ORDENANZA Nº 4899

Título: Modifícase el inciso 4º) del artículo 11º de la ordenanza 4708.

Tema:

Expediente H.C.D.:322-1987

Expediente M.B.B.: 0-00-4546-1987

Fecha de Sanción: 3 de Diciembre de 1987

Fecha de Promulgación: 18 de Diciembre de 1987

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º- Modifícase el inciso 4º) del artículo 11º de la ordenanza 4708, reglamentaria de las rifas en el partido de Bahía Blanca, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"Inciso 4º) El total de los premios que se rifen en ningún caso podrán tener un valor inferior al veinticinco por ciento (25%) del importe total de los billetes autorizados para circular. Los premios que se rifen en la jugada final no podrán tener un valor inferior al quince por ciento (15%) del valor de los billetes autorizados, pudiendo destinarse hasta un diez (10%) para programas promocionales de premios".

Artículo 2º- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.