ORDENANZA Nº 5068

Título: Autorizando el emplazamiento de ochava, propiedad de José Cervelli.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD – 287/88

Expediente M.B.B.: 149 – C/87

Fecha de Sanción: 26 de Mayo de 1988

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°.- Autorízase, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava de la propiedad del Señor José Cervelli, ubicada en la intersección de las calles Guatemala y República Siria y catastralmente designada como Circunscripción I, Sección B, Manzana 32-a, Parcela 15 (Partida N° 39063), mientras dure la vida útil del edificio o se realicen modificaciones en el sector de la ochava o la Municipalidad lo considere necesario, conforme los antecedentes que corren en el expediente 149 – C/88 (287 – HCD/88).

Artículo 2°.- El propietario y los profesionales actuantes deberán certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria cuando se realicen modificaciones en el sector de la ochava o finalice la vida útil del edificio o razones de interés público así lo exijan.

Artículo 3°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.