ORDENANZA N°: 16981

Título: Utilidad Pública y Pago Obligatorio: Pavimentación de varias calles Etapa IV – 11 cuadras

Expediente H.C.D.:1722-2012

Expediente M.B.B.:417-7086/2012 Alcance 1

Fecha de Sanción: 25 de abril de 2013

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza: 18.995



O R D E N A N Z A

 ARTICULO 1º: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio en la obra PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ETAPA IV – AÑO 2012 – 11 CUADRAS, conforme a los Artículos 2º, 3º,4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, al Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Nº 754/76 y al Artículo 59º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:


ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y pago obligatorio, la obra “PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES ETAPA IV - 11 cuadras”, conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario  Nº 754/76, y 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:

 

 

ARTICULO 2º: Establézcase para la presente obra la modalidad de ejecución por Licitación Pública, con Fondos Municipales, mediante el sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.-

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante la forma de pago  y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL TRECE.