Título: Autorizando el rubro Fábrica artesanal de sandwiches y pasteles en un
inmueble del Barrio San Miguel..
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-893-2005
Expediente M.B.B.: 0/00-3036-2005
Fecha de Sanción: 15 de septiembre de 2005.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación
Nª
Derogada por la
Ordenanza:
Modificada por la
Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese por un período de cinco
(5) años contados a partir de la sanción de esta ordenanza, el rubro
"Fábrica artesanal de sandwiches y pasteles", en el inmueble sito en
el Barrio San Miguel, designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección
E, Manzana 34 C, Parcela 22, en un todo de acuerdo con los antecedentes
obrantes en el expediente Nro. 0/00-3036/2005 (893-HCD-2005).
Artículo 2º - La Localización del uso,
autorizado en el artículo 1º, se considerará apta mientras no se modifiquen las
actuales condiciones de desarrollo y consolidación del entorno, debiendo
someterse a dictamen de la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento, previo
a cada renovación.
Artículo 3º - El propietario deberá presentar la documentación técnica encuadrada dentro de las normativas vigentes.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE
DOS MIL CINCO.