Título: Autorización de obra: Construcción de pavimento intertrabado en calle Suiza al 800
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1274-2008
Expediente
M.B.B.: 0/00-8083/2008
Fecha
de Sanción: 9 de octubre
de 2008
Fecha
de Promulgación: 20 de octubre de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 1219/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a
realizar la obra de Construcción de pavimento intertrabado
en calle SUIZA (altura 800) entre Almafuerte y Gallego
Mora, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº 0/00-8083/2008 (1274-HCD/2008).
Artículo 2º - Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de
Artículo 3º - La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas por
Artículo 4º - Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse conforme a las disposiciones
del artículo 6º de
El precio de la obra queda establecido a
razón de: $ 80 el m2 de pavimento intertrabado.
Artículo 5º - Las obras se ejecutarán de
acuerdo a los planos y especificaciones del Departamento Vialidad de
Pavimento intertrabado:
con adoquines de hormigón de
Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces,
para futuras obras de alumbrado público y semaforización
de P.V.C. de 2 Ø
Todo conforme a planos y Especificaciones
Técnicas Municipales.
Artículo 6º - El plazo de ejecución de la
obra será de treinta (30) días corridos, a contar desde la fecha de Replanteo,
que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de notificada la empresa de
la presente ordenanza.
Artículo 7º - Las liquidaciones conforme
a lo establecido por los Artículos 31º y 65º del Decreto Reglamentario 754/76,
deberán presentarse en
Artículo 8º -
Artículo 9º - En caso que
Artículo 10º - El plazo de conservación
de la obra será de tres (3) años a contar desde la fecha de Recepción
Provisoria. Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.
Artículo 11º - Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.
DADA EN