ORDENANZA N º 4811
Título:
Autorízase al D. Ejecutivo para que proceda al llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra "PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE BAHIA BLANCA"Tema:
Expediente H.C.D.: 340-1987
Expediente M.B.B: 417-5207-1987
Fecha de Sanción: 24 de Setiembre de 1987
Fecha de Promulgación: 30 de Setiembre de 1987
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza: N º 5150
Modificada por la Ordenanza: N º 5636; 4876; 5559; 5277, 5635.
Artículo 1º - Autorízase al D. Ejecutivo para que proceda al llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra "PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE BAHIA BLANCA", cuyo detalle se identifica a continuación:
GONZALEZ, entre Zapiola y Agustín Alvarez.......................... 5 cuadras (ancho 9 mts.)
ESTRADA, entre Zapiola y Agustín Alvarez............................. 5 cuadras (ancho 9 mts.)
MALLEA, entre Zapiola y Avda. Alem...................................... 7 cuadras (ancho 9 mts.)
REPUBLICA SIRIA, entre González y De Angelis..................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
REPUBLICA SIRIA, entre Camino de Cintura y Mallea........... 2 cuadras (ancho 9 mts.)
AGUSTIN ALVARES, entre Camino de Cintura y De Angelis 5 cuadras (ancho 9 mts.)
BAÑUELOS, entre Mallea y De Angelis................................... 3 cuadras (ancho 9 mts.)
PANAMA, entre De Angelis y Camino de Cintura.................... 4 cuadras (ancho 9 mts.)
CARRIEGO, entre Mallea y De angelis..................................... 3 cuadras (ancho 9 mts.)
ROSARIO, entre 1° de Mayo y Florida...................................... 1 cuadra (ancho 11 mts.)
ROSARIO, entre Camino de Cintura y De Angelis.................... 4 cuadras (ancho 9 mts.)
ROSARIO, entre Alberdi y Cuyo.............................................. 2 cuadras (ancho 11 mts.)
ZAPIOLA, entre Camino de Cintura y González....................... 2 cuadras (ancho 9 mts.)
ZAPIOLA, entre 1° de Mayo y Cuyo.......................................... 3 cuadras (ancho 9 mts.)
ESPECHE, entre A. Alvarez y Avda. Alem................................ 2 cuadras (ancho 9 mts.)
AVDA. 1° de Mayo, entre Estomba y Avda. Alem.................. 12 cuadras (ancho 7 mts.)
AVDA. BUENOS AIRES, entre Estomba y Vieytes.................. 2 cuadras (ancho 7 mts.)
9 DE JULIO, entre Francia y Avda. La Plata............................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
BELGICA, entre Maldonado e Inglaterra..................................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
Dr. SERRANO, entre Terrada y 9 de Julio................................. 2 cuadras (ancho 9 mts.)
TUCUMAN, entre Maldonado y Dr.Serrano............................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
MALDONADO, entre Terrada y 9 de Julio................................ 2 cuadras (ancho 9 mts.)
VIAMONTE, entre M. Molina y Maldonado............................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
ARTIGAS, entre Patricios y b. Roldán....................................... 2 cuadras (ancho 9 mts.)
LIBANO, entre Rondeau y Holdich............................................ 5 cuadras (ancho 9 mts.)
MORENO, entre Artigas y Líbano............................................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
GORRITI, entre Artigas y Líbano................................................ 1 cuadra (ancho 9 mts.)
ROCA, entre Artigas y Líbano..................................................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
BLANDENGUES, entre Artigas y Líbano................................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
PATRICIOS, entre Artigas y Líbano............................................ 1 cuadra (ancho 9 mts.)
HOLDICH, entre Artigas y Catamarca....................................... 2 cuadras (ancho 9 mts.)
PAMPA CENTRAL, entre Brasil y Avda. La Plata..................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
RAMON Y CAJAL, entre 3 de Febrero y Entubado.................... 1 cuadra (ancho 7 mts.)
SOLIS, entre 3 de Febrero y Entubado......................................... 1 cuadra (ancho 7 mts.)
HAITI, entre Pellegrini y Avda. Pringles..................................... 1 cuadra (ancho 7 mts.)
MARTIN RODRIGUEZ, entre Líbano y Catamarca................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
MARTIN RODRIGUEZ, entre Jujuy y Pampa Central............... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
MALVINAS, entre Rondeau y Juan Molina............................... 6 cuadras (ancho 9 mts.)
ALSINA, entre Haití y Fortaleza Protectora Argentina.............. 2 cuadras (ancho 9 mts.)
HAITI, entre Alsina y Ramón y Cajal........................................ 3 cuadras (ancho 9 mts.)
PASTEUR, entre Cervantes y Haití........................................... 3 cuadras 2 franjas de 6 metros c/u.
