ORDENANZA Nº 5236

Título: Cediendo al Ministerio de acción Social de la Provincia de Buenos Aires de un inmueble que fuera adquirido con el importe de un subsidio que el mismo Ministerio acordara a esta Comuna.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD – 904/88

Expediente M.B.B.: 510 – 5710/87

Fecha de Sanción: 24 de Noviembre de 1988

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo l°.- Cédese en comodato al Ministerio de Acción Social de la Provincia de Buenos Aires, Subsecretaría del Menor, la Familia y la Tercera Edad el inmueble ubicado en Roca N° 838 de ésta ciudad, catastralmente definido como Circunscripción I, Sección D, Manzana 304, Parcela 42, Partida Inmobiliaria N° 3665, propiedad de la Municipalidad de Bahía Blanca, según consta en copia del testimonio que corre de fs. 17 a 18 vuelta en el expediente 510 – 5710/87 (904 – HCD/88), a partir de la promulgación de la presente y por el término de cinco (5) años, previo el perfeccionamiento del contrato en los términos del ejemplar que corre a fs. 24 a 25 del antedicho expediente.

Artículo 2°.- Establécese que el inmueble cedido será destinado exclusivamente a un "Centro de Convivencia" para la atención de jóvenes en situación de riesgo.

Artículo 3°.- La organización, dirección, dotación de personal, amoblamiento, etc. será por cuenta de la Subsecretaría del Menor, la Familia y la Tercera Edad.

Artículo 4°.- En caso de incumplimiento del cargo establecido en el artículo 2°, acordándose otro destino al inmueble sin conformidad municipal expresa por ordenanza, caducará la cesión dispuesta por la presente.

Artículo 5°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A DIEZ DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.