ORDENANZA Nº 13141
Título:
Código de Planeamiento Urbano: Modificación.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-366-2005
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 14 de abril de 2005.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Modifíquese el artículo 6.2. F.O.S. y F.O.T. en parcelas menores a 300 m2, del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera:
6.2. F.O.S. y F.O.T. y espacios para estacionar y/o cocheras en parcelas menores de 300 metros cuadrados.
6.2.1. Para las parcelas preexistentes a la aplicación del Decreto-Ley 8912/77 y Código de Zonificación cuya superficie sea inferior a 300 metros cuadrados establecido por dichas reglamentaciones y en las que se proyecten construcciones de viviendas unifamiliares o bifamiliares para el uso residencial exclusivamente, serán consideradas con los siguientes indicadores de F.O.S. y F.O.T.:
6.2.2. En edificaciones multifamiliares no será obligatorio la previsión de espacios para estacionamiento o de cocheras cuando las parcelas tengan menos de 300 metros cuadrados de superficie.
Artículo 2º - Deróguese la Ordenanza 8382.
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.