ORDENANZA Nº 6272
Título: Modificando la ordenanza nº 4038 en su artículo 3º, referida a comercialización en la vía pública.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-576/91.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 18 de julio de 1991.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Modifíquese el artículo 3º de la ordenanza ##4038, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3º - Autorícese, a los efectos de esta ordenanza, la comercialización de las mercaderías y servicios que a continuación se detallan:"
" 1º) Comercialización de:
" a) Frutas y verduras."
" b) Pescados y mariscos."
" c) Pan y facturas."
" d) Carro con venta de choripanes, hamburguesas, gaseosas y afines, sobre vehículos estacionados en la vía pública con carácter fijo."
" e) Productos lácteos."
" f) Productos de granja."
" g) Golosinas."
" h) Flores naturales o artificiales y plantas."
" i) Helados, café."
" j) Rifas y billetes de lotería autorizados en el distrito."
" k) Artículos de limpieza."
" l) Artículos de plástico."
" ll) Artículos de fantasía y baratijas."
" m) Artículos de mercería."
" n) Artículos regionales."
" ñ) Artículos de mimbre."
"2º) Prestación de los servicios de: "
" a) Afilado de cuchillos, tijeras, etc."
" b) Informática en general, debidamente autorizados.''
Artículo 2º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.