VISTO
El Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se autoriza la escrituración de un excedente fiscal generado por plano de mensura característica 7-77-90, a favor de José Luis Pombo, María Gabriela Pombo y Alejandra Susana Pombo, y;
CONSIDERANDO
Que, a fs. 10, el Departamento Territorial informa que el excedente fiscal mencionado, se identifica catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 21a , Parcela 5b, Partida 153.940.
Que, a fs. 31, el asesor legal de la Dirección General de Catastro y Obras Particulares informa que se ha cumplido con la totalidad de requisitos exigidos en el Artículo 13°, de la Ley 9533 y que no encuentra objeciones al proyecto de escritura propuesto a fs. 19/20.
Por todo ello, el Honorable Conejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Autorizase, la escrituración del excedente fiscal, generado por plano de mensura característica 7-77-90, el cual se identifica catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 21a, Parcela 5b, Partida 153.940, a favor de José Luis Pombo, María Gabriela Pombo y Alejandra Susana Pombo, en el marco de la Ley 9984 (modificada por Artículo 13° - Ley 9533).
ARTICULO 2°: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VIENTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.