ORDENANZA Nº 17376

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: “Pavimentación de calle Esmeralda entre Arroyo Napostá y Chile, etapa IV – año 2013 (8 cuadras)

Expediente H.C.D.: 1359-2013

Expediente M.B.B.: 417-8963/2013

Fecha de Sanción: 5 de diciembre de 2013

Fecha de Promulgación: 6 de enero de 2014

Decreto de Promulgación _ 35/2014

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase, de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, la obra “PAVIMENTACION DE CALLE ESMERALDA, ENTRE ARROYO NAPOSTA Y CHILE DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ACCESO A BARRIOS (ETAPA IV – AÑO 2013) – 8 CUADRAS – PLAN NACIONAL MÁS CERCA”, que se tramitó por expediente 417R Nº 972 Año 2013, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario  Nº 754/76 y 59º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:

 

 

ARTICULO 2º: Establézcase, para la presente obra la modalidad de Licitación Pública, con Fondos Nacionales –conforme al “Programa de Fortalecimiento de Obras  Viales Urbanas, Periurbanas, Caminos de Producción, Accesos a Puertos y Obras de Seguridad Vial”, mediante el sistema de “Ajuste Alzado”.

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE.