ORDENANZA Nº 12533
Título:
Creando el "Museo de Ciencias".Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-950-2002
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 4 de diciembre de 2003.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Créese el "Museo de Ciencias", dependiente de la Subsecretaría de Cultura, Secretaría de Coordinación y Planeamiento del Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la base de la Unidad de Decisión del mismo nombre.
Artículo 2º - El "Museo de Ciencias" tendrá por objeto reunir y conservar toda clase de documentos y objetos que se relacionen al conocimiento científico sin perjuicio de la función científica que propiamente le corresponde, contará con diversas secciones que por su vinculación le resulte conveniente anexar.
Artículo 3º - El "Museo de Ciencias" funcionará únicamente en locales de propiedad municipal o en los que se arrienden para tal fin.
Artículo 4º - Serán funciones de su Director designar a quien ejercerá la custodia y conservación del patrimonio, organizar el inventario de sus colecciones y de las secciones respectivas, tener la jefatura del personal que sea puesto a sus órdenes, mantener con conocimiento del D. Ejecutivo, correspondencia con organizaciones culturales e instituciones afines del país y del extranjero y estará, a su vez, facultado para efectuar toda clase de gestiones conducentes a la prosperidad de la repartición a su cargo.
Artículo 5º - Toda donación que se efectúe al "Museo de Ciencias" deberá tener la autenticidad debida u a sus efectos el Director elevará en cada caso un informe al D. Ejecutivo a fin de disponerse lo que corresponda sobre su aceptación o rechazo.
Artículo 6º - El "Museo de Ciencias" publicará periódicamente las actividades culturales que desarrolle, conferencias y estudios especiales y todas aquellas noticias e informes que se relacionen a sus fines, como así también una estadística de público asistente a sus instalaciones.
Artículo 7º - El D. Ejecutivo conforme a lo dispuesto en la presente ordenanza y a lo que determina en sus facultades orgánicas dictará la reglamentación interna del "Museo de Ciencias".
Artículo 8º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES.