Título: Excepción al Código de Planeamiento Urbano: firma Roux-Ocefa, restricción al máximo desarrollo sobre línea municipal.
Expediente H.C.D.: 1191/2014
Expediente M.B.B.: 0/00-5424/2013
Fecha de Sanción: 13 de noviembre de 2014
Fecha de Promulgación: 2 de diciembre de 2014
Decreto de Promulgación Nª: 3533/2014
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, a la firma Roux Ocefa S.A., la excepción a la restricción al Máximo Desarrollo sobre Línea Municipal para el uso “Depósito de Productos Medicinales”, correspondiente al inmueble sito en calle Gral. Alvear 2544, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 88e, Parcela 3a, perteneciente a la R2, del Código de Planeamiento Urbano.
ARTICULO 2º: Se deja aclarado que la excepción autorizada en el Artículo 1º, está condicionada a:
1) No ampliar la superficie o incremento de actividades por sobre la solicitada actualmente.
2) Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.
3) Realizar todas las operaciones de carga y descarga dentro de los límites del predio.
4) Cumplimiento de las ordenanzas de: emisión de ruidos, emisión de olores, humo y contaminantes atmosféricos.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.