Título: Autorización de obra: construcción de cordón
cuneta y pavimento intertrabado en calle Los Chañares
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Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-289-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-10651/2008
Fecha de Sanción: 16 de abril de 2009
Fecha de Promulgación: 6 de mayo de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
583/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar
la obra de Construcción de cordón cuneta y pavimento intertrabado en calle LOS CHAÑARES (Altura 350) entre 19 de
Mayo y Los Gorriones, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en
expediente Nº 0/00-10651-2008.- (289-HCD-09).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas
por
Artículo 4º: La obligatoriedad de pago de
la obra a realizarse, conforme lo establece el artículo 6º de
El precio de la obra queda establecido a
razón de: $80 el m2 de pavimento intertrabado y $126
el ml. de cordón cuneta.-
Artículo 5º: Las obras se ejecutarán de
acuerdo a los planos y especificaciones
del Departamento Vialidad de
-Construcción de cordón cuneta de hormigón simple de 0,15m de
espesor x 0,50m de ancho de cuneta sobre base de tosca de 0,20m de espesor
compactada al 98% del Proctor correspondiente de
acuerdo a la clasificación de materiales HRB y Norma VN-E5-67, Valor Soporte
California (C.B.R.) mínimo del 20%, granulometría
según Especificaciones, sobre subrasantes compactada
en los 0,20m superiores.-
Pavimento intertrabado:
con adoquines de hormigón de
Cruce de caños camisa: 2 (dos) cruces, para futuras obras de alumbrado
público y semaforización de P.V.C.
de 2 ø 110mm y
Todo conforme a planos y Especificaciones
Técnicas Municipales.-
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la
obra será de sesenta (60) días corridos,
a contar desde la fecha de Replanteo, que se deberá efectuar dentro de los diez
(10) días de notificada la empresa de la presente ordenanza.-
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a
lo establecido por los Artículos 31º y 65º del Decreto Reglamentario 754/76,
deberán presentarse en
Artículo 8º:
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (3) años a contar
desde la fecha de Recepción Provisoria. .Finalizado el mismo, se labrará el
Acta de Recepción Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese al Departamento
.Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN