Título: Salón de Fiestas: inmueble sito en calle Paraná entre Almafuerte y Sixto
Laspiur.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1117-2005
Expediente M.B.B.: 0/00-6043-2005
Fecha de Sanción: 13 de octubre de 2005.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación
Nª
Derogada por la
Ordenanza:
Modificada por la
Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese, con carácter de
excepción, el uso "salón de fiestas", en el inmueble sito en calle
Paraná entre Almafuerte y Sixto Laspiur, designado catastralmente como
Circunscripción I, Sección D, Manzana 294, Parcela 15, Partida 17099, propiedad
de la Asociación Bahiense de Fútbol, en un todo de acuerdo con los antecedentes
obrantes en el expediente 0/00-6043/2005 (1117-HCD-2005).
Artículo 2º - La localización del uso, autorizado en el artículo 1º, se considerará apta, mientras se cumplimente la legislación vigente (Ordenanza 10.480).
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS
MIL CINCO.