ORDENANZA Nº 8818
Título: Derogando el art. 2° de la ordenanza 4231 (donación tierras para el Jardín de Infantes 915).
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-182/84.
Expediente M.B.B.: 0/00-4897/83 y 5828-272439/94.
Fecha de Sanción: 8 de setiembre de 1995.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ArtÍculo 1° Déjese sin efecto el artÍculo 2° de la Ordenanza N° ##4231 de fecha 26 de Setiembre de 1985, referido al cargo impuesto a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, pOr la cesión de una fracción de terreno para la construcción del Jardin de Infantes n° 915, en cuanto al plazO determinado para la aceptación de la donación.
ArtÍculo 2° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.