ORDENANZA N°: 19653
Título: AUTORIZANDO LA CONTRATACION DE SESIONES DE HEMODIALISIS CON PROVISION DE EQUIPO PORTATIL PARA HEMODIALISIS.
Expediente del H.C.D.: 55-HCD-2019
Expediente el D. Ejecutivo: 550-2069-2018
Fecha de sanción: 04-04-2019
Derogada por Ordenanza n°:
Modifica a la Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
El Proyecto de Ordenanza, por el que se autoriza a adjudicar la contratación de Sesiones de Hemodiálisis con Provisión de Equipo Portátil para Hemodiálisis, Año 2019, por Única Oferta, a la empresa INSTITUTO DE DIALISIS BAHIA S.R.L., y;
CONSIDERANDO
Que, para ello, se han cumplimentado los siguientes pasos:
Con fecha 14 de Diciembre de 2018, se procede a la confección de las respectivas invitaciones a diferentes proveedores habilitados para la prestación de Hemodiálisis en el Hospital Municipal correspondiente pliego (Artículo 153º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Artículo 167º del Reglamento de Contabilidad) a:
Fresenius Medical Care Argentina.
Instituto de Diálisis Bahía S.R.L.
Asociación Hospital Italiano Regional del Sur.
Asociación Española de Beneficencia Hospital Regional Español.
Con fecha 21 de Diciembre de 2018, a las 9:00 Hs., se realizó la apertura de los sobres correspondientes a la Licitación Privada Nº 2069/2018, siendo el único proveedor que se presenta: INSITUTO DE DIALISIS BAHIA S.R.L.
La empresa INSTITUTO DE DIALISIS BAHIA S.R.L. se presenta con una oferta aceptable dentro de los valores de mercado con un 30% de incremento para el primer semestre del corriente año y un aumento del 48% correspondiente al segundo semestre del año en curso.
Por lo expuesto precedentemente y conforme lo indica el Artículo 187º, del Reglamento de Contabilidad y al Artículo155º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en el que dice:” Si en las licitaciones realizadas con las formalidades legales se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la Autoridad Administrativa (Intendente, Presidente del Concejo y la Dirección de Organismos Descentralizados), podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo, En circunstancias distintas, si se insistiera en la compra, deberá efectuarse un segundo llamado, Fracasando éste, podrá recurrirse a la excepción prevista en el Artículo 156º, inciso 5) Ley Orgánica de las Municipalidades”.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase, al Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero”, a adjudicar la Licitación Privada Nº 2069/2018, “Contratación de Sesiones de Hemodiálisis con Provisión de Equipo Portátil para Hemodiálisis”, a la firma INSTITUTO DE DIALISIS BAHIA S.R.L., por Única Oferta, para el Año 2019, conforme Artículo 155º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Artículo 187º, del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.