ORDENANZA N°: 19823

Título: Reconocimiento de Daños Materiales Ocasionados al Vehículo Propiedad del Señor Fernando Gabriel Boggon.

Expediente del H.C.D.: 666-2019

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-10865-2018

Fecha de sanción: 05-09-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:

O R D E N A N Z A

VISTO


El Proyecto de Ordenanza referido al reconocimiento de daños ocasionados al vehículo marca PEUGEOT PARTNER CONFORT 1.6, tipo FURGON, con Domino AB 211 OS, propiedad del Sr. Fernando Gabriel BOGGON, DNI 29.300.622, a raíz de un bache en la calle 14 de Julio intersección Spilimbergo, y;


CONSIDERANDO


Que, del presente expediente, surge la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA por el daño causado al vehículo marca PEUGEOT PARTNER CONFORT 1.6, tipo FURGON con Dominio AB 211 OS, propiedad del Sr. Fernando Gabriel BOGGON, DNI 29.300.622, el día 30 de Noviembre de 2018, a raíz de un bache en la calle 14 de Julio intersección Spilimbergo, pudiéndose reconocer el accidente en el marco de las Ordenanzas Nº 7701 y 12.714.


Por ello y, atento que el damnificado ha desistido expresamente al inicio de acciones judiciales que pudieran corresponderle, condicionado a la reparación de los daños, reconociéndose la suma de DIEZ MIL NOVECIENTOS TREINTA PESOS ($ 10.930.-), en base a la imputación de la Subdirección de presupuesto y Planificación y Contaduría General.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Dispóngase el reconocimiento de los daños materiales ocurridos el día 30 de noviembre de 2018, ocasionados al vehículo marca PEUGEOT PARTNER CONFORT 1.6, tipo FURGON, con Dominio AB 211 OS, propiedad del Sr. Fernando Gabriel BOGGON, DNI 29.300.622, a raíz de un bache en calle 14 de Julio intersección Spilimbergo; abonándose en tal concepto la suma de DIEZ MIL NOVECIENTOS TREINTA PESOS ($ 10.930.-), en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0/00-10865-2018 (666-HCD-2019).


ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior --------------------deberá imputarse a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat. Prog. 01.06.00, Gasto 3840.


ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.