ORDENANZA N º 4809

Título: Importes para el boleto de Transporte Público de Pasajeros

Tema:

Expediente H.C.D.: 420-1987

Expediente M.B.B:

Fecha de Sanción: 17 de Setiembre de 1987

Fecha de Promulgación: 26 de Agosto de 1987

Decreto de Promulgación N º: 160-SG

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza: N º 5779

Artículo 1º - Convalídase el artículo 3° del Decreto n° 861 dictado el día 25 de Agosto de 1987, por el cual el D. Ejecutivo fija importes para el boleto de Transporte Público de Pasajeros de la ciudad, en las prolongaciones dispuestas por la Ordenanza 4735, de acuerdo al siguiente detalle:

LINEA 510

Desde Villa Harding Green hasta Hospital Interzonal

Dr. José Penna.............................................................. australes 0.38

LINEA 517

Desde Terrada y 1° de Marzo pasando por Comandante

Espora hasta Villa Harding Green................................... australes 0.65

Artículo 2º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.