ORDENANZA N°: 19711

Título: Disponiendo el Reconocimiento del Costo de la Franquicia por el Seguro Contratado con Provincia Seguros S.A. Por Daños Ocasionados al Automóvil Propiedad del Señor Juan Carlos Quintrileo.

Expediente del H.C.D.: 173-2019

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-454-2019

Fecha de sanción: 23-05-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A

VISTO


El Proyecto de Ordenanza, referido al reconocimiento por parte de la MUNICIPALIDAD del costo de la franquicia por el Seguro contratado con Provincia Seguros S.A., por los daños ocasionados al automóvil propiedad del Señor QUINTRILEO JUAN CARLOS, DNI Nº 14.595.315, y;


CONSIDERANDO


Que, de acuerdo a la presentación de nota por parte de PROVINCIA SEGUROS S.A., correspondiente al siniestro Nº 11901 Nº 122968, donde informa sobre el accidente de fecha 19 de Noviembre de 2018 con el vehículo perteneciente al Señor QUINTRILEO JUAN CARLOS. En el mismo, solicita la remisión de la suma de $ 750,00.-, en concepto de franquicia a cargo de la Comuna de acuerdo a lo estipulado en la Póliza antes nombrada.


Que, según la Póliza asegurada se encuentra dentro de la franquicia a cargo de la Municipalidad sobre suma asegurada $ 25.000.-


Que, del presente expediente, surge la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA, por el daño causado al vehículo particular marca Volkswagen Voyage, Dominio LKD 661, pudiéndose reconocer el accidente en el marco de las Ordenanzas Nº 7701 y 12.714.


Por ello y, atento al reconocimiento por parte de la Municipalidad de dicha franquicia; la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Dispóngase el reconocimiento por parte de la MUNICIPALIDAD del costo de la franquicia por el Seguro contratado con PROVINCIA SEGUROS S.A., por los daños ocasionados al automóvil propiedad del Señor QUINTRILEO JUAN CARLOS, DNI Nº 14.595.315, abonándose en tal concepto a la Compaña Aseguradora, la suma de SETECIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 750.-), de acuerdo a lo estipulado en la Póliza Nº 122.968.



ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110114000, Categ. Prog. 01.00.00, Gasto 3840.


ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE.