Título: Cese de actividad comercial: vecina Juvencia Olave.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-201-2005
Expediente
M.B.B.:
Fecha
de Sanción: 22 de diciembre de
2005.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º -Gírense
las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo para que por la Secretaría de Economía y Hacienda se
cite a la recurrente con el propósito de comprobar y demostrar el cese de las
actividades.
Artículo 2º -
Cumplimentado lo establecido en el artículo precedente, el Departamento
.Ejecutivo aplicará la normativa vigente emanado en la Ordenanza Fiscal en lo
que respecta al otorgamiento de la baja de la actividad comercial, y en
consecuencia, de la deuda.
Artículo 3º -
Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDÓS
DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL CINCO.