ORDENANZA Nº 6766
Título:
Regulación de tareas de limpieza mediante eyección de arena.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-482/92.
Expediente M.B.B.: 529-3746/92.
Fecha de Sanción: 12 de junio de 1992.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Los trabajos de limpieza mediante eyección de arena, hidrolavado u otro método a presión que se realice en lugares abiertos o en la vía pública solo podrán realizarse los días calmos, conforme lo establezca la reglamentación.
Artículo 2º - Las empresas o particulares que realicen estas tareas tomarán todas las medidas y precauciones para que el material de limpieza y los residuos provenientes de dicho proceso no contaminen el ambiente (sólidos sedimentables y suspendidos), conforme lo especifique la respectiva reglamentación.
Artículo 3º - Cuando dicha tarea se realice dentro del ámbito de un establecimiento industrial, la misma deberá efectuarse siguiendo las recomendaciones técnicas que la reglamentación determine.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.