VISTO
La alarmante situación de vulnerabilidad social de miles de bahienses que se encuentran debajo de la línea de pobreza y ven agravada su situación social por la coyuntura que nos toca transitar a partir de la pandemia del coronavirus – COVID 19,
CONSIDERANDO
Que el Decreto 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional dispuso en su artículo 1 el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria a fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado nacional;
Que dicha medida se adoptó en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Emergencia Sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y en atención a la evolución de la situación epidemiológica, con relación al CORONAVIRUS- COVID 19;
Que según el artículo 2 del Decreto Nacional 297/2020 las personas deben permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020 y que el Presidente Alberto Fernández, con fundamento de causa, extendió su duración hasta el próximo 13 de abril;
Que el 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554, y el número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países;
Que, como sostiene el Decreto 297/2020, la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a esta emergencia y que nos encontramos ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes, y para ello es necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario;
Que en el partido de Bahía Blanca habitan más de 88.000 personas bajo la línea de pobreza, mientras que más de 13.000 bahienses no llegan a cubrir la canasta básica de alimentos;
Que esta situación de vulnerabilidad social se ve agravada en forma muy profunda por el contexto de la pandemia del coronavirus – COVID 19;
Que el Estado Municipal debe convertirse en el garante de una alimentación adecuada y, mucho más en la actual situación, procurar asegurar la llegada de alimentos a aquellos segmentos más desprotegidos;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1. Declarar la “Emergencia Pública en materia alimentaria” en el partido de Bahía Blanca por el término de 90 días en atención a la situación nutricional y epidemiológica en el marco de la pandemia del coronavirus – COVID 19 y establecer que transcurrido este plazo, en caso de ser necesario, el Concejo Deliberante podrá prorrogar por 30 días la emergencia y/o establecer nuevos parámetros para su abordaje.
ARTICULO 2. Crear el “Programa Municipal de Seguridad Alimentaria COVID 19” con el objeto de garantizar a todos los vecinos y vecinas en situación de vulnerabilidad social el acceso a una alimentación suficiente para garantizar su salud y calidad de vida.
ARTICULO 3. Facultar al Departamento Ejecutivo para que, en el marco de la emergencia, pueda reasignar partidas y disponer de recursos extraordinarios para atender las situaciones que se susciten, a fin de morigerar el impacto que genera la situación económica en la atención de necesidades básicas los habitantes de Bahía Blanca.
ARTICULO 4. Facultar al Sr. Intendente para firmar convenios con instituciones y organizaciones de la sociedad civil a fin de dar efectivo cumplimiento a los objetivos de la Emergencia Alimentaria.
ARTICULO 5. La Municipalidad de Bahía Blanca, a través de la Secretaría Políticas Sociales, será la encargada de la reglamentación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 6 -Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTE.