VISTO
Las presentes actuaciones referidas al Convenio Específico de colaboración, celebrado en fecha 19 de mayo de 2017 entre el Municipio de Bahía Blanca y la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos XX de Setiembre, que obra a fojas 7 y 8 del expediente 115-3661-2017; y
CONSIDERANDO
Que dicho Convenio establece que pone a disposición de la Delegación Municipal la utilización de las instalaciones de la entidad para eventos y actividades recreativas, sociales y culturales en beneficio de toda la comunidad, por un plazo de vigencia de 3 años, a partir de la firma del mismo.
Por todo el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º – Convalídase el Convenio Específico de Colaboración celebrado entre el Municipio de Bahía Blanca y la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos XX de Setiembre, el que pone a disposición de la Delegación Municipal de General Cerri la utilización de las instalaciones de la entidad para eventos y actividades recreativas, sociales y culturales en beneficio de toda la comunidad, por un plazo de vigencia de 3 años a partir de la firma del mismo, de acuerdo a Convenio de fs. 7 y 8 del expediente 115-3661-2017 (90-HCD-2020).
Artículo 2º – El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la Partida Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 01.03.00, Gasto 3120, del Presupuesto de gastos.
Artículo 3º – Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA A LOS DIEICEISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTE.