ORDENANZA Nº 16657

Título: Emergencia en el Servicio de Transporte Público de Pasajeros: prórroga por 30 días

Expediente H.C.D.: 864-2012

Fecha de Sanción: 12 de julio de 2012

Fecha de Promulgación: 17 de julio de 2012

Decreto de Promulgación : 1279/2012

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárase la prórroga de la Emergencia en el Servicio de Transporte Público de Pasajeros en el Partido de Bahía Blanca, por 30 días a partir de su vencimiento.

 

ARTICULO 2º: Convócase semestralmente a las empresas prestatarias del Servicio de Transporte Público de Pasajeros a un plenario de las Comisiones de Interpretación, Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías, Tránsito y Transporte y Defensa del Consumidor y Usuarios de Servicios Públicos y la UTA, con el fin de considerar el funcionamiento del servicio, el estudio de costos y la tarifa, conforme las condiciones previstas en el Pliego de Bases y Condiciones.

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Tránsito y con datos proporcionados por la  SAPEM, deberá realizar informes mensuales acerca de la calidad y condiciones de la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros y entregarlos al Honorable Concejo Deliberante.

 

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios para asegurar que el servicio de monitoreo por GPS On Line funcione correctamente, de manera que alcance todas las unidades en circulación, facilitando el control por parte del Municipio y de los usuarios.

 

ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo, a través de los contratos celebrados con las empresas prestatarias, asegurará el cumplimiento de la accesibilidad a los colectivos por parte de personas con movilidad reducida, conforme el pliego de bases y condiciones.

 

ARTICULO 6º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DOCE.