Título:
Autorización de uso: Velódromo en un inmueble perteneciente a Zona
Residencial de Transición (R2)
Expediente H.C.D.: 1091-2013
Expediente M.B.B.: 0/00-3590/2013
Fecha de Sanción:
10 de octubre de 2013
Fecha de Promulgación: 30 de octubre de 2013
Decreto de Promulgación Nª: 2251/2013
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase, con carácter de excepción, el
uso Velódromo, en los inmuebles
designados catastralmente: Circunscripción II, Sección A, Manzana 95, Fracción
II, Parcelas 20, 21, 22, 23 y 24 perteneciente a zona Residencial de Transición
(R2), en función de lo normado por el Artículo 5.1.11, Usos y Ocupaciones
Existentes del Código de Planeamiento Urbano, según los antecedentes en los
Expedientes 821-C-1965 y 281-C-1973.-
ARTICULO
2º: Autorízase, con carácter de excepción, el uso
Canchas de Fútbol 5/7 Descubiertas, en los inmuebles designados
catastralmente: Circunscripción II, Sección A, Manzana 95, Fracción II,
Parcelas 20, 21, 22, 23 y 24 perteneciente a zona Residencial de Transición
(R2), en función de lo dictaminado en los expediente 0/00-5606-2011 y
0/00-3590-2013, por el Departamento Planeamiento Urbano, el Departamento
Saneamiento Ambiental y los Colegios Profesionales presentes en Acta 484.-
ARTICULO
3º: La excepción autorizada en los Artículos 1º y 2º, está condicionada a:
ARTICULO
4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN