ORDENANZA Nº 9079.
Título: Obra de iluminación en calles Caseros y Remedios de Escalada.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-222/95.
Expediente M.B.B.: 0/00-7285/94.
Fecha de Sanción: 1 de abril de 1996.
Fecha de Promulgación: 15 de abril de 1996.
Decreto de Promulgación Nº 286/96.
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Convalídese la cesión por parte de la Empresa C & M OBRAS Y SERVICIOS a la Empresa ELECTROMECANICA R.I., de la obra de alumbrado público en calles CASEROS entre Garibaldi y Remedios de Escalada y REMEDIOS DE ESCALADA entre Maipú y Rivadavia, autorizada por ordenanza nº ##8482, en los términos del convenio celebrado entre ambas, el día 4 de marzo en curso, que luce a fojas 69 del expediente 0/007285/94 (222HCD95).
Artículo 2º - La Empresa ELECTROMECANICA R.I. deberá ejecutar los trabajos en el término de sesenta (60) días corridos a contar de la fecha de iniciación de los trabajos, lo que se deberá efectuar dentro de los quince (15) días de notificada la presente ordenanza.
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A PRIMERO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.
Tsxto del convenio
CONVENIO DE CESION DE OBRA
Entre C & M Obras y servicios, representada en este acto por su titular, don ADRIAN ALBERTO MONTECCHIA, en adelante llamada EL CEDENTE, y Electromecánica RI, representada en este acto por su titular, don RUBEN INSUA en adelante EL CESIONAR1O, se ha dispuesto celebrar el presente convenio, el que se regirá de conformidad a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El objeto de este convenio es la cesión par parte del CEDENTE y en beneficio del CESIONARIO de la obra de alumbrado público según expediente Municipal Nº 0/00-7285-94 cita en el sector de la calle Caseros entre Garibaldi y Remedios de Escalada y Remedios de Escalada entre Maipú y Rivadavia de la ciudad de Bahía Blanca.
SEGUNDA: El plazo de ejecución de las obras, será el que estipule la Municipalidad del Partido de Bahía Blanca no pudiendo ser inferior a los CUARENTA Y CINCO (45) DIAS corridos a partir de la autorización de la misma por parte de dicho Municipio.
TERCERA: Las obligaciones a cargo del CESIONARIO serán:
CUARTA: Las obligaciones por parte del CEDENTE serán:
a) entregar la obra con los trabajos que a continuación se detallan concluidos en forma definitiva y aprobados por la Municipalidad de Bahía Blanca a saber:
* Totalidad de las bases para columnas y cámaras de inspección con su respectivo hormigonado.
* Zanjeo, tendido de cañerías de P.V.C de diámetro 63mm. de marca aprobada por el Municipio y tendido de alambre desnudo del tipo COOPERWELD de diámetro 4,11mm. en toda la extensión de la obra.
* Realización del contrapiso y reposición de la vereda en toda la extensión de la obra donde fuere necesario.
* Colocación de las tapas en todas las cámaras de registro.
* Limpieza total de cámaras de registro, bases y obra en general
QUINTA: Para el caso de divergencias en el cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y Competencia de Los Tribunales del Departamento Judicial de Bahía Blanca, constituyendo los siguientes domicilios: EL CEDENTE en Paraná 737 y EL CESIONARIO en P. Acosta 137, ambos de esta ciudad.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD se firman dos ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Bahía Blanca, a los 4 días del mes de marzo de 1994.