ORDENANZA Nº 6272

Título: Modificando la ordenanza nº 4038 en su artículo 3º, referida a comercialización en la vía pública.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-576/91.

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 18 de julio de 1991.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Modifíquese el artículo 3º de la ordenanza ##4038, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 3º - Autorícese, a los efectos de esta ordenanza, la comercialización de las mercaderías y servicios que a continuación se detallan:"

" 1º) Comercialización de:

" a) Frutas y verduras."

" b) Pescados y mariscos."

" c) Pan y facturas."

" d) Carro con venta de choripanes, hamburguesas, gaseosas y afines, sobre vehículos estacionados en la vía pública con carácter fijo."

" e) Productos lácteos."

" f) Productos de granja."

" g) Golosinas."

" h) Flores naturales o artificiales y plantas."

" i) Helados, café."

" j) Rifas y billetes de lotería autorizados en el distrito."

" k) Artículos de limpieza."

" l) Artículos de plástico."

" ll) Artículos de fantasía y baratijas."

" m) Artículos de mercería."

" n) Artículos regionales."

" ñ) Artículos de mimbre."

"2º) Prestación de los servicios de: "

" a) Afilado de cuchillos, tijeras, etc."

" b) Informática en general, debidamente autorizados.''

Artículo 2º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.