ORDENANZA N°: 18981

Título: Autorizando al D.Ejecutivo la realización de Servicios de Agrimensura y Formación De Consorcio para Regularización Dominial en Chacra 203 Manzana 16 del Barrio Stella Maris.

Expediente del H.C.D.: 484-2017

Expediente el D. Ejecutivo: 239-7431-2016

Fecha de sanción: 08-06-2017

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Autorizase la realización de Servicios de Agrimensura para la Regularización Dominial en la Manzana del Barrio Stella Maris, que se designa catastralmente de manera provisoria como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 203 16, Parcelas: 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11a, 11b, 11c, 17 y 18. Partidas de Oficio 554.241, 554.242, 554.243, 554.245, 554.246, 554.247, 554.709, 554.710, 554.248,554.249, 554.250, 554.251, 554.257 y 554.259. Corresponde a la Parcela denominada 4, de la Chacra 203, Circunscripción II, Sección B.


ARTICULO 2º: Declárense cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial, 3º Y 5º, de la Ordenanza18.060.


ARTICULO 3º: Declarase la obligatoriedad de pago del Servicio de Agrimensura para Regularización Dominial a realizarse conforme las disposiciones del Artículo 4º, de la Ordenanza 18.060.


ARTICULO 4º: Dejase establecido que el pago al que se refiere el artículo anterior, se realizará por vecino frentista, conforme a lo consensuado oportunamente al adherir a la Formación del Consorcio.


ARTICULO 5º: Constitúyase el Consorcio para la ejecución de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial, según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes a fs. 1 a 43, del expediente 239-7431-2016 (484-HCD-2017).


ARTICULO 6º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:


Presidente: Ing. Guillermo Manrique, Secretario de Infraestructura.

Tesorera: Cra. María Angélica Henales, Jefa de Oficina Administración de Consorcios.

Secretaria: Sra. Yanina Noemí Medina, DNI 33.327.339, vecina frentista.

Vocales: Agrim. Cristina Urquiola, Jefa Departamento Territorial y Sra. Ilia Jeres, DNI 92.979.707, vecina frentista.


ARTICULO 7º: El recuso para el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputará a la Partida: 21.2.06.00 R.A. (131) Recupero de Obras.


ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE.