ORDENANZA Nº11851
Título:
Creando un Registro de Operadores de Residuos Informáticos.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-87-2002.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 16 de mayo de 2002.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - El objeto de la presente ordenanza es minimizar el impacto de los residuos informáticos por medio de un sistema de gestión que incentive la reutilización de elementos informáticos.
Artículo 2º - El Municipio creará un Registro de Operadores de residuos informáticos en el ámbito del Departamento de Saneamiento Ambiental. El Registro constará de dos categorías diferenciadas según sean centros de transferencias y/o instalaciones para tratamiento de los elementos a tratar o reciclar.
Artículo 3º - El sistema de gestión de los residuos informáticos constará de distintas etapas:
Recolección, almacenamiento y tratamiento. Las Empresas operadoras deberán identificarse e inscribirse en dicho registro en función de las etapas en que intervengan.
Artículo 4º - Los requisitos de información mínima a presentar para la Inscripción en el Registro serán establecidos por el Departamento de Saneamiento Ambiental en función de las etapas del sistema en que intervengan.
Artículo 5º - Aquellas Empresas que incorporen vehículos para la recolección o distribución de los insumos deberán cumplimentar requisitos mínimos de seguridad, incluyendo modalidad de embalaje con protección para el traslado de dichos elementos. La modalidad de operación en la etapa de traslado debe formar parte del sistema de gestión y ser incorporado en el análisis de dicho sistema.
Artículo 6º - Con el fin de obtener la Habilitación Definitiva las Empresas que se inscriban en el Registro de operadores creado por el artículo 2º de la presente deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental cumplimentando los requisitos establecidos por la presente ordenanza, la 6209 y la Ley Provincial 11.720.
Artículo 7º - Adhiérase a la ley Provincial 12269.
Artículo 8º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DOS.