Título:
Autorización de obra: Construcción de cordón cuneta en calle Rawson al 300
Expediente H.C.D.: 428-2013
Expediente M.B.B.: 0/00-8423/2012
Fecha de Sanción:
25 de abril de 2013
Fecha de Promulgación: 13 de mayo de 2013
Decreto de Promulgación Nª: 842/2013
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase a la empresa NESTOR HUGO HERRERO, a
realizar la obra de CONSTRUCCIÓN DE CORDON CUNETA en calle RAWSON (altura 300
- acera impar), entre LAS HERAS y RAMON y CAJAL, de nuestra ciudad en un todo
de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nº 0/00-8423-2012 (428-HCD-13).-
ARTICULO
2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los
Artículo 193º, inciso 2), de
ARTICULO
3º: La obra autorizada por la presente, se encuadra dentro de las prescriptas
por
ARTICULO
4º: La obligatoriedad de pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el
Artículo 6º, de la ordenanza 2082/75 de
Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de
A
los efectos del Artículo 30º del citado Decreto, establézcase que el mismo será
POR SERVICIO, según lo establecido en el
Artículo 35º, donde el valor
total de la obra se prorrateará pro partes iguales entre todos los inmuebles
afectados (parcelas y sub-parcelas según el régimen
Ley 13.512), para el caso del badén.
El
precio de la obra queda establecido a razón de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES
PESOS ($473,00.-), el metro lineal de cordón cuneta.-
ARTICULO
5º: Las obras se ejecutarán de acuerdo a los planos y especificaciones del
Departamento Vialidad de
Cordón
Cuneta: de hormigón simple de
La
resistencia mínima cilíndrica del
hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días será de 320 Kg/cm2, con un tenor de cemento mínimo de 350 Kg/m3 de hormigón elaborado.
Todo
conforme a planos y Especificaciones Técnicas Municipales y, en un todo de
acuerdo a los antecedentes obrantes en el
expediente de referencia.
El
Contratista deberá reconstruir las veredas, contrapisos
y albañiles afectados, proveyendo todos los materiales, iguales o similares a
los primitivos, mano de obra y equipos necesarios para la completa
reconstrucción de los mismos.
Además,
donde se encuentren interferencias con árboles ubicados sobre la raza, se
deberá solicitar autorización previa de
Limpieza
de obra, tapada de zanjas, carga y transporte del material sobrante (suelo no
apto APRA relleno y escombros) hasta el Relleno Sanitario, cuyo costo de
depósito estará a cargo de
Señalización
diurna y nocturna de la obra, señalar el día con letreros y señales
reglamentarios, según planos, y por la noche con luces de peligro, luces
reglamentarias alimentadas con 12 o 24 volts, toda
interrupción y obstáculo en la zona de tránsito donde exista peligro para el
mismo, aplicándosele en cada oportunidad de cada transgresión
comprobada por
Deberá
dar cumplimiento a lo establecido en
Colocación
en un plazo de 5 días hábiles contados a partir del inicio de la obra un cartel
de obra, en cumplimiento con el Artículo 8º bis de
Ante
la interrupción total o parcial de la calzada se deberá comunicar, y tramitar
en
ARTICULO
6º: El plazo de ejecución de la obra será de 60 (sesenta) días corridos a
contar desde la fecha de Replanteo, que se deberá efectuar dentro de los diez
(10) días de notificada la empresa de la presente Ordenanza.-
ARTICULO
7º: La empresa Constructora deberá comunicar y entregar a
ARTICULO
8º: Las liquidaciones conforme alo establecido por los Artículos 30º, inciso
4º), Artículo 35º, del Decreto Reglamentario 754/76, deberán presentarse en
ARTICULO
9º:
ARTICULO
10º: En caso que
ARTICULO
11º: El plazo de conservación de la obra será de 3 (tres) años a contar desde la fecha de Recepción
Provisoria. Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
ARTICULO
12º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN