Título: Autorización de obra: extensión de red de
gas en calle
Expediente H.C.D.: 39-2014
Expediente M.B.B.: 0/00-7808/2012
Fecha de Sanción: 14 de febrero de 2014
Fecha de
Promulgación: 28 de febrero de 2014
Decreto de
Promulgación Nª: 618/2014
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorizase la obra Extensión
de la red de gas domiciliaria de gas natural en calle
Artículo 2º - Declárense
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inc.2), de
Artículo 3º - La obra autorizada
en el artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de
Obras Pública y se realizará por aplicación de los artículos 9º, inciso d) de
dicha ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º - La obligatoriedad
del pago de la obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del artículo
6º de
Se determinarán de ser necesarios cuotas adicionales con el solo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno de estos ítems.
Artículo 7º - En la presente obra
no se aplicarán las retenciones dispuestas en los artículos
19º, 20º y 21º de
Artículo 8º - Constitúyase el
consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de
los beneficiarios obrante de fojas
Artículo 9º - El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes Personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén VALERIO, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra. María Angélica HENALES, Jefa Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sr. Domingo Jorge FERNANDEZ, D.N.I. nº 10.400.476, vecino frentista.
VOCALES: Ing. Daniel DOTTI,
Legajo nº 12.665, Jefe a/c del Departamento Electricidad y Mecánica y
Artículo 10º - Los ingresos
deberán efectuarse en
Artículo 11º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN