ORDENANZA Nº12376

Título: Instrumentando el plan de reconversión de gas en comedores comunitarios.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-734-2003

Expediente M.B.B.: 410-4299-2003.

Fecha de Sanción: 7 de agosto de 2003.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Autorícese al D.Ejecutivo a suscribir convenios con entidades de bien público y/o particulares que desarrollen en sus instalaciones comedores comunitarios de carácter gratuito y se encuentren debidamente registrados y/o asistidos por las dependencias correspondientes de la Secretaría de Salud y Acción Social de la Municipalidad.

Artículo 2º - Será objeto del convenio la incorporación de la entidad beneficiaria al "Plan de Reconversión de Gas en Comedores Comunitarios" que se tramita por expediente Nº 410-4299-2003 (734-HCD-2003) conforme los antecedentes obrantes en el mismo, previa evaluación de cada caso por parte de las dependencias municipales que correspondan.

Artículo 3º - El período y/o permanencia en el programa por parte de los beneficiarios deberá ser como mínimo de dos (2) años, en forma continua e ininterrumpida, con el servicio comunitario que prestan, pudiendo renovarse automáticamente, previa conformidad de las partes.

Artículo 4º - Los gastos que originen la instrumentación del Plan y los respectivos convenios emergentes de la aplicación de la presente Ordenanza se asignarán a las partidas que a tal fin se prevean en el Presupuesto de Gastos, tanto para las obras, como para sufragar los consumos que para cada caso se determinen.

Artículo 5º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL TRES.