ORDENANZA Nº 6127

Título: Incrementando los salarios del personal municipal.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-197/91.

Expediente M.B.B.: 110-1558/91.

Fecha de Sanción: 25 de marzo de 1991.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Increméntense los sueldos del Personal Municipal, del Ente Descentralizado "Dr. Leónidas Lucero", y de la Obra Social Municipal, en un veintiséis con cincuenta por ciento (26,50%) para el mes de marzo de 1991.

Artículo 2º - Las remuneraciones que resulten de la aplicación de la presente Ordenanza serán objeto de los aportes y retribuciones previstas para las leyes previsionales y asistenciales y de las retribuciones por cuotas sindicales ordinarias.

Artículo 3º - El D. Ejecutivo y los Organismos Descentralizados preverán los créditos y/o mecanismos necesarios para asegurar la financiación de los gastos que surjan por aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 4º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.