ORDENANZA Nº 13077
Título:
Creando el Centro Municipal de Estudios Folklóricos.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-939-2004
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 9 de marzo de 2005.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Créese en el ámbito del Instituto Cultural de la Ciudad, el Centro Municipal de Estudios Folklóricos que se regirá por las disposiciones de la presente Ordenanza.
Artículo 2º - El Centro Municipal de Estudios Folklórico tendrá por objeto:
La enumeración que antecede es indicativa y por lo tanto el Centro Municipal de Estudios Folklóricos podrá realizar todas las acciones y actividades que lleven al cumplimiento de su objetivo y de la finalidad de esta ordenanza.
Artículo 3º - El Centro Municipal de Estudios Folklóricos se integrará por un plantel que cumplirá funciones docentes, quienes deberán acreditar idoneidad en la materia.
Artículo 4º - Serán funciones de este Cuerpo Docente dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 2º de la presente ordenanza.
Artículo 5º - Las actividades serán brindadas de manera gratuita y destinadas en forma irrestricta a todos los vecinos que deseen participar de las mismas.
Artículo 6º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL CINCO.