Título: Autorización de obra: extensión de red de gas
natural calles Santa Cruz y Charlone.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1795-2007
Expediente
M.B.B.: 0/00-8276/2006
Fecha
de Sanción: 16 de enero de
2008
Fecha
de Promulgación: 31 de enero de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 146/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase
la obra Extensión de la red de gas natural domiciliario en calle SANTA CRUZ
entre Bravard y Charlone
(vereda impar) y CHARLONE entre Santa Cruz y Chaco (vereda par), en un todo de
acuerdo al Plano de Camuzzi Gas Pampeana, Nº
BBL-3460/2006 (1795-HCD/2007).
Artículo 2º - Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inc.2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el
artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras
Públicas, y se realizará por aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha
ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago
de la obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del artículo 6º de
Artículo 5º - Déjase
establecido que el prorrateo de la obra se hará por servicio, es decir que el
valor total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los
inmuebles afectados (parcelas o subparcelas), según
el régimen de
Se determinarán de ser necesario cuotas
adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos
inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano
de obra llegan a superar los montos previstos.
Artículo 6º - En la presente obra no se
aplicarán las retenciones dispuestas en los artículos
19º, 20º y 21º de
Artículo 7º - Constitúyase el consorcio
para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los
beneficiarios obrante de fojas
Articulo 8º - El Consejo de
Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén Oscar Valerio,
Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra.
María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sra. Angelina Zamorano, D.N.I. Nº 92.401.330 vecina frentista.
VOCALES: Sr. Juan Carlos Lázzaro,
Legajo Nº 2201, dependiente del Departamento Electricidad y Mecánica y
Artículo 9º - Los ingresos deberán
efectuarse en
Artículo 10º - Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.
DADA EN