Título: Autorización de obra: extensión de red de gas
natural domiciliario en Pronsato al 1200
Expediente H.C.D.: 851-2010
Expediente M.B.B.: 0/00-7023/2009
Fecha de Sanción: 5 de agosto de 2010
Fecha de Promulgación: 17 de agosto de 2010
Decreto de Promulgación Nª:
1070/2010
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
la obra Extensión de red de gas natural domiciliario en calle Pronsato al 1200, entre Hugony y
Guido Spano (vereda impar), en un todo de acuerdo al
Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nº 03-004392-00-09,
obrante en expediente Nro. 0/00-7023-2009.- (851-HCD-2010).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de
Artículo 3º: La obra autorizada en el Artículo
1º, se encuadra dentro de las prescriptas en
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse conforme a las disposiciones
del Artículo 6º, de
Se determinarán de ser necesario, cuotas
adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos
inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano
de obra llegan a superar los montos previstos.-
Artículo 5º: En la presente obra no se aplicarán
las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 6º: Constitúyase el consorcio para la
ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios
obrantes de fojas
Artículo 7º: El Consejo Administrativo estará
integrado por las siguientes personas:
PRSIDENTE: Ing. Rubén O. Valerio, Secretario de
Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra. María
Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sr, Mario
Antonio Peter, DNI Nº 7.664.531, vecino frentista.
VOCALES: Sr. Juan Carlos Lázzaro,
Legajo 2201, Jefe Departamento Electricidad y Mecánica, y el Sr. Schmir, Gabriel, DNI Nº 22.845.253, vecino frentista.
Artículo 8º: Los ingresos deberán efectuarse en
Artículo 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN