Título: Programa: Educación para el Consumo
Responsable
Expediente H.C.D.: 819-2008
Fecha de Sanción: 16 de septiembre de 2010
Fecha de
Promulgación: 6 de octubre de 2010
Decreto de Promulgación Nª: 1338/2010
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1°: Créase en el ámbito de
Artículo 2°: El programa Educación para el consumo
responsable tiene como finalidad realizar acciones destinadas a establecer
criterios para el consumo racional y difundir los derechos de los usuarios y
consumidores entre los miembros de la comunidad educativa.
Artículo
3: El Programa tendrá como objetivos:
-Instalar
en la comunidad educativa la temática de la educación para el consumo
responsable.
-Difundir
los derechos de los consumidores y usuarios de bienes y servicios en el ámbito
escolar.
-Desarrollar
acciones tendientes a elaborar conciencia crítica de casa al consumo de bienes
y servicios.
-Incorporar
en la agenda del consumo de bienes y servicios públicos, aspectos relacionados
con el desarrollo sustentable y la salud.
-Educar
en el análisis crítico de las especificaciones técnicas y específicas de los productos
como así también de las relaciones contractuales, con el propósito de evitar
riesgos derivados del consumo de bienes y servicios.
Artículo
4: Para el cumplimiento de los objetivos del programa,
-La elaboración de un cronograma de actividades.
-La realización de encuentros-talleres para trabajar la temática del
consumo en las escuelas públicas y privadas a efectos de vincular los
contenidos curriculares de los distintos niveles educativos con la educación en
el consumo.
-Brindar capacitación a docentes.
-El diseño y elaboración de los cuadernillos con material pedagógico.
-La organización de campañas de difusión del programa.
-La realización de toda otra actividad que considere necesaria para el
buen cumplimiento de la presente.
Artículo
5º:
Asimismo,
invitará a participar del Programa a entidades no gubernamentales comprometidas
con la defensa de los derechos de los usuarios y consumidores.
Artículo
6º:
Artículo 7º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su promulgación y a
DADA EN