ORDENANZA Nº 9930
Título: Programa de Información Complementaria para la Seguridad Social.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-996/97.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 13 de noviembre de 1997.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Créese el Programa de Información Complementaria para la Seguridad Social en el Partido de Bahía Blanca.
Articulo 2º Los beneficiarios, profesionales médicos que intervienen en prácticas de afiliados al Instituto Nacional de Servicios Sociales, Región Sanitaria de la Provincia de Buenos Aires, Hospital Interzonal "Dr.José Penna" y Hospital Municipal de Agudos "Dr.Leónidas Lucero", afectados por trámites de urgencia que se encuentren demorados en su resolución podrán requerir la intervención del H.Concejo Deliberante en el marco del programa que se implementa por la presente ordenanza.
Articulo 3º El H.Concejo Deliberante recibirá la petición de los legitimados indicados en el articulo anterior y, por intermedio de la Presidencia de la Comisión de Salud, requerirá informe circunstanciado de las razones que determinan la demora alegada por el presentante. Cumplido el mismo, y si a criterio de la Comisión del H.Concejo Deliberante las razones no resultaren suficientes, se requerirá, por resolución del órgano deliberativo que el superior jerárquico tome intervención sobre la cuestión motivo del trámite.
Articulo 4° El H.Concejo Deliberante requerirá de los organismos mencionados en el artículo primero la colaboración mínima y necesaria para cumplimentar el presente programa.
Articulo 5° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.