ORDENANZA N°: 16981
Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: Pavimentación de varias calles Etapa IV – 11 cuadras
Expediente H.C.D.:1722-2012
Expediente M.B.B.:417-7086/2012 Alcance 1
Fecha de Sanción: 25 de abril de 2013
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza: 18.995
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio en la obra PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ETAPA IV – AÑO 2012 – 11 CUADRAS, conforme a los Artículos 2º, 3º,4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, al Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Nº 754/76 y al Artículo 59º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:
GONZALEZ, entre Guido Spano y La Falda (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.).
CERRITO, entre Cipoletti y De Angelis (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.).
FACUNDO QUIROGA, entre Zapiola y Carriego (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.).
CARRIEGO, entre F.Quiroga y Rigamonti (3 cuadras – ancho de calzada 9,00m.).
ENRIQUE JULIO, entre Avellaneda y Don Bosco (2 cuadras – ancho de calzada 9,00m.).
BOLIVIA, entre Di Sarli y Enrique Julio (2 cuadras – ancho de calzada 9,00m.)
BOLIVIA, entre Enrique Julio y 17 de Mayo (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.)
AVELLANEDA, entre Enrique Julio y 17 de Mayo (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.). Texto Vigente Según Ordenanza 18.995
ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y pago obligatorio, la obra “PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES ETAPA IV - 11 cuadras”, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Nº 754/76, y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:
E. GONZALEZ entre Guido Spano y La Falda (1 cuadra).
CERRITO entre Cipolletti y De Ángelis (1 cuadra).
FACUNDO QUIROGA entre Zapiola y Carriego (1 cuadra).
CARRIEGO entre F. Quiroga y Rigamonti (3 cuadras).
ENRIQUE JULIO entre Avellaneda y Don Bosco (2 cuadras).
BOLIVIA entre Di Sarli y Enrique Julio (2 cuadras).
ZAPIOLA entre De Ángelis y E. González (1 cuadra).
ARTICULO 2º: Establézcase para la presente obra la modalidad de ejecución por Licitación Pública, con Fondos Municipales, mediante el sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.-
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL TRECE.