ORDENANZA Nº123
Título:
Convalídense los Decretos que aprueban las cláusulas ampliatorias del Acta Acuerdo Transitorio para la Atención de Emergencias Creando convenio multilateral para emergencias médicas en la vía pública.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1289-1998
Expediente M.B.B.: 511-7713-1998
Fecha de Sanción: 24 de julio de 2003.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Convalídense los Decretos 292/2002, 611/2002 y 148/2003, dictados por el D.Ejecutivo el 24 de mayo de 2002, el 2 de octubre de 2002 y el 6 de marzo de 2003, ad-referéndum del H.Concejo Deliberante, los que aprueban respectivamente, las cláusulas ampliatorias números 1, 2 y 3 del Acta Acuerdo Transitorio para la Atención de Emergencias celebrada con las empresas SEM Salud S.A., ALERTA S.A. e ITALSUR, ratificada por ordenanza 11.713, tendiente a brindar un servicio permanente e ininterrumpido para la atención de accidentes en la vía pública, conforme los antecedentes que corren en el expediente 511-7713/98 (1289-HCD/1998).
Artículo 2º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL TRES.