Expte. 773-HCD-2019 (340-8972-2018)
O R D E N A N Z A
VISTO
Las presentes actuaciones mediante las que la Municipalidad de Bahía Blanca y la firma Civilpro S.A., suscribieron un acta de permiso de uso precario y condicionado, respecto de una fracción de terreno de 2.732,91m2, ubicada en el Parque Industrial de Bahía Blanca, identificada catastralment:e: Circunscripción II, Sección D, Chacra 385a, Fracción XIII, Parcela 4 a, Partida 198.939, la que será destinada a la “Fabricación de elementos constructivos en hormigón armado”, conforme lo dispuesto en el Artículo 2°, de la misma, y;
CONSIDERANDO
Que, lo establecido por el Artículo 55°, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 55°, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, convalidase el Acta de Permiso de Uso Precario y Condicionado, suscripta entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la firma Civilpro S.A., representada por el socio gerente Sr. Oscar Guillermo Torre, DNI 17.279.948, aprobada por Decreto del Departamento Ejecutivo N.º 1014/2019, con relación a la fracción de terreno del Parque Industrial de Bahía Blanca, identificada catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Chacra 385a, Fracción XIII, Parcela 4a, Partida 198.939, con una superficie de 2.732,91 m².
ARTICULO 2°: Déjase establecido que la firma Civilpro S.A., deberá ajustar las actividades a realizar en la parcela, a lo establecido en el artículo segundo del Acta respectiva: “Fabricación de elementos constructivos en hormigón armado”.
ARTICULO 3°: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.