ORDENANZA Nº 15341

Título: Bahía Blanca: Ciudad de los Niños”, creación de los “Consejos de los Niños”

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1697-2008

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 16 de abril de 2009

Fecha de Promulgación: 27 de agosto de 2009

Decreto de Promulgación

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA    

 

Artículo 1º: Declárase a Bahía Blanca “CIUDAD DE LOS NIÑOS”.

 

Artículo 2º: Créanse los “CONSEJOS DE LOS NIÑOS“, espacios institucionales generadores de ámbitos creativos de nuevas propuestas, ideas y soluciones de gran valor estratégico, que orienten la acción de gobierno.

 

Artículo 3º: La constitución del Consejo se realizará en un acto solemne con la presencia del Intendente, Concejales, Funcionarios, Padres y otras Autoridades.

Cada Consejo estará formado por veinte niños de 5º y 6º de EPB. La elección se hará a través de un sorteo. La permanencia en el cargo de cada consejero es de dos años.

 

Artículo 4º: El Intendente puede encargar al  CONSEJO DE NIÑOS que  estudie o debata un tema determinado y le acerque su resolución al respecto.

El trabajo en el Consejo consistirá, por un lado, en atender, estudiar y proponer soluciones a los asuntos que el jefe Comunal les remita y, por otro, sugerir nuevas actuaciones, aportes, proyectos, programas e ideas al Departamento Ejecutivo y / o al Concejo Deliberante. Asimismo promoverá campañas de sensibilización y concientización de la ciudadanía sobre cualquier asunto de Interés público.

 

Artículo 5º: Con el fin de implementar los programas que se desprendan de los Consejos se promoverá la labor mancomunada de todas las áreas del Gobierno Municipal, el Concejo Deliberante, establecimientos educativos, docentes, como así también, empresas y comercios de la ciudad.

 

Artículo 6º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL NUEVE.