ORDENANZA Nº 16505

Título: Modificación de la Ordenanza 16.465: eximición de pago de Tasas Municipales para personas con bajos recursos

Expediente H.C.D.: 193-2012

Fecha de Sanción: 8 de marzo de 2012

Fecha de Promulgación: 30 de marzo de 2012

Decreto de Promulgación : 547/2012

Derogada por la Ordenanza: 19.985

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Modifícase el Artículo 1º, inciso c) y el Artículo 3º, de la Ordenanza Nº 16.465, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

 

c) No contar el titular con ingresos superiores al salario mínimo del agrupamiento obrero de la Administración Municipal, excepto en el caso en el cual el/o los titulares sean jubilados y/o pensionados. En este último caso, los haberes por jubilación y/o pensión o suma de estos, no podrá superar los Cuatro Mil Pesos ($4.000.-).-

 

ARTICULO 3º: A los efectos de lo establecido en el Artículo 1º, los interesados deberán confeccionar una declaración jurada. La eximición que se otorgue tendrá vigencia solamente para el año de solicitud, excepto en el caso de jubilados y/o pensionados cuya vigencia quedará permanente hasta que se comunique una modificación de su situación como beneficiario de jubilación y/o pensión.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DOCE.