ORDENANZA N°: 19785
Título: Reconocimiento de Daños Materiales Ocasionados al Vehículo Propiedad de la Señora Stella Maris Staffolani.
Expediente del H.C.D.: 589-2019
Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-6042-2018
Fecha de sanción: 01-08-2019
Derogada por Ordenanza n°:
Modifica a la Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
El Proyecto de Ordenanza, referido al reconocimiento de daños ocasionados a la cubierta delantera del vehículo marca Peugeot 208, tipo Sedan 5 Puertas, Dominio PDM 323, propiedad de la Sra. Stella Maris STAFFOLANI, DNI 13.524.586, a raíz de un bache de grandes dimensiones, el día 17 de Julio de 2018, y;
CONSIDERANDO
Que, del presente expediente, surge la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA, por el daño causado a una de las cubiertas delanteras, del vehículo marca Peugeot 208, tipo Sedan 5 Puertas, Dominio PDM 323, propiedad de la Sra. Stella Maris STAFFOLANI, DNI 13.524.586, a raíz de un bache de grandes dimensiones en calle Pilmayquen a la altura del campo de la Escuela de Agricultura y Ganadería, pudiéndose reconocer el accidente en el marco de las Ordenanzas Nº 7701 y 12.714.
Por ello y, atento que el damnificado ha desistido expresamente al inicio de acciones judiciales que pudieran corresponderle, condicionado a la reparación de los daños, reconociéndose la suma de TRES MIL CIENTO TREINTA PESOS ($ 3.130.-), en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Dispóngase el reconocimiento de los daños materiales ocasionados el día 17 de Julio de 2018, a la cubierta delantera del vehículo marca Peugeot 208, tipo Sedan 5 Puertas, dominio PDM 323, propiedad de la Sra. Stella Maris STAFFOLANI, DNI 13.524.586, a raíz de un bache de grandes dimensiones; abonándose en tal concepto la suma de TRES MIL CIENTO TREINTA PESOS ($ 3.130.-), en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0/00-6042-2018 (589-HCD-2019).
ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat. Prog. 01.06, Gasto 3840.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A UN DIA DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECINUEVE.