ORDENANZA Nº10101
Título:
prohibiendo la utilización de colores en los carteles de publicidad de cigarrillos en la vía pública.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-81-1998.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 19 de junio de 1998.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Prohíbase en el partido de Bahía Blanca la utilización de colores en los carteles de publicidad de cigarrillos en la vía pública, autorizándose solamente los que se realicen en blanco y negro, y tonalidades grises, conforme los alcances que fije la reglamentación.
Artículo 2º - La prohibición indicada en el artículo anterior alcanza a la publicidad estática de cigarrillos, tabacos y todo símbolo y/o emblema que los represente y sin mencionarlos facilite su identificación.
Artículo 3º - Facúltese al D. Ejecutivo a fijar un plazo razonable para la adecuación de la publicidad existente, bajo apercibimiento de aplicar en caso de infracción las pautas que surgen del decreto 8751.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.