Título: Autorización de obra: Construcción de cordón
cuneta y badén en calle Donnari al 1150
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-302-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-5203/2008
Fecha de Sanción: 16 de abril de 2009
Fecha de Promulgación: 7 de mayo de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
598/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizarse la obra de Construcción de
cordón cuneta y badén en calle Dr. A. V. DONNARI (Altura 1150) entre L.J.D. HARRINGTON y AVELLANEDA, en un todo de acuerdo a
los antecedentes obrantes en expediente Nº 0/00-5203-2008. (302-HCD-2009)
.
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas por
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el
artículo 6º de
El precio de la obra queda establecido a
razón de ciento treinta y dos pesos ($132.-) el metro lineal de cordón cuneta y
ciento cincuenta y ocho pesos con treinta centavos ($158,30.-) el metro cuadrado
de badén.-
Artículo 5º: La obra se ejecutará de
acuerdo a los planos y especificaciones técnicas del Departamento Vialidad de
Cordón Cuneta: De hormigón simple de
0,15m de espesor y 0,50m de ancho de cuneta sobre base de tosca de 0,20m de
espesor compactada al 98% del Proctor correspondiente
de acuerdo a la clasificación de materiales HRB y Norma VN-E5-67, Valor Soporte
California (C.B.R.) mínimo del 20%, granulometría según especificaciones.-
La resistencia mínima cilíndrica del
hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días de 320Kg/cm2, con un tenor de
cemento mínimo de 350Kg/m3 de hormigón elaborado.-
Badenes: De hormigón armado de 0,17m de
espesor, demás dimensiones y armaduras según plano y Tipo y Especificaciones;
sobre base de tosca de
0,20m de espesor y subrasante
con idénticas exigencias técnicas, espesores, Valor Soporte California y
Compactación para cordón cuneta.Todo conforme a
planos y Especificaciones Técnicas Municipales.-
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la
obra será de treinta (30) días, a contar
desde la fecha de Replanteo, que se deberá efectuar dentro de los 10 (diez) dias de notificada
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a
lo establecido en los artículos 31º y
65º del Decreto Reglamentario 754/76, deberán presentarse en
Artículo 8º:
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (3) años, a contar desde la fecha de Recepción Provisoria.
Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.-
DADA EN