ORDENANZA N°:18874
Título: SUSPENDIENDO COBRO TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓNDE LA VIA PUBLICA Y TASA DE SALUD A ENTIDADES PRIVADAS QUE PRESTAN ASISTENCIA MEDICA.
Expediente del H.C.D.: 339-HCD/2016 C/ 759-HCD/2016
Expediente el D.Ejecutivo:
Fecha de sanción: 22-02-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
Artículo 1° - Suspendase el cobro de la Tasa por Alumbado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, para el Ejercicio 2016, a aquellas entidades privadas que prestan servicios médicos esenciales como guardias externas e internación con prácticas quirúrgicas.
Artículo 2° - Las entidades que recibirán el beneficio aludido en el artículo 1° son las siguientes:
Hospital Privado del Sur.
Hospital Italiano Regional del Sur.
Hospital Regional Español.
Hospital de la Asociación Médica.
Clínica Privada “Dr. Raúl Matera”.
Artículo 3° - Incorpórase a CARDHE, IREL, AREM y AYUDALE por su trabajo prestando servicios médicos profesionales de manera gratuita a la comunidad bahiense que no cuente con cobertura social.
Artículo 4° - El presente beneficio regirá para el Ejercicio Fiscal 2.016 y podrá ser prorrogado a criterio del H. Concejo Deliberante con el acuerdo del D. Ejecutivo, por un ejercicio fiscal mas.
Artículo 5° - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE.