ORDENANZA Nº4942
Título:
Modifíquese el artículo 4º de la Ordenanza 4709.Tema:
Expediente H.C.D.: 196-1987
Expediente M.B.B.: 216-1572-1987
Fecha de Sanción: 3 de Marzo de 1988
Fecha de Promulgación: 8 de Marzo de 1988
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º- Modifíquese el artículo 4º de la Ordenanza 4709, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4º- La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse queda sujeta a los alcances del artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas y concordantes de su decreto reglamentario.
Déjese establecido, a los efectos del artículo 6º precitado, que el prorrateo se hará sobre la siguiente base: treinta por ciento (30%) proporcional a la superficie de cada lote y setenta por ciento (70%) sobre los kva que solicite el usuario.
Artículo 2º- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.