ORDENANZA Nº 9003

Título: Creación del Instituto de Estudios Municipales, el que tendrá como objeto la temática Municipal y la capacitación del personal Municipal.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1443/95.

Expediente M.B.B.: 610-29/96.

Fecha de Sanción: 22 de diciembre de 1995.

Fecha de Promulgación: 8 de enero de 1996.

Decreto de Promulgación Nº 80/96.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Créese en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante el "Instituto de Estudios Municipales", el que tendrá por objeto el estudio de la temática Municipal y la capacitación del personal municipal.

Artículo 2º ­ Las autoridades del Honorable Concejo Deliberante fijarán los contenidos a desarrollar determinando si los mismos se cumplimentarán por seminarios, conferencias o cursos como también quienes procederán a su dictado.

Artículo 3º ­ Los Municipios de la región podrán resultar beneficiados con los programas a desarrollar, incentivándose el estudio de temas comunes y de interés regional.

Artículo 4º ­ Podrán participar del Instituto los concejales en ejercicio y quienes hayan cumplido sus mandatos, quienes podrán proponer temas a desarrollar y participar en sus seminarios y conferencias.Artículo 5º ­ El Instituto alentará la publicación de sus seminarios y conferencias como también la celebración de convenios de colaboración institucional con entidades similares y Universidades.

Artículo 6º ­ E1 Instituto funcionará en dependencias del Honorable Concejo Deliberante no generando gestos extraordinarios a los previstos en el correspondiente presupuesto. Invítese a formar parte del mismo al Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca.

Artículo 7º ­ E1 Instituto no dictaminará en asuntos en trámite por ante el Honorable Concejo Deliberante resultando su objeto el estudio y divulgación de la temática Municipal.

Artículo 8º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.