Título: Autorización de obra: Extensión de red de gas
natural domiciliario en Los Sauces al 1800
Expediente H.C.D.: 850-2010
Expediente M.B.B.: 0/00-10523/2009
Fecha de Sanción: 5 de agosto de 2010
Fecha de Promulgación: 24 de agosto de 2010
Decreto de Promulgación Nª:
1094/2010
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
la obra Extensión de red de gas natural domiciliario en calle Los Sauces al
1800, entre Baigorria y Rawson
(vereda impar), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi
Gas Pampeana Nº 03-004337-00-09, obrante en expediente Nro.
0/00-10523-2009.- (850-HCD-2010)
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2) de
Artículo 3º: La obra autorizada en el Artículo
1º, se encuadra dentro de las prescriptas en
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse conforme a las Disposiciones
del Artículo 6º, de
Se determinarán de ser necesario cuotas
adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos
inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano
de obra llegan a superar los montos previstos.-
Artículo 5º: En la presente obra no se aplicarán
las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º, de
Artículo 6º: Constitúyase el consorcio para la
ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios
obrantes de fojas
Artículo 7º: El Consejo de Administración estará
integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén O. Valerio, Secretario de
Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra. María
Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sr. Matías Giambelluca,
DNI Nº 29.360.347, vecino frentista.
VOCALES: Sr. Juan Carlos Lázzaro,
Legajo 2201, Jefe Departamento Electricidad y Mecánica, y el Sr. Cuce Jorge, DNI Nº 29.360.621, vecino frentista.
Artículo 8º: Los ingresos deberán efectuarse en
Artículo 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN