ORDENANZA Nº12202

Título: Modificando el Código de la Edificación y derogando la ordenanza nº 12.117.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-973-2000

Expediente M.B.B.: 227-2158-2000

Fecha de Sanción: 16 de abril de 2003.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Modifíquese el Factor de Ocupación establecido en el inciso a) -Cuadro de Uso- del artículo 2.7.2.1. del Código de la Edificación en vigencia, de acuerdo al siguiente detalle:

U S O

m2/persona

personas/m2

 

 

 

  1. Sitios de asambleas, auditorios, salas de concierto con asientos fijos

persona por asiento

  • Edificios educacionales, templos
  • 2

    0,5

    1. Lugares de trabajo, locales, patios y terrazas destinadas a comercio, mercados, ferias, exposiciones

    2

    0,5

    1. Salones de billares, canchas de bolos y bochas, gimnasios

    5

    0,2

    1. Edificios de escritorios u oficinas, bancos, bibliotecas, clínicas, asilos, internados

    8

    0,125

    1. Viviendas privadas, residencias, hoteles

    12

    0,083

    1. Edificios industriales; el número de ocupantes se establecerá por declaración jurada del Propietario, en su defecto será

    16

    0,062

    1. Servicios: bar, café, restaurant, confitería

    3

    0,33

  • Esparcimiento:
  •  

     

    • Discotecas, salones de baile, bares nocturnos

    0,5

    2

    • Salas de fiesta con servicio de lunch

    1

    1

    • Café concert, cabarets, salas de juego, bingos, etc.

    1

    1

    j) Recintos deportivos

     

    • Graderías sin asientos

    2 personas/ ml

    El número de ocupantes en edificios sin un uso definido por el Propietario o con un uso no incluido en el cuadro, lo determinará la Municipalidad por analogía.

    Artículo 2º - Deróguese la ordenanza 12.117.

    Artículo 3º - De forma.

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL TRES.