ORDENANZA N°: 18121
Título: Modificando la categoría de la arteria del Paseo Urbano “Juan Domingo Perón”
Expediente del H.C.D.: 532-2014 c/ 402-2014, 504-2014 y 511-2014
Fecha de sanción: 09-04-2015
Fecha de promulgación: 29-04-2015
Decreto de promulgación: 989/2015
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por la Ordenanza n°: 18184
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modificase la categoría de la arteria del Paseo Urbano “Juan Domingo Perón”, la que pasará a denominarse “Avenida Juan Domingo Perón”, estableciéndose su límite máximo de velocidad en 60 Km/h, conforme lo dispuesto en la Normativa Nacional y Provincial.
ARTICULO 2° - El cambio de categoría de la arteria indicado por el artículo anterior queda supeditado a la realización de las obras de infraestructura vial adecuadas y necesarias que permitan una circulación segura en la Avenida Juan Domingo Perón, con un límite máximo de velocidad de sesenta (60) km/h. Las obras deberán ejecutarse en un plazo que no podrá exceder los ciento cincuenta (150) días contados desde la promulgación de la presente ordenanza, pudiendo el D. Ejecutivo solicitar una prórroga. (Texto vigente según Ordenanza 18.184)
ARTICULO 2º: Previo lo dispuesto en el Artículo 1º, el Departamento Ejecutivo deberá llevar a cabo la realización de las Obras de Infraestructura necesarias en un plazo no mayor a ciento veinte días (120) días, a fin de proceder a la jerarquización de la arteria referida en el Artículo 1º, financiando las mismas con el Presupuesto Municipal 2015- Secretaría de Obras y Servicios Públicos (52) - Viales e Hidráulicas (79), STISH (131), Obras Viales e Hidráulicas de dominio Público – Partida 4.2.0.0 Construcciones.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE.