Título: Uso rubro rectificación de motores de combustión
interna: inmueble calle Castelli 1654
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-559-2006
Expediente
M.B.B.:
4007-1342-2006.
Fecha
de Sanción: 5 de octubre
de 2006.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo
1º - Autorízase, con carácter de excepción, el uso rectificación de motores de
combustión interna, en el inmueble sito en calle Castelli 1654, identificado
catastralmente como Circunscripción I, Sección B , Manzana 104 a, Parcela 1 e,
perteneciente a la zona C2, según el Código de Planeamiento Urbano, en un todo
con los antecedentes obrantes en el expediente Nro. 4007-1342-2006 c/
0/00-4064/2002 (559-HCD-2006).
Artículo
2º - La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se otorga por un
período de cinco (5) años y condicionada a la evolución del sector y se
considerará apta, mientras se tomen todas las medidas mitigatorias necesarias
para reducir los principales impactos (ruidos, contaminación, etc.) y
cumplimente la legislación vigente.
Artículo 3º - En oportunidad de renovarse la habilitación, la misma deberá ser considerada nuevamente por la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento.
Artículo
4º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS
CINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL SEIS.