D´ORBIGNY, entre Pasteur y Yapeyú......................................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
D´ORBIGNY, entre Azara y Avda. Pringles................................ 1 cuadra (ancho 9 mts.)
CHARCAS, entre Humbolt y D´orbigny...................................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
AZARA, entre D´orbigny y Haití................................................. 1 cuadra (ancho 9 mts.)
BERMUDEZ, entre D´orbigny y Rojas...................................... 2 cuadras (ancho 9 mts.)
BALBOA, entre Liniers y A. De Arrieta...................................... 1 cuadra (ancho 9 mts.)
PASTOR OBLIGADO, entre Yrigoyen y Alsina......................... 1 cuadra (ancho 6 mts.)
GUATEMALA, entre Nicaragua y Zapiola.................................. 1 cuadra (ancho 9 mts.)
FUERTE ARGENTINO, entre Rodríguez y Casanova.............. 3 cuadras (ancho 9 mts.)
19 DE MAYO, entre Urquiza y Fte. Argentino............................ 1 cuadra (ancho 9 mts.)
11 DE ABRIL, entre Urquiza y Fte. Argentino............................ 1 cuadra (ancho 9 mts.)
CAPITAN MONTERO, entre Matheu y Rosales......................... 1 cuadra (ancho 7 mts.)
CHICLANA, entre Ecuador y Punta Alta................................... 2 cuadras (ancho 9 mts.)
PUNTA ALTA, entre Capitán Montero y Chiclana................... 1 cuadra (ancho 7 mts.)
Artículo 2º - Decláranse cumplidas las exigencias de los artículos 184º, inciso 2), de la Constitución Provincial, 29º inciso 2) y 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Públicas n º 2082 y sus modificatorias.
Artículo 3º - La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Publicas y se realizará por aplicación del artículo 9º , inciso a), de dicha Ordenanza y los artículos 1º y 2º del Capítulo I de su Decreto Reglamentario (754/76) "Ejecución directa con fondos municipales".
Artículo 4º - La obligatoriedad de pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II, artículos 29º, 36º al 39º inclusive y concordantes del Decreto 754/76. A los efectos del artículo 30º del citado Decreto, establécese un sistema de prorrateo "por frente" según lo establecido en los artículos 64º y 65º del mismo y siendo de aplicación su artículo 31º, es decir, que el valor total de la obra se prorrateará entre los vecinos en función de la extensión lineal de los frentes de los inmuebles afectados, de acuerdo con sus títulos de propiedad y/o planos de mensura debidamente aprobados.
Artículo 5º - El monto a prorratear a los vecinos frentistas, incluirá los recargos previstos en los artículos 19º, 20º y 21º de la ordenanza de Obras Públicas, para lo cual fíjase el uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial para gastos administrativos,
El uno por ciento (1%) para gastos de estudio, proyecto, dirección y control de obras y el cuatro por ciento (4%) para el Fondo de Financiación de Obras Básicas. Estos dos últimos porcentajes se aplicarán sobre el monto de contrato con más sus ampliaciones, adicionales y variaciones de costos.
Artículo 6º - Los pliegos de bases y condiciones establecerán el plazo de ejecución de los trabajos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 15º de la Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo 7º - La elaboración de los pliegos técnicos y legales, el proyecto, dirección técnica y fiscalización de la obra estarán a cargo de las oficinas municipales correspondientes.
Artículo 8º - Facúltase al D. Ejecutivo a acordar, a la empresa hasta el 30 por ciento (30%) del monto contractual. Dicho anticipo será deducido de las liquidaciones, en forma proporcional y producirá, a partir de su entrega, el congelamiento del precio en porcentaje de obra que represente.
Artículo 9º - El pago de la obra podrá efectuarse por certificación mensual de obra ejecutada o convenirse en cuotas iguales o proporcionales al plan de trabajos, durante el plazo establecido para la ejecución de la obra.
Artículo 10º - Las variaciones de costos serán reconocidas mediante la aplicación del índice general de costo de la construcción, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
Artículo 11º - El pago, por los propietarios frentistas a la Municipalidad, de las liquidaciones conforme lo establece el artículo 65º del Decreto 754/76 podrá efectuarse de la siguiente forma:
El vecino que anticipare el pago en cuotas, a partir del mes de iniciación de la ejecución de las obras comprendidas en la presente ordenanza, se beneficiará con el congelamiento de los mayores costos sobre las cuotas abonadas.
Artículo 12º - El D. Ejecutivo, en los casos de frentistas que soliciten ampliación del plazo de pago por razones económicas y previo estudio socio-económico, podrá extenderlo hasta setenta y dos (72) cuotas mensuales.
Artículo 13º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Cuenta Especial "Fondo de pavimentación y repavimentación".
Artículo 14º - de forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.
Artículo 14º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.
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