ORDENANZA N°: 18691

Título: Autorizando con carácter de excepción el desarrollo del uso Salón de Fiestas en calle Casilda Igarzabal de Rodríguez Peña.

Expediente del H.C.D.: 472-2014

Expediente del D.E.: 0/00-4456-2013

Fecha de sanción: 13-10-2016

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, el desarrollo del uso Salón de Fiestas, correspondiente al inmueble de calle Casilda Igarzabal de Rodríguez Peña, entre las calles Islas Malvinas y Sixto Laspiur, identificados catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección C, Manzana 3.


ARTICULO 2º: Se deja aclarado, que la excepción autorizada en el Artículo 1º, se extiende por un plazo de 3 (tres) años y condicionada a:


  1. No ampliar la superficie destinada a la actividad, por sobre la solicitada actualmente.

  2. Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.

  3. Dar cumplimiento a la Ordenanza 10.480.


ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS.