Título: Autorización de obra: Construcción de cordón
cuneta, badén, pavimento intertrabado y cruces para semaforización e iluminación en calle Malharro
0-50
Expediente H.C.D.: 84-2010
Expediente M.B.B.: 0/00-5401/2008
Fecha de Sanción: 11 de marzo de 2010
Fecha de Promulgación: 23 de marzo de 2010
Decreto de Promulgación Nª:
337/2010
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la obra de CONSTRUCCION DE CORDON
CUNETA, BADEN, PAVIMENTO INTERTRABADO Y CRUCES DE CAÑOS CAMISA PARA
SEMAFORIZACION E ILUMNICACION EN CALLE MALHARRO (ALTURA 0-50) ENTRE DR. C. E.
CISNEROS Y VALENTIN ALSINA, en un todo de acuerdo con los antecedentes
obrantes en el expediente Nº 0/00-5401-2008.- (84-HCD-2010).
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2) de
ARTICULO 3º: La obra autorizada por la presente
se encuadra dentro de las prescriptas por
ARTICULO 4º: La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece
el Artículo 6º de
A los efectos del prorrateo previsto en el
citado Artículo de la antedicha Ordenanza, establézcase un sistema de prorrateo
POR FRENTE en el caso del cordón cuneta y pavimento intertrabado
y POR SERVICIO, para el caso de
badenes, superficie de bocacalle y cruces de caños camisa para iluminación y semaforización.-
El precio de la obra queda establecido a razón
de $90,00.- el m2 de pavimento intertrabado,
$132,00.- el metro lineal de cordón cuneta, $158,00.- el m2 de badén y $ 1.240,00.-
el cruce de caños camisa para iluminación y semaforización.-
ARTICULO 5º: Las obras se ejecutarán de acuerdo
a los planos y especificaciones del Departamento Vialidad de
Cordón cuneta: de hormigón simple de
La resistencia mínima cilíndrica del hormigón en
el ensayo de compresión a los 28 días será de 320 Kg/cm2,
con un tenor de cemento mínimo de 350 Kg/m3 de
hormigón elaborado.-
Badenes: de hormigón armado de
Pavimento intertrabado:
con adoquines de hormigón de
Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces de caño
camisa, para futuras obras de alumbrado público y semaforización
de P. V. C. DE 2 Ø
ARTICULO 6º: El plazo de ejecución de la obra
será de treinta (30) días corridos a contar desde la fecha de Replanteo, que
deberá efectuarse dentro de los diez (10)
días de notificada la empresa de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 7º: Las liquidaciones conforme a lo
establecido por los Artículos 31º y 65º
del Decreto Reglamentario 754/76,
deberán presentarse en
ARTICULO 8º:
ARTICULO 9º: En caso que la empresa no cumpla
con lo dispuesto en la cláusula Sexta, se aplicará una multa del uno por ciento
(1%) del monto total de obra por semana de atraso.-
ARTICULO 10º: El plazo de conservación de la
obra será de tres (3) años, a contar desde la fecha de Recepción Provisoria.
Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
ARTICULO 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo para
su cumplimiento.-
DADA EN