ORDENANZA Nº 16790

Título: Cámaras de Seguridad en Confiterías Bailables

Expediente H.C.D.: 371-2012

Fecha de Sanción: 27 de septiembre de 2012

Fecha de Promulgación: 15 de octubre de 2012

Decreto de Promulgación : 1817/2012

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza: 16.838

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Establézcase la obligatoriedad de colocar cámaras de seguridad y enlaces suscriptores, orientadas a la vía pública en el entorno de confiterías bailables actualmente habilitadas y a aquellos contribuyentes que soliciten su habilitación comercial en  el rubro, de acuerdo a las especificaciones técnicas que establezca la reglamentación.  (Texto vigente según Ordenanza 16.838)

 

Artículo 1º: Establézcase la obligación de colocar cámaras de seguridad y enlaces suscriptores, orientadas a la vía pública en el entorno de confiterías bailables, a aquellos contribuyentes que soliciten su habilitación comercial en el rubro, de acuerdo a las especificaciones técnicas que establezca la reglamentación.

 

Artículo 2º: Las cámaras se incorporarán a la red del sistema de monitoreo de la Municipalidad de Bahía Blanca.

 

Artículo 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE.