Título: Lavadero artesanal de automóviles: autorizando el uso en un inmueble
sito en Avda. Alem 1846.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-954-2005
Expediente M.B.B.: 0/00-8125-2004
Fecha de Sanción: 15 de septiembre de 2005.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación
Nª
Derogada por la
Ordenanza:
Modificada por la
Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese, con carácter de
excepción, el uso "lavadero artesanal de automóviles", en los
inmuebles designados catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Manzana 212 M, Parcelas 6 y
7, Partidas 53.956 y 53.982, sitos en Avenida Alem 1846, de esta ciudad, en un
todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nro.
0/00-8125/2004 (954-HCD-2005).
Artículo 2º - La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se considerará apta, mientras se cumplimente la legislación vigente.
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE
DOS MIL CINCO.