ORDENANZA Nº 4618
Título:
Cédese en comodato a la Asociación de Fomento Parque Patagonia, una Maquína Motoniveladora y un Motor de Motobarredora.Tema:
Expediente H.C.D.: 731-1986
Expediente M.B.B.: 0-00-3257-1986
Fecha de Sanción: 22 de Diciembre de 1986
Fecha de Promulgación: 2 de Enero de 1986
Decreto de Promulgación Nº: 1-SG
Derogada por la Ordenanza: 4840
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Cédese en comodato a la Asociación de Fomento Parque Patagonia, una Maquína Motoniveladora R.I. 49 Adams 330-motor 3-A 35011-Serie 24/11 de 1974, y un Motor de Motobarredora R.I. nº 6 marca Scorza, en el estado en que se encuentren, por el término de cinco (5) años, a partir de la promulgación de la presente ordenanza.
Artículo 2º - La Comodatoria se hará cargo del mantenimiento y eventual reparación de la máquina y motor, dejándose constancia que la Municipalidad se reserva el derecho de inspeccionar a satisfacción los elementos en cualquier oportunidad.
Artículo 3º - La comodataria deberá constituir sobre la Máquina, un seguro que cubra como mínimo la responsabilidad civil.
Artículo 4º - A los efectos mencionados, se confeccionará el correspondiente Convenio.
Artículo 5º - El incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza, dará lugar a la rescisión automática del Convenio.
Artículo 6º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.