ORDENANZA Nº 14717

Título: Modificación Ordenanza 5228: Habilitación de locales no alcanzados por el decreto – Ley 7315/67.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1615-2007

Expediente M.B.B.: 227-7336/2007

Fecha de Sanción: 17 de abril de 2008

Fecha de Promulgación: 5 de mayo de 2008

Decreto de Promulgación : 465/2008

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza  nº 5.228, el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

“Todos los locales o establecimientos del Partido de Bahía Blanca donde se desarrollen actividades que no estuvieren alcanzadas por el régimen de habilitación del Decreto – Ley 7315/67, Decreto 1123/73 y toda otra norma específica en el orden provincial, como así también las entidades sin fines de lucro, quiénes para el desarrollo de actividades contempladas en sus fines estatutarios posean oficinas administrativas, complejos recreativos, salones de reuniones, etc., con asistencia de público y/o empleados, deberán, para su habilitación y funcionamiento, dar cumplimiento a las disposiciones sobre construcción, instalación eléctrica y prevención contra incendio establecidas por el Código de Planeamiento Urbano y Código de la Edificación Municipales y/o toda otra normativa específica que pudiera reglamentar las actividades que en éstos se desarrollen.”

 

Articulo 2º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL OCHO.