ORDENANZA Nº10857

Título: modificando la ordenanza Fiscal en su artículo 98º.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-183-1998

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 27 de enero de 2000.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Modifíquese la Ordenanza Fiscal en su artículo 98º, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 98º - Por la prestación de los servicios de extracción de residuos que, por su magnitud, no corresponda al servicio "normal, y a la limpieza de predios, cada vez que se compruebe la existencia de desperdicios, malezas y otras situaciones de falta de "higiene, desinfección de vehículos, así como también por el uso del relleno sanitario por residuos no contaminantes no "domiciliarios, se abonarán las tasas que establezca al efecto la Ordenanza Impositiva. Para este Título será de aplicación la "ordenanza 7932 y modificatorias."

Artículo 2º - Deróguese toda disposición que se oponga a la presente.

Artículo 3º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL.