ORDENANZA Nº 5354

Título: Subdivisión de tierras para la construcción de viviendas.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-967/88.

Expediente M.B.B.: 0/00-6005/88.

Fecha de Sanción: 18 de mayo de 1989.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Autorízase la subdivisión del bien designado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 81, Fracción I, en una superficie de una hectárea (1 Ha.) y la creación de la parcela correspondiente, limitada por las calles Charcas , Salliqueló, prolongación de Los Adobes y de Tres Sargentos, según los antecedentes incorporados en el expediente 0/00-6005/88 (967-HCD/88).

Artículo 2º - Asígnanse a la parcela indicada en el Artículo precedente los siguientes indicadores urbanísticos: UNA VIVIENDA POR PARCELA - FOS 60% - FOT 0,60 - ALTURA MAXIMA 9 MTS - RETIRO DE FONDO 4 MTS. y RETIRO DE FRENTE 3 MTS.

Artículo 3º -E1 proyecto de viviendas se ajustará a las normas del Código de Edificación y deberán observar un retiro de 3 m. De la línea municipal.

Al conjunto se lo dotará de la infraestructura básica; red de agua potable, electricidad y gas.

Se deberá dejar una superficie para usos comunitarios y espacios verdes resultante de aplicar lo dispuesto en el art. 56º de la ley 8912.

Artículo 4° - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.