Título: Criadero de conejos: Autorizando el inmueble del vecino Anselmo Favaro.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-892-2005
Expediente M.B.B.: 0/00-3251-2005.
Fecha de Sanción: 27 de octubre de 2005.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación
Nª
Derogada por la
Ordenanza:
Modificada por la
Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese el desarrollo de la actividad de "criaderos de conejos" en el inmueble denominado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección D, Quinta 126, Partida 13.053 al Sr. Anselmo Favaro, condicionado a la evolución del sector de emplazamiento y por un lapso de cinco (5) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza, y en un todo de acuerdo con lo establecido en los artículos 2.3.1. Casos no previstos y 1.1.1. Conceptos Generales * Uso admisible especial del Código de Planeamiento Urbano y a los antecedentes obrantes en expediente 0/00-3251/2005 (892-HCD-2005).
Artículo 2º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE
DE DOS MIL CINCO.