ORDENANZA Nº12403

Título: Descuento en la liquidación de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a determinadas empresas que cumplan con su pago en término.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-347-2003.

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 7 de agosto de 2003.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º - Los contribuyentes de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene cuya facturación anual por todo concepto no supere los trescientos mil pesos ($ 300.000) gozarán durante el ejercicio fiscal 2003, de un descuento del 10 % (diez por ciento) para el pago en término de las obligaciones por la misma Tasa cuyo vencimiento opere durante el presente ejercicio fiscal y/o las que se devenguen en el mismo.

Artículo 2º - El descuento establecido en el artículo anterior será del 20% (veinte por ciento) cuando el contribuyente deba abonar el importe mínimo por aplicación del Artículo 12º inciso a) de la Ordenanza Impositiva vigente.

Artículo 3º - Será condición para acceder a los beneficios establecidos por los Artículos 1º y 2º de la presente que el contribuyente tenga regularizada su situación fiscal con la Municipalidad de Bahía Blanca.

Artículo 4º - Los beneficiarios del presente régimen que sean sometidos a fiscalización y de la misma surjan diferencias que correspondan a errores, omisiones o evasión, serán sancionados con la devolución de los beneficios otorgados, más sus recargos e intereses, sin perjuicio de la aplicación de sanciones que correspondan según la normativa aplicable en cada caso.

Artículo 5º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL TRES.