ORDENANZA Nº10297
Título:
facultando al D. Ejecutivo, en los casos que correspondiere, a condonar las deudas atrasadas que mantienen los beneficiarios con el Municipio.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-229-1998
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 11 de Diciembre de 1998
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - En el marco de la ley 24.374 y previo estudio socio económico a realizarse con la colaboración del Registro Notarial interviniente, facúltese al D. Ejecutivo, en los casos que correspondiere, a condonar las deudas atrasadas que mantienen os beneficiarios con el Municipio y a disponer la exención de pago en las tasas de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y de Salud hasta el momento de la firma de la escritura notarial de cada inmueble, previa ratificación del H. Concejo Deliberante.
Artículo 2º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.