° La beneficiaria de la presente podrá hacer uso del bien, con acuerdo de la Municipalidad, con las limitaciones establecidas en la presente.
Artículo 4° La beneficiaria deberá rendir cuentas al Municipio del uso del bien en la forma que establezca la reglamentación de la presente.
Artículo 5° La beneficiaria será responsable de los daños que pueda sufrir el bien. A1 término del comodato, deberá ser reintegrado en el mismo estado que lo recibe o con las mejoras que se realicen.
Artículo 6° E1 incumplimiento de la presente, de su reglamentación o de los términos del comodato emergente implicará la rescisión inmediata del mismo, sin necesidad de previa interpelación.
Artículo 7° La Municipalidad se reserva el derecho de rescindir el comodato emergente con la sola condición de notificarlo en forma fehaciente con sesenta días de anticipación y sin que esto origine derecho a indemnización alguna.
Artículo 8° Deróguese la ordenanza 4664, que oportunamente dispusiera la donación del terreno para el funcionamiento del Jardín de Infantes 922 que desde 1991 desarrolla sus actividades en Río Negro 2251 conforme al desistimiento que corre a fs.10.
Artículo 9° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.