ORDENANZA Nº11774

Título: Modificando la Ordenanza Impositiva en su Capítulo IV, tasa por inspección de seguridad e higiene.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-97-2002

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 21 de febrero de 2002.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Modifíquese la Ordenanza Impositiva, Capítulo IV Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Artículo 11º Bancos, en los siguientes conceptos:

91 BANCOS

Préstamos de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás operaciones efectuadas por los Bancos y otras instituciones sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras.

91.001 01 Bancos …………………………………. 26.60

91.001 02 Instituciones Financieras autorizadas por

BCRA ………………………………….. 26.60

91.001 03 Agencias Financieras ………………….. 26.60

91.001 04 Préstamos de dinero, descuentos de do-

cumentos de terceros y demás operaciones

efectuadas por bancos y otras instituciones

financieras no clasificadas en otra parte 26.60

COMPRA Y VENTA DE DIVISAS

91.006 01 Casas de cambio y operaciones con di-

visas (excluidos los Bancos) …………… 26.60

Artículo 2º - El Departamento Ejecutivo, previa autorización del H.Concejo Deliberante, promocionará las actividades comerciales, industriales y de servicios mediante descuentos y bonificaciones sobre los importes a liquidar en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

El Departamento Ejecutivo reglamentará la instrumentación de la presente ordenanza privilegiando la no superposición de beneficios impositivos otorgados por los otros estamentos del Estado.

Artículo 3º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DOS.