Título: Terminal de Ómnibus: gestiones para pasajes
gratuitos para discapacitados
Expediente H.C.D.: 1585-2010
Fecha de Sanción: 28 de abril de 2011
Fecha de Promulgación: 24 de mayo de 2011
Decreto de Promulgación Nª:
844/2011
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo Primero: Los vecinos que solicitan
boletos en servicios de transporte de pasajeros de larga distancia para
discapacitados y su acompañante en
Artículo Segundo: Los empleados y funcionarios
municipales regulados en los términos del Artículo 1º, deberán levantar un
acta circunstanciada que refleje la situación actual y los argumentos de la
negativa, identificando al empleado y la empresa requerida.
Artículo Tercero: El empleado y el funcionario
municipal, deberán presentar el acta final al funcionario de
Artículo Cuarto: Los empleados y funcionarios
municipales en todos los casos, deberán remitir copia de todas las actuaciones
a
Artículo Quinto: El incumplimiento de la
presente por parte de empleados y funcionarios, constituirá falta grave.
Artículo Sexto: El Departamento Ejecutivo,
dispondrá de una oblea de
Artículo Séptimo: El incumplimiento de lo
dispuesto en la presente Ordenanza por parte de las empresas prestatarias del
Servicio de Transporte de Pasajeros de Larga Distancia que poseen locales en
Artículo Octavo: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.
DADA EN