ORDENANZA N°: 17003
Título: Autorización de obra: Extensión de la red domiciliaria de gas natural en calles Viamonte, Francisca Hernández y Paula Albarracín
Expediente H.C.D.: 1716-2012
Expediente M.B.B.: 0/00-5594/2010
Fecha de Sanción: 25 de abril de 2013
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza: 19.480
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase la obra Extensión de la Red domiciliaria de Gas Natural en calle VIAMONTE entre P. Albarracín y F. Hernández (vereda impar), VIAMONTE entre F. Hernández y T. Ascencio (vereda par), FRANCISCA HERNANDEZ entre Vieytes y Viamonte (vereda par), FRANCISCA HERNANDEZ entre Viamonte y 9 de Julio (vereda impar) y PAULA ALBARRACIN entre Vieytes y Viamonte (ambas veredas), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nº 03-005119-00-12 (1716-HCD-2012) (Texto Vigente Según Ordenanza 19.480)
ARTICULO 1º: Autorízase la obra Extensión de la Red Domiciliaría de Gas Natural en calles VIAMONTE entre Teresa Ascencio y Paula Albarracín (vereda impar) y PAULA ALBARRACIN entre 9 de Julio y Vieytes (ambas veredas), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi “Gas Pampeana Nº 03-005119-00-12. (Texto vigente según Ordenanza 17.994)
ARTICULO 1º: Autorízase la obra “Extensión de la Red domiciliaría de Gas Natural en calle VIAMONTE entre Ascencio y Paula Albarracín (ambas veredas), FRANCISCA HERNANDEZ entre 9 de Julio y Vieytes (ambas veredas) y PAULA ALBARRACIN entre 9 de Julio y Vieytes (ambas veredas)”, en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nº 03-005119-00-12.- (1716-HCD-12).
ARTICULO 2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial y 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias 2201 y 2485.-
ARTICULO 3º: La obra autorizada en el Artículo 1º, se encuadra dentro de las prescriptas en la Ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por aplicación de los Artículos 9º, inciso d) de dicha Ordenanza y 23º a 26º de la Sección I, Capítulo IV, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76, “Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas”.-
ARTICULO 4º: La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del Artículo 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas y concordantes del Decreto Nº 754/76. A los efectos del Artículo 3º del citado Decreto, establézcase un sistema de prorrateo “POR SERVICIO”, es decir, que el valor total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos lo inmuebles afectados a la obra (parcelas o sub parcelas), según el régimen de la Ley 13.512.
Se determinarán de ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a cumplir con todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno de estos ítems.
ARTICULO 5º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º de la Ordenanza de Obras Públicas.-
ARTICULO 6º: Constitúyase el Consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios obrante de fojas 53 a 76 del expediente Nº 0-00-5594-2010 (1716-HCD-2012) y habiéndose cumplimentado el Artículo 2º y demás requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4.060. (Texto Vigente Según Ordenanza 19.480)
ARTICULO 6º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios obrante de fojas 2 a 7 y de 11 a 14 del expediente Nº 0/00-5594-10 (1716-HCD-12) y, habiéndose cumplimentado el Artículo 2º y demás requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4060.-
ARTICULO 7º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Alejandro Meneses, Secretario de Infraestructura.
TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficial Administración de Consorcios
SECRETARIA: Sra. Soledad Lezcano, DNI 24.051.832, vecina frentista.
VOCALES: Ing. Daniel Dotti, Legajo 12655, Jefe Departamento de Electricidad y Mecánica y la Sra. Daniela Vega, DNI 23.574.369, vecina frentista. (Texto Vigente Según Ordenanza 19.480)
ARTICULO 7º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.-
SECREATRIA: Sra. Soledad Lezcano, DNI 24.051.832, vecina frentista.-
VOCALES: Ing. Daniel Dotti, Legajo 12655, Jefe a/c Departamento Electricidad y Mecánica y la Sra. Lorena Zennaro, DNI 23.574.369, vecina frentista.-
ARTICULO 8º: El gasto se imputará a la Partida: Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Act. Prog. Proy. 60, Act. Obra 01, Gasto 5210, del presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL TRECE.