ORDENANZA Nº 15867

Título: Ordenanza 14.987: incorporación del artículo 7º

Expediente H.C.D.: 96-2010

Fecha de Sanción: 23 de septiembre de 2010

Fecha de Promulgación: 25 de octubre de 2010

Decreto de Promulgación

Derogada por la Ordenanza: 16.499

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Incorpórase a la Ordenanza Nº 14.987, el Artículo 7º, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

Artículo 7º: Autorízase a las Asociaciones beneficiarias del subsidio, a destinar hasta un 20 % del monto percibido en el pago de las guardas de los cuarteleros y gastos generales.   

 

Artículo 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.