ORDENANZA N°: 18139
Título: Eximición tasas municipales a la señora Mirta Boffa.
Expediente del H.C.D.: 77-2014
Fecha de sanción: 07-05-2015
Fecha de promulgación: 19-05-2015
Decreto de promulgación: 1175/2015
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Suspéndase el pago de la deuda que en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, registra la Partida Nº 153.376, de propiedad de la vecina Mirta Boffa, por el período comprendido entre Enero de 2008 y Diciembre de 2013, hasta tanto mejore su condición económica o se disponga la venta del inmueble. El Departamento Ejecutivo, deberá efectuar las debidas intimaciones de pago a efectos de evitar la prescripción de la acción de cobro.
ARTICULO 2º: Exímase, a la Señora Mirta Boffa, del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública –en los términos del Artículo 1º, de la Ordenanza 16.465-, a partir del Período 2014-01, con carácter permanente por su condición de jubilada en tanto no se modifiquen las condiciones que motivaron la solicitud (Artículo 3º).
ARTICULO 3º: Autorizar, al Departamento Ejecutivo, a suscribir un plan de pago especial de entre 60 y 72 cuotas para la deuda incluida en el proceso judicial, condicionado al previo pago de las costas judiciales y a la adhesión a la modalidad de débito automático para la cancelación de las mensualidades, el que podrá vincularse con la cuenta bancaria en la que se depositan los haberes jubilatorios.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.