Título: Construcción de pavimento flexible calle Guiraldes
500 y 600.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-293-2006
Expediente
M.B.B.: 0/00-7885-2005
Fecha
de Sanción: 6 de abril de 2006
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º -
Autorízase la ejecución de la obra Construcción de pavimento flexible en la
calle GUIRALDES entre Terrada y Tucumán (al 500) y GUIRALDES entre Tucumán y 9
de Julio (al 600).
Artículo 2º -
Decláranse cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de la Constitución Provincial, 29º
inciso 2) y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la
Ordenanza de Obras Públicas Nro. 2082 y sus modificatorias Nros. 2201 y 2485.
Artículo 3º - La obra
autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la
Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de los artículos 9º
inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de la Sección I, Capítulo IV de su
Decreto Reglamentario Nº 754/76, Ejecución por Consorcio de Vecinos o
Cooperativas.
Artículo 5º - En la
presente obra no se aplicarán las retenciones
dispuestas en los artículos 19º,
20º y 21º de la Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo 6º -
Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra, según las
solicitudes expresas de los vecinos beneficiarios, obrantes de fojas 1 a 30
vta. del expediente Nº 0/00-7885/2005 (293-HCD/2006), habiéndose cumplimentado
con el artículo 2º y demás requisitos establecidos en la ordenanza 4060.
Artículo 7º - El
Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. JOSE IOGNA,
Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra. MARIA
ANGELICA HENALES, Jefe División Oficina Consorcios Obras Básicas.
SECRETARIO: Sra. MIRTA
BARROSO DE MUÑOZ, DNI 13.657.365, vecina frentista.
VOCALES: Sr. HUGO
FLESMAN, DNI 10.614.070, vecino
frentista y Agr. LORENZO CANEPA, Legajo Nº 11.339, dependiente del Departamento
Vialidad.
Artículo 8º - El gasto
que se origine deberá imputarse a la Partida Car. 1, Sección 2, Sector 5,
Inciso 2, Ppal. 20, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 9º -
Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL
MES DE ABRIL DE DOS MIL SEIS.