ORDENANZA Nº 5364
Título:
Otorgar anticipo salarial al personal municipal.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-288/89.
Expediente M.B.B.: 110-3109/89.
Fecha de Sanción: 24 de mayo 1989.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Concédese un anticipo salarial del treinta por ciento (30%) a cuenta de futuros aumentos salariales que se aplicará sobre la escala vigente en el mes de abril de 1989, al personal de la administración municipal, del Ente Descentralizado "Dr. Leónidas Lucero" y de la Obra Social del Personal Municipal.
Artículo 2º - Las remuneraciones que resulten de la aplicación de la presente ordenanza, será objeto de los aportes y contribuciones previstos por las leyes previsionales y asistenciales y de las retenciones por cuotas sindicales ordinarias.
Artículo 3º - El D. Ejecutivo deberá establecer los créditos y/o mecanismos suficientes que aseguren la financiación de gastos que se originen por la aplicación de la presente.
Artículo 4° - De Forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.