ORDENANZA N°: 18995
Título: Modificando Ordenanzas 16.981 y 18.667 (Ref. Declaración de Utilidad Pública y Pago Obligatorio Obra Pavimentación Varias Calles – Etapa IV – Año 2012 – 11 Cuadras)
Expediente del H.C.D.: 1722-2012
Expediente el D. Ejecutivo: 417-7086-2012 -1
Fecha de sanción: 08-06-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modifica a las Ordenanzas n°: 16.981 y 18.668
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modificar el Artículo 1º, de la Ordenanza Nº 16.981, que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 1º: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio en la obra PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ETAPA IV – AÑO 2012 – 11 CUADRAS, conforme a los Artículos 2º, 3º,4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, al Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Nº 754/76 y al Artículo 59º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:
GONZALEZ, entre Guido Spano y La Falda (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.).
CERRITO, entre Cipoletti y De Angelis (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.).
FACUNDO QUIROGA, entre Zapiola y Carriego (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.).
CARRIEGO, entre F.Quiroga y Rigamonti (3 cuadras – ancho de calzada 9,00m.).
ENRIQUE JULIO, entre Avellaneda y Don Bosco (2 cuadras – ancho de calzada 9,00m.).
BOLIVIA, entre Di Sarli y Enrique Julio (2 cuadras – ancho de calzada 9,00m.)
BOLIVIA, entre Enrique Julio y 17 de Mayo (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.)
AVELLANEDA, entre Enrique Julio y 17 de Mayo (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.).
ARTICULO 2º: Modificar el Artículo 1º, de la Ordenanza Nº 18.668, que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 1º: En la obra PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ETAPA IV – AÑO 2012 – 11 CUADRAS, cuyos antecedentes obran en el expediente Nº 417-7086-2012 Alcance Nº 1 (1722-HCD-2012), declárense cumplidas las exigencias del Artículo 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial y de los Artículos 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas 2082 y sus modificatorias, comprendiendo las siguientes calles:
GONZALEZ, entre Guido Spano y La Falda (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.)
CERRITO, entre Cipoletti y De Angelis (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.)
FACUNDO QUIROGA, entre Zapiola y Carriego (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.)
CARRIEGO, entre F. Quiroga y Rigamonti (3 cuadras – ancho de calzada 9,00m.)
ENRIQUE JULIO, entre Avellaneda y Don Bosco (2 cuadras – ancho de calzada 9,00m.)
BOLIVIA, entre Di Sarli y Enrique Julio (2 cuadras – ancho de calzada 9,00m.)
BOLIVIA, entre Enrique Julio y 17 de Mayo (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.)
AVELLANEDA, entre Enrique Julio y 17 de Mayo (1 cuadra – ancho de calzada 9,00m.).
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE.