ORDENANZA N°: 18986
Título: Autorizando Realización Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial en Manzana 8 del Barrio Stella Maris.
Expediente del H.C.D.: 482-2017
Expediente el D. Ejecutivo: 239-5409-2016
Fecha de sanción: 08-06-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase, la realización de Servicios de Agrimensura para la Regularización Dominial en la Manzana del Barrio Stella Maris, que se designa catastralmente de manera provisoria como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 203 8, Parcelas: 1a, 1b, 1c, 1d, 2a, 2b, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15. Partidas de Oficio 506.790, 506.791, 506.792, 506.793, 506.116, 554.708, 506.117, 506.118, 506.120,506.121, 506.122,506.123, 506.124, 506.125, 506.126, 506.127, 506.128 y 506.129. Corresponde a la Parcela Dominial 6, de la Chacra 203, Circunscripción II, Sección B.
ARTICULO 2º: Declárense cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial; 3º y 5º, de la Ordenanza 18.060.
ARTICULO 3º: Declarase la obligatoriedad de pago del Servicio de Agrimensura para Regularización Dominial a realizarse conforme las disposiciones del Artículo 4º, de la ordenanza 18.060.
ARTICULO 4º: Dejase establecido que el pago al que se refiere el artículo anterior, se realizará por vecino frentista, conforme a lo consensuado oportunamente al adherir a la Formación del Consorcio.
ARTICULO 5º: Constitúyase el Consorcio para la ejecución de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial, según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes a fs. 1 a 58, del expediente 239-5409-2016 (482-HCD-2017).
ARTICULO 6º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
Presidente: Ing. Guillermo Manrique, Secretario de Infraestructura.
Tesorera: Cra. María Angélica Henales, Jefa de oficina Administración de Consorcios.
Secretario: Sra. Sara Olimpia Sanhueza, DNI 13.461.288, vecina frentista.
Vocales: Agrim. Cristina Urquiola, Jefa Departamento Territorial y Sra. M. Soledad Parada, DNI 92.818.433, vecina frentista.
ARTICULO 7º: El recurso para el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputará a la Partida: 21.2.06.00 R.A. (131) Recupero de Obras.
ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE.