ORDENANZA N°: 19235
Título: Excepcion cumplimento requisitos de transporte de personas con discapacidad, Sr. Ojeda Rodrigo Nicolás
Expediente del H.C.D.: 115-HCD/2018
Expediente el D.Ejecutivo:0/00/1029/2018
Fecha de sanción: 20-02-2018
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
El Proyecto de Excepción al cumplimento del requisito de Año/Modelo que dispone la Ordenanza Nº 12.522 –que regula al Transporte de Personas con Capacidades Diferentes-, vinculado al trámite iniciado por el recurrente Ojeda Rodrigo Nicolás, quien solicita la autorización para prestar la actividad con el vehículo de su titularidad, Año 1998.
A tales efectos, la División Transporte Urbano a fs. 7, solicita la debida intervención del Ejecutivo, a fin de obtener la habilitación de la unidad para el servicio por excepción.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Concédase, por excepción, al Señor Rodrigo Nicolás Ojeda, un plazo de dos (2) años, para que la unidad Domino CEV 251, preste la actividad de forma regular y autorizada, para la realización de los servicios que regula la Ordenanza Nº 12.522.
ARTICULO 2º: Sin perjuicio de la excepción conferida, el titular deberá acreditar el efectivo cumplimiento de la totalidad de los requisitos que establece la citada norma, previo a la habilitación del vehículo por la oficina competente.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO.