ORDENANZA Nº 9461

Título: Aprobando a los postulantes inscriptos para la adquisición de viviendas que se construyen en la localidad de Cabildo.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-969/96.

Expediente M.B.B.: 4007-352/93 c/ 0/00-10009/96 y 0/00-10697/96.

Fecha de Sanción: 20 de diciembre de 1996.

Fecha de Promulgación: 6 de enero de 1997

Derogada por la ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo lº - Apruébense a los once (11) postulantes inscriptos, conforme al llamado realizado mediante resolución nº 4/340/96, para la adquisición de las restantes seis (6) viviendas que se construyen en la localidad de Cabildo, según convenio suscripto entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Programa Bonaerense II - Solidaridad.

Artículo 2º - Acéptense las renuncias de los Sres. JORGE RAUL ALLENDE, D.N.I. nº 18.266.718 y CLAUDIA INES MICHETTI, D.N.I. nº 17.759.385, presentadas en expedientes nº 0/00­10009/96 y 0/00-10697/96, beneficiarios de las primeras cinco (5) viviendas adjudicadas, aprobados par ordenanza 9357.

Artículo 3º - E1 D. Ejecutivo designará por sorteo, en presencia de los interesados, los ocho (8) titulares y tres (3) suplentes de las viviendas, entre los siguientes beneficiarios:

FIDALGO HUGO GUILLERMO, D.N.I. nº 10.748.630
RASMUSSEN DARIO ARIEL, D.N.I. nº 21.929.097.
DIAZ CARLOS DANIEL, D.N.I. nº 23.851.282.
FUENTES ARMANDO, D.N.I. n° 13.652.236.
DUARTE JUAN CARLOS, D.N.I. nº 5.514.741.
MUÑON CARLOS JAVIER, D.N.I. n° 24.402.476.
MARTIN LUIS MARIA, D.N.I. n° 22.523.641.
ESPIZUA NESTOR FABIAN, D.N.I. n° 16.814.882.
HOLZMANN MARCELO NAZARENO, D.N.I. n° 18.266.702.
PEREZ GRACIELA ELENA, D.N.I. n° 20.563.000.
MARRERO BRUNILDA, D.N.I. n° 12.863.411

Artículo 4° - Autorícese al D. Ejecutivo a emitir doce (12) cuotas iguales y consecutivas de trescientos cuatro pesos ($ 304), con las cuales los beneficiarios abonarán el terreno cedido por la Municipalidad y la diferencia de costo de la vivienda que surge entre el monto aportado por el Instituto de la Vivienda y el valor de la licitación.

Artículo 5º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.