ORDENANZA Nº 5353
Título:
Modificación de la ordenanza fiscal en su Artículo 70º.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-260/89.
Expediente M.B.B.: 18 de mayo de 1989.
Fecha de Sanción:
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Dispónese la modificación del Artículo 70º de la Ordenanza Fiscal vigente, en lo siguiente:
- Facúltase al D. Ejecutivo a ajustar el valor de la tercera cuota de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, con la evolución del índice de precios al Por Mayor No Agropecuario del mese de Febrero - Marzo y 50% del mes de Abril de 1989.
- Facúltase al D. Ejecutivo a trasladar al valor de la cuarta cuota de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, el 50% restante del índice de precios al Por Mayor No Agropecuario del mes de Abril de 1989.
- Facúltase al D. Ejecutivo a utilizar a partir del 1ro. de julio de 1989 para el ajuste de las Tasas y Derechos Municipales, las siguientes fórmulas:
Ajuste Julio = Indice Mayo
Indice Marzo
Ajuste Agosto = Indice Junio
Ajuste Setiembre = Indice Julio
Ajuste Octubre = Indice Agosto
Ajuste Noviembre = Indice Setiembre
Ajuste Diciembre = Indice Octubre
Artículo 2º - Suspéndase el traslado al valor de las Tasa y Derechos Municipales del ajuste que surge de la diferencia entre los índices promedios que resultan de lo establecido en los Artículos 9º y 10º último párrafo de la Ordenanza Presupuestaria.
Artículo 3º - Las modificaciones que se disponen en los Artículos anteriores, tendrán vigencia hasta el 31 de Diciembre de 1989.
Artículo 4° - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.