ORDENANZA Nº 14628

Título: Autorización de Uso: Salón de Fiestas calle Zapiola 428.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1752-2007

Expediente M.B.B.: 0/00-2945/2007

Fecha de Sanción: 27 de diciembre de 2007

Fecha de Promulgación: 15 de enero de 2008

Decreto de Promulgación : 58/2008

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Autorízase, con carácter de excepción, el uso “Salón de Fiestas”, en el inmueble sito en calle Zapiola 428, de esta ciudad, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 2, Parcela 8, Partida 4318, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0/00-2945/2007 (1752-HCD-2007).

 

Artículo 2º - La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se otorga por el término de cuatro (4) años, condicionada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza 10.480, a la no ampliación de superficie o incremento de actividades por sobre las solicitadas actualmente, y de cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.

 

Artículo 3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE.