Título: Excepción al Código de la Edificación: inmueble
calle Mitre 228/39.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1060-2006
Expediente
M.B.B.: 0/00-2645/2006
Fecha
de Sanción: 24 de agosto
de 2006.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo
1º - Autorízase, con carácter de excepción, la superación de la altura
permitida en el C.L.M., con la construcción proyectada en el inmueble sito en
calle Mitre 228/230, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección
A, Manzana 28, Parcela 8, Partida 20.451, propiedad del Sr. Antonio Panelli,
encuadrándolo en el inciso 3 del Artículo 4.1. del Código de Planeamiento, en
un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nro.
0/00-2645/2006 (1060-HCD-2006).
Artículo 2º - El propietario deberá presentar la documentación, conforme lo establece el Código de la Edificación, respetando las restantes normativas del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo
3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS
VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS.