ORDENANZA N°: 19557
Título: Reconocimiento Daños Materiales en el Vehículo Marca Renault 12, Propiedad del Señor José Alberto Paolucci.
Expediente del H.C.D.: 1044-2018
Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-2142-2017
Fecha de sanción: 13-12-2018
Derogada por Ordenanza n°:
Modifica a la Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
El proyecto de ordenanza referido al reconocimiento de daños ocasionados en el tren delantero del vehículo marca Renault, modelo R 12, dominio TOH 343, propiedad del Señor José Alberto PAOLUCCI, D.N.I. 12.221.030, a raíz de un bache de grandes dimensiones en calle Montevideo al 700 intersección Angel Brunel, el día 25 de Febrero de 2017, y;
CONSIDERANDO
Que, del presente expediente, surge la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA por el daño causado al tren delantero del vehículo marca Renault, modelo R 12, dominio TOH 343, propiedad del Señor José Alberto PAOLUCCI, D.N.I. 12.221.030, a raíz de un bache de grandes dimensiones, en calle Montevideo al 700 intersección Angel Brunel, pudiéndose reconocer el accidente en el marco de la Ordenanza Nº 7.701 y 12.714.
Que, por ello y atento que el damnificado ha desistido expresamente al inicio de acciones judiciales que pudieran corresponderle, condicionado a la reparación de los daños, reconociéndose la suma de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 11.950.-) en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Dispóngase el reconocimiento de los daños materiales ocasionados el día 25 de Febrero de 2017, al tren delantero del vehículo marca Renault modelo R12, dominio TOH 343 propiedad del Sr. José Alberto PAOLUCCI, DNI 12.221.030 a raíz de un bache de grandes dimensiones, abonándose en tal concepto la suma de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($11.950.-) en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0-2142-2017 (1044-HCD-2018).
ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la Partida: Fuente: 110, Jurisdicción 1110114000, Cat. Prog. 01.06, Gasto: 3840.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.