ORDENANZA N°: 19891

Título: Convalidando Convenio Marco de Colaboración Celebrado Entre el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bahía Blanca

Expediente del H.C.D.: 547-2019

Expediente el D. Ejecutivo: 1-848-190/2019-0-0

Fecha de sanción: 31/10/2019

O R D E N A N Z A

VISTO

 

El Convenio Marco de Colaboración celebrado entre el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bahía Blanca, por el que se acuerda un marco institucional para facilitar la cooperación, la colaboración y el intercambio de información y conocimientos específicos con el objeto de optimizar la prestación de los servicios que se brinda a la comunidad en el ámbito de sus respectivas competencias, como así también, los convenios específicos derivados del mismo; conforme a lo establecido en el Artículo 41°, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1°: Convalidase el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bahía Blanca, por el que se acuerda la creación de un marco institucional que facilite la cooperación e intercambio de información, capacitación de personal y el desarrollo de medios de información; convenio aprobado por Decreto del Departamento Ejecutivo N.º 1158/2019, conjuntamente con los convenios específicos derivados del mismo y suscriptos con fecha 21 de mayo de 2019 de la siguiente forma:

 

  1. Convenio específico de capacitación: para establecer un vínculo concreto en materia de capacitación de personal de ambas instituciones.

  2. Convenio específico en materia de información estadística: para establecer un canal de comunicación eficiente y seguro ante el requerimiento de información estadística.

  3. Convenio específico de cooperación tecnológica y Anexo I: para acordar mecanismos ágiles, seguros y eficientes para el acceso a desarrollos tecnológicos.

 

ARTICULO 2°. Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.