ORDENANZA Nº 5104

Título: Aprobando la construcción de una propiedad por excepción a lo preceptuado en el artículo 7° de la Ordenanza N° ##3132.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD – 309/88

Expediente M.B.B.: 0/00 – 578/88

Fecha de Sanción: 29 de Junio de 1988

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°.- Autorízase, como excepción a lo preceptuado en el artículo 7° de Decreto – Ordenanza N° ##3132/78, la construcción en la zona de retiro obligatorio de la línea municipal de dos metros noventa y cuatro centímetros (2,94 mts.), sobre calle Brandsen, en las Parcelas 1 y 14, designadas catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 128, conforme el anteproyecto presentado.

Artículo 2°.- La excepción autorizada queda condicionada a la previa donación a la Municipalidad de Bahía Blanca de dicha franja de retiro obligatorio, con todo lo construido o a construirse en el futuro, y cuya tradición se operará dentro de los sesenta (60) días de la resolución del Señor Intendente que así lo disponga, motivada en la necesidad de ensanche de calle Brandsen.

Artículo 3°.- Deberá el donante renunciar a toda acción judicial contra la Municipalidad con fundamento en la exigencia del artículo anterior.

Artículo 4°.- El proyecto de construcción, desde el punto de vista técnico deberá admitir la demolición del edificio donado, sin deteriorar el remate.

Artículo 5°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.