ORDENANZA Nº 8330
Título: Declarando de interés municipal el primer servicio de helicópteros interurbanos.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1025/94.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 18 de noviembre de 1994.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° Declárese de interés municipal el primer servicio de helicópteros interurbano para cargas y pasajeros, que unirá a diez municipios del sur bonaerense.
Artículo 2° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.
CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
En la ciudad de ____ , a los ____ días del mes de ____ de 1994, se celebra el siguiente convenio para la prestación de un servicio regular de helicóptero, entre la Municipalidad del distrito de ____, desde ahora la CONTRATANTE, y el señor Salvador Fernández en representación de HELICURRIER, en adelante el PRESTADOR, para ejecutar las prestaciones que quedarán sujetas a las cláusulas que se enumeran
1.El PRESTADOR se compromete a ofrecer un servicio de traslados de emergencias médicas entre las localidades que lo soliciten, de los partidos de BAHÍA BLANCA, VILLARINO, MONTE HERMOSO, CORONEL ROSALES, TORNQUIST, CORONEL SUAREZ, SAAVEDRA, ADOLFO ALSINA, CORONEL PRINGLES, PUÁN, Y PATAGONES, de acuerdo a la urgencia médica prescripta para el paciente beneficiario del traslado, sin costo alguno para éste ni un (1) acompañante, desde el punto de partida hasta el sitio de aterrizaje en la localidad hacia la que se opera el traslado.
2.La CONTRATANTE, por su parte, podrá facturar a la obra social del beneficiario, o a éste, si correspondiere, el costo de traslado, sin que ello le crée obligación económica alguna con el PRESTADOR en este aspecto.
3.Producto de este CONVENIO, el PRESTADOR se compromete a llevar a cabo un relevamiento catastral aerofotográfico urbano del distrito, cuyos negativos originales les serán entregados a la CONTRATANTE a medida que se vaya realizando el trabajo.
4.El PRESTADOR deberá otorgar prioridad, en la medida que el espacio y el peso disponible en la máquina lo permita, a plazas disponibles para funcionarios municipales, que deban trasladarse de urgencia hacia algunos de los sitios de la escala citada en el punto 1, cuya frecuencia de vuelos se producirá los días lunes, miércoles y viernes.
5.La CONTRATANTE abonará, por todo concepto, un canon mensual de $4.000 (CUATRO MIL PESOS), durante los 36 (treinta y seis) meses de vigencia de este convenio.
6.El PRESTADOR tendrá a su cargo también, como bonificación de este convenio, el traslado gratuito de la correspondencia oficial del municipio, entre las localidades que figuran en el punto 1 de este compromiso, para lo cual se firman ____ ejemplares del mismo tenor.
7.En los casos que correspondiere, debido a catástrofes naturales o a accidentes de tránsito graves, y cuando la máquina no se encuentre afectada a otros servicios, el PRESTADOR podrá ser convocado por las respectivas autoridades de DEFENSA CIVIL, para estos hechos puntuales, al márgen de este convenio.