ORDENANZA N°: 19169

Título: Declarando Guardia de Emergencia a la Guardia Operativa Dependiente de Defensa Civil.

Expediente del H.C.D.: 1199-2017

Fecha de sanción: 07-12-2017

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


VISTO


La necesidad de declarar Guardia de Emergencia, la tarea que lleva a cabo el Personal de la Guardia Operativa de la Dirección de Defensa Civil, y;


CONSIDERANDO


Que, se encuentra en plena vigencia el Decreto – Ley 11001/63.


Que, el concepto de la Defensa Civil, involucra el conjunto de medidas preventivas y/o reparadoras, no agresivas, en caso de emergencia o peligro público, tendientes a conjurar y reducir los efectos o estragos eventuales de cualquier naturaleza.


Que, el constante cambio de los factores que hicieron y hacen la evolución de la dinámica de las emergencias, han requerido en la ciudad el aggiornamento de las características del desarrollo de la s actividades y presencia del personal en forma continua los 365 días del año, para generar la respuesta acorde a las necesidades de la población.


Que, desde hace años, el Personal de Defensa Civil, acude a la emergencia en conjunto con Personal de Bomberos, Ambulancia y Policía en primera instancia, constituyendo de esa forma un servicio esencial para la comunidad.


Que, como es de público conocimiento, el servicio que se brinda en la ciudad desde la Dirección de Defensa Civil, es en forma recurrente tomado como ejemplo por las Autoridades de la Dirección Provincial de Defensa Civil, haciendo mención de la estructura y modalidad de forma activa que presenta y modelo a seguir no solo en la Sexta Sección sino a Nivel Provincial.


Que, se torna imprescindible, reconocer la índole de las tareas que los actores realizan, atendiendo el cambio de paradigma de la gestión de la emergencia, donde la totalidad de los trabajadores se enfrentan a diario con los más variados escenarios.


Que, merece mención especial las situaciones estresantes que los Agentes deben asumir durante las intervenciones, si bien la totalidad de los integrantes están orientados a la acción y poseen resiliencia (capacidad de los seres humanos para sobreponerse a períodos de dolor emocional y situaciones adversas), existe entre ellos constantemente el riesgo psicosocial, ya que no se conocen previamente los hechos que se deben afrontar en una misión, confluyen factores como escenas dantescas (imágenes sangrientas, cuerpos mutilados, presencia de cadáveres) cuando las víctimas son niños, oír quejarse a otros de dolor, agentes físicos que sobrepasan el límite y se vuelven hostiles (oscuridad, calor, frío, toxicidad, incomodidad, presión de familiares de las víctimas, se toman decisiones bajo presión externa, en situaciones inesperadas o fuera de lo común.


Que, en función de las tareas desarrolladas, debería, según situación de revista el Agrupamiento dentro del Escalafón Municipal y la nómina salarial para la Dirección de Defensa Civil inclusive dentro del Agrupamiento Actividades Especiales, contemplando que no existen tareas rutinarias y del mismo tenor, ya que no se registra dentro de la atención de emergencias un patrón a seguir, sino que resulta de la capacidad o idoneidad del personal , la resolución adecuada a cada situación en particular.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


PRIMERO: Declarar Guardia de Emergencia, a la Guardia Operativa dependiente de la Dirección de Defensa Civil.


SEGUNDO: El Departamento Ejecutivo, procederá a adecuar en la medida correspondiente, el uso de los vehículos afectados a las emergencias de conformidad con lo previsto en el Artículo 61º y concordantes de la Ley Nacional Nº 24.449, tomando los seguros que correspondan, de conformidad con la Legislación vigente, respecto de los vehículos como del Personal Operativo afectado.



TERCERO: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.