ORDENANZA Nº 5190
Título:
Creando la Comisión Pro centro de Mediana Complejidad para la Atención del Quemado.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD 539/88
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 25 de Agosto de 1988
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Créase la Comisión Pro centro de Mediana Complejidad para la Atención del Quemado en el Partido de Bahía blanca, bajo la responsabilidad de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca.
Artículo 2°.- Esta comisión estará constituida por representantes del H. Consejo Deliberante, D. Ejecutivo Municipal, Centro de Salud Dr. Leónidas Lucero e invitando a integrar la Zona Sanitaria Primera, Hospital Interzonal Dr. José Penna, Corporación del comercio y de la Industria, Gas del Estado, Y.P.F., Junta Nacional de Granos, empresas que integran el Polo Petroquímico, Fuerzas Armadas y de Seguridad, D.E.B.A., Federación de Sociedades de Fomento y Afines y toda otra entidad que manifieste interés en participar.
Artículo 3°.- Los recursos estarán constituidos por fondos municipales, provinciales, particulares, de empresas del Estado y todo otro recurso aportado por donaciones o provenientes de la atención de los pacientes.
Artículo 4°.- Créase la Cuenta Especial "Centro para la Atención del Quemado".
Artículo 5°.- Deberá esta comisión considerar el medio hospitalario más idóneo desde el punto de vista físico como de recursos humanos para su más rápida implementación, tomando en consideración los planes y estudios efectuados hasta ahora al respecto.
Artículo 6°.- El Centro para Atención del Quemado de Mediana Complejidad cubrirá la necesidades de la población de B. Blanca y zona de influencia, creando la red de comunicación y derivación con estos efectores y estará destinado a atender pacientes carenciados, particulares y de la seguridad social que lo requiera.
Artículo 7°.- Remítase copia a la Comisión de Salud de la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 8°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.