ORDENANZA N°: 19640

Título: ACEPTANDO DONACION EFECTUADA POR LA SEÑORA GLADYS MARIEL PIPO

Expediente del H.C.D.: 138-HCD-2019

Expediente el D. Ejecutivo: 110-4221-2018

Fecha de sanción: 04-04-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A



VISTO


Las presentes actuaciones, mediante las cuales la Señora Gladys Mariel PIPO, DNI 13.796.225, ofrece en donación a la Municipalidad de Bahía Blanca, el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Chacra 320, Manzana 320-r, Parcela 2, Partida 101.034 del Partido de Bahía Blanca, y;


CONSIDERANDO


Que, a fojas 2/27, se adjunta documentación respaldatoria donde consta que la Señora PIPO es titular de dominio del mencionado inmueble.


Que, a fojas 45, el Departamento de Recaudación informa que según lo determinado en la Ley 11.622, Decreto Reglamentario 4042/1996 y la Ordenanza 15.145, efectivizada la donación, corresponde la condonación de la deuda por el Honorable Concejo Deliberante.


Que, a fojas 47/49, se adjunta Informe de Anotaciones Personales, donde no constan anotaciones.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Aceptase la donación ofrecida a la Municipalidad de Bahía Blanca por la Señora Gladys Mariel PIPO, DNI 13.796.225, del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Chacra 320, Manzana 320 –r, Parcela 2, Partida 101.034 del Partido de Bahía Blanca.


ARTICULO 2º: Condonase las deudas que, por Tasas Retributivas de Servicios Municipales, afecte al inmueble indicado en el artículo anterior hasta la fecha de la transferencia al Dominio Municipal.


ARTICULO 3º: Afectase el inmueble detallado en el Artículo 1º, al cumplimiento de la finalidad de Solidaridad Social, conforme lo previsto por la Ley 11.622 y su reglamentación.






ARTICULO 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a gestionar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio ante Escribanía General de Gobierno.


ARTICULO 5º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.