ORDENANZA Nº 17343

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: “Pavimentación calle Saavedra entre Esmeralda y Avenente, etapa V – año 2013 (9 cuadras)

Expediente H.C.D.: 1281-2013

Expediente M.B.B.: 417-8964/2013

Fecha de Sanción: 5 de diciembre de 2013

Fecha de Promulgación: 27 de diciembre de 2013

Decreto de Promulgación : 2829/2013

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase, de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, la obra “PAVIMENTACION DE CALLE SAAVEDRA ENTRE ESMERALDA Y AVENENTE DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ACCESOS A BARRIOS (Etapa V – Año 2013) – 9 cuadras – PLAN MÁS CERCA”, que tramitó por expediente Nº 417R-974-2013, conforme los Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Número 754/76, y 59º, de la Ley orgánica de las Municipalidades, comprendiendo  la siguiente calle:

 

  • SAAVEDRA, ENTRE ESMERALDA Y AVENENTE (9 CUADRAS – ANCHO DE CALZADA 9,00 M.)

 

ARTICULO 2º: Establézcase, para la presente obra la modalidad de Licitación Pública con Fondos Nacionales, conforme al programa de Fortalecimiento de Obras Viales Urbanas, Periurbanas, Caminos de producción, Accesos a Pueblos y obras de Seguridad Vial”, Convenio entre la Municipalidad y el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, mediante el sistema de “Ajuste Alzado”.

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo,  una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE.