ORDENANZA Nº 5579

Título: Autorizando como excepción el emplazamiento de la ochava del inmueble propiedad de José María Castelli.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD - 613/86 c/HCD - 493/89

Expediente M.B.B.: 1453-C/83

Fecha de Sanción: 26 de octubre de 1989

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º.- Autorízase, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava correspondiente al inmueble propiedad del Señor José María Castelli, ubicado en la intersección de las calles O'Higgins y Gral. Madariaga y definido catastra1mente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 443 a, Parcela 20, mientras dure la vida útil del edificio o se realicen modificaciones en el sector de la ochava o la Municipalidad, por razones de interés general, lo considere necesario, conforme los antecedentes que corren en los expedientes 1453-C/83 (613-HCD/86) y 493-HCD/89.

Artículo 2º.- El propietario y los profesionales actuantes deberán certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria conforme con los cargos impuestos en el artículo precedente.

Artículo 3º.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.