ORDENANZA Nº 15574

Título: Autorización de obra: Construcción de pavimento intertrabado en calle Harrington al 2600

Expediente H.C.D.: 82-2010

Expediente M.B.B.: 0/00-11872/2008

Fecha de Sanción: 11 de marzo de 2010

Fecha de Promulgación: 23 de marzo de 2010

Decreto de Promulgación : 336/2010

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la obra de “Construcción de pavimento intertrabado, en calle HARRINGTON, entre FRAY M. ESQUIU y N. PIRES (altura 2600)”, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº 0/00-11872-2008.- (82-HCD-2010).

 

ARTICULO 2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2) de la Constitución Provincial, 29º inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Públicas Nro. 2082 y sus modificatorias.-

 

ARTICULO 3º: La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación del Artículo 9º inciso b) y la Sección I, Capítulo II, “Ejecución por contrato directo entre vecinos y empresa constructora”, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76 (y Decreto 814/07).-

 

ARTICULO 4º: Declárase la obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el Artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II, Artículo 29º, 36º al 39º inclusive, y concordantes del Decreto 754/76. A los efectos del prorrateo previsto en el citado Artículo de la antedicha Ordenanza, establézcase que el mismo será “por frente”, en el caso del pavimento intertrabado y “por servicio” para el caso de cruces de caño camisa para la iluminación y semaforización. Según lo acordado en el Contrato adjunto a fojas 7. El precio de la obra queda establecido a razón de NOVENTA PESOS ($90)  el m2 de pavimento intertrabado y UN MIL NOVENTA PESOS ($1.090), el cruce de caños camisa para iluminación y semaforización.-

 

ARTICULO 5º: La obra se ejecutará de acuerdo a los planos y especificaciones técnicas del Departamento Vialidad de la Municipalidad de Bahía Blanca y según el siguiente detalle:

Pavimento intertrabado: con adoquines de hormigón de 8 cm. de espesor, asentados sobre cama de arena de 4 cm., previo riego asfáltico de imprimación (E .B. L. 2= 1  lt / m2),  sobre base de tosca cemento de 0,15 m. de espesor con el 4%  de cemento en peso y subrasante existente recompactada.-

Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces, para futuras obras de alumbrado público y semaforización, de P. V. C. de 2 O 110 mm. y 3,2 mm. de espesor de pared con sello IRAM, cubierto con 10 cm. de hormigón, cámaras y tapas en los extremos, según  plano tipo B5.-

 

ARTICULO 6º: El plazo de ejecución de la obra será de treinta (30) días, a contar desde  la fecha de Replanteo, que se deberá efectuar dentro de los 10 (diez) días de notificada la Empresa de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 7º: Las liquidaciones conforme a lo establecido en los Artículos 31º y 65º  del Decreto Reglamentario 754/76, deberán presentarse en la Dirección General de Obras Municipales (Departamento Vialidad), en un plazo  no mayor de cinco (5) días a partir de la Recepción Provisoria de la obra.-

 

ARTICULO 8º: La Dirección General de Obras Municipales (Departamento Vialidad), deberá conformar las liquidaciones dentro de los diez (10) días hábiles de su presentación, las que resulten observadas tendrán un plazo similar a partir de su nueva presentación.-

 

ARTICULO 9º: En caso que la Empresa no cumpla con lo dispuesto en el Artículo 6º, se aplicará una multa del 1% del monto total de obra por semana de atraso.-

 

ARTICULO 10º: El plazo de conservación de la obra será de tres (3)  años, a contar desde la fecha de Recepción Provisoria  Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-

 

ARTICULO 11º: Comuníquese  al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIEZ.