ORDENANZA Nº 15514

Título: Código de Planeamiento Urbano: Plan Director Gral. Daniel Cerri

Expediente H.C.D.: 1488-2009

Expediente M.B.B.: 418-10860/2009

Fecha de Sanción: 26 de noviembre de 2009

Fecha de Promulgación: 22 de diciembre de 2009

Decreto de Promulgación : 1630/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: En el marco del proceso de reformulación, iniciado por Ordenanza 14.708, incorpórase a la estructura del Código de Planeamiento Urbano, el PLAN DIRECTOR para la localidad de General Daniel Cerri.

 

Artículo 2º: Incorpórase a la nomenclatura de zonificación del Código de Planeamiento Urbano la clasificación: IA (Industrial agroalimentario y servicios afines), para industrias relacionadas a la agroalimentación y afines,  aptas para la instalación de Sectores Industriales Planificados (SIP), orientados a la industria alimentaria y servicios afines, según cuadro de usos consignados en Anexo 1, de la presente Ordenanza.

 

Artículo 3º: Incorpórase al Código de Planeamiento Urbano el siguiente texto normativo:

 

C E (4) ( Centro Ejes de crecimiento)

 

Caracterización

 

Reúne el equipamiento de las áreas comerciales. Centro de crecimiento a  consolidar en el tiempo.

 

Delimitación

 

Calles Saavedra, Gutiérrez, González hasta eje calle Alcolea , Saavedra, eje calle Álvarez Jonte, calle Passo y eje calle Castelli.

 

Subdivisión

 

Frente: 12 metros, Superficie: 300 mts2.

 

Los indicadores urbanísticos de este nuevo distrito serán:

 

FOA: 60%

FOT: 2,20

Centro Libre de Manzana: caso “C”.

Altura máxima: 4 pisos.

Retiros:----------

Densidad poblacional para el cálculo de la superficie destinada a área verde  y reserva de uso público: 200 hab./Ha.

 

Usos: Ver Zona C 3, Cuadros Nº 1 (Cuadro de Usos según Distritos), Nº 2 (Clasificación de Industrias y Servicios, según molestias), Nº 3  (Clasificación Urbanísticas de las Industrias), Nº 4 (Clasificación de los Depósitos según molestias) y Nº 5 (Clasificación de los Depósitos) del Código de Planeamiento Urbano.

 

RM (5) Residencial Mixta.

 

Caracterización

 

Zona donde se compatibilizan las áreas de vivienda con la industria –taller.

 

Delimitación

 

 

Ejes calles Mayor Clérice, Ángel Gallardo, Alfonsina Storni, Lugones, Miguleletes, Zapala, Coronel Susini, Santa Rosa, Legión Italiana, 25 de Mayo, Álvarez Jonte, deslinde con zona C 3 (sobre calles Saavedra, Gutiérrez, González hasta eje calle Alcolea, Saavedra, eje calle Castelli, calle Passo, eje calle Álvarez Jonte), eje calle Álvarez Jonte, eje Avenida Manuel Belgrano y 9 de Julio, eje canal Cuatreros, eje Avenida Plácida Pernici.

 

Subdivisión

 

Frente: 12 metros, Superficie: 300 mts2.

 

Los indicadores urbanísticos de este nuevo distrito serán:

 

FOS: 60 %

FOT : 2,20.

 Centro Libre de Manzana: caso “C”.

Altura máxima: 4 pisos.

Retiros:----------

Densidad poblacional para el cálculo de la superficie destinada a área verde y reserva de uso público: 150 hab. /Ha.

 

Usos: Ver Zona RM, Cuadros Nº 1 (Cuadro de Usos según Distritos), Nº 2 (Clasificación de Industrias y Servicios según molestias), Nº 3 (Clasificación Urbanística de las Industrias), Nº 4 (Clasificación de los Depósitos según molestias) y Nº 5 (Clasificación Urbanística de los Depósitos) del Código de Planeamiento Urbano.

 

SUR 1 (3) Suburbano.

 

Caracterización

 

Área apta para vivienda unifamiliar de baja densidad de carácter suburbano con escaso equipamiento y servicios.

 

Delimitación

 

Ejes de calles Alfonsina Storni, Ángel Gallardo y Mayor Clérice y eje Avenida Neumayer.

 

Subdivisión

 

Frente: 15 metros, Superficie: 375 mts 2.

 

Los indicadores urbanísticos de este nuevo  distrito serán:

 

FOS: 60 %

FOT: 0,6.

Centro Libre de Manzana: caso  “C”,  ocupación 50 %, h: 4,50 m. Altura máxima: 2 pisos.

Retiros: frente: 3  metros; lateral: 3 metros para lotes mayores de 12 metros de frente.

Densidad poblacional para el cálculo de la superficie destinada a área verde y reserva de uso público: 100 hab. /Ha.

 

Usos: Ver Zona SUR  1, (Cuadro de Usos según Distritos),  del Código de Planeamiento Urbano.

 

EUR (5)  (Extraurbano de Reserva).

 

Caracterización

 

Áreas próximas al núcleo urbano, cuya ocupación estará condicionada a un futuro crecimiento de la ciudad.

 

Delimitación

 

Vías del Ferrocarril, eje calle Migueletes y Leopoldo Lugones – Alfonsina Storni, eje Avenida Neumayer – Plácida Pernici,  eje canal Cuatreros, vías del Ferrocarril, eje calle Sarmiento y límite SE y NE de la estación General Daniel Cerri.

 

Subdivisión

 

Frente: 100 metros, Superficie: 10.000 mts2.

 

Los indicadores urbanísticos de este nuevo distrito serán:

 

FOS: 20 %

FOT: 0,2

Retiros: frente: 3 metros,

Centro Libre de Manzana:----------

Altura máxima:-------------

 

Densidad poblacional para el cálculo de la superficie destinada a área verde y reserva de uso público: 4 hab. /Ha.

 

Usos: Ver Zona EUr Cuadro Nº 1  (Cuadro de Usos según Distritos) del Código de Planeamiento Urbano.

 

IA (Industrial Agroalimentario y servicios afines )

 

Caracterización

 

Industrias relacionadas a la agroalimentación y afines, orientadas a la industria alimentaria y servicios afines.

 

Delimitación

 

Eje calle Bahía Blanca, vías del Ferrocarril, eje Avenida 9 de Julio, Eje Ruta Nacional Nº 3, límite Noroeste de la Circunscripción XIII, Sección J y de la Circunscripción XIII, Sección H.

 

Subdivisión

 

Frente: 20 metros, Superficie: 800 mts2.

 

Los indicadores urbanísticos de este nuevo distrito serán:

 

FOS: 60 %

FOT: 1,40.

Centro Libre de Manzana:----------

Altura máxima:----------

 

Retiros: Frente: 3 metros; Fondo: 5 metros.; Lateral: 2,5 metros para lotes mayores a 12 metros; Bilateral: 2,5 metros para lotes mayores a 20 metros.

 

Usos:

 

Industrial: Solamente permitidos los contemplados en el Cuadro Nº 2 (Clasificación de Industrias y Servicios según molestias), en el rubro Productos alimenticios y bebidas (ver listado Anexo 1).

 

Depósitos: Solamente permitidos, los contemplados en el Cuadro Nº 4, (Clasificación de los Depósitos según molestias) en los rubros: Pesca y Caza, Agropecuaria y Alimentos y bebidas (ver listado Anexo 1).  

 

UP (Urbanización Parque):

 

Caracterización

 

Corresponde a zonas destinadas a espacios verdes o parquizados de uso público. En este distrito, la Municipalidad podrá autorizar obras de exclusiva utilidad pública que contemplen y no alteren el carácter de los mismos, estableciéndose las normas correspondientes.

 

Delimitación UP (6)

 

Circunscripción: XIII, Sección F, Chacra 29, Parcela 2.

 

Delimitación UP (7)

 

Eje Avenidas 9 de Julio y Belgrano, eje calle ingreso a ex Frigorífico Cap Cuatreros (Prolongación calle Álvarez Jonte), línea paralela a 200 metros Línea Municipal S.O. Avenidas 9 de Julio – Belgrano y límite S.E. Instalaciones Club Sansinena.

 

 

Artículo 4º: Se  incorpora al Código de Planeamiento Urbano el plano de Zonificación adjunto como anexo gráfico 2 de la presente.

 

Artículo 5º: Se instruye al Poder Ejecutivo a crear una Unidad Ejecutora        en un plazo de 90 días, a los efectos de instrumentar los programas que a continuación se detallan, con destino a materializar los objetivos propuestos :

 

a)       De suelo urbano baldío.

b)       De promoción a la industria Agro- Alimentaria y afines (Ley 13.744)

c)       De promoción turística y conservación patrimonial.

d)       De transporte y conectividad.

 

La Unidad Ejecutora, se conformará por representantes de la Dirección  de Planeamiento Urbano, Departamento  Planeamiento Urbano, Departamento Catastro, Departamento Proyecto  y Obras, Agencia de Desarrollo, Dirección de Turismo, Dirección de Transporte, Sociedad de Fomento, ONG y Entidades representativas del General Daniel Cerri.

 

Artículo 6º: Derógase cualquier Ordenanza anterior que se contraponga  a la presente.

 

Artículo 7º: Comuníquese  al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.