ORDENANZA N°: 19628

Título: Disponiendo el Reconocimiento de Daños Materiales Ocasionados al Vehículo Propiedad del Señor Matías Gaston Insua.

Expediente del H.C.D.: 1148-2018

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-4091-2018

Fecha de sanción: 21-03-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A

VISTO


El Proyecto de Ordenanza, referido al reconocimiento de daños ocasionados en su vehículo Marca Pick-Up VW- Saveiro, Domino MJL 068, propiedad del Sr. Matías Gastón INSUA, DNI 31.096.700, paragolpes plástico y accesorios del mismo delantero y trasero, a raíz de un bache, y;


CONSIDERANDO


Que, del presente expediente, surge la responsabilidad de la Municipalidad de Bahía Blanca por el daño causado a su vehículo Marca Pick- Up VW- Saveiro, Dominio MJL 068, propiedad del Sr. Matías Gastón INSUA, DNI 31.096.700, paragolpes plástico y accesorios del mismo delantero y trasero, a raíz del deterioro de la calle Victorica al doblar en calle Rosales, pudiéndose reconocer el accidente en el marco de las Ordenanzas Nº 7701 y 12.714.


Por ello y, atento que el damnificado ha desistido expresamente al inicio de acciones judiciales que pudieran corresponderle, condicionado a la reparación de los daños, reconociéndose la suma de Ocho Mil Pesos ($ 8.000.-), en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Dispóngase el reconocimiento de los daños materiales el día 10 de Mayo de 2018, ocasionados en su vehículo marca Pick – Up VW- Saveiro, Dominio MJL 068, propiedad del Sr. Matías Gastón INSUA, D.N.I. 31.096.700, paragolpes plástico y accesorios del mismo delantero y trasero, a raíz del deterioro de la calle Victorica al doblar en calle Rosales; abonándose en tal concepto la suma de Ocho Mil Pesos ($ 8.000.-) en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0/00-4091-2018 (1148-HCD-2018).


ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la Partida: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110106000, Cat. Prog.01.06.00, Gasto: 3840.


ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE.