Título: Autorización de obra: Extensión de red de gas
domiciliario en calle Witcomb al 4000
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1447-2008
Expediente
M.B.B.: 0/00-6762/2008
Fecha
de Sanción: 30 de octubre
de 2008
Fecha
de Promulgación: 18 de noviembre de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 1351/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase
la obra Extensión de la red de gas natural
domiciliario en calle Witcomb al 4000 entre
Tauro y Bonnat (vereda par), en un todo de acuerdo
al Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nº 03-003950-00-08.
Artículo 2º - Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inciso 2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el
artículo 1º se encuadra dentro de las
prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por
aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26 de
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago
de la obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del artículo 6º de
Artículo 5º - Déjase
establecido que el prorrateo de la obra se hará por servicio, es decir que el
valor total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los
inmuebles afectados (parcelas o subparcelas), según
el régimen de
Artículo 6º - En la presente obra no se
aplicarán las retenciones dispuestas en los artículos
19º, 20º y 21º de
Artículo 7º - Constitúyase el consorcio
para la ejecución de la mencionada obra
según la solicitud expresa de los beneficiarios obrante de fojas
Artículo 8º - El Consejo de
Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén Oscar Valerio,
Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra.
María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sr. Santiago Guerin, D.N.I. nº 29.360.420
vecino frentista.
VOCALES: Sr. Juan Carlos Lázzaro, Legajo Nº 2201, dependiente del Departamento
Electricidad y Mecánica y el Sr. Juan José Tozo, D.N.I. 28.501.751 vecino frentista.
Artículo 9º - Los ingresos deberán
efectuarse en
Artículo 10º - Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.
DADA EN