ORDENANZA Nº 17133

Título: Autorización de obra: extensión de red de desagües cloacales en calle Punta Alta al 3300

Expediente H.C.D.: 616-2013

Expediente M.B.B.: 0/00-11349/2012

Fecha de Sanción: 8 de agosto de 2013

Fecha de Promulgación: 26 de agosto de 2013

Decreto de Promulgación : 1680/2013

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase, la obra “Extensión de Red de Desagües Cloacales en calle PUNTA ALTA entre Luis Agote y Sivori (al 3300-ambas aceras)”.-

 

ARTICULO 2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2) de la Constitución Provincial y 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias 2201 y 2485.-

 

ARTICULO 3º: La obra autorizada en el Artículo 1º, se encuadra dentro de las prescriptas en la Ordenanza  de obras Públicas, y se realizará por aplicación de los Artículos 9º, inciso d) de dicha Ordenanza y 23º a 26º de la Sección I, Capítulo IV, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76, “Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas”.-

 

ARTICULO 4º: Declárase la obligatoriedad del pago de la obra a realizarse conforme a las disposiciones del Artículo 6º, de la Ordenanza Nº 2082/75 de Obras Públicas y concordantes del Decreto Nº 754/76. Establézcase el sistema de prorrateo “POR SERVICIO”, resultando la cantidad de 6 parcelas beneficiadas. La forma de pago podrá ser al contado o en cuotas, las que se podrán reajustar conforme a las leyes vigentes.-

                            Se determinarán de ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno de estos ítems.

 

ARTICULO 5º: En la presente obra, no se aplicarán las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º, de la Ordenanza de Obras Públicas.-

 

ARTICULO 6º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes a fojas 1 a 13 vta. del expediente 0/00-11349-2012 (616-HCD-13), habiéndose cumplimentado el Artículo 2º y demás requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4060.-

 

ARTICULO 7º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:

 

PRESIDENTE: Ing. Rubén Oscar Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.-

TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.-

SECRETARIA: Sra. María Paula Diez, DNI 22.053.367, vecina frentista.-

VOCALES: Ing. María Cristina Paniagua, Jefa del Departamento Vialidad y la Sra. María Rosa Peralta, DNI 13.946.208, vecina frentista.-

 

ARTICULO 8º: El gasto se imputará a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Act. Prog. Proy. 52, Act. Obra 01, Gasto 5210, del Presupuesto de Gastos vigente.-

 

ARTICULO 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL TRECE.