ORDENANZA Nº 9579

Título: Autorizando el emplazamiento de la ochava del edificio sito en Matheu y Vieytes de la localidad de Cabildo.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-985/96.

Expediente M.B.B.: B-694/82, B-2057/86, B-1242/94.

Fecha de Sanción: 10 de abril de 1997.

Fecha de Promulgación: 21 de abril de 1997.

Decreto de Promulgación Nº 274/97.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1° ­ Autorícese, con carácter de excepción y por un lapso de cinco (5) años (condicionado por las previsiones del artículo 2º), el emplazamiento de la ochava del edificio sito en la esquina de Matheu y Vieytes de la localidad de Cabildo, definido catastralmente como Circunscripción XI, Sección A, Manzana 6 e (partida inmobiliaria 97.159), propiedad del vecino Juan José Buoncompagni, conforme los antecedentes que corren en los expedientes 694­B­82, 2057­B­86, 1242­B­94 y 985­HCD­96.

Artículo 2º ­ La Municipalidad se reserva el derecho de exigir la adecuación en un plazo menor cuando se realicen modificaciones en el edificio y/o ampliaciones en el sector de ochavas que, por razones de interés público, el Municipio lo considere necesario.

Artículo 3º ­ El propietario deberá certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria, conforme los cargos en el artículo precedente.

Artículo 4º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.