ORDENANZA Nº 8221
Título: Estableciendo sistema de pago para obra de iluminación.
Tema:
Expediente H.C.D. : HCD-1218/94.
Expediente M.B.B. :
Fecha de Sanción : 23 de setiembre de 1994.
Fecha de Promulgación :
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza :
Modificada por la Ordenanza :
ORDENANZA
Artículo 1º A los efectos del pago de la obra de iluminación de las calles Washington, entre Chiclana y Rivadavia, Washington, entre Alberdi y Sócrates, y Piedra Buena, entre Drago y Chiclana, queda establecido que el monto total será abonado por los vecinos frentistas en el término de hasta treinta y seis (36) meses, quedando sujeto el valor de las cuotas a lo prescripto en la Ley de Convertibilidad, n° 23.928, su ajuste eventual se hará conforme las normas que pudieren dictarse en orden nacional y/o provincial, referentes a la antedicha ley.
E1 pago de las cuotas establecidas comenzará a los sesenta (60) días de la habilitación del servicio. Este adicional se liquidará conjuntamente con la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y se acreditará a la cuenta especial "Obras de Alumbrado Público".
Artículo 2° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.