ORDENANZA Nº 15265

Título: Autorización de uso: Salón de Fiestas en Moreno 855.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1270-2008

Expediente M.B.B.: 0/00-6124/2008

Fecha de Sanción: 28 de mayo de 2009

Fecha de Promulgación: 11 de junio de 2009

Decreto de Promulgación : 804/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Autorízase, con carácter de excepción, el uso “salón de fiestas”, en el inmueble sito en calle Moreno 855 entre Almafuerte y Sixto Laspiur, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 306, Parcela 17, propiedad de la Asociación Mutual del Personal de Petrobrás, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nro. /00-6124-2008.- (1270-HCD-08).

 

Artículo 2º: La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se otorga condicionado al cumplimiento de lo dispuesto por la legislación vigente (Ordenanza 10480); a la no ampliación de superficie o incremento de la actividad por sobre la solicitada actualmente, y de cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.-

 

Artículo 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL NUEVE.