ORDENANZA Nº 9079.

Título: Obra de iluminación en calles Caseros y Remedios de Escalada.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-222/95.

Expediente M.B.B.: 0/00-7285/94.

Fecha de Sanción: 1 de abril de 1996.

Fecha de Promulgación: 15 de abril de 1996.

Decreto de Promulgación Nº 286/96.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Convalídese la cesión por parte de la Empresa C & M OBRAS Y SERVICIOS a la Empresa ELECTROMECANICA R.I., de la obra de alumbrado público en calles CASEROS entre Garibaldi y Remedios de Escalada y REMEDIOS DE ESCALADA entre Maipú y Rivadavia, autorizada por ordenanza nº ##8482, en los términos del convenio celebrado entre ambas, el día 4 de marzo en curso, que luce a fojas 69 del expediente 0/00­7285/94 (222­HCD­95).

Artículo 2º - La Empresa ELECTROMECANICA R.I. deberá ejecutar los trabajos en el término de sesenta (60) días corridos a contar de la fecha de iniciación de los trabajos, lo que se deberá efectuar dentro de los quince (15) días de notificada la presente ordenanza.

Artículo 3º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A PRIMERO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.

Tsxto del convenio

CONVENIO DE CESION DE OBRA

Entre C & M Obras y servicios, representada en este acto por su titular, don ADRIAN ALBERTO MONTECCHIA, en adelante llamada EL CEDENTE, y Electromecánica RI, representada en este acto por su titular, don RUBEN INSUA en adelante EL CESIONAR1O, se ha dispuesto celebrar el presente convenio, el que se regirá de conformidad a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El objeto de este convenio es la cesión par parte del CEDENTE y en beneficio del CESIONARIO de la obra de alumbrado público según expediente Municipal Nº 0/00-7285-94 cita en el sector de la calle Caseros entre Garibaldi y Remedios de Escalada y Remedios de Escalada entre Maipú y Rivadavia de la ciudad de Bahía Blanca.

SEGUNDA: El plazo de ejecución de las obras, será el que estipule la Municipalidad del Partido de Bahía Blanca no pudiendo ser inferior a los CUARENTA Y CINCO (45) DIAS corridos a partir de la autorización de la misma por parte de dicho Municipio.

TERCERA: Las obligaciones a cargo del CESIONARIO serán:

  1. efectuar los trabajos y dar finalización definitiva a la obra antes mencionada en un todo de conformidad a la normativa que al efecto ha dictado la Municipalidad del Partido de Bahía Blanca.-
  2. cumplir, por lo tanto, con todas las especificaciones técnicas que al efecto dicte el Municipio local, como asimismo, con las que corresponde al tipo de obra otorgada por EL CEDENTE.
  3. reconocer todo pago hecho por los vecinos con frente a la obra al CEDENTE.

CUARTA: Las obligaciones por parte del CEDENTE serán:

a) entregar la obra con los trabajos que a continuación se detallan concluidos en forma definitiva y aprobados por la Municipalidad de Bahía Blanca a saber:

* Totalidad de las bases para columnas y cámaras de inspección con su respectivo hormigonado.

* Zanjeo, tendido de cañerías de P.V.C de diámetro 63mm. de marca aprobada por el Municipio y tendido de alambre desnudo del tipo COOPERWELD de diámetro 4,11mm. en toda la extensión de la obra.

* Realización del contrapiso y reposición de la vereda en toda la extensión de la obra donde fuere necesario.

* Colocación de las tapas en todas las cámaras de registro.

* Limpieza total de cámaras de registro, bases y obra en general

QUINTA: Para el caso de divergencias en el cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y Competencia de Los Tribunales del Departamento Judicial de Bahía Blanca, constituyendo los siguientes domicilios: EL CEDENTE en Paraná 737 y EL CESIONARIO en P. Acosta 137, ambos de esta ciudad.

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD se firman dos ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Bahía Blanca, a los 4 días del mes de marzo de 1994.