ORDENANZA Nº 8131
Título: Dando en comodato inmuebles a la Sociedad de Fomento Barrio Ricchieri.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-379/93.
Expediente M.B.B.: 0/00-2872/93.
Fecha de Sanción: 29 de julio de 1994.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Dénse en comodato por el término de cinco (5) años, prorrogable a petición de parte, a la Sociedad de Fomento Barrio Ricchieri, los inmuebles designados catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Manzana 232 "g", Parcelas 27, 28 y 29, ubicadas en calles 9 de Julio y Güiraldes de esta ciudad, con destino a construcción de sede social y salón de usos múltiples, debiendo presentar los beneficiarios, dentro de los seis (6) meses de promulgada la presente Ordenanza, un plan de obras y tareas de parquización, para su consideración y aprobación por parte de la Municipalidad.
Artículo 2º En caso de desvirtuarse el destino establecido por la presente Ordenanza, la cesión acordada en el artículo 1º, quedará sin efecto.
Artículo 3º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.