ORDENANZA N°: 19548
Título: Modificando el Artículo 1º de la Ordenanza 19.315 (Referida A Excepción de Aplicación Premios en Inmueble de Calle Salta, Entre Zapiola y Panamá)
Expediente del H.C.D.: 1183-2017
Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-8828-2017
Fecha de sanción: 21-12-2018
Derogada por Ordenanza n°:
Modifica a la Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
El Proyecto de Ordenanza referido a la necesidad de efectuar una modificación en el Artículo 1º, de la Ordenanza 19.315, por la cual se autoriza, con carácter de excepción, la aplicación de los premios establecidos en la Ordenanza 6.855, para el proyecto presentado en el expediente 0/00-8828-2017 (1183-HCD-2017), sobre el inmueble sito en calle Salta, entre Zapiola y Panamá, y;
CONSIDERANDO
Que, a fs. 7, el Departamento Territorial informa que se trata del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 37c, Parcela 13, Partida 144.971.
Que, a fs. 26, por un error involuntario en el Proyecto de Ordenanza no se consigna correctamente el Número de Partida del inmueble en cuestión, indicando que se trata del Número 14.471.
Que, a fs. 35, consta la Ordenanza 19.315, que traslada el error mencionado.
A fs. 47, el Asesor Legal de la Dirección General de Planificación y Desarrollo Urbano informa que además, se consignó un error involuntario al remitir en el Artículo 1º, a la Ordenanza 6.855, que es la que regula la edificación en la Parcela en cuestión, cuando dicho reenvío debió ser a los premios específicamente dispuestos en el Capítulo Sexto del Código de Planeamiento Urbano sancionado específicamente dispuestos en el Capítulo Sexto del Código de Planeamiento Urbano, sancionado por la Ordenanza 5.691.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modificase el Artículo 1º, de la Ordenanza 19.315, (referida a excepción de aplicación de premios en el inmueble de calle Salta, entre Zapiola y Panamá), el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 1º: Autorizase, con carácter de excepción, la aplicación de los premios establecidos en el Capítulo Sexto del Código de Planeamiento Urbano para el proyecto presentado en el expediente 0/00-8828-2017 (1183-HCD-2017), sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 37c, Parcela 13, Partida 144.971.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.