Visto:
La Licitación Pública n° 416R-118-2019, efectuada por el Departamento Ejecutivo para la ejecución de la obra: “REACONDICIONAMIENTO SISTEMA CONTRA INCENDIO DEL TEATRO MUNICIPAL, YESERÍA Y PINTURA EN LA SALA PAYRÓ”; teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, 187 y 190 del Reglamento de Contabilidad y demás Disposiciones de Administración de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de
Artículo 1º - Autorízase en los términos del artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, 187 y 190 del Reglamento de Contabilidad y demás Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la aceptación de la oferta única realizada por la empresa CONSAR CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L., en el marco de la Licitación Pública Nº 416R-168-2020, efectuada para la ejecución de la obra: “REACONDICIONAMIENTO SISTEMA CONTRA INCENDIO DEL TEATRO MUNICIPAL, YESERÍA Y PINTURA EN LA SALA PAYRÓ”; por un monto de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO TREINTA PESOS CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($ 5.424.130,22).
Artículo 2º) – Toda acción que intervenga, por la índole que fuere, el Patrimonio Arquitectónico del Teatro Municipal, debe contar con la aprobación de la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos dado su carácter de “Monumento Histórico Nacional” y de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, como se denominan actualmente o las que en un futuro las reemplacen.
Artículo 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTE.