ORDENANZA N°: 18422
Título: Creando en el Ambito de la Administración Municipal el “Campus Virtual del Municipio de Bahía Blanca”
Expediente del H.C.D.: 138-2016
Expediente del D.E.: 848-1206-2016
Fecha de sanción: 05-05-2016
Fecha de promulgación: 12-05-2016
Decreto de promulgación: 1131/2016
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase en el ámbito de la Administración Municipal el “Campus Virtual del Municipio de Bahía Blanca”.
ARTICULO 2º: El Campus Virtual tendrá como objetivos:
Capacitar el Recurso Humano Municipal, con el propósito de contribuir a una mejor prestación de los servicios brindados por el Municipio, en diferentes ámbitos sobre la base del enfoque de competencias laborales.
Instrumentar una propuesta de capacitación y formación que ofrezca modalidades de estudio (semi - presenciales o a distancia) a través de Internet con una disponibilidad presupuestaria mínima, destinado tanto a los Agentes Municipales como a la comunidad en general.
Promover la puesta en práctica de un modelo de capacitación y formación a partir de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC`s), en particular de una plataforma virtual y la incorporación de técnicas innovadoras de capacitación.
Impulsar las actividades de intercambio de información, trabajo en red, comunicación y administración de recursos entre las diferentes Dependencias Municipales, promoviendo las competencias transversales y fortaleciendo el rol de los diferentes actores de la Administración Comunal.
ARTICULO 3º: La Secretaría de modernización y Gobierno Abierto, será la Autoridad de Aplicación del “Campus Virtual del Municipio de Bahía Blanca”, el que estará disponible para su utilización por el resto de las Secretarías Municipales del Honorable Concejo Deliberante y otros Organismos en las que el Municipio tenga participación.
ARTICULO 4º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a firmar Convenios de Colaboración con las Universidades, Centros de Estudio e Investigación y Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), con el fin de llevar adelante actividades coordinadas de capacitación, extensión, asistencia profesional y transferencia de tecnología vinculada a las temáticas de formación y capacitación que se brinden desde el Campus Virtual.
ARTICULO 5º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE COCNEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS.