ORDENANZA Nº 16988

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: extensión de la red de desagües cloacales en calles del barrio Villa Nocito, etapa III

Expediente H.C.D.: 1378-2012

Expediente M.B.B.: 417-10018/2011 Alcance 1

Fecha de Sanción: 25 de abril de 2013

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y pago obligatorio la obra “EXTENSION DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN CALLE DEL BARRIO VILLA NOCITO ETAPA III”, conforme Artículos 2º, 3º y 4º de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 2º, del Decreto Reglamentario Nº 754/76,y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:

 

 

ARTICULO 2º: Establézcase para la presente obra la modalidad de ejecución por Licitación Pública, con Fondos Municipales, mediante el sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL TRECE.