ORDENANZA N°: 19399

Título: Disponiendo el Reconocimiento de los Daños Materiales Ocasionados al Vehiculo Propiedad de la Señora Antonela Di Santo.

Expediente del H.C.D.: 178-2018

Expediente el D. Ejecutivo: 0/00-10803-2017

Fecha de sanción: 26-07-2018

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A

VISTO


El Proyecto de Ordenanza referido al reconocimiento de daños ocasionados a la cubierta más gastos de alineación y balanceo, del vehículo marca PEUGEOT Dominio FQH 251, propiedad de la Señora Antonela Celeste Di Santo, DNI 30.564.839, a raíz de un bache y;


CONSIDERANDO


Que, del presente expediente, surge la responsabilidad de la Municipalidad de Bahía Blanca por el daño causado a la cubierta y gastos de alineación y balanceo, del vehículo marca PEUGEOT, Dominio FQH 251, propiedad de la Señora Antonela Celeste Di Santo, DNI 30.564.839, a raíz de un bache de grandes dimensiones, en la calle Córdoba, entre las calles Avenida Alem y Corrientes, pudiéndose reconocer el accidente en el marco de las Ordenanzas Nº 7701 y 12.714.


Por ello y atento que la damnificada ha desistido expresamente al inicio de acciones judiciales que pudieran corresponderle, condicionado a la reparación de los daños, reconociéndose la suma de Siete Mil Doscientos Sesenta y Dos Pesos ($ 7.262,00.-) en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Dispóngase el reconocimiento de los daños materiales ocasionados el día 14 de Octubre de 2017, a la cubierta más gastos de alineación y balanceo, del vehículo marca PEUGEOT, Dominio FQH 251, propiedad de la Señora Antonela Celeste Di Santo, DNI 30.564.839, a raíz de un bache de grandes dimensiones; abonándose en tal concepto la suma de Siete Mil Doscientos Sesenta y Dos Pesos ($ 7.262,00.-), en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0/00-10803-2017 (178-HCD-2018).


ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la: Partida 110, Jurisdicción 1110111000, Cat. Proa. 01.02.00, Gasto 3840.


ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO.