ORDENANZA Nº 6115
Título:
Autorizando el llamado a concurso de Jefaturas del Centro de Salud Municipal "Dr. Leónidas Lucero".Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-96/91.
Expediente M.B.B.: 110-902/91.
Fecha de Sanción: 14 de marzo de 1991.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese al Departamento Ejecutivo a efectuar los llamados a concurso de funciones de Jefes de Servicio con carácter "cerrado", para los Profesionales de la Salud del centro de Salud Municipal "Dr. Leónidas Lucero" en los siguientes servicios: Medicina de Urgencia, Terapia Intensiva, Laboratorio, Odontología, Ginecología, Cirugía, Farmacia, Anatomía Patológica, Oftalmología, Neurología, Otorrinolaringología, Clínica Médica, Pediatría y Traumatología.
Artículo 2º - Autorícese al D. Ejecutivo a efectuar los llamados a concurso para cubrir funciones de Subjefaturas de Servicios, Jefes de Unidad y Jefes de Guardia, con carácter "cerrado" para los profesionales que pertenecen al plantel de los servicios que a continuación se mencionan:
Subjefaturas de servicios: Medicina de Urgencia, Terapia Intensiva, Laboratorio, Ginecología, Cirugía, Urología, Neurología, Clínica Médica, Pediatría, Traumatología y Odontología.
Jefes de Unidad de Diagnóstico o Tratamiento: Oncología, Endoscopía, Neurología Infantil y Consultorios Externos.
Jefaturas Días de guardia: para la totalidad de los días de la semana.
Artículo 3º - Autorícese al D. Ejecutivo a efectuar llamados a concursos para cubrir funciones de jefes de "unidades de consulta e internación", con carácter de "cerrado" para los profesionales que pertenecen al plantel de servicios que a continuación se mencionan: Dermatología, Cardiología, Endocrinología, y Psiquiatría.
Artículo 4º - Para los niveles de Jefes de Servicio, Unidad de Consulta y Jefe de Unidad de Diagnóstico y Tratamiento se deja expresamente aclarado que, para el otorgamiento del puntaje de los postulantes, se considerará lo establecido en la reglamentación del Concurso de Pases de la Ley 10.471, Ordenanza de adhesión nº ##5351 y modificatorias nº ##5793 y ##5875, adicionándose cinco (5) puntos para aquel personal que reviste en el Centro de salud Municipal "Dr. Leónidas Lucero" por más de cinco (5) años inmediatos previos e ininterrumpidos a la fecha del llamado a concurso.
Artículo 5º - En el caso que hubiere funciones que no se hallen vencidas al momento del llamado a concurso y que vencieren en el transcurso del corriente año, se procederá a su llamado simultáneamente con el resto, a fin de no establecer un interinato mayor de un año en la función, hasta el del próximo llamado. Quien resultare ganador se hará cargo en la fecha prevista de vencimiento de la función concursada.
Arículo 6º - Para la votación del consenso, en el caso de los servicios que cuenten con médicos de guardias integradas, éstos votarán tanto en la guardia como en el servicio al que se halle integrado.
Artículo 7º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.