ORDENANZA Nº 5911

Título: Modificando el art. 2° de la número ##5071.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-752/90

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 20 de setiembre de 1990

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°.- Modificase el artículo 2° de la Ordenanza n° ##5071, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 2°.- Dicha Comisión estará integrada por cuatro [4] representantes del H. Concejo "Deliberante; cuatro [4] representantes del D. Ejecutivo discriminados por áreas y de la siguiente "manera:a] un representante del Departamento Saneamiento Ambiental;

b] un representante del Departamento Habilitaciones de Comercio e Industria;

e] un representante del Departamento Planeamiento Urbano y

d] un representante de la Dirección General de Asuntos Legales.

"El D. Ejecutivo invitará a formar parte de la Comisión a:

"1 - Universidad Nacional del Sur.

"2 - Universidad Tecnológica Nacional - Facultad Regional Bahía Blanca.

"3 - Delegación local de la Dirección de Saneamiento y Control del Medio.

"4 - Instituto Argentino de Oceanografía.

Artículo 2º.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.