ORDENANZA Nº 9347
Título: Dejando sin efecto el artículo 2º de la ordenanza nº 6464 (cesión de tierras para la construcción de escuela primaria).
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-935/96.
Expediente M.B.B.: 5807-2441400/94.
Fecha de Sanción: 30 de setiembre de 1996.
Fecha de Promulgación: 11 de octubre de 1996.
Decreto de Promulgación Nº 744/96.
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Déjese sin efecto el artículo 2º de la Ordenanza nº ##6464 de fecha 20 de noviembre de 1991, referido al cargo impuesto a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, por la cesión de una fracción de terreno para la construcción de una Escuela Primaria, en cuanto al plazo determinado para la aceptación de la donación.
Artículo 2º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.