VISTO
Las presentes actuaciones mediante las cuales, por Ordenanza 17000, se declaró Área Verde de Valor Patrimonial incorporada a Registro “Inventario de Áreas de Valor Patrimonial”, del Partido de Bahía Blanca, bajo el Nº 15-92, al Paseo Lineal denominado “Paseo de las Esculturas”, delimitado por el eje de circulación dado por Fuerte Argentino, el límite oeste de la manzana 282t, Sección D, Circunscripción II y las calles Sarmiento, Avenida Urquiza y Casanova, y;
CONSIDERANDO
Que, el Departamento Territorial informa a fojas 20 y 70, que el nombre Paseo de las Esculturas no es un nombre impuesto por Ordenanza.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Impónese el nombre de Paseo de las Esculturas al Espacio Verde Lineal construido sobre el entubado del Arroyo Napostá, delimitado entre las calles Fuerte Argentino, Eliseo Casanova, Avenida General Urquiza y Sarmiento, excluyendo la manzana identificada como: Circunscripción II, Sección D, Manzana 282t.
ARTICULO 2°: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.