ORDENANZA Nº 4553

Título: Otórgase al personal comprometido en la carrera médico- hospitalaria, un adicional por "Reintegro por Servicio de Refrigerio".

Tema:

Expediente H.C.D.: 614-1986

Expediente M.B.B.: 110-9049-1986

Fecha de Sanción: 9 de Octubre de 1986

Fecha de Promulgación: 20 de Octubre de 1986

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º- Otórgase al personal comprometido en la carrera médico- hospitalaria y con retroactividad al 1º de enero de 1986, un adicional por "Reintegro por Servicio de Refrigerio" equivalente a la suma de quince australes(A 15), mensuales.

Artículo 2º- Establécese, con retroactividad al 1º de abril de 1986, una Bonificación Especial no Remunerativa equivalente al diez por ciento (10%) del Sueldo Básico, para los agentes comprometidos en el Decreto- Ley 7878/72- Carrera Profesional Hospitalaria-, en todas sus categorías.

Artículo 3º- Otórgase con retroactividad al 1º de julio de 1986, un Adicional Especial no Remunerativo de veinte australes (A 20), en un todo de Acuerdo al Decreto 5576 del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 4º- Increméntase, con retroactividad al 1º de Julio de 1986, en ocho australes (A 8), la Bonificación por Reintegro por Servicio de Refrigerio, importe que se sumará al establecido en el decreto 511/86.

Artículo 5º- El D. Ejecutivo dispondrá las modificaciones en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las Ordenanzas Fiscales y Presupuestarias respectivamente.

Artículo 6º- Créase la Cuenta "Bonificación Especial no Remunerativa Carrera Médico Hospitalaria", con imputación presupuestaria Carácter 1, Finalidad 2, Sección 1, Sector 1, Inciso 1, P. Principal 4, P. Parcial 5, Apartado 6, sujeta al régimen previsto en el artículo 9º de la Ordenanza Presupuestaria.

Artículo 7º- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.