ORDENANZA Nº 8221

Título: Estableciendo sistema de pago para obra de iluminación.

Tema:

Expediente H.C.D. : HCD-1218/94.

Expediente M.B.B. :

Fecha de Sanción : 23 de setiembre de 1994.

Fecha de Promulgación :

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza :

Modificada por la Ordenanza :


ORDENANZA

Artículo 1º ­ A los efectos del pago de la obra de iluminación de las calles Washington, entre Chiclana y Rivadavia, Washington, entre Alberdi y Sócrates, y Piedra Buena, entre Drago y Chiclana, queda establecido que el monto total será abonado por los vecinos frentistas en el término de hasta treinta y seis (36) meses, quedando sujeto el valor de las cuotas a lo prescripto en la Ley de Convertibilidad, n° 23.928, su ajuste eventual se hará conforme las normas que pudieren dictarse en orden nacional y/o provincial, referentes a la antedicha ley.

E1 pago de las cuotas establecidas comenzará a los sesenta (60) días de la habilitación del servicio. Este adicional se liquidará conjuntamente con la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y se acreditará a la cuenta especial "Obras de Alumbrado Público".

Artículo 2° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.