ORDENANZA Nº 14429

Título: Excepción de uso: Hotel tres y cuatro estrellas en calle Ramón y Cajal y Salliqueló.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1911-2006

Expediente M.B.B.: 0/00-7051/2006

Fecha de Sanción: 28 de junio de 2007.

Fecha de Promulgación: 24 de julio de 2007.

Decreto de Promulgación : 773/2007.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º - Autorízase, con carácter de excepción, el uso “hotel tres y cuatro estrellas y sala de convenciones como uso complementario del hotel”, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 139, Parcela 1 c, Partida nº 159.677, delimitado por calles Ramón y Cajal, Salliqueló, Prolongación de Pasteur (a ceder) y Colectora de Camino de Circunvalación en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente Nro. 0/00-7051/2006 (1911-HCD-06).

 

Artículo 2º - La excepción autorizada en el artículo 1º tendrá una vigencia de dos (2) años a contar de la fecha de promulgación de la presente y se otorga condicionada a la presentación de la documentación técnica correspondiente en dicho plazo.

 

Artículo 3º - Previo a la habilitación el recurrente deberá presentarse ante la Dirección Provincial de Vialidad para dar cumplimiento a la Ley 6312.

 

Artículo 4º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL SIETE.