ORDENANZA Nº 16747

Título: Emergencia del Transporte Público de Pasajeros

Expediente H.C.D.: 1105-2012  

Fecha de Sanción: 23 de agosto de 2012

Fecha de Promulgación: 10 de septiembre de 2012

Decreto de Promulgación : 1620/2012

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Prorrógase en las actuales circunstancias la Emergencia del Transporte Público de Pasajeros por última vez, y por 30 días corridos a partir del vencimiento del plazo establecido en la Ordenanza 16.657.

 

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante el permiso precario concedido, con sus antecedentes, a la empresa “T.A. San Gabriel S.A.”.

 

Artículo 3º: Deberá acreditar al Departamento Ejecutivo la situación del Parque Automotor en cuanto a la titularidad de las unidades a favor de la empresa “T.A. San Gabriel S.A.”.

 

Artículo 4: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE.