ORDENANZA Nº 15612

Título: Convenio con el Ministerio de Justicia de la Nación

Expediente H.C.D.: 1920-2008

Expediente M.B.B.: 810-6715/2008

Fecha de Sanción: 15 de abril de 2010

Fecha de Promulgación: 7 de mayo de 2010

Decreto de Promulgación : 558/2010

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Convalídase el Convenio y Anexos I y  II suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, a través del cual se acuerda con el Registro Nacional de Reincidencia, la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.), para la tramitación de Certificados de Antecedentes Penales, en un todo de acuerdo al ejemplar obrante en el presente expediente.-

 

ARTICULO 2º: Los importes que ingresen en virtud del Convenio mencionado en el Artículo precedente, deberán imputarse a la cuenta 129.02.03 del Cálculo de Recursos vigente (129.02.03: INGRESOS VARIOS).-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHI A BLANCA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIEZ.

 

 

CONVENIO

 

Entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, representado en este acto por el Sr. Ministro Dr. Aníbal D. Fernández, con domicilio en la calle Sarmiento 329 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y la Municipalidad de la Ciudad de Bahía Blanca representada en este acto por su Intendente Sr. Cristian Breitenstein, con domicilio en la calle Alsina 65, de la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, por la otra, y considerando:

 

Que en atención de lo dispuesto por el artículo 8º inc. “f” de la ley 22.117, incorporada al Código Penal de la Nación, el Registro Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos informa mediante la emisión de un certificado, los antecedentes penales de los particulares.

 

Que en virtud de las atribuciones que le competen, la Municipalidad de Bahía Blanca solicita la implementación del sistema de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (UER) para la tramitación de los Certificados de Antecedentes.

 

Que teniendo en cuenta que la Municipalidad de Bahía Blanca, manifiesta su interés de instalar Unidades de Expedición y Recepción (UER), en dependencias municipales a designar, conforme lo habilitan los desarrollos informáticos de propiedad del Registro Nacional de Reincidencia, se evitaría de esta forma que el usuario tenga que recurrir al uso del correo postal o de gestores que encarecen o demoran la solicitud.

 

Que es interés del Registro Nacional de Reincidencia agilizar la tramitación de los Certificados de Antecedentes Penales requeridos por los usuarios, a través de la aplicación del sistema UER, permitiendo de esta manera que los particulares efectúen la solicitud en su municipio evitando traslados innecesarios.

 

Por ello las partes acuerdan celebrar el presente Convenio, sujeto a las cláusulas que a continuación se establecen:

 

PRIMERA: Conforme las funciones asignadas por la normativa en vigor el Registro Nacional de Reincidencia, dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, en adelante REINCIDENCIA, y la Municipalidad de la Ciudad de Bahía Blanca, en adelante la MUNICIPALIDAD, acuerdan la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.) conforme el sistema informático desarrollado por REINCIDENCIA.

 

SEGUNDA: A estos efectos, REINCIDENCIA se compromete a proveer el software informático correspondiente al sistema que se acuerda por el presente, asi como la supervisión para su instalación y mantenimiento, realizando también la capacitación de los operadores del sistema.  Para tal fin, REINCIDENCIA, cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria, según lo establecido por las leyes 23.283 y 23.412.

 

TERCERA: Como contrapartida de ello, la MUNICIPALIDAD se compromete a proveer el equipamiento informático necesario, el costo de la conexión a Internet, el espacio físico donde se instalará la UER y el personal que operará la misma.

 

CUARTA: En virtud de que los Certificados de Antecedentes Penales a particulares que emite REINCIDENCIA, son arancelados conforme lo dispuesto por las leyes nacionales 22.117 y 23.412 y decretos y normas reglamentarias, la MUNICIPALIDAD se compromete a enviar las solicitudes previo pago del arancel correspondiente.

 

QUINTA: REINCIDENCIA dispone que a través del Ente Cooperador Colegio Público de Abogados, que administra los fondos de Cooperación Técnica y Financiera de REINCIDENCIA (ley 23.412), se deposite en la cuenta que brinde la MUNICIPALIDAD, la suma de $ 6,10 (Seis pesos con diez centavos) por cada Trámite Formulario de 24 horas efectuado a través de las regionales UER establecidas en el presente CONVENIO.

 

SEXTA: La MUNICIPALIDAD manifiesta conocer y aceptar para su implementación, el “REGLAMENTO PARA TRAMITES DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES PENALES DE LAS U.E.R.” que forma parte del presente como Anexo I, así como el “MANUAL DEL USUARIO” que se incorpora a este Convenio como Anexo II.

 

SEPTIMA: El presente Convenio tendrá una vigencia de dos años, renovándose automáticamente por idéntico período, salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de no continuarlo, sin que la denuncia del mismo otorgue derecho a reclamar indemnización alguna.  A tales efectos la parte que rescinda deberá notificar fehacientemente dicha circunstancia con una anticipación no menor a sesenta (60) días.

 

ANEXO I

REGLAMENTO PARA TRAMITES DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES PENALES DE LAS U.E.R.

 

 

Para efectuar el pedido de Certificado de Antecedentes Penales a requerimiento de los ciudadanos, se proveerá a las distintas U.E.R. de solicitudes en los que el interesado consignará los datos, y boletas de depósito del Banco de la Nación Argentina de $ 20,00.- ó $ 34,30.- para la Cuenta Nº 53679/50 “Fondo Cooperador – Ley 23.412 Registro de Reincidencia” Banco de la Nación Argentina Sucursal Tribunales, y de $ 5,70.- para la Cuenta Nº 758/18 “Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia de la Nación Argentina”, Casa Central.

 

1-       Los interesados retirarán de la U.E.R. las boletas, y abonarán el arancel en el Banco de la nación Argentina.  En tal sentido la delegación se compromete a no enviar ningún trámite que no haya sido pagado sin sus aranceles.

2-       Con el comprobante de pago sellado por el Banco y el formulario completo, se presentará en la U.E.R. donde se le tomarán las impresiones digitales.  La U.E.R. retendrá el ejemplar Nº 3 del comprobante de pago, dejándole a la persona el Nº 4.

3-       El operador de la U.E.R. iniciará la carga de los datos en la Pantalla de Trámites Personales, introduciendo el número de comprobante de pago, incorporando luego el resto de los datos filiatorios, de acuerdo a lo que indica la pantalla.  Terminada esta operación se toman las impresiones digitales y se escanean la primera y segunda hoja del documento de identidad donde figura la impresión del dígito pulgar y las boletas y se envía el correo electrónico.

4-       La Dirección ordenará si el resultado del trámite arrojara que el requirente carece de antecedentes penales, la emisión de la Constancia del Certificado digital respectivo.  Si tuviera antecedentes, se remitirá un sobre cerrado con los mismos, dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de emitido.  La entrega de la Constancia del Certificado o del sobre cerrado no es personal sino que se entregará contra la sola presentación del comprobante.

5-       Mensualmente la U.E.R. enviará a la Dirección los formularios de los pedidos numerados con el número de pedido que indica la pantalla de la U.E.R., con sus respectivos comprobantes de pago abrochados.

6-       La Dirección controlará los comprobantes contra los trámites recibidos.