ORDENANZA Nº11195

Título: Creando el "Programa Piloto de Erradicación de Basurales Urbanos".

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-855-2000

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 19 de octubre de 2000.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Créese en el Partido de Bahía Blanca el "Programa piloto de erradicación de basurales urbanos".

Artículo 2º - El programa se iniciará instalando:

2.1. Un "contenedor de una vía" en un basural urbano existente a determinar, previa limpieza del lugar.

2.2. Un cartel indicando cómo proceder con los residuos tales como: electrodomésticos en desuso, colchones, muebles descartados, etc. que por su tamaño, no puedan ser descargados dentro del contenedor.

Artículo 3º - Para el diseño del "contenedor de una vía", se convocará a un concurso entre los estudiantes de la Universidad Tecnológica Nacional (Facultad Regional de Bahía Blanca) y de la Universidad Nacional del Sur.

El Departamento Ejecutivo reglamentará a través de la dependencia correspondiente, las bases y condiciones.

El jurado estará integrado por un miembro de la Secretaría de Obras y Servicios, uno de la Dirección de Medio Ambiente, el Jefe del Departamento Talleres de la Municipalidad de Bahía Blanca y un Concejal, integrante de la Comisión de Medio Ambiente del H. Concejo Deliberante, que ésta designe.

El concurso podrá declararse desierto, en cuyo caso el Departamento Ejecutivo determinará una vía alternativa para implementar el Programa.

Artículo 4º - El Departamento Ejecutivo dará amplia difusión al Programa, informando sobre los inconvenientes que acarrean los basurales urbanos y los costos adicionales que significan para el municipio. Asimismo producirá, conjuntamente con el Departamento Limpieza:

4.1. Un informe bimestral sobre los problemas y conductas observadas, modificaciones propuestas, etc.

4.2. Un informe final, al cabo de un (1) año de iniciado el Programa, con las conclusiones finales.

Estos informes serán enviados a la Secretaría de Obras y Servicios, la que recomendará al H. Concejo Deliberante sobre la continuidad, ampliación o abandono del Programa.

Artículo 5º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL.