ORDENANZA Nº 9610
Título: modificando el artículo 8° de la ordenanza 9509 (pavimentación en calles Juan Molina, Bravard, Río Atuel y Pacífico).
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-29/97.
Expediente M.B.B.: 410-9285/96 Alcance 1.
Fecha de Sanción: 25 de abril de 1997.
Fecha de Promulgación: 8 de mayo de 1997.
Decreto de Promulgación Nº 324/1997.
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° Modifíquese el artículo 8° de la ordenanza 9509, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 8° E1 plazo de ejecución de la obra será de doscientos diez (210) días corridos, a contar desde la fecha de Replanteo, el que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de emitida la respectiva ordenanza".
Articulo 2° Deróguese el artículo 9° de la ordenanza 9509.
Articulo 3° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.