ORDENANZA Nº 4525
Título:
Autorízase al D. Ejecutivo a continuar la tramitación de mensura y subdivisión de las tierras catastralmente designadas como Circunscripción II, Sección C, Chacra 210.Tema:
Expediente H.C.D.:
252-1986Expediente M.B.B.:
0-00-3037-1979 0-00-2960-1981Fecha de Sanción:
11 de Septiembre de 1986Fecha de Promulgación:
23 de septiembre de 1986Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º- Autorízase al D. Ejecutivo a continuar la tramitación de mensura y subdivisión de las tierras catastralmente designadas como Circunscripción II, Sección C, Chacra 210, según las constancias que obran en las presentes actuaciones (Nota D.O.P. nº 10/U/74 c/Exptes. 0/00-3037-79, 0/00-2960-81.
Artículo 2º- La aprobación de la mensura y subdivisión a las fracciones que surgirán, se realizará con la siguiente restricción al dominio: "La Municipalidad de Bahía Blanca aprueba la presente subdivisión con la siguiente restricción: "Los inmuebles resultantes de la presente subdivisión ubicados en las Manzanas 210-t y 210-y no podrán ser objeto de venta ni de otros actos de disposición dominial, hasta tanto se provea a los mismos de los servicios de agua corriente y de energía eléctrica, conforme a lo exigido en Art. 5º de la Ordenanza 4109, que reglamenta el art. 44 del Decreto- Ordenanza 3132/78.
Además deberá asegurarse el acceso a todas las parcelas con un tratamiento de uso público, de acuerdo a los artículos 30 y 46 del Decreto- Ordenanza 3132/78".
Artículo 3º- de forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.