Título: Autorización de obra: extensión de red de gas
natural en calle Alvear al 2900
Expediente H.C.D.: 848-2010
Expediente M.B.B.: 0/00-8757/2009
Fecha de Sanción: 19 de agosto de 2010
Fecha de Promulgación: 7 de septiembre de 2010
Decreto de Promulgación Nª:
1155/2010
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
la obra Extensión de red de gas natural domiciliario en calle Alvear al 2900, entre El Resero y Florencio Varela (vereda
par), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi Gas
Pampeana Nº 03-004368-00-09, obrante en expediente Nro.
0/00-8757-2009.- (848-HCD-10).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada en el Artículo
1º, se encuadra dentro de las prescriptas en
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse conforme a las Disposiciones
del Artículo 6º, de
Se determinarán de ser
necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos.
Artículo 5º: En la presente obra no se aplicarán
las retenciones dispuestas en los
Artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 6º: Constitúyase el consorcio para la
ejecución de la mencionada obra, según la solicitud expresa de los
beneficiarios obrantes de fojas
Artículo 7º: El Consejo DE administración estará
integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén O. Valerio, Secretario de
Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de
Consorcios.
SECRETARIO: Sr. Diego Ruda Carbonell, DNI
22.123.913, vecino frentista.
VOCALES: Sr. Juan Carlos Lázzaro,
Legajo 2201, Jefe Departamento Electricidad y Mecánica y el Sr. Ariel Ockier, DNI 30.351.331, vecino frentista.
Artículo 8º: Los ingresos deberán efectuarse en
Artículo 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN