VISTO
El Proyecto de Ordenanza mediante el cual se incorpora un inmueble al Patrimonio Comunal, y;
CONSIDERANDO
Que, teniendo en cuenta lo informado por el Departamento Territorial a fs. 1, respecto a que se trata del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 172c, Parcela 20, Partida 187046 – Reserva de Equipamiento Comunitario, generado por plano de mensura y división característica 7-154-2012, que pertenece al dominio Municipal y no está inscripto a su favor.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Declarase incorporado al Patrimonio Municipal, el bien identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 172c, Parcela 20, Partida N.º 187.046 – Reserva de Equipamiento Comunitario.
ARTICULO 2°: Requierase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para la inscripción dominial pertinente.
ARTICULO 3°: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.