ORDENANZA N°: 19309

Título: Eximiendo del Pago de la Tasa Por Servicios Indirectos y Directos Varios a la Señora María Cristina Arcostanzo.

Expediente del H.C.D.: 38-2018

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-10537-2017

Fecha de sanción: 26-04-2018

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


VISTO


El Proyecto de Ordenanza referido a la eximición en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, encuadrada en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencias (ALAS) y sus disposiciones complementarias, y;


CONSIDERANDO


Que, visto la documentación aportada por la Contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación, se desprende que la actividad llevada a cabo por el mismo, se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136, de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), al cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925.


Que, el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencias (ALAS) podrán gozar de la eximición de las Tasas y Derechos Municipales que a continuación se detallan, según corresponda:


  1. Tasa por Habilitación.

  2. Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

  3. Tasa por Inspección Veterinaria.

  4. Derechos de Construcción.

  5. Derechos de Oficina, solamente en lo referente a las actuaciones.

  6. Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233).


Que, la recurrente se encuentra inscripta en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios bajo el número de Contribuyente 77.717.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Exímase a la Señora ARCOSTANZO MARIA CRISTINA, DNI 11.913.480, Contribuyente Nº 77.717, del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios desde el día 25 de Noviembre de 2016 hasta el día 21 de Noviembre de 2017, en un todo de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Nº 12.925.


ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO.