Título: Centro Cívico Bahía Blanca
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1742-2008
Expediente
M.B.B.: 410-9699/2008
Fecha
de Sanción: 4 de diciembre
de 2008
Fecha
de Promulgación: 5 de enero de 2009
Decreto
de Promulgación Nª: 9/2009
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase al D. Ejecutivo a permutar el inmueble
denominado Centro Cívico Bahía Blanca, con frente a la calle Luís M. Drago,
entre las calles O´Higgins y Avenida Colón de esta
ciudad, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana
54b, Parcelas 1b, 1c, 1d, 1e, inscripto su dominio en las Matrículas 14.263,
14.264, 14.265 y 14.266 respectivamente; y la estructura de hormigón
construida, por la entrega en propiedad de determinada cantidad de metros
cuadrados que se construyan con financiamiento y riesgo privado con motivo de
la terminación de la construcción del Edificio. A tal fin, el D. Ejecutivo
efectuará el pertinente llamado a licitación pública para convocar a desarrolladores
e inversores, interesados en la terminación bajo su exclusivo costo y riesgo
del Edificio Centro Cívico Bahía Blanca.
Artículo 2º - Para el
cumplimiento de los fines previstos en la presente y con el propósito de garantizar la prioridad de
los derechos del municipio en la permuta autorizada, el D. Ejecutivo
constituirá un fondo fiduciario en los términos de la ley 24.441 y transferirá
al fiduciario la propiedad fiduciaria del terreno y de la estructura de
hormigón que se encuentra adherida al inmueble donado.
Artículo 3º - Autorízase al D. Ejecutivo a celebrar el citado contrato de
fideicomiso a fin de preservar el destino de los bienes fideicomitidos,
entregar en propiedad las unidades funcionales del Edificio que oportunamente
se identifiquen como resultado de la permuta y, en caso de incumplimiento por
parte del desarrollador encargado de la terminación del Edificio, ejecutar las
garantías.
Artículo 4º -
Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento
DADA EN