Título: Código de Planeamiento Urbano: Plan Director
Gral. Daniel Cerri
Expediente H.C.D.: 1488-2009
Expediente M.B.B.: 418-10860/2009
Fecha de Sanción: 26 de noviembre de 2009
Fecha de Promulgación: 22 de diciembre de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
1630/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: En el marco del proceso de
reformulación, iniciado por Ordenanza 14.708, incorpórase
a la estructura del Código de Planeamiento Urbano, el PLAN DIRECTOR para la
localidad de General Daniel Cerri.
Artículo 2º: Incorpórase
a la nomenclatura de zonificación del Código de Planeamiento Urbano la
clasificación: IA (Industrial agroalimentario y servicios afines), para
industrias relacionadas a la agroalimentación y afines, aptas para la instalación de Sectores
Industriales Planificados (SIP), orientados a la industria alimentaria
y servicios afines, según cuadro de usos consignados en Anexo 1, de la presente
Ordenanza.
Artículo 3º: Incorpórase
al Código de Planeamiento Urbano el siguiente texto normativo:
C E (4) ( Centro Ejes
de crecimiento)
Caracterización
Reúne el equipamiento de las áreas comerciales.
Centro de crecimiento a consolidar en el
tiempo.
Delimitación
Calles Saavedra, Gutiérrez, González hasta eje
calle Alcolea , Saavedra, eje calle Álvarez Jonte, calle Passo y eje calle Castelli.
Subdivisión
Frente:
Los indicadores
urbanísticos de este nuevo distrito serán:
FOA: 60%
FOT: 2,20
Centro Libre de Manzana: caso C.
Altura máxima: 4 pisos.
Retiros:----------
Densidad poblacional para el cálculo de la
superficie destinada a área verde y
reserva de uso público: 200 hab./Ha.
Usos: Ver Zona C 3, Cuadros
Nº 1 (Cuadro de Usos según Distritos), Nº 2 (Clasificación de Industrias y
Servicios, según molestias), Nº 3
(Clasificación Urbanísticas de las Industrias), Nº 4 (Clasificación de
los Depósitos según molestias) y Nº 5 (Clasificación de los Depósitos) del
Código de Planeamiento Urbano.
RM (5) Residencial Mixta.
Caracterización
Zona donde se compatibilizan las áreas de
vivienda con la industria taller.
Delimitación
Ejes calles Mayor Clérice,
Ángel Gallardo, Alfonsina Storni, Lugones,
Miguleletes, Zapala, Coronel Susini,
Santa Rosa, Legión Italiana, 25 de Mayo, Álvarez Jonte,
deslinde con zona C 3 (sobre calles Saavedra, Gutiérrez, González hasta eje
calle Alcolea, Saavedra, eje calle Castelli, calle Passo, eje calle Álvarez Jonte),
eje calle Álvarez Jonte, eje Avenida Manuel Belgrano
y 9 de Julio, eje canal Cuatreros, eje Avenida Plácida Pernici.
Subdivisión
Frente:
Los indicadores
urbanísticos de este nuevo distrito serán:
FOS: 60 %
FOT : 2,20.
Centro
Libre de Manzana: caso C.
Altura máxima: 4 pisos.
Retiros:----------
Densidad poblacional para el cálculo de la
superficie destinada a área verde y reserva de uso público: 150 hab. /Ha.
Usos: Ver Zona RM, Cuadros Nº
1 (Cuadro de Usos según Distritos), Nº 2 (Clasificación de Industrias y
Servicios según molestias), Nº 3 (Clasificación Urbanística de las Industrias),
Nº 4 (Clasificación de los Depósitos según molestias) y Nº 5 (Clasificación
Urbanística de los Depósitos) del Código de Planeamiento Urbano.
SUR
1 (3) Suburbano.
Caracterización
Área apta para vivienda unifamiliar de baja
densidad de carácter suburbano con escaso equipamiento y servicios.
