ORDENANZA Nº10204

Título: referida a las agencias de seguridad y vigilancia

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-355-1998

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 2 de octubre de 1998.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Quede establecido que las empresas que prestan servicios de custodia, seguridad y/o vigilancia, alcanzadas por la alícuota y anticipos mínimos del artículo 12º de la Ordenanza Impositiva, deberán someter a la autoridad de contralor impositivo municipal el listado del personal bajo dependencia de las mismas, ya sea que esté encuadrado en las normas del contrato de trabajo o relación de empleo o se halle vinculado por contratos de locación de obra o servicios.

Dicho listado deberá detallar nombre, apellido, documento de identidad, domicilio y fecha de ingreso a la empresa de los integrantes del personal legalmente computable para determinar la base imponible de la tasa.

Las nóminas se mantendrán actualizadas de acuerdo a la reglamentación vigente y su incumplimiento dará lugar a las sanciones previstas por la Ordenanza Fiscal de la Comuna.

Artículo 2º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.