ORDENANZA Nº11147

Título: Declarando afectados por la construcción de un enlace ferroviario inmuebles de nuestra ciudad.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1005-2000

Expediente M.B.B.: 418-3980-2000

Fecha de Sanción: 21 de septiembre de 2000.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Declárense afectados por la construcción de un enlace ferroviario y calles paralelas a las tierras identificadas catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Manzana 335g, Parcelas 1 a 11 y Parcela 24; Circunscripción II, Sección D, Manzana 335h, Parcelas 19 a 22 y Circunscripción II, Sección D, Manzana 335m, Parcelas 3 a 13 del ejido de Bahía Blanca y según plano de antecedente 7-69-1949.

Artículo 2º - La presente declaratoria implica una restricción al dominio sobre los terrenos afectados. Las oficinas técnicas no autorizarán construcciones nuevas sobre parcelas baldías o bien ampliaciones sobre las ya construidas.

Artículo 3º - Autorícese al Departamento Ejecutivo a entablar conversaciones con los propietarios involucrados tendientes a liberar las tierras afectadas para la construcción de las obras buscando soluciones compensatorias con tierras municipales en el sector.

Artículo 4º - El plazo de la presente restricción se extenderá por dos (2) años a partir de la sanción de la presente.

Vencido el mismo, y en caso de no haber llegado a un acuerdo con los particulares involucrados, el Municipio podrá dictar la ordenanza de expropiación de las referidas propiedades.

Artículo 5º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL.