ORDENANZA N°: 19712

Título: Declarando Disuelto el Consorcio Formalizado para la Ejecución de la Obra de Cloacas en el Barrio Centenario.

Expediente del H.C.D.: 2078-2014

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-1743-2014 c/Anexo I

Fecha de sanción: 23-05-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A

VISTO


Las presentes actuaciones, por las que tramita la obra Extensión de la Red de Desagûes Cloacales en calles BRICKMAN, entre Méjico y Los Patos (al 1700 - acera par); BRICKMAN, entre Los Patos y Honduras (al 1800 – acera par); BRICKMAN, entre Honduras y Mapuche (al 1900 – acera par); MEJICO, entre French y Brickman (al 1000- acera par), FRENCH, entre Méjico y Los Patos (al 1700 – acera impar); LOS PATOS, entre French y BRICKMAN (al 1000 – ambas aceras); FRENCH, entre Los Patos y Honduras (al 1800 – acera impar); HONDURAS, entre French y Brickman (al 1000 – ambas aceras); FRENCH, entre Honduras y Mapuche (al 1900 – acera impar) y MAPUCHE, entre French y Brickman (al 1000 acera impar), de la localidad de General Daniel Cerri, por la modalidad de Ejecución por Consorcio entre Vecinos y/o Cooperativas, autorizada por Ordenanza Nº 18.077 y declarada de Pago Obligatorio mediante Resolución Nº 10-176-2018, y;


CONSIDERANDO


Que, atento que a fs. 249, los Integrantes del Consejo de Administración del Consorcio de la obra citada presentaron una nota mediante la cual solicitan la disolución del Consorcio y la devolución del dinero, debido a que por la falta de pago de las cuotas no se puede realizar la obra.


Que, habiendo tomado conocimiento la División Oficina Consorcios de Obras Básicas a fs. 255 y sugiriendo que se proceda a la disolución del Consorcio y la devolución de las cuotas pagas, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Declarar disuelto el Consorcio formalizado para la ejecución de la obra Extensión de la Red de Desagûes Cloacales en calles BRICKMAN, entre Méjico y Los Patos (al 1700 - acera par); BRICKMAN, entre Los Patos y Honduras (al 1800 – acera par); BRICKMAN, entre Honduras y Mapuche (al 1900 – acera par); MEJICO, entre French y Brickman (al 1000- acera par), FRENCH, entre Méjico y Los Patos (al 1700 – acera impar); LOS PATOS, entre French y BRICKMAN (al 1000 – ambas aceras); FRENCH, entre Los Patos y Honduras (al 1800 – acera impar); HONDURAS, entre French y Brickman (al 1000 – ambas aceras); FRENCH, entre Honduras y Mapuche (al 1900 – acera impar) y MAPUCHE, entre French y Brickman (al 1000 acera impar), de la localidad de General Daniel Cerri, autorizada por Ordenanza Nº 18.077.


ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo procederá a la devolución de los aportes efectuados por los vecinos frentistas de la obra citada en el artículo precedente, conforme lo establece el Artículo 9º, de la Ordenanza Nº 4060.


ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE.