ORDENANZA Nº 14018

Título: Excepción al Código de la Edificación: inmueble calle Mitre 228/39.

Tema:

Expediente H.C.D.:  HCD-1060-2006

Expediente M.B.B.: 0/00-2645/2006

Fecha de Sanción: 24 de agosto de 2006.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Autorízase, con carácter de excepción, la superación de la altura permitida en el C.L.M., con la construcción proyectada en el inmueble sito en calle Mitre 228/230, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 28, Parcela 8, Partida 20.451, propiedad del Sr. Antonio Panelli, encuadrándolo en el inciso 3 del Artículo 4.1. del Código de Planeamiento, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nro. 0/00-2645/2006 (1060-HCD-2006).

 

Artículo 2º - El propietario deberá presentar la documentación, conforme lo establece el Código de la Edificación, respetando las restantes normativas del Código de Planeamiento Urbano.

 

Artículo 3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS.