ORDENANZA Nº 8801
Título: Modificando el art. 1º de la nº 8659 (declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación a dos inmuebles).
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-460/95.
Expediente M.B.B.: 111-4110/81 c/000-3727/94.
Fecha de Sanción: 01 de setiembre de 1995.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza: 9678.
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Modifíquese el articulo 1º de la ordenanza nº ## 8659, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 1º Declárense de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles designados catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Manzana 228 'a', Parcela 1, Partida nº 115.346 y Circunscripción II, Sección C, Manzana 228 'a', Parcela 2, Partida nº 115.347, por un monto de ocho mil doscientos ($ 8.200,) y ocho mil cuatrocientos pesos ($ 8.400,), respectivamente"
Artículo 2º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A PRIMERO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.