ORDENANZA Nº 5146

Título: Incrementando salario al personal municipal.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD – 640/88

Expediente M.B.B.: 110 – 6199/88

Fecha de Sanción: 25 de Agosto de 1988

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°.- Anticípase al personal de la Administración Central, del Ente Descentralizado "Dr. Leónidas Lucero" y de la Obra Social Municipal, un treinta por ciento (30%) de incremento salarial sobre sus sueldos básicos, a partir del 1° de Agosto de 1988.

Artículo 2°.- Compútese el anticipo antes dispuesto en la recomposición que correspondiere liquidar en el último trimestre del año al personal municipal, resultado de comparar la evolución de precios del trimestre Julio/Septiembre con los aumentos efectivamente otorgados para igual período.

Artículo 3°.- El porcentaje fijado en el artículo primero se liquidará sobre la escala salarial aprobada por el Honorable Concejo Deliberante para el mes de Septiembre del año 1988.

Artículo 4°.- Las remuneraciones que resulten de la aplicación de la presente Ordenanza, serán objeto de los aportes y contribuciones previstos por las leyes previsionales y asistenciales y de las retenciones por cuotas sindicales ordinarias.

Artículo 5°.- El D. Ejecutivo deberá establecer los créditos y/o mecanismos suficientes que aseguren la financiación de gastos que se originen por la aplicación de la presente.

Artículo 6°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.