ORDENANZA N°: 20034

Título: Transferencia Legajo de taxi

Expediente del H.C.D.: 232-2020

Expediente el D. Ejecutivo: 1-0/00-2051/2020-0-0

Fecha de sanción: 25/06/2020

O R D E N A N Z A

VISTO

 

      El proyecto de Ordenanza solicitando la transferencia de los derechos de explotación del legajo de Taxi nro. 380 afectado a la parada 16, a nombre de GILES Elsa Dionisia, DNI Nº 4.839.700, a favor del señor CALZADA Esteban Rodolfo, DNI Nº 13.797.426,y

 

CONSIDERANDO

 

      Que el Artículo 26 de la Ordenanza Nº 15.431 expresa: “...Para transferir su legajo, el titular deberá solicitar autorización al Departamento Ejecutivo, acreditando un mínimo de cinco (5) años en la explotación. Se denegará la transferencia ante la constatación de deuda con el municipio derivada de la prestación del servicio. Corresponde al adquiriente cumplir con los requisitos establecidos para los titulares del legajo de taxi vigentes al momento de la transferencia. ..”

 

      Que la señora GILES Elsa Dionisia manifiesta su deseo de no continuar explotando el legajo de taxi debido a su avanzada edad, por lo que considera se le otorgue por vía de excepción la antigüedad que ya venía desarrollando el legajo a nombre del difunto marido el señor FERNANDEZ Juan Pablo.

 

      Que la señora GILES Elsa Dionisia ha presentado la totalidad de la documentación necesaria para dar curso a lo solicitado.

 

      Por todo lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º Autorízase al D. Ejecutivo a transferir por vía de excepción los derechos de explotación del legajo de taxi nº 380 afectado a la parada 16, a nombre de GILES Elsa Dionisia, D.N.I. 4.839.700, a favor del señor CALZADA Esteban Rodolfo, D.N.I. 13.797.426

 

Artículo 2º Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE.