Título: Autorización de obra: construcción de
pavimento intertrabado en calle José Ingenieros al
2200
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-102-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-926/2007
Fecha de Sanción: 16 de abril de 2009
Fecha de Promulgación: 6 de mayo de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
581/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
a
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inc.2 de
Artículo 3º: La obra autorizada en el
artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras
Públicas, y se realizará por aplicación de los
artículos 9º, inciso d) y
Artículo 4º. La obligatoriedad del pago
de la obra a realizarse, conforme lo
establece el artículo 6º de
El precio de la obra queda establecido a
razón de NOVENTA PESOS ($90.-) por m2.-
Artículo 5º. Las obras se ejecutarán de
acuerdo a los planos y Especificaciones del Departamento Vialidad de
Pavimento intertrabado:
con adoquines de hormigón de 8cm. De espesor, sentados sobre cama de arena de
4cm, previo riego asfáltico de imprimación (E.B.L.2=
1lt/m2),sobre base de suelo cemento de 0,15m de
espesor con el 4% de cemento en peso y subrasante
existente recompactada.-
Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces,
para futuras obras de alumbrado público y semaforización
de P.V.C. de 2 Ø 110mm y 3,22mm de espesor de pared
con sello IRAM, cubierto con 10cm. De hormigón, cámara y tapas en los extremos,
según plano tio B5.
Todo conforme a planos y Especificaciones
técnicas Municipales.-
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la
obra será 30 (treinta) días, a contar
desde la fecha de Replanteo, que se deberá efectuar dentro de los 10
(diez) días de notificada
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a
los establecidos por los artículos 31º y
65º del Decreto Reglamentario 754/76, deberán presentarse en
Artículo 8º:
Artículo 9º: En caso que
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de 3 (tres) años, a contar desde la fecha de Recepción Provisoria.
Finalizado el mismo, se labrará acta de Recepción Provisoria.-
Artículo 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.-
DADA EN