ORDENANZA Nº11987

Título: Reglamentando el régimen de promoción a las actividades comerciales, industriales y de servicios mediante descuentos y bonificaciones en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-599-2002

Expediente M.B.B.: 610-1118/2002

Fecha de Sanción: 12 de septiembre de 2002.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Los contribuyentes de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene cuya facturación anual por todo concepto no supere los Trescientos mil pesos ($ 300.000) gozarán durante el presente ejercicio fiscal de un descuento del 10% (diez por ciento) para el pago en término de obligaciones por la misma tasa, cuyo vencimiento opere a partir de la fecha de promulgación de la presente.

Artículo 2º - El descuento establecido en el artículo anterior será del 20% (veinte por ciento) cuando el contribuyente deba abonar el importe mínimo por aplicación del Artículo 12º inciso a) de la Ordenanza Impositiva vigente.

Artículo 3º - Será condición para acceder a los beneficios establecidos por los Artículos 1º y 2º de la presente que el contribuyente tenga regularizada su situación fiscal con la Municipalidad de Bahía Blanca.

Artículo 4º - Los beneficiarios del presente régimen que sean sometidos a fiscalización y de la misma surjan diferencias que correspondan a errores, omisiones o evasión, serán sancionados con la devolución de los beneficios otorgados, más sus recargos e intereses, sin perjuicio de la aplicación de sanciones que correspondan según la normativa aplicable en cada caso.

Artículo 5º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOS.