ORDENANZA Nº 6901

Título: Eximiendo a la Sra. Nilda Chavez del pago de deuda atrasada por Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-702/92.

Expediente M.B.B.: 0/00-2963/91.

Fecha de Sanción: 28 de agosto de 1992.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Exímase a la Sra. Nilda Chavez, habiendo cumplido con el informe socio–económico, del pago de la deuda atrasada en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la vía Pública, por los periodos 1984/85/86 y hasta la finalización del presente ejercicio y de acuerdo a los antecedentes acumulados en el expediente 0/00-2963/91 (702-HCD/91).

Artículo 2º - Dispóngase que este beneficio es personal e intransferible, produciéndose su inmediata cancelación en caso de fallecimiento o transmisión del bien, comenzando a liquidar nuevamente a partir del bimestre siguiente al cese de la causa que justificó el presente beneficio.

Artículo 3º - De Forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.