ORDENANZA N°: 18138
Título: Autorizando con carácter de excepción al máximo desarrollo sobre linea municipal al inmueble ubicado en calle Girondo entre Avda. Alem y República Siria.
Expediente del H.C.D.:1825-2014
Expediente del D.E.: 434-561/2014
Fecha de sanción: 07-05-2015
Fecha de promulgación:19-05-215
Decreto de promulgación: 8-1174/2015
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°: 19.371
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, el máximo desarrollo sobre Línea Municipal, reglamentado para la zona R1 (20 metros), autorizándose el depósito para un desarrollo sobre Línea Municipal de 25,98 metros, en el inmueble sito en calle Girondo, entre Avenida Alem y República Siria, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 96k, Parcela 32c, del Código de Planeamiento Urbano. ((Texto Vigente Según Ordenanza 19.371)
ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, al máximo desarrollo sobre Línea Municipal reglamentado para la zona R1 (20 metros), autorizándose el depósito para un desarrollo sobre Línea Municipal de 25,98 mts., en el inmueble sito en calle Girondo entre las calles Avda. Alem y República Siria, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 96k, Parcela 32c, del Código de Planeamiento Urbano.
ARTICULO 2º: La excepción autorizada en el Artículo 1º, está condicionada a:
Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada so pena de clausura automática.
Realizar todas las operaciones de carga y descarga dentro de los límites del predio.
No ampliar la superficie o incremento de la actividad por sobre la solicitada actualmente.
Cumplimiento de las Ordenanzas de emisión de ruidos, emisión de olores, vibraciones, humo y contaminantes atmosféricos.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.