ORDENANZA Nº 15575

Título: Autorización de obra: Construcción de cordón cuneta, badén, pavimento intertrabado y cruces para semaforización e iluminación en calle Malharro 0-50

Expediente H.C.D.: 84-2010

Expediente M.B.B.: 0/00-5401/2008

Fecha de Sanción: 11 de marzo de 2010

Fecha de Promulgación: 23 de marzo de 2010

Decreto de Promulgación : 337/2010

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la obra de “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA, BADEN, PAVIMENTO INTERTRABADO Y CRUCES DE CAÑOS CAMISA PARA SEMAFORIZACION E ILUMNICACION EN CALLE MALHARRO (ALTURA 0-50) ENTRE DR. C. E. CISNEROS Y VALENTIN ALSINA”, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0/00-5401-2008.- (84-HCD-2010).

 

ARTICULO 2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los Artículos 193º,  inciso 2) de la Constitución Provincial, 29º inciso 2) 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias.-

 

ARTICULO 3º: La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación del Artículo 9º, inciso b) y la Sección I, Capítulo II, “Ejecución por Contrato Directo entre Vecinos y Empresa Constructora”, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76 ( y Decreto 814/07).-

 

ARTICULO 4º: La obligatoriedad del pago de  la obra a realizarse, conforme lo establece el Artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II, del Decreto 754/76.-

A los efectos del prorrateo previsto en el citado Artículo de la antedicha Ordenanza, establézcase un sistema de prorrateo “POR FRENTE” en el caso del cordón cuneta y pavimento intertrabado y  “POR SERVICIO”, para el caso de badenes, superficie de bocacalle y cruces de caños camisa para iluminación y semaforización.-

El precio de la obra queda establecido a razón de $90,00.- el m2 de pavimento intertrabado, $132,00.- el metro lineal de cordón cuneta, $158,00.- el m2 de badén y $ 1.240,00.- el cruce de caños camisa para iluminación y semaforización.-

 

ARTICULO 5º: Las obras se ejecutarán de acuerdo a los planos y especificaciones del Departamento Vialidad de la Municipalidad de Bahía Blanca y según el siguiente detalle:

Cordón cuneta: de hormigón simple de 0,15 m de espesor y 0,50 m de ancho de cuneta, sobre base de tosca de 0,20 m de espesor compactada al 98% del Proctor correspondiente de acuerdo a la clasificación de materiales HRB y Norma VN-E5-67, Valor Soporte California (C.B.R.) mínimo del 20% granulometría, según Especificaciones.-

La resistencia mínima cilíndrica del hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días será de 320 Kg/cm2, con un tenor de cemento mínimo de 350 Kg/m3 de hormigón elaborado.-

Badenes: de hormigón armado de 0,17 m de espesor, demás dimensiones y armaduras, según Plano Tipo y Especificaciones; sobre base de tosca de 0,20 m de espesor, y subrasante con idénticas exigencias técnicas, espesores, Valor Soporte California y compactación que para cordón cuneta.-

Pavimento intertrabado: con adoquines de hormigón de 8 cm de espesor, asentados sobre cama de arena de 4 cm, previo riego asfáltico de imprimación (E. B. L. 2=1 lt/m2), sobre base de suelo cemento de 0,15 m de espesor con el 4% de cemento en peso y subrasante existente recompactada.-

Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces de caño camisa, para futuras obras de alumbrado público y semaforización de P. V. C. DE 2 Ø 110 mm y 3,2 mm de espesor de pared con sello IRAM cubierto con 10 cm de hormigón cámaras y tapas en los extremos, según plano tipo B5. Todo conforme a planos y Especificaciones Técnicas Municipales.-

 

ARTICULO 6º: El plazo de ejecución de la obra será de treinta (30) días corridos a contar desde la fecha de Replanteo, que deberá efectuarse dentro de los diez (10)  días de notificada la empresa de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 7º: Las liquidaciones conforme a lo establecido por  los Artículos 31º y 65º del Decreto  Reglamentario 754/76, deberán presentarse en la Dirección de Obras Municipales (Departamento Vialidad),  en un plazo no mayor de cinco (5) días a partir de la Recepción Provisoria de la obra. Dichas liquidaciones deberán ser acompañadas por los planos conforme a obra con toda la nivelación de cordones cunetas y/o badenes.-

 

ARTICULO 8º: La Dirección General de Obras Municipales (Departamento Vialidad), deberá conformar las liquidaciones dentro de los diez (10) días hábiles de su presentación; las que resulten observadas tendrán un plazo similar a partir de su nueva presentación.-

 

ARTICULO 9º: En caso que la empresa no cumpla con lo dispuesto en la cláusula Sexta, se aplicará una multa del uno por ciento (1%) del monto total de obra por semana de atraso.-

 

ARTICULO 10º: El plazo de conservación de la obra será de tres (3) años, a contar desde la fecha de Recepción Provisoria. Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-

 

ARTICULO 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIEZ.