ORDENANZA Nº 15481

Título: Cobro de obra: Extensión de la red de desagües cloaclaes en calles del Barrio San Vicente (III Etapa)

Expediente H.C.D.: 1270-2009

Expediente M.B.B.: 0/00-8280/2007 – Alcance 1

Fecha de Sanción: 5 de noviembre de 2009

Fecha de Promulgación: 30 de noviembre de 2009

Decreto de Promulgación : 1542/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: En la obra “EXTENSION DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO SAN  VICENTE  (III ETAPA)”, declárense cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial y 29º, inciso 2) y 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas 2082 y sus modificatorias, comprendiendo las siguientes calles:

 

- LUIS AGOTE,  e/Álvarez Condarco y Ángel Della Valle (1 cuadra, acera impar)

 Nomenclatura catastral IV, E, 15-n, parcelas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

- MERCEDES T. SAN MARTIN DE BALCARCE. e/ Álvarez Condarco y Ángel Della Valle (1 cuadra, ambas aceras).

 Nomenclatura catastral IV, E, 15-n, parcelas 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24.

 Nomenclatura catastral IV, E, 15-t, parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

- EDUARDO SIVORI e/ Álvarez Condarco y Ángel Della Valle (1 cuadra, acera impar).

 Nomenclatura catastral IV, E, 15-t, parcelas 17, 18 19, 20, 21, 22, 23 y 24.

- ÁNGEL DELLA VALLE e/ Eduardo Sivori y Mercedes T. San Martín de Balcarce ( 1 cuadra, acera impar).

 Nomenclatura catastral IV, E, 15-t, parcelas 25, 26, 27, 28, 29 y 30.

- ANGEL DELLA VALLE e/ Mercedes T. San Martín de Balcarce y Luis Agote ( 1 cuadra, acera  impar).

 Nomenclatura catastral IV, E, 15-n, parcelas 1, 25, 26, 27, 28, 29 y 30.

 

Artículo 2º: La presente obra se encuentra dentro de  las prescriptas por Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación del artículo 9º, inciso a), de dicha Ordenanza y los artículos 1º y 2º del Capítulo I de su Decreto Reglamentario Nº 754/76 “Ejecución directa con Fondos Municipales”, monto que, posteriormente, será reintegrado por los vecinos frentistas.

 

Artículo 3º: La obligatoriedad de pago de la obra, conforme lo establece el artículo 6º, de la Ordenanza  de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II, artículo 29º, 36º al  39º inclusive y concordantes del Decreto Nº 754/76. A los efectos del artículo 30º del citado Decreto, se adopta el sistema de prorrateo  “por servicio”, siendo de aplicación lo establecido en  el artículo 35º, es decir que “el valor total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los inmuebles afectados (parcelas o sub-parcelas según el régimen de la Ley 13.512)”.

 

Artículo 4º: El monto a prorratear a los vecinos frentistas incluirá los recargos previstos en los artículos 19º, 20º y 21º de la Ordenanza de Obras Públicas, para lo cual se fija un porcentaje total del seis (6%) por ciento del monto de la red de Desagües Cloacales a cargo de los vecinos. A este  porcentaje, se aplicarán sus ampliaciones y adicionales y se ingresarán en las partidas correspondientes del Cálculo de Recursos.

 

Artículo 5º: El costo del servicio a cargo del vecino frentista se fija en la cantidad de dos mil ciento setenta y nueve pesos con tres centavos ($ 2.179,03).-

 

Artículo 6º: El pago por parte de los propietarios frentistas a la Municipalidad podrá efectuarse de la siguiente forma:

 

a)       Pago de contado: dentro de los treinta (30)  días de notificada la respectiva liquidación, (artículo 43º, Decreto Nº 754/76).

b)       Pago financiado: Hasta en Veinticuatro (24) cuotas mensuales, a partir del plazo indicado en el inciso anterior.

 

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo, podrá extender la cantidad de cuotas a aquellos frentistas que, por razones económicas, soliciten ampliación del plazo de pago, previa realización de un estudio socio – económico, al titular del inmueble afectado por la obra.

 

Artículo 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.