Título:
Construcción de
cordón cuneta y doce badenes en calles Brown, Saavedra, Pesquero Narwal,
Plunkett, Avenente, Mascarello, Siches y La Paz.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1262-2005
Expediente M.B.B.: 0/00-7276-2005.
Fecha de Sanción: 6 de octubre de 2005.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación
Nª
Derogada por la
Ordenanza:
Modificada por la
Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese la ejecución de la obra
"Construcción de cordón cuneta y doce badenes en las calles que seguidamente
se detallan: BROWN entre Plunkett y Avenente (3500 - ambas aceras), BROWN entre
Avenente y Mascarello (3600 - ambas aceras), BROWN entre Mascarello y Siches
(3700 - ambas aceras), BROWN entre Siches y La Paz (3800 - ambas aceras),
SAAVEDRA entre Plunkett y Avenente (3500 - ambas aceras), SAAVEDRA entre
Avenente y Mascarello (3600 - ambas aceras), SAAVEDRA entre Mascarello y Siches
(3700 - ambas aceras), SAAVEDRA entre Siches y La Paz (3800 - ambas aceras),
PESQUERO NARWAL entre Plunkett y Avenente (3500 - ambas aceras), PESQUERO
NARWAL entre Avenente y Mascarello (3600 - ambas aceras), PESQUERO NARWAL entre
Mascarello y Siches ( 3700 - ambas aceras), PESQUERO NARWAL entre Siches y La
Paz (3800 - ambas aceras), PLUNKETT entre Drago y Brown (0-100 acera par),
PLUNKETT entre Brown y Saavedra (100 - acera par), PLUNKETT entre Saavedra y
Pesquero Narwal (200-250 acera par), PLUNKETT entre Pesquero Narwal y Berutti
(250 - 300 acera par), AVENENTE entre Drago y Brown (0-100 ambas aceras),
AVENENTE entre Brown y Saavedra (100 - ambas aceras), AVENENTE entre Saavedra y
Pesquero Narwal (200 - 250 ambas aceras), AVENENTE entre Pesquero Narwal y
Berutti (250 - 300 ambas aceras), MASCARELLO entre Drago y Brown (0-100 ambas
aceras), MASCARELLO entre Brown y Saavedra (100 - ambas aceras), MASCARELLO
entre Saavedra y Pesquero Narwal (200 - 250 ambas aceras), MASCARELLO entre
Pesquero Narwal y Berutti (250 - 300 ambas aceras), SICHES entre Drago y Brown
(0-100 ambas aceras), SICHES entre Brown y Saavedra (100 - ambas aceras),
SICHES entre Saavedra y Pesquero Narwal (200 - 250 ambas aceras), SICHES entre
Pesquero Narwal y Berutti (250 - 300 ambas aceras), LA PAZ entre Drago y Brown
(0-100 acera impar), LA PAZ entre Brown y Saavedra (100 - acera impar), LA PAZ entre Saavedra y Pesquero Narwal (200
- 250 acera impar)".
Artículo 2º - Declárense cumplidas las
exigencias de los artículos 193º, inciso 2) de la Constitución Provincial, 29º
inciso 2) y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la
Ordenanza de Obras Públicas Nro. 2082 y sus modificatorias Nros. 2201 y 2485.
Artículo 3º - La obra autorizada por la presente
se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se
realizará por aplicación de los artículos 9º inciso d) de dicha ordenanza y 23º
a 26º de la Sección I, Capítulo IV de su Decreto Reglamentario Nº 754/76,
"Ejecución por Consorcio de vecinos o Cooperativas".
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago de la
obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del artículo 6º de la
Ordenanza de Obras Públicas y concordantes del Decreto Nº 754/76. A los efectos
del artículo 3º del citado decreto establécese un sistema de prorrateo
"por servicio", resultando la cantidad de 229 parcelas beneficiarias
cuyo monto se reajustará de acuerdo a las leyes vigentes.
Se determinarán de ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo
de llegar a culminar con todos los trabajos con todos los trabajos inherentes a
la obra, si los valores reales de obra llegan a superar los montos previstos en
cada uno de estos ítems.
Artículo 5º - En la presente obra no se
aplicarán las retenciones dispuestas en los artículos 19º, 20º y 21º de la
Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo 6º - Constitúyese el consorcio para la
ejecución de la mencionada obra, según las solicitudes expresas de los vecinos
beneficiarios, obrantes de fojas 1 a 206 vta. del expediente nº 0/00-7276/2005
(1262-HCD-2005), habiéndose cumplimentado con el artículo 2º y demás requisitos
establecidos en la ordenanza 4060.
Artículo 7º - El Consejo de Administración
estará integrado por las siguientes personas:
Presidente: M.M.O. Osvaldo José Micca,
Subsecretario de Infraestructura.
Tesorera: Cra. María Angélica Henales, Jefe
División Oficina Consorcios - Obras Básicas.
Secretario: Sra. Susana Bruno, LC. 4.521.951,
vecina frentista.
Vocales: Sr. Gabriel Ocejo, DNI. 14.148.744,
vecino frentista y Agr. Lorenzo Cánepa, Legajo nº 11.339, dependiente del
Departamento Vialidad.
Artículo 8º - El gasto que se origine deberá
imputarse a la Partida Carácter 1, Sección 2, Sector 5, Inciso 2, Ppal. 20, del
Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 9º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS
MIL CINCO.