ORDENANZA Nº 14238

Título: Sistema de Financiamiento para frentistas

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-14-2007

Expediente M.B.B.: 110-154/2007

Fecha de Sanción: 13 de febrero de 2007.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º -  Adhiérase al “Sistema de Financiamiento para Frentistas”, según acuerdo marco del Banco de la Provincia de Buenos Aires con los Municipios Bonaerenses, que se agrega como Anexo  I.

 

Artículo 2º -  Autorízase a avalar las obligaciones contraídas por los frentistas en base al sistema indicado en el artículo anterior hasta la suma de UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000,-), debiendo el D. Ejecutivo requerir la autorización de los organismos provinciales pertinentes.

 

Artículo 3º - Adhiérase al “Sistema de Préstamos Personales para la realización de Obras de Servicios Públicos del Banco de la Nación Argentina”, que se agrega como Anexo II.

 

Artículo 4º - Autorízase al D. Ejecutivo a signar toda documentación pertinente  a fin de instrumentar la adhesión indicada.

 

Artículo 5º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE.