ORDENANZA Nº 13077

Título: Creando el Centro Municipal de Estudios Folklóricos.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-939-2004

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 9 de marzo de 2005.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º - Créese en el ámbito del Instituto Cultural de la Ciudad, el Centro Municipal de Estudios Folklóricos que se regirá por las disposiciones de la presente Ordenanza.

Artículo 2º - El Centro Municipal de Estudios Folklórico tendrá por objeto:

La enumeración que antecede es indicativa y por lo tanto el Centro Municipal de Estudios Folklóricos podrá realizar todas las acciones y actividades que lleven al cumplimiento de su objetivo y de la finalidad de esta ordenanza.

Artículo 3º - El Centro Municipal de Estudios Folklóricos se integrará por un plantel que cumplirá funciones docentes, quienes deberán acreditar idoneidad en la materia.

Artículo 4º - Serán funciones de este Cuerpo Docente dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 2º de la presente ordenanza.

Artículo 5º - Las actividades serán brindadas de manera gratuita y destinadas en forma irrestricta a todos los vecinos que deseen participar de las mismas.

Artículo 6º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL CINCO.