Título: Programa Convivencia
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1357-2004
Expediente
M.B.B.:
Fecha
de Sanción: 20 de abril de 2006.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Créase el Programa CONVIVENCIA destinado a la Transformación
de la Convivencia Comunitaria y el Fortalecimiento de la Salud Social en el
ámbito de la ciudad de Bahía Blanca.
Artículo 2º - El programa será
coordinado desde la Secretaría de Desarrollo Humano y Social, de la
Municipalidad de Bahía Blanca quien trabajará en forma conjunta con otras
dependencias municipales, la Comisión Municipal de Prevención de la Violencia
Familiar y el Maltrato Infantil, el Consejo Escolar y las ONGs, en orden a la filosofía y cronograma de actividades
establecido en los considerandos de presente norma, que se constituyen en parte
integrante de la misma.
Artículo 3º - La coordinación de la
tarea interinstitucional deberá estar direccionada a la movilización de los
recursos existentes en orden a la optimización de las acciones destinadas a
prevenir la violencia social.
Artículo 4º - Los recursos
destinados al sostenimiento del presente programa provendrán del Presupuesto
Municipal, como así también de los aportes que efectúen instituciones u
organizaciones interesadas en el sostenimiento del mismo.
Artículo 5º - Comuníquese al D.
Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS
MIL SEIS.