ORDENANZA Nº 6937

Título: Estableciendo circulación de vehículos de carga.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-773/92.

Expediente M.B.B.: 224-5582/92.

Fecha de Sanción: 11 de setiembre de 1992.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º Establézcase, con carácter obligatorio para todo vehículo de carga que ingrese o egrese de las instalaciones de la Empresa Oleaginosa Moreno, el siguiente itinerario:

a) Desde el Camino de Acceso a Puertos por Fitz Roy hasta Avenida General Arias, por ésta hasta la Playa de Camiones, de ésta y por Avenida General Arias hasta Fitz Roy, Granada, Fitz Roy, Teniente Farías, Donado y Falcón.

b) Desde la Oleaginosa Moreno, por Teniente Farías, Donado, Paunero y Fitz Roy hasta Camino de Acceso a Puertos.

Artículo 2º - En caso de tornarse conflictiva la circulación en las calles del recorrido propuesto, y/o las intersecciones aledañas, por la derivación del tráfico de carga, se adoptarán los dispositivos de seguridad que sean necesarios, los cuales serán con cargo a la empresa generadora del conflicto, quedando el D. Ejecutivo facultado para convenir con Oleaginosa Moreno S.A. el mantenimiento, conservación, pavimentación y otro tipo de mejoras, sin costo comunal, del itinerario establecido.

Artículo 3º - Der6guese la ordenanza nº ##6871.

Artículo 4º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.