Título: Autorización de obra: extensión de red de
desagües cloacales en Avellaneda al 3400 y Acosta al
1200
Expediente H.C.D.: 755-2011
Expediente M.B.B.: 0/00-1880/2011
Fecha de Sanción: 21 de julio de 2011
Fecha de Promulgación: 8 de agosto de 2011
Decreto de Promulgación Nª:
1241/2011
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase
la obra Extensión de Desagües Cloacales en calles
Avellaneda entre Coulin y Acosta (al 3400 acera
par) y Acosta entre Avellaneda y Bolivia (al 1200 ambas aceras).-
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de
ARTICULO 3º: La obra autorizada en el Artículo
1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas, y
se realizará por aplicación de los Artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y
23º a 26º de
ARTICULO 4º: La obligatoriedad del pago de la
obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del Artículo 6º de
Se determinarán de
ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano de obra llegan a
superar los montos previstos en cada uno de estos ítems.
ARTICULO 5º: En la presente obra no se aplicarán
las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º de
ARTICULO 6º: Constitúyase el consorcio para la
ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios
obrante a fojas
ARTICULO 7º: El Consejo de Administración estará
integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén O. Valerio, Secretario de
Obras y Servicios públicos.-
TESORERA: Cra. María
Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.-
SECRETARIO: Sr. Esteban Hecker,
DNI 10.103.048, vecino frentista.-
VOCALES: Ing. Cristina Paniagua, dependiente de
ARTICULO 8º: El gasto se imputará a
ARTICULO 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN