Título: Autorización de obra: Construcción de
pavimento intertrabado en calle R. Guiraldes al 500
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-191-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-10396/2008
Fecha de Sanción: 16 de abril de 2009
Fecha de Promulgación: 7 de mayo de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
594/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la obra de Construcción de
pavimento intertrabado en calle RICARDO GUIRALDES (altura 500) entre TERRADA y
TUCUMAN, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº
0/00-10396-2008.- (191-HCD-09).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas por
Artículo 4: Declárase
la obligatoriedad de pago a realizarse conforme a las disposiciones del artículo 6º de
El precio de la obra queda establecido a
razón de:$95 el m2 de pavimento intertrabado.-
Artículo 5º: Las obras se ejecutarán de
acuerdo a los planos y especificaciones del Departamento Vialidad de
Pavimento intertrabado:
con adoquines de hormigón de 8cm de espesor, asentados sobre cama de arena de
Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces,
para futuras obras de alumbrado público y semaforización
de P.V.C. de 2 Ø
Todo conforme a planos y Especificaciones
Técnicas Municipales.-
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la
obra será de treinta (30) días corridos, a contar desde la fecha de Replanteo,
que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de notificada la empresa de
la presente ordenanza.-
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a
lo establecido por los Artículos 35º del Decreto Reglamentario 754/76, deberán
presentarse en
Artículo 8º: El Departamento Vialidad
deberá conformar las liquidaciones dentro del los diez (10) días hábiles de su
presentación, las que resulten observadas tendrán un plazo similar a partir de
su nueva presentación.-
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (3) años a contar desde la fecha de Recepción Provisoria.
Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN