ORDENANZA Nº 6860
Título: Convenio con la Administración General de Obras Sanitarias de Bs. As. Para la instalación de la red de agua corriente al Jardín de Infantes del Barrio Nueva Belgrano.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-900/92.
Expediente M.B.B.: 2408-8397/92.
Fecha de Sanción: 7 de agosto de 1992.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese al D. Ejecutivo a suscribir un Convenio con la Administración General de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires, según texto obrante a fs. 2, 3 y plano de fs. 4 del expediente nº 2408-8397/92 [900-HCD-92], para la ejecución de la obra "Instalación de agua corriente al Jardín de Infantes del Barrio Nueva Be1grano".
Artículo 2 - Resérvese el saldo de $ 29.768,51 para la ejecución de la red de agua potable a la Escuela Nº 26 y zonas aledañas.
Artículo 3 - Créese la Cuenta Especial "Construcción de la Red de agua Potable" por la que se registrará el movimiento de fondos que se originen en el cumplimiento del Convenio.
Artículo 4 - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.
CONVENIO
En la ciudad de Bahía Blanca, a los días .del mes de julio de mil novecientos noventa y dos, entre la Municipalidad de Bahía Blanca representada por el Sr. Intendente Municipal Agrimensor Jaime Linares y la Administraci6n General de Obras Sanitarias, a su vez representada por el Sr. Sub Administrador General O.S.B.A., Contador Luis Pedro SANGUINETTI, se celebra el presente Convenio para la ejecución de la obra: Instalación de Agua Corriente al Jardín de Infantes del Barrio Nueva Be1grano, sujeto a las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: La Municipalidad destinará para este fin el importe del subsidio otorgado por el Ministerio de Acción Social de la Provincia y aportará los siguientes materiales:
Piezas Especiales de P.V.C. -clase 10 - junta elástica:
Piezas Especiales de Hierro Fundido Clase 5:
Además proporcionará una cuadrilla de operarios no especializados.
CLAUSULA SEGUNDA: La Administración de Obras Sanitarias contribuirá con los siguientes materiales:
Asimismo aportará los equipos necesarios para: la excavación y su personal de conducción, la mano de obra especializada para la instalación de, las cañerías y piezas especiales y la Dirección Técnica de los trabajos.
CLAUSULA TERCERA: La obra se ejecutará conforme a las normas técnicas de O.S.B.A. y según el plano de proyecto que integra el presente convenio.
CLAUSULA CUARTA: Se establece un plazo de 60 días para la ejecución de la obra, a partir de la disponibilidad de los materiales por parte de Obras Sanitarias.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.