ORDENANZA N°: 18653

Título: Autorizando el uso de casa de fiesta en inmueble ubicado en calle Mendoza N° 1240

Expediente del H.C.D.: 1122-hcd/2011

Fecha de sanción: 29-09-2016

Fecha de promulgación: 07-10-2016

Decreto de promulgación:

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:



O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, a la Sociedad -------------------- de Fomento y Sala Médica Mariano Moreno, el desarrollo del uso “Casa de Fiestas”, en el inmueble sito en calle Mendoza 1240, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 341a, Parcela 35, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en los expedientes 0/00-2252-2016 c/ 0/00-4947-2009 y 1122-HCD-2011.


ARTICULO 2º: Se deja aclarado que la excepción autorizada en el --------------------- Artículo 1º, se extiende por un plazo de dos (2) años, condicionada a:


  1. No ampliar la actividad ni la superficie destinada para la misma por sobre lo estipulado en la solicitud.

  2. Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.

  3. Cumplimiento de la Ordenanza 10.480.

  4. La factibilidad se extiende por un plazo de 2 años.

  5. Previa inspección de las instalaciones, según requerimiento Nº 1.


ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCJEO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.