VISTO
Las presentes actuaciones, la presentación realizada por la Sociedad de Fomento del Barrio Cenci, acompañada con las firmas de los vecinos del sector; lo informado a fs. 30, por el Departamento de Catastro; lo informado en el plenario de comisiones (1079-2018) y, considerando válido lo presentado en el expediente 919-HCD-2019 como “derecho a oponerse” (Artículo 6°, Ordenanza 15.407), el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Impóngase el nombre de Barrio Cenci, a la jurisdicción comprendida entre las calles Alem, Latanzio, La Falda, Rigamonti, Guido Spano y José Hernández.
ARTICULO 2°: Impóngase el nombre de Barrio Los Olivos a la jurisdicción comprendida entre Mariano Reynal, Latanzio, La Falda, Rigamonti, Guido Spano y Las Quintas.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VIENTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.