ORDENANZA N°: 19199
Título: Eximiendo del Pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene al Señor Minich, Alberto.
Expediente del H.C.D.: 963-2017
Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-112-2014
Fecha de sanción: 14-12-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
La eximición en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, encuadrada en la Ley Provincial Nº 13.136, de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias, y;
CONSIDERANDO
Que, visto la documentación aportada por el contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación, se desprende que la actividad llevada a cabo por el mismo, se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136, de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925.
Que, el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925, prescribe: Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), podrán gozar de la eximición de las Tasas y Derechos Municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
Tasa por Habilitación.
Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
Tasa por Inspección Veterinaria.
Derechos de Construcción.
Derecho de Oficina, solamente en lo referente a las actuaciones.
Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233).
Que, el recurrente, se encuentra inscripto en la Tasa por Inspección de Seguridad e higiene bajo el Número de Contribuyente 43.504.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Exímase, al Señor MINICH, ALBERTO, DNI 8.311.836, Contribuyente Nº 43.504, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, desde el día 12 de Diciembre de 2015 hasta el día 12 de Diciembre de 2016, en un todo de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Nº 12.925.
ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.