VISTO
El proyecto de ordenanza elevado por el D. Ejecutivo, referido al reconocimiento de la ampliación horaria a cuarenta y ocho horas en el período 1 de enero de 2018 al 31 de enero de 2018, solicitando oprtunamente por el agente Rodolfo Samuel Pacheco, legajo 6.812, dependiente de la Delegación Las Villas.
Que a fojas 1, se eleva nota donde requiere se reconozca la ampliación horaria, en el período 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de enero de 2018.
Que a fojas 11 y 12 la Subsecretaría de Capital Humano adjunta las registraciones relativas a la fecha anteriormente mencionada.
Que a fojas 13 y 14 el Departamento Administración del Personal realiza la liquidación correspondiente a la diferencia horaria correspondiente al periodo 1 de enero de 2018 al al 31 de enero de 2018.
Que la Sra. Contadora General informa que el gasto correspondiente a dicho período, no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2018 por lo cual no está incluido en la Deuda Flotante.
Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140º de Reglamento de Contabilidad y el Artículo 54º del Decreto nº 2980, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º – Autorizase al D. Ejecutivo a través del Departamento Administración de Personal, a abonar el gasto correspondiente al período 1 de Enero de 2018 y hasta el 31 de Enero de 2018, de la ampliación horaria a cuenta y ocho (48) horas semanales, al agente Rodolfo Samuel PACHECO, legajo nº 6.812, dependiente de la Delegación Las Villas
Artículo 2º – El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la Partida Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 116, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.