ORDENANZA N°: 19113
Título: Eximiendo del Pago de la Tasa Por Servicios Indirectos y Directos Varios a la Señora Guillermina Elorriaga.
Expediente del H.C.D.: 212-2017
Fecha de sanción: 05-10-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
VISTO
Las actuaciones referidas en el citado expediente, referidas a la eximición en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, encuadrada en la Ley Provincial 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias.
Que atento la documentación aportada por la contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación, se desprende que la actividad llevada a cabo por el mismo se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por la Ley nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la ordenanza nº 12.925,
Que el artículo 4º de la mencionada ordenanza prescribe: Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
Tasa por habilitación.
Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
Tasa por Inspección Veterinaria.
Derechos de construcción.
Derechos de Oficina, solamente en lo referente a las actuaciones.
Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233).
Que la recurrente se encuentra inscripta en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios bajo el número de contribuyente 73.294A.
Por todo ello, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1° - Exímase a la Sra. Elorriaga Guillermina Marcela, Contribuyente N.º 73.294A, del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios desde el día 11 de agosto de 2016 hasta el día 11 de agosto de 2017, en un todo de acuerdo a lo normado en la Ordenanza n.º 12.925.
Artículo 3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.