ORDENANZA Nº 6901
Título:
Eximiendo a la Sra. Nilda Chavez del pago de deuda atrasada por Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-702/92.
Expediente M.B.B.: 0/00-2963/91.
Fecha de Sanción: 28 de agosto de 1992.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Exímase a la Sra. Nilda Chavez, habiendo cumplido con el informe socioeconómico, del pago de la deuda atrasada en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la vía Pública, por los periodos 1984/85/86 y hasta la finalización del presente ejercicio y de acuerdo a los antecedentes acumulados en el expediente 0/00-2963/91 (702-HCD/91).
Artículo 2º - Dispóngase que este beneficio es personal e intransferible, produciéndose su inmediata cancelación en caso de fallecimiento o transmisión del bien, comenzando a liquidar nuevamente a partir del bimestre siguiente al cese de la causa que justificó el presente beneficio.
Artículo 3º - De Forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.