ORDENANZA Nº 6813
Título: Organizando el Consejo Municipal de Deportes.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-308/92.
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 17 de julio de 1992.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese al D. Ejecutivo a organizar el Consejo Municipal de Deportes, que estará integrado por representantes del H. Concejo Deliberante, Consejo Escolar de Bahía Blanca, Entidades representativas del deporte de la ciudad, por intermedio de sus respectivas asociaciones y de entidades públicas y privadas que se determinen en la reglamentación de la presente ordenanza.
Artículo 2º - Fíjense como funciones del Consejo Municipal de Deportes las siguientes:
Artículo 3º - El Centro Municipal de Deportes funcionará en dependencias habilitadas al efecto, y además de los integrantes que determinen el artículo 1º, colaborarán, en el orden administrativo, el personal asignado al Departamento Deportes, Recreación y Tiempo Libre, como así también se dispondrá de los elementos, muebles y útiles del mismo. No se nombrará personal alguno para el cumplimiento de las funciones descriptas.
Artículo 4º - El Consejo Municipal establecerá grupos de trabajo en las Delegaciones Municipales del Partido, Sociedades de Fomento o en aquellos barrios o zonas rurales que estime convenientes.
Artículo 5º - Incorpórese a la presente Ordenanza lo establecido en la ordenanza nº ##5507, Decreto nº 827, que implementa el Plan de Enseñanza de la natación gratuita.
Artículo 6º - Autorícese al D. Ejecutivo a crear el Registro Municipal de Instituciones DeportivasRecreativas, a través del Departamento Deportes, Recreación y Tiempo Libre, en el que podrán inscribirse las instituciones mencionadas en el artículo precedente y aquellas instituciones públicas y privadas que teniendo otro objeto principal reducen complementariamente actividades deportivasrecreativas, debiendo atenerse a lo dispuesto en la reglamentación de la presente.
Artículo 7º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES AD-HOC DE LA LOCALIDAD DE CABILDO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.