Título: Autorización de obra: Construcción de cordón cuneta en calle Haití al
2500
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1815-2008
Expediente M.B.B.: 0/00-8740/2008
Fecha de Sanción: 30 de diciembre de 2008
Fecha de Promulgación: 21 de enero de 2009
Decreto de Promulgación Nª: 153/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la
obra de Construcción de cordón
cuneta en calle HAITÍ (altura 2500
AMBAS ACERAS) entre PAROISSIEN y CACIQUE VENANCIO, en un todo de
acuerdo a los antecedentes obrantes en expedientes Nº 0/00-8740-2008.- (Expte-
1815-HCD--2008).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º
inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas por
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el
artículo 6º de
Artículo 5º: La obra se ejecutará de
acuerdo a los planos y especificaciones
técnicas del Departamento Vialidad de
Cordón Cuneta: De hormigón simple de
La resistencia mínima cilíndrica del hormigón en el
ensayo de compresión a los 28 días de 320 Kg/cm2 con
un tenor de cemento mínimo de 350 Kg/m3 de hormigón
elaborado.-
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la obra será de treinta
(30) días, a contar desde la fecha de Replanteo, que se deberá efectuar dentro de los 10 (diez) días de notificada
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme
a lo establecido en los artículos 31º y 65º del Decreto Reglamentario 754/76,
deberán presentarse en
Artículo 8º:
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (3) años, a contar
desde la fecha de Recepción Provisoria. Finalizado el mismo, se labrará el Acta
de Recepción Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.-
DADO EN