Delimitación
Ejes de calles Alfonsina Storni,
Ángel Gallardo y Mayor Clérice y eje Avenida Neumayer.
Subdivisión
Frente:
Los indicadores
urbanísticos de este nuevo distrito
serán:
FOS: 60 %
FOT: 0,6.
Centro Libre de Manzana: caso C, ocupación
50 %, h:
Retiros: frente: 3 metros; lateral:
Densidad poblacional para el cálculo de la
superficie destinada a área verde y reserva de uso público: 100 hab. /Ha.
Usos: Ver Zona SUR 1, (Cuadro de Usos según Distritos), del Código de Planeamiento Urbano.
EUR (5) (Extraurbano de Reserva).
Caracterización
Áreas próximas al núcleo urbano, cuya ocupación
estará condicionada a un futuro crecimiento de la ciudad.
Delimitación
Vías del Ferrocarril, eje calle Migueletes y
Leopoldo Lugones Alfonsina Storni,
eje Avenida Neumayer Plácida Pernici, eje canal Cuatreros, vías del Ferrocarril,
eje calle Sarmiento y límite SE y NE de la estación General Daniel Cerri.
Subdivisión
Frente:
Los indicadores
urbanísticos de este nuevo distrito serán:
FOS: 20 %
FOT: 0,2
Retiros: frente:
Centro Libre de Manzana:----------
Altura máxima:-------------
Densidad poblacional para el cálculo de la
superficie destinada a área verde y reserva de uso público: 4 hab. /Ha.
Usos: Ver Zona EUr Cuadro Nº 1
(Cuadro de Usos según Distritos) del Código de Planeamiento Urbano.
IA (Industrial Agroalimentario y servicios afines )
Caracterización
Industrias relacionadas a la agroalimentación y
afines, orientadas a la industria alimentaria y
servicios afines.
Delimitación
Eje calle Bahía Blanca, vías del Ferrocarril,
eje Avenida 9 de Julio, Eje Ruta Nacional Nº 3, límite Noroeste de
Subdivisión
Frente:
Los indicadores
urbanísticos de este nuevo distrito serán:
FOS: 60 %
FOT: 1,40.
Centro Libre de Manzana:----------
Altura máxima:----------
Retiros: Frente:
Usos:
Industrial: Solamente permitidos los
contemplados en el Cuadro Nº 2 (Clasificación de Industrias y Servicios según
molestias), en el rubro Productos alimenticios y bebidas (ver listado Anexo 1).
Depósitos: Solamente permitidos, los contemplados
en el Cuadro Nº 4, (Clasificación de los Depósitos según molestias) en los
rubros: Pesca y Caza, Agropecuaria y Alimentos y bebidas (ver listado Anexo
1).
UP (Urbanización Parque):
Caracterización
Corresponde a zonas destinadas a espacios verdes
o parquizados de uso público. En este distrito,
Delimitación
UP (6)
Circunscripción: XIII, Sección F, Chacra 29,
Parcela 2.
Delimitación
UP (7)
Eje Avenidas 9 de Julio y Belgrano, eje calle
ingreso a ex Frigorífico Cap Cuatreros (Prolongación
calle Álvarez Jonte), línea paralela a
Artículo 4º: Se
incorpora al Código de Planeamiento Urbano el plano de Zonificación
adjunto como anexo gráfico 2 de la presente.
Artículo 5º: Se instruye al Poder Ejecutivo a
crear una Unidad Ejecutora en un
plazo de 90 días, a los efectos de instrumentar los programas que a
continuación se detallan, con destino a materializar los objetivos propuestos :
a)
De
suelo urbano baldío.
b)
De
promoción a la industria Agro- Alimentaria y afines
(Ley 13.744)
c)
De
promoción turística y conservación patrimonial.
d)
De
transporte y conectividad.
Artículo 6º: Derógase
cualquier Ordenanza anterior que se contraponga
a la presente.
Artículo 7º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA EN