ORDENANZA Nº 8506.
Título: Creando el Consorcio Social para la reparación de viviendas fisuradas de Ingeniero White.
Tema:
Expediente H.C.D. : HCD-327/95.
Expediente M.B.B. :
Fecha de Sanción : 7 de abril de 1995.
Fecha de Promulgación :
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza :
Modificada por la Ordenanza : 8780.
ORDENANZA.
Artículo 1° Créese el Consorcio Social tendiente a la reparación de las viviendas fisuradas de Ingeniero White.
Artículo 2° Integrarán el Consorcio Social: a) E1 Municipio de Bahía Blanca; b) Representantes de los vecinos afectados; c) Representantes de la Sociedad de Fomento de Ingeniero White. Se invitará a adherir al mismo apoyando con programas que provean recursos humanos y naturales para la reparación de las viviendas: A)Presidencia de la Nación representada por la Secretaría de Desarrollo Social; B) la Provincia de Buenos Aires representada por el IPE; C) el sector privado del sector portuario; D)Consorcio de Gestión Portuaria del Puerto de Bahía Blanca.
Artículo 3° E1 consorcio coordinará y planifícará la ejecución de la reparación conforme los acuerdos que formalice con los responsables de los programas indicados en artículo 2º) de la presente.
Artículo 4° E1 Municipio supervisará técnicamente los trabajos de reparación.
Artículo 5° Desígnese como autoridad de aplicación de la presente a la Secretaría de Salud y Acción Social.
Articulo 6° Los adherentes podrán requerir informes sobre la ejecución de los trabajos y el destino de los recursos aportados por los mismos.
Artículo 7° Facúltese al D. Ejecutivo a realizar los estudios socioeconómicos para los beneficiarios de los trabajos, los que serán sometidos a la aprobación del Consorcio Social.
Artículo 8º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.