ORDENANZA Nº10691

Título: Modificando el artículo 13º de la ordenanza 7198 (Documento de Salud Laboral).

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1110-1998

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 23 de Septiembre de 1999

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Modifíquese el artículo 13º de la ordenanza 7198, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 13º - La Dirección de Salud Municipal, como organismo de aplicación, será la encargada "de la reglamentación de la presente ordenanza. Sin perjuicio de ello, dicha reglamentación deberá "instrumentar un sistema de ‘consentimiento informado’, dado por escrito y de acuerdo a los "modelos usuales de práctica médica, para los pacientes que sean objeto de exámenes o análisis "clínicos, en el marco del Programa Municipal de Control Sanitario, y en función del "otorgamiento del Documento de Salud Laboral."

"El consentimiento informado consistirá en la previa explicación al paciente de cuáles han de ser "las prácticas que se habrán de desarrollar sobre su persona - y sus finalidades -, requiriendo del "mismo la autorización por escrito al pie del formulario ilustrativo, como condición esencial de su "realización."

"En caso de tratarse de un paciente analfabeto o por cualquier otra causa impedido de leer, se le "informará verbalmente de los alcances de su autorización."

Artículo 2º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.