Título: Convenio con la Asociación Argentina de Prevención
y Educación del Cáncer.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-900-2005
Expediente
M.B.B.: 618-9205/2004
Fecha
de Sanción: 19 de abril de
2007.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo
1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un
Convenio con la Asociación Argentina de Prevención y Educación del Cáncer
AAPEC y el Registro de Tumores del Sur,
con el fin de obtener los datos del relevamiento de los registros de cáncer en
el Partido de Bahía Blanca, cuyo texto obra a fs. 75/76 y en un todo de acuerdo
con los antecedentes obrantes en el expediente nº 618-9205/2004 (900-HCD-2005).
Artículo
2º - El precio pactado para la ejecución del convenio, que
asciende a la suma de ocho mil pesos ($ 8.000), pagaderos en diez (10) cuotas,
mensuales, de pesos ochocientos ($ 800), será abonado a la Asociación Argentina
de Prevención y Educación del Cáncer, previa presentación de la documentación
pertinente y comenzando con la primera cuota a la firma de citado convenio.
Artículo
3º - El gasto que demande lo dispuesto en el artículo
precedente, deberá imputarse a la partida Carácter 1, Secc. 1, Sect. 1, Inc.2,
P.Pal. 12, P.parc.01, U.D. 3.6.1.6., del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo
4º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL SIETE.