ORDENANZA Nº 7721
Título:
Ejecución de la obra construcción de cordón cuneta y badenes en calle Alberti entre Mitre y Zelarrayán.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1419/93.
Expediente M.B.B.: 000-5548/93.
Fecha de Sanción: 12 de noviembre de 1993.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Articulo 1º - Autorícese a la empresa GRACIANO CIUCCI CONSTRUCTORA S.A., a realizar la obra: "Construcción de cordón cuneta y badenes en la calle ALBERTI, entre Mitre y Zelarrayan", en un todo de acuerdo con los antecedentes que obran en el expediente nº 0/00-5548/93 (1419-HCD/93).
Articulo 2º - Declárense cumplidas las exigencias de los artículos 184º, inciso 2), de la Constitución Provincial, 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Publicas ##2082 y sus modificatorias ##2201 y ##2485.
Articulo 3º - La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Publicas y se realizara por aplicación de los artículos 9º, inciso d), de dicha ordenanza y 23º a 26º de la Sección I, Capitulo IV de su Decreto Reglamentario nº 754/76, "Ejecución por contrato directo entre vecinos y empresa constructora",de su Decreto Reglamentario nº 754/76.
Articulo 4º - La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse conforme lo establece el articulo 6º de la ordenanza de Obras Publicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II del Decreto 754/76. A los efectos del prorrateo previsto en el citado articulo de la antedicha ordenanza, establécese que el mismo será "por frente" y la liquidación a cada vecino, previamente deberá ser aprobada por esta Municipalidad. El precio de la obra queda establecido en: $ 50,00 por m.1. de cordón cuneta y $ 60,- por m2. de badén.
Este precio queda sujeto a lo prescripto en la Ley de Convertibilidad nº 23.928.
El ajuste eventual del precio se hará conforme las normas que pudieran dictarse en el futuro en consecuencia de la mencionada Ley, en el orden Nacional o Provincial conforme correspondiere.
Articulo 5° - Las obras se ejecutaran de acuerdo a los planos y especificaciones del Departamento Vialidad de la Municipalidad de Bahía Blanca y según el siguiente detalle: Cordón cuneta badenes reglamentarios sobre base de suelo natural compactado, cuyo Valor Soporte sea mayor al 20%.-
Articulo 6º - El plazo de ejecución de la obra será de Sesenta (60) días corridos, a contar desde la fecha de replanteo, el que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de emitido el respectivo decreto.
Articulo 7º - La Empresa abonara a esta Municipalidad, antes de retirar conformados por la Autoridad Municipal los Certificados de Deuda, el tres (3) por ciento para el Fondo Permanente de Financiación de Obras Básicas, todo sobre el monto total del contrato, conforme lo dispuesto en el articulo 2º de la Ordenanza nº ##2485.
Articulo 8º - Las liquidaciones, conforme a lo establecido por el articulo 65º del Decreto Reglamentario 754/76, deberán presentarse en la Dirección General de Obras Municipales (Departamento Vialidad), en un plazo no mayor de cinco (5) días a partir de la Recepción Provisoria de la obra.
Articulo 9º - La Dirección General de Obras Municipales (Departamento Vialidad) deberá conformar las liquidaciones dentro de los diez (10) días hábiles de su presentación, las que resulten observadas tendrán un plazo similar a partir de su nueva presentación.
Articulo 10º - En caso que la Empresa no cumpla con lo dispuesto en el articulo 5º, se aplicará una multa del 1% del monto total de obra por semana de atraso.
Articulo 11º - El gasto que demande la ejecución de la presente obra en el frente de propiedad municipal, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Manzana 218 "y", parcela 6, Partida nº 101.689, deberá imputarse a la Partida: Carácter 1, Finalidad 3, Sección 2, Sector 5, Inciso 2, P.Ppal.21, del Presupuesto de Gastos vigente.
Articulo 12º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.