ORDENANZA Nº12009

Título: Cediendo tierras en comodato al Ente Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales para la radicación y puesta en marcha del Area Anexa a dicho ente.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-620-2002

Expediente M.B.B.: 321-6755/2001

Fecha de Sanción: 3 de octubre de 2002.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Cédese en comodato y en los términos del Libro III, Sec.III, Título XVII, artículo 2255º y concordantes del Código Civil, las tierras propiedad de la Municipalidad de Bahía Blanca, aledañas a las especificadas en el Decreto PEN nº 952/99, cuya denominación catastral es Circunscripción IV, Sección E, Chacra 60-a, Parcela 1 al Ente Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales con destino a la utilización de las mismas para la radicación y puesta en marcha del Area Anexa de la Zona Franca administrada por este organismo.

Artículo 2º - El plazo del comodato autorizado por la presente se extenderá desde la promulgación de la ordenanza y hasta la finalización del plazo de concesión del Area Anexa de la Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales o sus sucesivas prórrogas y/o renovaciones.

Artículo 3º - Autorícese al Departamento Ejecutivo a celebrar el pertinente contrato con el Ente, que deberá contar con las más amplias facultades para el mismo que posibiliten el total cumplimiento de las funciones necesarias que hacen a su objeto. Asimismo el Departamento Ejecutivo perfeccionará el comodato acordado mediante la tradición del inmueble cedido.

Artículo 4º - De no verificarse la habilitación del Area Anexa de la Zona Franca Bahía Blanca Coronel Rosales, sobre todo o parte de la fracción cedida en el plazo de cinco años, a partir de la promulgación de la presente ordenanza, este comodato caducará, debiéndose restituir la posesión del inmueble con más sus frutos y accesiones, al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Bahía Blanca, dentro de los 60 días corridos de la comunicación que se cursará al Ente Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales o su sucesor jurídico, comunicando la caducidad de esta cesión gratuita y la exigencia de restitución de la parcela entregada en el plazo estipulado.

Artículo 5º - El D. Ejecutivo deberá instrumentar el comodato acordado en esta Ordenanza en el plazo de treinta días desde su promulgación.

Artículo 6º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOS.