Título: Autorización de obra: Construcción de pavimento intertrabado
en calle José Ingenieros al 2100
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1862-2008
Expediente M.B.B.: 0/00-6729/2008
Fecha de Sanción: 30 de diciembre de 2008
Fecha de Promulgación: 22 de enero de 2009
Decreto de Promulgación Nª: 158/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase a la empresa BLOQUES DEL PARQUE, a realizar la
obra de Construcción de pavimento intertrabado, en
calle JOSE INGENIEROS (altura
2100), entre ESPECHE y MALLEA, en un todo de acuerdo a los antecedentes
obrantes en expediente Nº 0/00/6729-2008.- (1862 HCD 2008).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º
inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las
prescriptas por
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el artículo 6º de
El precio de la obra queda
establecido a razón de PESOS NOVENTA ($ 90.-) el metro cuadrado de pavimento intertrabado. -
Artículo 5º: La obra se ejecutará de acuerdo
a los planos y especificaciones técnicas del Departamento Vialidad de
Pavimento intertrabado: con adoquines de hormigón de
Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces, para futuras
obras de alumbrado público y semaforización, de P.V.C. de 2 O
Artículo 6º: El plazo de
ejecución de la obra será de treinta (30) días ,
a contar desde la fecha de Replanteo,
que se deberá efectuar dentro de los 10 (diez) días de notificada
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme
a lo establecido en los artículos 30º 31º y 65º del Decreto Reglamentario
754/76, deberán presentarse en
Artículo 8º:
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (3) años, a contar desde la fecha de Recepción Provisoria.
Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.-
DADO EN