ORDENANZA N º 4807
Título:
Dónase una ambulancia a la Sociedad de Fomento de Villa Harding Green.Tema:
Expediente H.C.D.: 412-1987
Expediente M.B.B: 119-5837-1987
Fecha de Sanción: 17 de Setiembre de 1987
Fecha de Promulgación: 28 de Setiembre de 1987
Decreto de Promulgación Nº: 185-SG
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
Artículo 1º - Dónase, a la Sociedad de Fomento de Villa Harding Green, una Ambulancia de propiedad municipal en el estado en que se encuentra, identificada como Interno n° 51, marca Chevrolet, modelo 1969, motor n° A-23-51658, chasis P-248212, dominio b-380.478, para cumplir servicios de emergencia sanitarias en la citada Entidad.
Artículo 2º - La entidad beneficiaria deberá construir, sobre la unidad de referencia, un seguro que cubra como mínimo la responsabilidad civil y proceder a realizar la respectiva transferencia de dominio.
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.