ORDENANZA Nº 4903
Título:
Extiéndese la eximición del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a los jubilados, Pensionados y personas de escasos recursos que hubieran obtenido dicho beneficio durante el año fiscal 1987.Tema:
Expediente H.C.D.: 43-1987
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 3 de Diciembre de 1987
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º- Extiéndese la eximición del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública para el período 1988, a los jubilados, Pensionados y personas de escasos recursos que hubieran obtenido dicho beneficio durante el año fiscal 1987.
Artículo 2º- El porcentaje de eximición será el mismo que correspondió, en cada caso, en el año de 1987, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º, inciso d), de la ordenanza 4315.
Artículo 3º- Aquellos beneficiarios que hubieran sufrido alguna modificación en su situación económica deberán realizar una nueva presentación formal a fin de adecuar los porcentajes de eximición .
Artículo 4º- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTAY SIETE.