ORDENANZA Nº 6973

Título: Autorizando un subsidio a la Sociedad de Fomento Villa Parodi.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-81/87.

Expediente M.B.B.: 0/00-209/87.

Fecha de Sanción: 2 de octubre de 1992.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Autorícese al D. Ejecutivo a acordar un subsidio de Ocho mil quinientos pesos ($ 8.500.-) a la Sociedad de Fomento de Villa Parodi, con el fin de proceder a la adquisición de los terrenos denominados catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Chacra 337, Parcela 3k, Partida 119.093 y Circunscripción II, Sección D, Chacra 337, Parcela 3g, Partida 119.092, ubicados en el Barrio Villa Parodi de la ciudad de Bahía Blanca.

Artículo 2º - Los terrenos mencionados serán adjudicados a los vecinos del lugar, de acuerdo a las actuaciones llevadas adelante por la Secretaría de Salud y Acción Social, según consta en el expediente nº 0/00-209/87 (81-HCD/87).

Artículo 3º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida Carácter 1 (Administración Central), Sección 1, Sector 3, Inciso 2, "Subsidios a Entidades del Sector Público y, Privado" y, de ser necesario, el D. Ejecutivo lo financiará con economías a producirse en la ejecución del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 4º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.