Título:
Desarrollo del uso: Lavadero de autos en el inmueble sito en Avenente 3883
Expediente H.C.D.: 198-2012
Expediente M.B.B.: 0/00-7349/2012
Fecha de Sanción:
19 de abril de 2012
Fecha de Promulgación: 7 de mayo de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 721/2012
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase, con carácter de excepción, por el
término de cuatro (4) años a
ARTICULO
2º: La factibilidad otorgada precedentemente estará sujeta al cumplimiento de
las siguientes condiciones:
1) Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada,
so pena de clausura inmediata.
2) No ampliar la actividad, ni la superficie destinada a
la misma por sobre lo estipulado.
3) Cumplir
4) Cumplir las Ordenanzas relacionadas a condicionantes
ambientales, olores, contaminantes atmosféricos, ruidos, vibraciones, etc.
5) La factibilidad se extenderá por un plazo de 4 años.
ARTICULO
3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA
EN