ORDENANZA Nº 9112

Título: Prohibiendo la venta de medicamentos en comercios no autorizados.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-209/96.

Expediente M.B.B.: 610-4060/96.

Fecha de Sanción: 26 de abril de 1996.

Fecha de Promulgación: 9 de mayo de 1996.

Decreto de Promulgación Nº 358/96.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Prohíbase la venta de medicamentos, incluidos los de venta libre, en comercios no autorizados por violar el objeto de su habilitación.

Artículo 2º ­ En Las farmacias para la venta de productos que no sean los especificados en los artículos 1º y 2º de la Ley Provincial de Farmacias nº 10.606 se requerirá la correspondiente habilitación Municipal.

Artículo 3º ­ Los inspectores verificarán su cumplimiento y exigirán los comprobantes de compras en los comercios en infracción, mayoristas o minoristas.

Artículo 4º ­ Será competente para el juzgamiento de las faltas tipificadas por el quebrantamiento de la prohibición contenida en los artículos primero y segundo, el Tribunal de Faltas local.Artículo 5º ­ E1 Departamento Ejecutivo notificará de las actas de infracción a la Dirección Provincial de Farmacias.

Artículo 6º ­ Los productos medicinales decomisados serán destinados al Centro de Salud Municipal Dr. "Leónidas Lucero" y Unidades Sanitarias.

Artículo 7º ­ Serán decomisados en las farmacias y destinados por el D. Ejecutivo a las entidades que correspondan, los artículos que no cumplan con lo establecido con el artículo 2º de la presente ordenanza.

Artículo 8º ­ El D. Ejecutivo arbitrará los medios para reforzar el recurso humano del Departamento de Habilitaciones, para llevar a cabo las inspecciones con la frecuencia necesaria.

Artículo 9º ­ Se llevará a cabo una campaña Municipal de concientización y esclarecimiento a los comerciantes y a la población para que cumplan con esta ordenanza.

Artículo 10º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.