Título: Autorización de obra: desagües cloacales
en Montevideo al 200
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1003-2008
Expediente
M.B.B.: 0/00-1114/2008
Fecha
de Sanción: 28 de agosto
de 2008
Fecha
de Promulgación: 15 de septiembre de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 1076/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase
la obra Red de desagües cloacales en calle
Montevideo al 200, entre Saavedra y Berutti (acera
impar).
Artículo 2º - Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inciso 2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el
artículo 1º se encuadra dentro de las
prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por
aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º - Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse, conforme a las disposiciones del artículo 6º
de
Se determinarán de ser necesario cuotas
adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos
inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano
de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno de estos ítems.
Artículo 5º - En la presente obra no se
aplicarán las retenciones dispuestas en
los artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 6º - Constitúyase el consorcio
para la ejecución de la mencionada obra
según la solicitud expresa de los beneficiarios obrante a fojas
Artículo 7º - El Consejo de
Administración estará integrado por las
siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén VALERIO,
Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra.
María Angélica HENALES, Jefa Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sra. Beatriz B.DE NADAL, D.N.I. 0.873.500,
vecino frentista.
VOCALES: Ing. María Cristina PANIAGUA,
dependiente de
Artículo 8º - El gasto se imputará a
Artículo 9º - Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.
DADA EN