ORDENANZA Nº 8788

Título: Condonando la deuda a vecinos del Barrio 17 de Agosto y Sección Quintas de Villa Harding Green.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-297/95.

Expediente M.B.B.: 119-7817/94.

Fecha de Sanción: 18 de agosto de 1995.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Condónense las deudas que registran hasta el 30 de junio de 1992 las partidas inmobiliarias por el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública correspondientes a vecinos del Barrio 17 de Agosto y Sección Quintas de Villa Harding Green, conforme las tramitaciones seguidas en el expediente 119­7817/94 (297­HCD95).

Artículo 2º ­ Facúltese al D. Ejecutivo a convenir con los vecinos alcanzados por el beneficio del artículo 1°, planes de pago acordes para cancelar el resto de la deuda atrasada en el cumplimiento de la obligación por el mismo servicio.

Artículo 3º ­ Regístrese como crédito a favor de los vecinos los eventuales pagos ya efectuados sobre obligaciones comprendidas en el período de condonación. Sobre las partidas del barrio 17 de Agosto tendrán preferencia de pago sobre este crédito deudas pendientes del plan de erradicación .

Artículo 3º­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.