ORDENANZA Nº 8732

Título: Convalidando convenio referido a la apertura de las calles Camino de Circunvalación y 17 de Mayo.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-745/95.

Expediente M.B.B.: 417-3736/95.

Fecha de Sanción: 14 de julio de 1995.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Convalídese el convenio suscripto con fecha 12 de junio de 1995 entre el D. Ejecutivo y los propietarios de la parcela afectada por la traza de la apertura de las calles Camino de Circunvalación y 17 de Mayo y Las calles transversales Bélgica, Islas Malvinas y Luis Harrington, en el sector designado catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Chacra 237, Fracción II, Parcela 2, en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el expediente 417­3736/95 (745­HCD95).

Artículo 2º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.

CONVENIO

Entre la Municipalidad de Bahía Blanca, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Agrimensor JAIME LINARES, con domicilio legal en calle Alsina N° 65 de la Ciudad de Bahía Blanca, y los propietarios de la parcela afectada por la traza de la apertura de las calles Camino de Circunvalación y 17 de Mayo y las calles transversales Bélgica, Islas Malvinas y L. Harrington, en el sector designado catastralmente como Circ. II, Sección C, Chacra 237, Fracción II, Parcela 2, cuyos datos filiatorios se detallan a continuación:

SRA. SANTINA TEMPORELLI, L.C. N° 1.437.816, con domicilio legal en calle Martín Rodríguez 781 de Bahía Blanca .

SRA. DELFINA TEMPORELLI, L.C. N° 4.041.659, con domicilio legal en calle Avenida La Plata 770 de Bahía Blanca .

SUCESORES DE ITALO TEMPORELLI: SRA. LIDIA CUELLO, L.C. N° 4.764.210, con domicilio legal en calle Avenida La Plata 754.

SRA. VIVIANA TEMPORELLI, DNI. N° 20.561.571, con domicilio legal en calle Avenida La Plata 754 de Bahía Blanca .

SRA. ADRIANA TEMPORELLI, DNI. N° 21.739.514, con domicilio legal en calle Florida 1065 de Bahía Blanca .

SRA. NATALIA TEMPORELLI, DNI. N° 24.829.215, con domicilio legal en calle Florida 1065 de Bahía Blanca .

Se precede a celebrar el presente Convenio:

ARTICULO 1º) : Los propietarios antes detallados se comprometen a ceder a la Municipalidad de Bahía Blanca, para destinarlo a la prolongación de las calles Camino de Circunvalación, 17 de Mayo, Bélgica, Islas Malvinas y L. Harrington, los sectores de la parcela necesarios para cumplir el fin mencionado y que surgirá del respectivo plano de mensura.

ARTICULO 2°): La Municipalidad de Bahía Blanca, en compensación se compromete a realizar:

a) Los trabajos de regularización parcelaria; plano de mensura con desmembramiento de calles.

A tales efectos se han determinado distancias aproximadas entre el borde del Canal del Arrovo Maldonado y la futura línea Municipal, tomadas en el eje longitudinal de las calles transversales, a saber:

Calle Sixto Laspiur: 21,oo metros.

Calle Bélgica: 19,50 metros.

Calle Islas Malvinas: 16,50 metros.

Calle L.Harrington: 24,50 metros.

Estos valores, quedarán fehacientemente definidos en el respectivo plano de mensura.

b) Cancelar la deuda que a la fecha del presente Convenio tengan con la Municipalidad, por los trabajos de pavimentación ejecutados en calle Sixto Laspiur, afectando un frente de dicha propiedad.

c) Eximir del pago correspondiente, al frente de la parcela afectado por las obras de pavimentación, que la Municipalidad decide realizar en el futuro en calle 17 de Mayo.

ARTICULO 3°): A partir de la vigencia del presente Convenio y hasta tanto se cuente con las partidas inmobiliarias resultantes de la subdivisión a practicar por la Comuna de conformidad con lo establecido en el artículo 2°) Inciso a) el bien inmueble afectado estará exento del pago de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.­

En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación de su contenido, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, y ad­referendum de la aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante, en la Ciudad de Bahía Blanca, a los DOCE (12) días del mes de JUNIO del año mil novecientos noventa y cinco.