Título: Programa de Estacionamiento Tarifado: fondos destinados a subsidiar a los usuarios del Sistema de Transporte Público Urbano
Expediente H.C.D.: 1595-2013
Expediente M.B.B.: 0/00-12149/2013
Fecha de Sanción: 14 de enero de 2014
Fecha de Promulgación: 20 de enero de 2014
Decreto de Promulgación Nª: 233/2014
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza: 17.978
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Aféctase la totalidad de los recursos provenientes de la recaudación del Sistema de Estacionamiento Medido y Pago a la ampliación del Recurso Afectado existente 12.2.05.04 – R.A. (131) “Estacionamiento Tarifado”.
ARTICULO 2º: Créase el “Programa R.A. (131) Estacionamiento Tarifado – Fondo Movilidad Urbana Sostenible”, cuyos fondos serán destinados a subsidiar a los usuarios del Sistema de Transporte Público urbano regular de Pasajeros, complementando la diferencia económica existente entre la tarifa plana vigente que para cada sección resulte, y los precios que se definan por aplicación de los regimenes tarifarios que prevean bonificaciones, descuentos o beneficios al pasajero.
ARTICULO 3º: Los recursos indicados en el Artículo 1º, de la presente, serán destinados a:
Inciso 1.- Aplicación de la Ordenanza 17.085.
Inciso 2.- Financiamiento del Programa R.A. (131) “Estacionamiento Tarifado – Fondo de Movilidad Urbana “Sostenible”, creado en el Artículo 2º, de la presente.
Inciso 3.- Financiamiento del “Programa R.A. (131) “Estacionamiento Tarifado – Fondo de Intervenciones Urbanísticas para la Seguridad Vial”.
(Texto vigente según Ordenanza 17.978)
ARTICULO 3º: Los recursos indicados en el Artículo 1º de la presente, serán destinados a:
Aplicación de la Ordenanza 17.085.
Financiamiento del “Programa R.A. (131) Estacionamiento Tarifado – Fondo de Movilidad Urbana Sostenible”, creado en el Artículo 2º, de la presente.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL CATORCE.