ORDENANZA Nº 4520
Título:
Autorízase la ejecución de la Obra "Construcción cordón cuneta en calle Alberti"Tema:
Expediente H.C.D.:
481-1986Expediente M.B.B.:
0-00-2918-1986Fecha de Sanción:
11 de Septiembre de 1986Fecha de Promulgación:
16 de Septiembre de 1986Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º- Autorízase la ejecución de la Obra "Construcción cordón cuneta en calle Alberti, entre Mitre y 2 de abril y calle 2 de Abril, entre 1º de Mayo y Alberti", en ambas aceras.
Artículo 2- Decláranse cumplidas las exigencias de los artículos 184º, inciso 2) de la Constitución Provincial, 29º, inciso 2) 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Públicas, número 2282 y sus modificatorias 2201 y 2485.
Artículo 3º- La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de la Sección I, Capítulo IV, de su Decreto Reglamentario número 754/76, "Ejecución por Consorcios de vecinos o Cooperativas".
Artículo 4º- La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme los establece el artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la sección II, artículo 29º a 36º y concordantes del decreto número 754/76. A los efectos del Artículo 30º del citado Decreto, se establece un sistema de prorrateo por frente, siendo de aplicación el artículo 35º del mismo decreto.
Artículo 5º- Para la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los artículos 19º, 20º y 21º de la Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo 6º- Constitúyese el consorcio para la ejecución de la mencionada obra, según la solicitud expresa de los vecinos beneficiarios que corre de fs. 1 a 25 del presente expediente 0/00-2918-86 (481-HCD-86), habiéndose cumplimentado con el artículo 2º y demás requisitos establecidos en la Ordenanza número 4060.
Artículo 7º- El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
Presidente: Sr. Secretario de Obras y Servicios, Agr. Jaime Linares
Tesorero: Cra. María A Henales, Oficina Administración Consorcios.
Secretario: Sr. Carlos A Gómes Lorenzo, DNI: 8.623.238, Vecino frentista
Vocales: Ing. Patricio Graziani, Departamento Vialidad.
Sr. José A. Klein, DNI: 8.397.586, Vecino frentista.
Artículo 8º- De forma.
DADA DE ALTA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.