ORDENANZA Nº 5790

Título: Modificando el artículo 200º de la Ordenanza Fiscal.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-377/90.

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 05 de julio de 1990.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Modificase el artículo 200º de la Ordenanza Fiscal, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 200º - Quedan exentos del pago de los derechos de construcción, siempre que cuenten con el previo permiso municipal, los inmuebles de:

a. años y cuya finalidad o afectación específica esté destinada a las actividades que a continuación se detallan:

b. Propiedad, usufructo o uso gratuito de veinte (20) años de los estados Nacional y Provinciales, cuando las construcciones estén destinadas a escuelas e instituciones educacionales, organismos sanitarios oficiales o a fuerzas de seguridad.

c. Propiedad, usufructo o uso mayor de veinte (20) años de sociedades de fomento legalmente constituidas, destinados a sus fines específicos.

Artículo 2º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.