ORDENANZA Nº 7931

Título: Modificando el Código de Planeamiento Urbano.

Tema:

Expediente H.C.D. : HCD-258/94.

Expediente M.B.B. : 410-1447/94.

Fecha de Sanción : 27 de Abril de 1994.

Fecha de Promulgación :

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza :

Modificada por la Ordenanza :


ORDENANZA

Artículo 1° ­ Modifíquese el contenido del inciso 8.1.2. del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"8.1.2. ­ Patio de Primera Categoría."

"Es el que sirve a locales de primera clase para el caso de viviendas uni o bifamiliares y resto de locales que requieran patio de primera, hasta una altura máxima de once (11) metros."

Artículo 2° ­ Incorpórese en el artículo 8.1.3. del Código de Planeamiento Urbano en su inciso 3):

"Inciso 3) ­ Para el caso de viviendas multifamiliares en altura, se permitirá el uso de estos patios para ventilar e iluminar cocinas, lavaderos, baños y locales de segunda categoría."

"Las dimensiones de estos patios varían según la altura del edificio y serán según lo estipulado en el artículo 8.1.3.1."

Artículo 3° ­ Modifíquese en el artículo 8.1.4. del Código de Planeamiento Urbano, en su inciso 8.1.4.1. los siguientes ítems:

"Superficie mínima 36 m2."

"Relación altura máxima del patio al lado mínimo 1 : 2."

Artículo 4° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.