ORDENANZA Nº10623
Título:
modificando la ordenanza referida a la habilitación de establecimientos o locales destinados a efectuar tatuajes en cuerpos humanos.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-491-1999
Expediente M.B.B.: 0/00-2322-1999
Fecha de Sanción: 23 de julio de 1999
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Modifíquese el artículo 1º de la ordenanza 8549, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1º - Los establecimientos o locales destinados a efectuar tatuajes en cuerpos humanos por "cualquier tipo de técnicas deberán estar habilitados por los órganos municipales competentes, ello "sin perjuicio de las exigencias complementarias que pudieren requerir otras jurisdicciones."
Artículo 2º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.