ORDENANZA Nº 13512

Título: Plan Solidario de Cobro de Deudas: Desdoblamiento de fechas.

Tema:

Expediente H.C.D.:  HCD-334-2005

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 27 de octubre de 2005.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Establécese el desdoblamiento de las fechas de vencimiento de pago de los convenios firmados en el marco de la Ordenanza 12.633 y el de las tasas corrientes alcanzadas por la referida norma.

 

Artículo 2º - No resultará exigible para el pago de una de las dos obligaciones el recibo de pago de la restante.

 

Artículo 3º - El D. Ejecutivo determinará por vía reglamentaria las distintas fechas de vencimiento y la conveniencia o no de emitir boletas separadas de la tasa corriente y las cuotas del convenio.

 

Artículo 4º - Los contribuyentes que se hayan visto impedidos de abonar la tasa y la cuota en forma conjunta, podrán abonar por separado ambas obligaciones sin recargo ni interés, solicitando la pertinente boleta en el Departamento Recaudación.

 

Artículo 5º - De forma.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO.