ORDENANZA Nº 14715
Título: Sociedad de Fomento y Cultura Villa Libre:
condonación de deuda.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1396-2007
Expediente
M.B.B.:
Fecha
de Sanción: 17 de abril de
2008
Fecha
de Promulgación: 28 de abril de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 442/2008
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Hágase efectiva, en aplicación a lo dispuesto por la Ley 13.536, la condonación de
la deuda descripta devengada durante los períodos 1992, 1993, 1994, 1999, 2000,
2001 y 2002, por la partida inmobiliaria 33.856 propiedad de la Sociedad de Fomento y
Cultura de Villa Libre.
Artículo 2º - Condónase la deuda que por
Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública
y por Tasa de Salud registra con relación a los períodos 2003, 2004, 2005, 2006
y 2007 la partida inmobiliaria 33.856, propiedad de la Sociedad de Fomento y
Cultura de Villa Libre.
Artículo 3º - A partir del período fiscal 2008 hágase efectiva la
rebaja del 80% prevista por el artículo 83º, inciso b) de la ordenanza fiscal
vigente, con relación a la Tasa
por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública
que devenga la partida inmobiliaria 33.856, propiedad de la Sociedad de Fomento y
Cultura de Villa Libre.
Artículo 4º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE
ABRIL DE DOS MIL OCHO.