ORDENANZA N°: 18987
Título: Autorizando Realización Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial en Chacra 203 Manzana 3 del Barrio Stella Maris.
Expediente del H.C.D.: 480-2017
Expediente el D. Ejecutivo: 239-7434-2016
Fecha de sanción: 08-06-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase la realización de Servicios de Agrimensura para la Regularización Dominial en la Manzana del Barrio Stella Maris, que se designa catastralmente de manera provisoria como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 203 3, Parcelas 1, 2,3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12a, 12b, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20. Partidas de oficio 506.034, 506.035, 506.036, 506.037, 506.038, 506.039, 506.040, 506.041, 506.042, 506.043, 506.044, 506.045, 554.766, 506.046, 506.047, 506.048, 506.049, 506.050, 506.051, 506.052 y 506.053. Corresponde a la Parcela Dominial 9 y 10, de la Chacra 203, Circunscripción II, Sección B.
ARTICULO 2º: Declárense cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial, 3º y 5º, de la Ordenanza 18.060.
ARTICULO 3º: Declarase la obligatoriedad de pago del Servicio de Agrimensura para Regularización Dominial a realizarse conforme las disposiciones del Artículo 4º, de la Ordenanza 18.060.
ARTICULO 4º: Dejase establecido que el pago al que se refiere el artículo anterior, se realizará por vecino frentista, conforme a lo consensuado oportunamente al adherir a la Formación del Consorcio.
ARTICULO 5º: Constitúyase el Consorcio para la ejecución de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial, según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes a fs. 1 a 43, del expediente 239-7434-2016 (480-HCD-2017).
ARTICULO 6º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
Presidente: Ing. Guillermo Manrique, Secretario de Infraestructura.
Tesorera: Cra. María Angélica Henales, Jefa de Oficina Administración de Consorcios.
Secretario: Sr. Matias Huilipan, DNI 37.389.737, vecino frentista.
Vocales: Agrim. Cristina Urquiola, Jefa Departamento Territorial y la Sra. Mabel Aguilar, DNI 13.564.971, vecina frentista.
ARTICULO 7º: El recurso para el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputará a la Partida: 21..2.06.00 R.A. (131) Recupero de Obras.
ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE.