ORDENANZA N°: 19185

Título: Aceptando la Donación de un Proyector de Cine de 35 mm para la Sala de Microcine de “Punto Digital” de General Daniel Cerri.

Expediente del H.C.D.: 1030-2017

Expediente el D. Ejecutivo: 115-10112-2017

Fecha de sanción: 30-11-2017

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


VISTO


Las presentes actuaciones iniciadas por la Delegación Municipal de General Daniel Cerri, mediante las cuales comunica la intención de aceptar la donación a este Municipio, por parte del Señor Héctor Oscar Voglino, de un Proyector de Cine, de 35mm., marca GAUMONT PARK, que formaba parte del equipamiento del ex CINE VOGLINO, que funcionó es esa localidad.

Atento al Acta, manifestando tal donación a fs. 2, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 2º: Aceptar la donación de un Proyector de Cine de 35mm., marca GAUMONT PARK, que posee una chapa identificada con la siguiente inscripción: SOCIETÉ des ETABLISSEMENTS GAUMONT PARIS – CHROND BTE S.G.D.G. – SERIE CM Nº 19.286, en un todo de acuerdo a lo expuesto en el expediente Nº 115-10112-2017 (1030-HCD-2017).


ARTICULO 2º: La presente donación se efectúa con cargo de que la Municipalidad de Bahía Blanca, mantenga el bien en perfecto estado de conservación a efectos de su exposición pública para la comunidad de General Daniel Cerri, en la Sala de Microcine de Punto Digital, ubicado en la Sede de la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos XX de Septiembre, Juan José Paso 405, de esa localidad y/o en el establecimiento que determine el Departamento Ejecutivo, en tanto dicho bien constituye un Patrimonio Cultural trascendente y representativo de un hito histórico de la comunidad referida, pro haber pertenecido al ex CINE VOGLINO, comercio que comenzó sus actividades en el Año 1902.


ARTICULO 3º: Los gastos que eventualmente pudieran demandar la limpieza y/o reparación del citado artefacto, como asimismo, los que deriven del traslado del mismo, serán a cargo de la Municipalidad de Bahía Blanca.


ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.