ORDENANZA N°: 19671
Título: Modificando el Artículo 1º de la Ordenanza 19.157 – Pavimentación de Varias Calles de la Ciudad de Bahía Blanca – Etapa I.1 – Año 2017 – 21 Cuadras.
Expediente del H.C.D.: 961-2017
Expediente el D. Ejecutivo: 417R-407-2017- Alcance 1
Fecha de sanción: 10-04-2019
Derogada por Ordenanza n°:
Modifica a la Ordenanza n°: 19.157
O R D E N A N Z A
VISTO
A los efectos de subsanar un error cometido en la Ordenanza Nº 19.157, mediante las cuales se declara de Utilidad Pública y Pago Obligatorio y se pone al cobro a los vecinos la obra PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ETAPA I.1 (2017) – 21c, y;
CONSIDERANDO
Que, atento lo informado por el Departamento Vialidad, se ha omitido incluir en las mismas las calles Tres Sargentos, entre Jorge Newbery y Salliqueló y Ramón y Cajal, entre Los Adobes y Jorge Newbery, por lo cual se solicita la modificaron de la respectiva Ordenanza.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modificar el Artículo 1º, de la Ordenanza Nº 19.157, que quedará redactado de la siguientes forma:
ARTICULO 1º: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio en la obra PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA – ETAPA I.1 (2017) – 21c, cuyos antecedentes constan en Expediente Nº 417R-407/2017, (961-HCD-2017) Alcance Nº 1, declárense cumplidas las exigencias del Artículo 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial y de los Artículos 29º, inciso 2, 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias, comprendiendo las calles:
JUAN CORTALEZZI, entre Sarratea y Bermúdez (6 cuadras – ancho de calzada 9,00m).
SALLIQUELO, entre Yrigoyen y Sarratea (14 cuadras – ancho de calzada 9,00m).
YRIGOYEN, entre Salliqueló y Newbery (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m).
TRES SARGENTOS entre Jorge Newbery y Salliqueló ( 1 cuadra – ancho de calzada 9,00m).
RAMON Y CAJAL entre Los Adobes y Jorge Newbery ( 2 cuadras – ancho de calzada 9,00m).
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.