Título: Excepción emplazamiento de ochava: inmueble calle
Perú 555.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-836-2006
Expediente
M.B.B.: P 51 2005
Fecha
de Sanción: 8 de junio de
2006.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo
1º - Autorízase, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la
ochava correspondiente al inmueble designado catastralmente como
Circunscripción I, Sección B, Manzana 35 d, Parcela 1 a, UF 1, Partida 122228, sito en calle Perú
555, propiedad de la Señora ISABEL PAOLI DE MECCICO, hasta tanto se realicen
modificaciones en el sector de ochava, finalice la vida útil del edificio o
razones de interés público exijan su adecuación a los límites que prevén las
normas vigentes, conforme los antecedentes obrantes en expediente Nro.
51-P-2005 (836-HCD-2006).
Artículo 2º - Una vez sancionada la presente, el propietario deberá realizar la correspondiente Cesión Gratuita de Mejoras, en razón de encontrarse el bien afectando la zona de retiro obligatoria por ensanche de calle Perú.
Artículo
3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS
OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL SEIS.