ORDENANZA Nº12029
Título:
Cediendo una fracción de tierra en carácter de permiso de ocupación precaria a favor del Palihue Rugby Hocker Club.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1470-2001
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 10 de octubre de 2002.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - El D. Ejecutivo procederá a ceder en carácter de permiso de ocupación precaria a favor del Palihue Rugby Hockey Club una fracción de tierra del denominado Parque Campaña del Desierto, ubicado en Charcas y Fragata Sarmiento según croquis obrante a fojas 4 del expediente 1470-HCD-2001, cuya tendencia ostenta en calidad de usuaria la Municipalidad de Bahía Blanca, según los convenios establecidos por Decretos 2012/78 y 562/79 del Poder Ejecutivo Provincial, en un todo de acuerdo a las disposiciones de la presente Ordenanza.
Artículo 2º - El plazo de permiso de concesión precaria será de diez (10) años a partir de la promulgación de la presente, renovable por otro período igual siempre que se dé cumplimiento a las condiciones de cesión previstas en la presente Ordenanza.
Artículo 3º - La cesión de uso se realiza con cargo de cumplimentarse las siguientes condiciones:
Artículo 4º - El no cumplimiento en tiempo y forma de las condiciones exigidas en el artículo precedente, autorizará al Municipio a proceder a la caducidad automática del permiso de ocupación precaria, dejándose expresamente establecido que en dicho supuesto la institución perderá el derecho a reclamar cualquier tipo de indemnización o restitución de las mejoras incorporadas.
Artículo 5º - El D. Ejecutivo suscribirá con la institución el respectivo convenio a tenor de lo establecido en la presente. El convenio se comunicará al área provincial respectiva por intermedio del Departamento Planeamiento Urbano para su conocimiento y posterior aprobación.
Artículo 6º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOS.