ORDENANZA Nº 8818

Título: Derogando el art. 2° de la ordenanza 4231 (donación tierras para el Jardín de Infantes 915).

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-182/84.

Expediente M.B.B.: 0/00-4897/83 y 5828-272439/94.

Fecha de Sanción: 8 de setiembre de 1995.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

ArtÍculo 1° ­ Déjese sin efecto el artÍculo 2° de la Ordenanza N° ##4231 de fecha 26 de Setiembre de 1985, referido al cargo impuesto a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, pOr la cesión de una fracción de terreno para la construcción del Jardin de Infantes n° 915, en cuanto al plazO determinado para la aceptación de la donación.

ArtÍculo 2° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.