ORDENANZA Nº 7829
Título: Promover el Movimiento de Usuarios Telefónicos.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1011/92.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 22 de diciembre de 1993.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Créese el Movimiento de Usuarios Telefónicos (M.U.T.) con finalidad de poner en marcha un canal institucional que brinde respuesta a los justos reclamos de la comunidad con relación a la prestación del mencionado servicio a los usuarios con domicilio en nuestro Partido.
Articulo 2° A efectos del cumplimiento de la presente Ordenanza y con ]a finalidad de establecer una organización representativa que cumpla el rol de interlocutor válido para discutir los problemas relacionados con la prestación del servicio, el D. Ejecutivo convocará a una asamblea constitutiva del Movimiento de Usuarios Telefónicos (M.U.T.) del distrito dentro de los noventa (90) días de la promulgación de la presente.
Articulo 3º E1 Movimiento de Usuarios Telefónicos (M.U.T.), tendrá entre otros, los siguientes objetivos:
Artículo 4º E1 Movimiento de Usuarios Telefónicos (M.U.T.), que estará integrado, además por dos Concejales designados por el H. Concejo Deliberante, dictará su propio reglamento de funcionamiento.
Artículo 5º Autorícese al D. Ejecutivo a dar amplia información, a través de los medios de comunicación acerca de los alcances de la presente Ordenanza.
Artículo 6° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.