Título: Subsidio
para la compra de equipamiento Asociaciones de Bomberos Voluntarios de Bahía
Blanca
Expediente H.C.D.: 1379-2011
Fecha de Sanción: 8
de marzo de 2012
Fecha de Promulgación: 23 de marzo de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 502/2012
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo
1º: Fíjase
para el año 2012 el subsidio para la compra de equipamiento para la
intervención de siniestros, pago de guardias de cuarteleros y gastos generales
destinado a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios del Partido de Bahía
Blanca.
Artículo
2º: El valor del subsidio variará de acuerdo a los aumentos que registre
Artículo
3º: La presente Ordenanza tendrá una vigencia de 5 años desde el 1 de Enero de
2012 al 31 de Diciembre de 2016.
Artículo
4º: Los beneficios serán las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de Ingeniero White, General Daniel Cerri y
Cabildo.
Artículo
5º: El pago del monto según Acta Acuerdo entre las instituciones enunciadas en
el Artículo 4º, se efectivizará según acuerdo entre las Asociaciones y el
Departamento Ejecutivo, y será distribuido de la siguiente manera:
Artículo
6º: Las Asociaciones podrán realizar las adquisiciones de materiales y
equipamiento, de manera individual y en función de las necesidades de cada
cuerpo; los cuales deberán estar regularizados según las normas IRAM o similar
para otros países-.
Artículo
7º: Autorízase a las Asociaciones beneficiarias del
subsidio, a destinar hasta un 60% del monto percibido al pago de las guardias
de los cuarteleros y gastos generales y el 40% para equipamiento.
Artículo
8º: Las Asociaciones beneficiarias del subsidio, deberán realizar como mínimo
una vez al año, un Ejercicio de Escritorio y un Ejercicio de Campo en conjunto
con el objeto de coordinar acciones en común.
Artículo
9º: Deróguense las Ordenanzas Nº 14987 y 15867.
Artículo
10º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA
EN