ORDENANZA Nº 16599

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: extensión de la red de desagües cloacales en calles del Barrio Villa Nocito – Etapa II

Expediente H.C.D.: 188-2012

Expediente M.B.B.: 417-10019/2011 – Alcance 1

Fecha de Sanción: 26 de abril de 2012

Fecha de Promulgación: 12 de junio de 2012

Decreto de Promulgación : 957/2012

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y pago obligatorio, la obra “EXTENSION DE LA RED DE DESAGUES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO VILLA NOCITO – ETAPA II”, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Ordenanza de Obras Públicas Número 2082, Artículo 29º del Decreto Reglamentario Número 754/76, y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:

 

 

Artículo 2º: La modalidad de ejecución será por Licitación Pública con Fondos Municipales, mediante el sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.

 

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.

 

Artículo 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONRABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DELMES DE ABRIL DE DOS MIL DOCE.