Título: Autorización de obra: Pavimento intertrabado
en calle General Alvear al 2300
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1919-2008
Expediente M.B.B.: 0/00-10393/2008
Fecha de Sanción: 30 de diciembre de 2008
Fecha de Promulgación: 15 de enero de 2009
Decreto de Promulgación Nª: 63/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE,
a realizar la obra de Construcción de pavimento intertrabado, en calle GENERAL ALVEAR entre DE ANGELIS Y
E. CONZALEZ (Altura 2300), en un
todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº
0/00-10393-2008.- (Expte.1919-HCD-2008)
Artículo 2º: Decláranse cumplidas las exigencias de
los artículos 193º inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas por
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad del pago de la obra a realizarse conforme lo establece el
artículo 6º de
Artículo 5º: La obra se ejecutará de
acuerdo a los planos y especificaciones
técnicas del Departamento Vialidad de
Pavimento intertrabado :
con adoquines
de hormigón de
Cruces de caños camisa : 2 (dos) cruces, para futuras obras de alumbrado público y semaforización de P.V.C. de 2 O
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la obra será de treinta (30) días, a contar desde la fecha de Replanteo, que se
deberá efectuar dentro de los 10 (diez) días de notificada
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a
lo establecido en los artículos 31º y 65º del Decreto Reglamentario 754/76,
deberán presentarse en
Artículo 8º:
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (3) años, a contar desde la fecha de Recepción Provisoria.
Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese
al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN