VISTO
Las presentes actuaciones, iniciadas por la Señora María GUZMAN, DNI 12.278.590, mediante las cuales solicita el reconocimiento de los daños ocasionados a la sepultura de su hijo ubicada en la Sección H1, División 1, Sepultura 50, del Cementerio Municipal, hecho ocurrido el 5 de marzo de 2019, cuando la rama de un árbol cayó destruyendo la tapa del monumento y;
CONSIDERANDO
Que, analizadas las actuaciones, se informa a fs. 20, 21 y 28 del presente expediente, que están dados los requisitos para acceder favorablemente al pedido, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza 12.714.
Que, en virtud de los expuesto y, atento que a fs. 29, la damnificada presta su conformidad al monto que está en condiciones de reconocer el Municipio, el que asciende a Trece Mil Pesos ($ 13.000.-) y la imputación realizada por Contaduría General, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Dispóngase el reconocimiento de los daños materiales ocasionados a la sepultura ubicada en la Sección H1, División 1, Sepultura 50 del Cementerio Municipal, cuya titular es la Señora María GUZMAN, DNI 12.278.590, cuando la rama de un árbol cayó destruyendo la tapa del monumento el día 5 de marzo de 2019 y, abónese en tal concepto a la nombrada la suma de TRECE MIL PESOS ($ 13.000.-), en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente N.º 0/00-9088-2019 y lo establecido en la Ordenanza 12.714.
ARTICULO 2°: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 111010114000, A.P.P. 01, A.O. 00, Gasto 3840.
ARTICULO 3°: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTE.