ORDENANZA Nº 17048

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: obra “Repavimentación y reencarpetamiento de varias calles de la ciudad (etapa 1 – Año 2012)”

Expediente H.C.D.: 137-2013

Expediente M.B.B.: 417-5652/2012 – Alcance Nº 1

Fecha de Sanción: 6 de junio de 2013

Fecha de Promulgación: 19 de junio de 2013

Decreto de Promulgación : 1154/2013

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra “REPAVIMENTACION Y REENCARPETAMIENTO DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA (Etapa I - Año 2012) 10 cuadras”, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º del Decreto Reglamentario Nº 754/76, y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:

 

 

ARTICULO 2º: Establézcase para la presente obra la modalidad de Licitación Pública, con Fondos Municipales, mediante el Sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.-

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra de determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.-

 

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo deberá dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 16.585, referida a la Publicidad de las Obras Públicas.-

 

ARTICULO 5º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL TRECE.