ORDENANZA Nº11861
Título:
Creando el denominado "Censo de Actividades Industriales Ociosas y Subutilizadas de Bahía Blanca".Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-161-2002
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 23 de mayo de 2002.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Créese el Programa denominado "Censo de Actividades Industriales Ociosas y Subutilizadas de Bahía Blanca". El cual estará destinado a elaborar un informe minucioso de las instalaciones, su infraestructura, demanda de mano de obra bajo condiciones de plena actividad, índice de actualización tecnológica y su obsolescencia.
Artículo 2º - A los efectos de coordinar las tareas se establecerá una Comisión integrada por representantes del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Bahía Blanca, de las asociaciones empresariales que acepten integrarla, las que deberán estar agrupadas en cámaras o entidades representativas de la actividad industrial del Partido de Bahía Blanca, Concejales de las Comisiones de Obras Públicas y de Planificación y Promoción del Desarrollo del Honorable Concejo Deliberante, y otras instituciones que por reglamentación se considere pertinente. Dicha comisión deberá dar su informe en un plazo máximo de seis meses de promulgada la presente ordenanza.
Artículo 3º - El Programa finalizará cuando la Comisión encargada del Censo de Actividades Industriales Ociosas y Subutilizadas de Bahía Blanca, entregue su informe dando paso a una consulta con los actores del mercado que pudieran demandar bienes y productos que estas instalaciones estén en condiciones de ofrecer. A ese respecto podrá, previa consulta con las partes intervinientes en la Comisión del Censo de Actividades Industriales Ociosas y Subutilizadas de Bahía Blanca, generarse un nuevo ámbito de consultas para el tratamiento de la posible reactivación buscada.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DOS.