ORDENANZA Nº 17597

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: extensión red de agua potable en calles del Barrio Stella Maris – Plan Nacional Mas Cerca

Expediente H.C.D.: 290-2014

Expediente M.B.B.: 417-453/2014

Fecha de Sanción: 30 de abril de 2014

Fecha de Promulgación: 20 de mayo de 2014

Decreto de Promulgación Nª: 1236/2014

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA


ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, la obra “EXTENSION DE LA RED DE AGUA POTABLE EN CALLES DEL BARRIO STELLA MARIS – PLAN NACIONAL MAS CERCA”, que tramitó por expediente Nº 417R-219-2013, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Número 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Número 754/76 y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:



ARTICULO 2º: Establézcase, para la presente obra, la modalidad de Licitación Pública con Fondos Nacionales, -conforme al Convenio Único de Colaboración y Transferencia entre la Municipalidad y el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA) “Plan Nacional Más Cerca, Mejor País, Más Patria”, Área “Mejor Calidad de Vida, Más Salud”-, mediante el Sistema de “Ajuste Alzado”.-


ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.


ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE.