ORDENANZA Nº 8694
Título: Creación del Programa de Publicidad Institucional.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-426/95.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 9 de junio de 1995.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Créese el Programa de Publicidad Institucional tendiente a informar a la opinión pública sobre las infracciones graves a las disposiciones municipales, dando a conocer la causa, el infractor y la sanción, siempre que las mismas queden firmes y consentidas.
Artículo 2º La Secretaría de Coordinación y Planeamiento fijará las pautas para seleccionar aquellas faltas que, por la naturaleza de la infracción, justifiquen su publicidad, apuntando a un criterio pedagógico y fomentando el control social. Asimismo determinará los medios para su difusión.
Artículo 3º El D.Ejecutivo, dentro de los noventa (90) días desde la promulgación de la presente, dictará la reglamentación correspondiente.
Artículo 4° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.