ORDENANZA Nº 5460

Título: Incorporación de un Artículo en el Código de la Edificación.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-384/89.

Expediente M.B.B.: 0/00-1056/89.

Fecha de Sanción: 20 de julio de 1989.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Incorpórase el Artículo 2.13.4.5. en el Código de la Edificación, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 2.13.4.5.:

Para viviendas uni o bifamiliares se autorizarán techos semicubiertos destinados a cochera adosados a ambientes que iluminan y ventilan a través de los mismos, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

a) que tenga dos (2) lados libres, no cumputándose las construcciones necesarias para la estabilidad estructural (pilares y/o Columnas).

b) Que la iluminación y ventilación del local afectado por la construcción cumpla con el área mínima de los vanos de iluminación y ventilación requeridos según el Código de la modificación en vigencia.

c) Que la verificación del Artículo 2.6.4.6. del Código de la Edificación sea cumplimentado según se indica en el croquis adjunto a fs. 10 (S menor o igual a 2/3 partes de h).

Artículo 3° - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.