ORDENANZA Nº 17361
Título:
Utilidad Pública y Pago Obligatorio: extensión de la red de desagües cloaclaes en calles de los barrios San Roque y S.M.A.T.A.
Expediente H.C.D.: 1284-2013
Expediente M.B.B.: 417-8972/2013
Fecha de Sanción: 5
de diciembre de 2013
Fecha de Promulgación: 27 de diciembre de 2013
Decreto de Promulgación Nª: 2852/2013
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio,
la obra EXTENSION DE LA RED DE
DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DE LOS BARRIOS SAN ROQUE Y S.M.A.T.A.
PLAN NACIONAL MÁS CERCA, que tramitó
por expediente 417R Nº 825 Año 2013, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de Obras
Públicas Nº 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Nº 754/76, y 59º, de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:
- 1 DE MARZO, entre Zelarrayán y Estomba (2
cuadras acera impar).
- MANUEL ALBERTI,
entre Zelarrayán y Ayacucho (1 cuadra acera
impar).
- CUYO, entre Ayacucho
y Estomba (1 cuadra acera impar).
- ZELARRAYAN, entre 1
de Marzo y M. Alberti (1 cuadra
acera par).
- AYACUCHO, entre 1
de Marzo y
M. Alberti (1 cuadra ambas aceras).
- ESTOMBA, entre 1 de
Marzo y Cuyo (1 cuadra acera par)
- KLOOSTERMAN, entre Estomba y V. López (1 cuadra ambas aceras).
- CALVO, entre Estomba y V. López (1 cuadra ambas aceras).
- UGARTE, entre Estomba y V. López (1 cuadra acera impar).
- V. LÓPEZ, entre Kloosterman y 1/2 cuadra (1/2 cuadras ambas aceras).
ARTICULO
2º: Establézcase, para la presente obra, la modalidad de Licitación Pública con
Fondos Nacionales, conforme al Convenio Único de Colaboración y Transferencia
entre la Municipalidad
y el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA) Plan Nacional Más
Cerca, Mejor País, Más Patria, área Mejor Calidad de Vida, Más Salud,
mediante el sistema de Ajuste Alzado.
ARTICULO
3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados,
deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su
autorización y habilitación al cobro.-
ARTICULO
4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL
MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE.