ORDENANZA Nº 8801

Título: Modificando el art. 1º de la nº 8659 (declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación a dos inmuebles).

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-460/95.

Expediente M.B.B.: 111-4110/81 c/000-3727/94.

Fecha de Sanción: 01 de setiembre de 1995.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza: 9678.

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Modifíquese el articulo 1º de la ordenanza nº ## 8659, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 1º ­ Declárense de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles designados catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Manzana 228 'a', Parcela 1, Partida nº 115.346 y Circunscripción II, Sección C, Manzana 228 'a', Parcela 2, Partida nº 115.347, por un monto de ocho mil doscientos ($ 8.200,­) y ocho mil cuatrocientos pesos ($ 8.400,­), respectivamente"

Artículo 2º­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A PRIMERO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.