Título: Extensión de red de gas natural: calle Berge Vila al 2700.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1133-2007
Expediente
M.B.B.: 0/00-2343/2007
Fecha
de Sanción: 11 de octubre
de 2007.
Fecha
de Promulgación: 30 de octubre de 2007.
Decreto
de Promulgación Nª: 1154/2007.
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase la obra Extensión de la red de gas natural domiciliario en calle Berge
Vila al 2700 entre Fortineros y Hernández (vereda
par), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi
Gas Pampeana Nº BBL-3188/06.
Artículo 2º - Declárense cumplidas las exigencias de los artículos
193º, inc. 2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el artículo 1º se encuadra
dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por
aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse
queda sujeta a las disposiciones del artículo 6º de
Artículo 5º - Déjase establecido que el
prorrateo de la obra se hará por
servicio. Es decir que el valor
total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los inmuebles
afectados (parcelas o subparcelas), según el régimen
de
Se determinarán de
ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos.
Artículo 6º - En la presente obra no se aplicarán las retenciones
dispuestas en los artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 7º - Constitúyase el consorcio para la ejecución de la
mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios obrante de
fojas
Artículo 8º - El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes
personas:
Presidente: Ing. Rubén Valero, Secretario de Obras y Servicios
Públicos.
Tesorera: Cra. María Angélica Henales,
Jefa Oficina Administración de Consorcios.
Secretaria: Sra. Mariela Murari, D.N.I. nº 24.829.981, vecina frentista.
Vocales: Señor Juan Carlos Lázzaro,
Legajo nº 2201, dependiente del Departamento Electricidad y Mecánica, y el Sr.
Luciano Benedini, DNI. 26.704.469, vecino frentista.
Artículo 9º - Los ingresos deberán efectuarse en
Artículo 10º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.
DADA EN