ORDENANZA Nº 5225
Título:
Autorizando al Centro de Salud "Dr. Leónidas Lucero" a gestionar la contratación de un préstamo.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD 865/88
Expediente M.B.B.: 525 30906/88
Fecha de Sanción: 3 de Noviembre de 1988
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo l°.- Autorízase al Centro de Salud "Dr. Leónidas Lucero", a gestionar la contratación de un préstamo de Cuatrocientos Mil australes (A 40000,-), con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, destinado a la terminación del Módulo de Internación, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 32° de su Carta Orgánica.
Artículo 2°.- Establécese que el empréstito solicitado se ajustará a las siguientes condiciones:
Artículo 3°.- Los recursos provenientes del presente préstamo ingresarán a: Sec.2, Sect.1, Rubro 1, del Cálculo de Recursos vigente Uso del Crédito Banco Provincia .
Artículo 4°.- Los gastos que se originen se imputarán a la partida: Sec.2, Sect.5, Inc.2, P.Ppal.1, Obras Centro de Salud del Presupuesto de Gastos vigente .
Artículo 5°.- El Centro de Salud "Dr. Leónidas Lucero", deberá prever en el Presupuesto de Gastos de los futuros Ejercicios, los créditos necesarios para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta su total cancelación.
Artículo 6°.- A los efectos de la perfección establecida en el artículo 184°, incisos 2) y 3), de la Constitución Provincial y 50° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y previo a la efectivización del convenio, el D. Ejecutivo deberá cubrir los recaudos previstos en los artículos 48° de la Ley antedicha y 15° del Reglamento de Contabilidad.
Artículo 7°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.