ORDENANZA N°: 18599

Título: Creando en el Partido de Bahía Blanca los Espacios de Recreación Canina.

Expediente del H.C.D.: 1983-2014

Fecha de sanción: 18-08-2016

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º: Créase en el Partido de Bahía Blanca, los Espacios de Recreación Canina.


ARTICULO 2º: Se entiende por Espacios de Recreación Canina, a aquellos sectores debidamente cerrados y señalizados, que cuentan con juegos de agilidad y destreza, que tiendan a garantizar una mejor calidad de vida a los perros y brindar correcta información a sus dueños, atinente al cuidado y responsabilidad.


ARTICULO 3º: Dispónese, en el marco del Plan Director de Espacios Verdes, la colocación de Espacios de Recreación Canina, en el Parque de Mayo, Parque Independencia y Parque de la Ciudad.


ARTICULO 4º: El Municipio se encuentra facultado para celebrar convenios con empresas públicas y privadas, para el desarrollo y puesta en marcha de la presente Ordenanza.


ARTICULO 5º: Los Espacios de Recreación Canina, estarán a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, debiendo designarse a un personal encargado exclusivo para el mantenimiento y su limpieza.


ARTICULO 6º: Para la utilización de los espacios de recreación, es obligación de los dueños de los canes:


  1. Llevar su perro con un collar, correa, placa de identificación con nombre y dirección y bozal.

  2. Recoger los excrementos de su mascota.

  3. Llevar bolsas destinadas a la recolección de excrementos.

  4. No llevar perros enfermos, ni en celo.

  5. Evitar que nuestras mascotas se acerquen a personas o niños que circundan o transitan por el sector.

  6. Tener a su mascota debidamente vacunada, debiendo exhibir, en caso de ser requerida, los comprobantes respectivos.


ARTICULO 7º: Con la finalidad de fomentar la formación de una cultura del buen trato y cuidado de las mascotas, se realizarán en los Espacios de Recreación Canina, las siguientes actividades:


A) Llevar a cabo campañas de información, a través de charlas mensuales, que se impartan en el área destinada para esparcimiento de los canes, siendo gratuitas y de libre acceso. Para su realización, se recurrirá a la participación de especialistas, otras asociaciones, empresas patrocinadoras, los propios usuarios, etc. Los temas pueden ser:


  1. Derechos y obligaciones de los dueños de mascotas.

  2. Importancia de la aplicación de vacunas a las mascotas.

  3. Importancia de la recolección de los desechos de las mascotas.

  4. Tratamiento y eliminación de desechos de las mascotas y desechos en general.

  5. El respeto y cuidado del medio ambiente.

  6. El respeto, cuidado y amor a los animales.

  7. Cultura de derechos de los animales, ley Nacional Nº 14.346.

  8. Importancia del juego para las mascotas: convivencia y socialización.

  9. La importancia del ejercicio para que las mascotas tengan una vida sana y digna.

  10. .Alimentación de las mascotas.

  11. Acciones simples de adiestramiento canino.


B) Habilitación de un espacio mural para la colocación de cartelerìa relacionada don


  1. La búsqueda y localización de mascotas extraviadas.

  2. Tips relacionados con información de interés para los dueños de mascotas.

  3. Información que el “Espacio de Recreación Canina”, desee compartir con los vecinos.



ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS.