ORDENANZA Nº 6636
Título:
Referida a las adquisiciones y contrataciones que realiza el D. Ejecutivo.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1284/91.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 19 de marzo de 1992.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Las comisiones que evalúen las contrataciones y/o adquisiciones que realice la Municipalidad de Bahía Blanca, excepto los que se efectúen en forma directa, se integrarán en cada caso con hasta tres concejales, que a tal efecto designará el cuerpo.
Artículo 2º - A los fines de la presente, el D. Ejecutivo informará con anticipación suficiente al H. Concejo Deliberante, el objeto, lugar, día y hora de apertura de ofertas, de cuyo acto tomarán parte los concejales designados.
Cuando la importancia de las adquisiciones y contrataciones así lo requieren, el D. Ejecutivo enviará al H. Concejo Deliberante, con una anticipación no menor de veinte (20) días previos al acto licitatorio, un ejemplar del pliego de bases y condiciones para que el Departamento Deliberativo, previo informe de la Comisión correspondiente, emita opinión al respecto.
Artículo 3º - Los concejales que integren las Comisiones de Adjudicaci6n participarán de todo el proceso licitatorio, con voz pero sin voto.
Artículo 4º - El D. Ejecutivo deberá informar en los términos del artículo 2º a las entidades que representen a los potenciales oferentes respecto de las contrataciones y/o adquisiciones que efectuará la Municipalidad.
Artículo 5º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.