ORDENANZA N°: 19175
Título: Eximiendo del Pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a la Señora Rosa Mónica Boccia.
Expediente del H.C.D.: 1028-2017
Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-7024-2017
Fecha de sanción: 30-11-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
La eximición en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, encuadrada en la Ley Provincial Nº 13.136, de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias, y;
CONSIDERANDO
Que, visto la documentación aportada por el Contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación, se desprende que la actividad llevada a cabo por el mismo, se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136, de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca, a través de la Ordenanza Nº 12.925.
Que, el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las Tasas y Derechos Municipales que a continuación se detallan según corresponda:
Tasa por Habilitación.
Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
Tasa por Inspección Veterinaria.
Derechos de Construcción.
Derechos de Oficina, solamente en lo referente a las actuaciones.
Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios. (Agregados por Ordenanza 17.233).
Que, el recurrente se encuentra en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene bajo el Número de Contribuyente 76.688.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Exímase a la Señora Boccia Rosa Mónica, DNI 12.605.840, Contribuyente Nº 76.688, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, desde el día 23 de Julio de 2015 hasta el día 23 de Julio de 2016, en un todo de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Nº 12.925.
ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.