ORDENANZA Nº 8594

Título: Modificar el ancho de calzada de la calle Drago establecido en la n° 5762.

Tema:

Expediente H.C.D. : HCD-436/90.

Expediente M.B.B. : 418-1816/90, 0/00-5962/90, 0/00-10570/92.

Fecha de Sanción : 26 de mayo de 1995.

Fecha de Promulgación :

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza :

Modificada por la Ordenanza :


ORDENANZA

Artículo l° ­ Modifíquese el ancho establecido en el artículo l° de la Ordenanza n° ##5762 para la calle Drago, fijándose el mismo de manera que varía siguiendo una línea recta desde dieciocho metros cincuenta centímetros (18,50 metros) sobre calle Donado hasta diecisiete metros cincuenta centímetros (17,50 metros) sobre calle O'Higgins.

Artículo 2° ­ Apruébese, con carácter de excepción, el plano de mensura, división y cesión de calles que afecta al bien inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 55, Parcela 34a, que corre agregado al expediente 0/00­10570/92 (436­HCD­90) el que deberá ajustarse a lo establecido en el artículo l°.

Artículo 3° ­ Facúltese a las Oficinas técnicas correspondientes a anular el plano de "mensura, unificación, división, anexión y cesión para calle" característica 7­90­90 y a confeccionar uno nuevo que se ajuste a los nuevos hechos existentes que materializan los límites de calle Drago en su mitad hacia calle Donado.

Artículo 4° ­ Los beneficios del artículo 6° de la ordenanza n° ##5762 se ajustarán a la situación resultante de la aplicación de la presente.

Artículo 5° ­ Las dimensiones lineales y superficiales definitivos resultarán de los respectivos planos de mensura y subdivisión.

Artículo 6° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.