ORDENANZA Nº 15674
Título: Unico sentido de
circulación: arterias paralelas a la Avenida
Colón entre Jujuy y Chaco
Expediente H.C.D.: 804-2009
Fecha de Sanción: 20 de mayo de 2010
Fecha de Promulgación: 17 de junio de 2010
Decreto de Promulgación Nª:
775/2010
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Establézcase único sentido de
circulación a las siguientes arterias que se detallan a continuación:
- Blandengues,
entre Jujuy y Chaco, sentido NE-SO.
- Patricios,
entre Chaco y Jujuy, sentido SO-NE.
- Holdich, entre Jujuy y
Pampa Central, sentido NE-SO.
- Juan
Molina, entre Chaco y Jujuy, sentido SO-NE.
- Bravard, entre Jujuy y
Chaco, sentido NE-SO.
- Chancay, entre Chaco y
Jujuy, sentido SO-NE.
- Mendoza,
entre Pampa Central y Jujuy, sentido SO-NE.
- Entre
Ríos, entre Jujuy y Chaco, sentido NE-SO.
- Paraná,
entre Chaco y Jujuy, sentido SO-NE.
- Brasil,
entre Jujuy y Pampa Central, sentido NE-SO.
- Martín
Rodríguez, entre Pampa Central y Líbano, sentido SO-NE.
ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN LA SALA
DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA
BLANCA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.