ORDENANZA Nº11196

Título: Creando el Programa Municipal "Ediciones de Cultura".

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-427-2000

Expediente M.B.B.: 311-2808-2000

Fecha de Sanción: 19 de octubre de 2000.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Créese el Programa Municipal "Ediciones de Cultura", que comprenderá tres series.

Artículo 2º - Propóngase la serie "Pago Chico", dedicada a "clásicos" locales por encontrarse parte de su obra agotada y algunos planes de estudio contemplan el análisis y lectura de la misma.

Artículo 3º - Propóngase la serie "El Premio", en atención a ciertos requerimientos y necesidades existentes en nuestro medio, en cuanto a la difusión de las obras pertenecientes a aquellos escritores locales consagrados, merecedores de distinciones alcanzadas por la participación en concursos o certámenes organizados en las distintas áreas que conforman la Subsecretaría de Cultura.

Artículo 4º - Propóngase la serie "Todos los fuegos, el fuego", en respuesta a las solicitudes de quienes carecen de medios económicos para editar sus escritos, que no es posible asistir en su totalidad, los que serán invitados a participar en el marco de selectas antologías.

Artículo 5º - El producto de esta actividad, los ejemplares editados, tendrán distintos destinos:

  1. Asistencia a entidades que persigan finalidades culturales y artísticas sin propósito de lucro, a través de la entrega de ejemplares editados en nuestro programa, en concepto de "donación", con el beneficio del resultado de su comercialización, en cantidad acorde a la propuesta, facilitando por este medio -particularmente- la tarea de divulgación.
  2. Distribución a bibliotecas populares y establecimientos educacionales, sin cargo.
  3. Entrega de ejemplares a los autores, sin cargo y en porcentajes de la edición a criterio de la Subsecretaría de Cultura.

Artículo 6º - Los recursos para el sostenimiento del programa están previstos en el Presupuesto del corriente año, en la UD. 3218, partida 1.6.1.1.2.12.01.

Artículo 7º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL.