Título: Autorización de instalación de un local para
fraccionamiento de carnes en el inmueble de Caseros 2267
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1192-2008
Expediente
M.B.B.: 0/00-3960/2008
Fecha
de Sanción: 13 de
noviembre de 2008
Fecha
de Promulgación: 26 de noviembre de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 1395/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase,
con carácter de excepción la instalación de un local para fraccionamiento de
carnes en el inmueble sito en calle Caseros Nº 2267 entre Necochea
y Punta Alta, perteneciente a la zona Residencial Densidad Media (R1).
Artículo 2º - La excepción referida en el
artículo 1º, se otorga por el término de 4 años, lapso de tiempo equivalente a
dos períodos de renovación del Certificado de Aptitud Ambiental, condicionada a
la resolución de los impactos negativos causados por los ruidos, sobre las
solicitadas actualmente, y de cesar toda la actividad ante cualquier denuncia
fundada, so pesa de clausura automática.
Artículo 3º - Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.
DADA EN