ORDENANZA N°: 18311
Título: Declarando de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la Obra Extensión Red Cloacal en Calles del Barrio Los Alamos – II Etapa – 8 Cuadras.
Expediente del H.C.D.: 941-2015
Expediente del D.E.: 417-7477-2015
Fecha de sanción: 19-11-2015
Fecha de promulgación: 14-12-2015
Decreto de promulgación: 2792/2015
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra “EXTENSION DE LA RED CLOACAL EN CALLES DEL BARRIO LOS ALAMOS - II ETAPA –-8 CUADRAS”, que tramitó por expediente Nº 417-7477-2015 (941-HCD-2015), conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas, Número 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Número 754/76 y 59º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:
ALMAFUERTE, entre S. Bolivar y L. Lugones - 1 cuadra -ambas aceras.
ALMAFUERTE, entre L. Lugones y E. Gutiérrez -1 cuadra -ambas aceras.
SIXTO LASPIUR, entre L. Lugones y E. Gutiérrez - 1 cuadra - acera impar.
SIXTO LASPIUR, entre E. Gutiérrez y M. Ugarte -1 cuadra - ambas aceras.
LEOPOLDO LUGONES, entre 9 de Julio y Almafuerte - 1 cuadra - ambas aceras.
LEOPOLDO LUGONES, entre Almafuerte y Sixto Laspiur -1cuadra -ambas aceras.
EDUARDO GUTIERREZ, entre 9 de Julio y Almafuerte - 1 cuadra – ambas aceras.
EDUARDO GUTIERREZ, entre Almafuerte y Sixto Laspiur - 1 cuadra - ambas aceras.
ARTICULO 2º: Establézcase para la presente obra la modalidad de Licitación Pública con Fondos Municipales, mediante el sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.