ORDENANZA Nº 9755

Título: Disponiendo la caducidad del permiso de explotación que a título precario desarrolla la empresa Compañía de Omnibus La Unión S.R.L. con la Línea 500.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-713/97.

Expediente M.B.B.: 0/00-555/97 c/ 336-12221/96.

Fecha de Sanción: 22 de agosto de 1997.

Fecha de Promulgación: 28 de agosto de 1997.

Decreto de Promulgación Nº 555/97.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Dispóngase la caducidad del permiso de explotación que a título precario desarrolla la empresa Compañía de Omnibus La Unión S.R.L. con la Línea 500.

Artículo 2º - Autorícese al Departamento Ejecutivo a proceder al llamado a Licitación Pública para la explotación de los servicios de la Línea 500.

Artículo 3º - Déjese establecido que la empresa Compañía de Omnibus La Unión S.R.L. deberá continuar con la prestación de los servicios de la Línea 500 en forma regular y continua hasta la fecha de inicio de la nueva prestataria.

Artículo 4º - Intímese a la empresa Compañía de Omnibus La Unión S.R.L., en su carácter de prestataria a título precario de los servicios de las Líneas 501 y 504, a ajustarse a los plazos que establezca el Departamento Ejecutivo para la normalización total de los mismos, bajo apercibimiento de proceder sin más trámite a disponer la caducidad de los mismos.

Artículo 5º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.