ORDENANZA Nº 17359

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: Extensión de la red de desagües cloacales en calles del Barrio Villa Esperanza – Plan Nacional Mas Cerca

Expediente H.C.D.: 1273-2013

Expediente M.B.B.: 417-8970/2013

Fecha de Sanción: 5 de diciembre de 2013

Fecha de Promulgación: 27 de diciembre de 2013

Decreto de Promulgación : 2850/2013

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase, de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, la obra “EXTENSION DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO VILLA ESPERANZA – PLAN NACIONAL MÁS CERCA”, que tramitó por expediente 417R Nº 827 Año 2013, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Nº 754/76, y 59º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:

 

 

ARTICULO 2º: Establézcase, para la presente obra, la modalidad de Licitación Pública, con Fondos Nacionales, conforme al Convenio Único de Colaboración y Transferencia entre la Municipalidad y el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA) “Plan Nacional Más Cerca, Mejor País, Más Patria”, área “Mejor Calidad de Vida, Más Salud”, mediante el sistema de “Ajuste Alzado”.

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y  determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE.