ORDENANZA Nº 13911

Título: Excepción emplazamiento de ochava: inmueble calle Perú 555.

Tema:

Expediente H.C.D.:  HCD-836-2006

Expediente M.B.B.: P – 51 – 2005

Fecha de Sanción: 8 de junio de 2006.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Autorízase, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava correspondiente al inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 35 d, Parcela 1 a,  UF 1, Partida 122228, sito en calle Perú 555, propiedad de la Señora ISABEL PAOLI DE MECCICO, hasta tanto se realicen modificaciones en el sector de ochava, finalice la vida útil del edificio o razones de interés público exijan su adecuación a los límites que prevén las normas vigentes, conforme los antecedentes obrantes en expediente Nro. 51-P-2005 (836-HCD-2006).

 

Artículo 2º - Una vez sancionada la presente, el propietario deberá realizar la correspondiente Cesión Gratuita de Mejoras, en razón de encontrarse el bien afectando la zona de retiro obligatoria por ensanche de calle Perú.

 

Artículo 3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL SEIS.