Título: Autorización de obra: extensión de red de gas
natural en calle Los Sauces entre Bouchard y DOrbigny.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-64-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-7958/2008
Fecha de Sanción: 16 de abril de 2009
Fecha de Promulgación: 6 de mayo de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
584/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
la obra Extensión de red de gas natural
domiciliario en calle LOS SAUCES entre BOUCHARD y D´ORBIGNY (vereda par), en un todo de acuerdo al Plano
de Camuzzi Gas Pampeana Nº 03-004095-00-08 obrante en
expediente Nro. 0/00-7958-2008.- (64-HCD-09).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inc. 2), de
Artículo 3º: La obra autorizada en el
artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras
Públicas, y se realizará por aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha
ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse conforme a las disposiciones del artículo 6º
de
Artículo 5º: Dejase establecido que el
prorrateo de la obra se realizará por servicio, es decir que el valor total
de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los inmuebles
afectados a la obra, ( parcelas o subparcelas),
según el régimen de
Se determinarán de ser
necesario cuotas adicionales con el sólo
objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores de plaza de los materiales y/ o
mano de obra llegan a superar los montos previstos.
Artículo 6º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en
los artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 7º: Constitúyase el consorcio
para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los
beneficiarios obrantes de fojas
Artículo 8º: El Consejo de Administración
estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén Valerio,
Secretario de Obras y Servicios
Públicos.-
TESORERA: Cra.
María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.-
SECRETARIO: Sr. Luna, Alberto Rolando,
DNI 23.800.740, vecino frentista.-
VOCALES: Sr. Juan Carlos Lázzaro, Legajo Nº 2201, dependiente del Departamento
Electricidad y Mecánica y el Sr. Miguel
Antonio Falco, DNI 16.521.166, vecino frentista.-
Artículo 9º: El gasto que disponga la
presente obra deberá imputarse a la partida Fuente 110, Jurisdicción
11101050000, Act. Prog. Proy. 52-01, Gasto 5210, del
Presupuesto de Gastos Vigente.-
Artículo 10º: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.-
DADA EN