ORDENANZA N°: 17884
Título: Convenio con la Unidad Penal Nro. 4 Para Elaborar Pavimento Articulado .
Expediente del H.C.D.: 1648-2014
Fecha de sanción: 11-09-2014
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Convenio con la Unidad Penal N º 4 de nuestra ciudad con el fin de elaborar pavimento articulado por personas privadas de libertad.
ARTÍCULO 2°: En función del Artículo 1º, el Municipio destinará una partida presupuestaria para la implementación del programa y designará el personal para la colocación y demás tareas requeridas. Una vez que esas personas privadas de libertad cumplan su pena, el Municipio considerará la posibilidad de incorporarlas al equipo de trabajo a partir de la creación de una Cooperativa de Trabajo, facilitándoles la integración en la sociedad y alejándolas del delito.
ARTÍCULO 3°: Lo recaudado por la venta y colocación del producto será destinado al pago de los haberes de las personas privadas de libertad que trabajen en dicho programa y a los costos del mismo, en función de la sustentabilidad a lo largo del tiempo.
ARTÍCULO 4°: Se conformará una comisión de seguimiento integrada por un representante del Honorable Concejo Deliberante de la Comisión de Obras Públicas, Urbanización y Vivienda, un representante del Departamento Ejecutivo y un representante del Servicio Penitenciario.
ARTÍCULO 5°: El Municipio en base al correspondiente estudio de costos determinará el monto a abonar por parte de los frentistas beneficiarios de este programa y determinará la forma o metodología de pago.
ARTÍCULO 6°: El Municipio deberá preveer en los próximos presupuestos una partida presupuestaria específica a tal fin; lo que permitirá sostener y optimizar a lo largo del tiempo dicho programa. Las obras que se imputen a dicha partida serán consensuadas con la Comisión de Obras Públicas, Urbanización y Vivienda del Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.