Título: Autorización de obra: construcción de
pavimento intertrabado en calle Espeche
al 1400
Expediente H.C.D.: 716-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-1947/2009
Fecha de Sanción: 20 de agosto de 2009
Fecha de Promulgación: 4 de septiembre de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
1184/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la obra de Construcción de
pavimento intertrabado, en calle ESPECHE (Altura 1400) entre JOSE INGENIEROS y LEONIDAS
LUCERO, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº
0/00-1947-2009.- (716-HCD-09).
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inciso 2) de
ARTICULO 3º: La obra autorizada por la presente,
se encuadra dentro de las prescriptas por
ARTICULO 4º: Declárase
la obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el
artículo 6º de
El precio de la obra queda establecido a razón
de NOVENTA PESOS ($90.-) el metro cuadrado de pavimento intertrabado.-
ARTICULO 5º: La obra se ejecutará de acuerdo a
los planos y especificaciones técnicas
del Departamento Vialidad de
Pavimento intertrabado:
con adoquines de hormigón de
Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces, para
futuras obras de Alumbrado Público y semaforización,
de P.V.C. DE 2 Ø
ARTICULO 6º: El plazo de ejecución de la obra
será de treinta (30) días, a contar desde la fecha de Replanteo, que se deberá
efectuar dentro de los diez (10) días de notificada
ARTICULO 7º: Las liquidaciones conforme a lo
establecido en los artículos 30º, 31º y
65º del Decreto Reglamentario 754/76, deberán presentarse en
ARTICULO 8º:
ARTICULO 9º: En caso que
ARTICULO 10º: El plazo de conservación de la
obra será de tres (3) años, a contar desde la fecha de Recepción Provisoria.
Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
ARTICULO 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo para
su cumplimiento.-
DADA EN