ORDENANZA Nº 8500
Título:
Tema: Convalidando decreto n° 927/94 (Aprobando acuerdo con la Universidad Nacional de Tandil).
Expediente H.C.D.: HCD-225/95.
Expediente M.B.B.: 530-11635/94.
Fecha de Sanción: 7 de abril de 1995.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo l° Convalídese el decreto n° ##927/94, dictado por el D.Ejecutivo ad referendum del H.Concejo Deliberante, aprobando el acuerdo suscripto entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Universidad Nacional de Tandil, UNICEN, para la realización de pasantías de alumnos de esa casa de estudios en el ámbito del Departamento de Bromatología y Protección de la Salud, División Veterinaria, que corre a fs. 2/4 y que pasa a formar parte de la presente, en el expediente n° 225HCD95 (53011635-94).
Artículo 2° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.
Texto del convenio
Entre la Universidad Nacional de Tandil, con domicilio en calle Pinto 399 de la ciudad de Tandil, representada en este acto por el Sr. Jefe del Departamento de Tecnolología de Alimentos y Acuicultura, Dr. HECTOR PETTINATO, de la Facultad de C.Veterinarias, UNICEN,por una parte, y la Municipalidad de Bahía Blanca, con domicilio en calle Alsina 65 de la Ciudad de Bahía Blanca, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Agr. JAIME LINARES, por la otraa, se conviene en celebrar el siguiente acuerdo específico para la realización de pasantías de alumnos en el Departamento de Bromatología y Protección de la Salud, División Veterinaria, dependiente de la Secretaría de Salud y Acción Social de la comuna, con fines académicos de los alumnos de la carrera de Ciencias Veterinarias Orientación en Técnicos de Alimentos que se cursa en la Facultad de Ciencias Veterinarias UNICEN, Tandil, Buenos Aires, el que se regirá de acuerdo a las siguientes cláusulas :
PRIMERA : El Departamento Bromatología y Protección de la Salud, División Veterinaria, de acuerdo con el Departamento de Tecnología de Alimentos y Acuicultura, prestará colaboración para la realización de pasantías en su ámbito.
SEGUNDA : El objetivo principal de las pasantías es lograr que el alumno tome contacto con la realidad de la profesión, en lo referido al Ciclo Tecnológico de Elaboración de Alimentos y sus Controles Bromatológicos de Aptitud para Consumo Humano.
TERCERA : Las pasantías serán de dos (2) meses y los alumnos se incorporarán en los meses de Marzo a Junio
de cada año.
CUARTA : El cupo de pasantes se ha establecido en cinco (5).
QUINTA : Los postulantes a las pasantías deberán cumplimentar los requsitos establecidos por ambas instituciones.
SEXTA : El horario será de 7 :30 a 13 :30, de lunes a viernes inclusive.
SEPTIMA : Las actividades a desarrollar por los pasantes serán las que fuesen necesarias para realizar las tareas en los lugares que indique el Departamento Bromatología y Protección de la Salud, División Veterinaria, y que se agregan como Anexo del presente acuerdo.
OCTAVA : La Facultad de Ciencias Veterinarias, Departamento de Tecnología de Alimentos y Acuicultura, enviará al Departamento Bromatología y Protección de la Salud, División Veterinaria, una lista con los alumnos inscriptos, dirección y promedio antes del día 15 de Febrero de cada año.
NOVENA : El Departamento Bromatología y Protección de la Salud, División Veterinaria, se reserva el derecho de aceptación de los pasantes postulados.
DECIMA : No quedará establecido ningún vínculo con la Municipalidad de Bahía Blanca, quedando toda relación
de responsabilidad circunscripta a la relación de pasante con la Universidad de la que depende.
DECIMOPRIMERA : El presente convenio será
convalidado por el Honorable Concejo Deliberante. Tendrá una
duración de un año y se renovará automáticamente por un
período similar. Cualquiera de las partes podrá denunciarlo con
previo aviso a la otra.
ANEXO DEL ACUERDO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS, DEPARTAMENTO DE TECNOLOGIA DE ALIMENTOS Y ACUICULTURA Y LA COMUNA DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA SOBRE PASANTIAS DE ALUMNOS DE CIENCIAS VETERINARIAS -ORIENTACION EN TECNICOS DE ALIMENTOS-
AREA I : Puesto Sanitario de reinspección de productos alimenticios.
CARNES - MENUDENCIAS :
Reinspección sanitaria de carnes de distintas especies. Aves y pescados. Sellado e identificación sanitaria. Caracteres organolépticos. Ph. Temperatura. Muestras para triquinoscopía. Certificacos sanitarios. Aplicación decreto 4238/68 y ley provincial 11.123.
CHACINADOS - SALAZONES :
Reinspección sanitaria. Rótulos. Temperatura. Caracteres organolépticos. Certificaciones. Control de contenidos netos efectivos. Toma de muestras para análisis químico, bacteriológico, triquinoscópico (digestión artificial). Reglamentaciones 4238/68 - Ley 18284 - Decreto 2126/71.
LECHE Y DERIVADOS LACTEOS :
Reinspección. Temperatura. Densidad. Contenidos netos efectivos. Identificación comercial. Organolepsia. Grado de maduración . Reglamentaciones nacionales.
VEHICULO DE TRANSPORTE :
Condiciones de limpieza y mantenimiento. Cadena de frío. Permiso anual de circulación. Reglamentaciones nacionales y municipales.
AREA I I : Reinspección de productos perecederos y semiperecederos en planchadas de terminales de transporte de cargas.
Reinspección sanitaria de: carnes, aves, chacinadoss, salazones, mayonesas y grasas. Derivados lácteos. Enlatados de origen animal y vegetal. Productos de panificación. Pastas frescas. golosinas y confituras. Aditivos alimentarios. Brotes frescos. Bebidas alcohólicas y analcohólicas. Controles de temperatura. Ph. Caracteres organolépticos. Identificación Comercial. Fechados. Condiciones que revisten los envases primarios y secundarios. Control de contenido neto efectivo. Certificaciones sanitarias. Acondicionamiento y relación de vecindad en el vehículo de transporte. Tomas de muestras.
AREA I I I : INSPECTORIA :
Concurrencia a locales comerciales minoristas y mayoristas y a establecimientos elaboradores de productos alimenticios. Observación de la calidad edilicia. Higiene ambiental. Manipulación de los alimentos. Manipuladores. Indumentaria. Controles sanitarios. Conducta higiénica. Toma de muestras. Confección de actas. Conocimientos de las normativas vigentes. Control de vehículos en la vía pública afectados a la distribución de alimentos.
AREA IV : ANALISIS FISICO- QUIMICO DE :
Leche y productos lácteos. Aguas. Aaguas minerales y gasificadas. bebidas analcohólicas. Harinas. Productos de panadería. Productos de fideerías. Chacinados y embutidos. Conservas de origen animal y vegetal. Especias. Productos dietéticos. Productos industriales. Lavandinas. Detersivos. Desinfectantes, etc.
Análisis bacteriológico de :
Leches y productos lácteos. Aguas. Chacinados y embutidos. Conservas. Bebidas analcohólicas.
Todas las técnicas se realizan de acuerdo con lo determina el Código Alimentario Argentino.
Estudio e interpretación del Código Alimentario Argentino - Decreto 321 : Reglamento sobre productos de uso doméstico, industriales y cosméticos.
Trámite de inscripción según reglamento 3330/87, Decr. 3055/77, Ministerio de Salud. Confección de informes de análisis.