Título:
Autorización de obra: extensión de red de agua potable en calle 9 de Julio
entre 17 de Mayo y Avda. Buenos Aires
Expediente H.C.D.: 615-2013
Expediente M.B.B.: 0/00-12811/2012
Fecha de Sanción: 8
de agosto de 2013
Fecha de Promulgación: 27 de agosto de 2013
Decreto de Promulgación Nª: 1701/2013
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase, la obra Extensión de Red de Agua
Potable en calle 9 DE JULIO entre 17 DE MAYO y AVDA. BUENOS AIRES.-
ARTICULO
2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los
Artículos 193º, inciso 2), de
ARTICULO
3º: La obra autorizada en el Artículo 1º, se encuadra dentro de las prescriptas
en
ARTICULO
4º: Declárase la obligatoriedad del pago de la obra a
realizarse conforme a las disposiciones del Artículo 6º, de
Se determinarán de
ser necesario, cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno
de estos ítems.
ARTICULO
5º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los
Artículos 19º, 20º y 21º de
ARTICULO
6º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud
expresa de los beneficiarios obrante a fojas
ARTICULO
7º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE:
Ing. Rubén Oscar Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA:
Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina
Administración de Consorcios.
SECRETARIA:
Sra. María José Bernardini, DNI 26.172.227, vecina frentista.
VOCALES:
Ing. María Cristina Paniagua, Jefa del Departamento Vialidad y el Sr. José
Alberto Rapi, DNI 24.051.426, vecino frentista.-
ARTICULO
8º: El gasto se imputará a
ARTICULO
9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN