ORDENANZA Nº 12656
Título:
Autorizando el uso "motel/parador" en un inmueble sito sobre el Camino Parque Sesquicentenario.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-314-2004
Expediente M.B.B.: 0/00-7954/2003
Fecha de Sanción: 13 de mayo de 2004.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese, con carácter de excepción, el uso "motel/parador" en el inmueble sito sobre el Camino Parque Sesquicentenario, en la intersección de calles Ing. Aguilar y Oliverio Girondo (colectora), designado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 62q, Parcela 1 y 2, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nro. 0/00-7954/2003 (314-HCD-2004).
Artículo 2º - La localización del uso, autorizado en el Artículo 1º, se considerará apta, mientras se mantengan los indicadores urbanísticos y las características constructivas de la zona Rp1.
Artículo 3º - Todo emprendimiento con frente a rutas debe tener un anteproyecto de estacionamiento, ingreso y egreso y previo a su habilitación deberá realizar la presentación ante la Dirección Provincial de Vialidad, para dar cumplimiento a la Ley 6312.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CUATRO.