ORDENANZA Nº 16749
Título:
Autorización de obra: Extensión de la red de gas natural en calles del Barrio
Don Ramiro
Expediente H.C.D.: 951-2012
Expediente M.B.B.: 0/00-8908/2011
Fecha de Sanción:
30 de agosto de 2012
Fecha de Promulgación: 13 de septiembre de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 1630/2012
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase la obra Extensión de Red de Gas
Natural Domiciliario en las calles del Barrio Don Ramiro, que seguidamente se
detallan:
- Malvinas entre I.
Miranda y L. Luna (vereda impar).
- Malvinas entre
Rodríguez Peña y P. Albarracín (vereda impar).
- Malvinas entre T. Ascensio y P. Albarracín
(vereda impar).
- L. Harrington entre L. Miranda y L. Luna (ambas veredas).
- Avellaneda entre L.
Miranda y M.G. de Tejada (ambas veredas).
- Bolivia entre L.
Miranda y M.G. de Tejada (ambas veredas).
- Don Bosco entre C. Ledesma y L. Luna (vereda par).
- L. Miranda entre
Bolivia y Avellaneda (vereda impar).
- L. Miranda entre L. Harrington y Malvinas (vereda impar).
- L. Luna entre Don Bosco y Malvinas (ambas veredas).
- Rodríguez Peña entre
Bolivia y Malvinas (ambas veredas).
- C. Ledesma entre Don
Bosco y Malvinas (ambas veredas).
- T. Ascencio entre Bolivia y L. Harrington
(vereda par).
- D. Boedo entre Don Bosco y Malvinas
(ambas veredas).
- F. Hernández entre
Bolivia y Malvinas (ambas veredas).
- M. G. de Tejada
entre Bolivia y Avellaneda (vereda impar).
- M.G. de Tejada entre L. Harrington
y Malvinas (vereda impar).
- P. Albarracin entre L. Harrington
y Malvinas (vereda impar), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nro.
03-004927-00-11, obrante en expediente Nro.
0/00-8908-2011 (951-HCD-2012).
ARTICULO
2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los
Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución
Provincial y 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las
Municipalidades por la
Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias.-
ARTICULO
3º: La obra autorizada ene. Artículo 1º se encuadra
dentro de las prescriptas en la
Ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por aplicación de
los Artículos 9º, inciso d), de dicha
Ordenanza y 23º a 26º de la Sección I,
Capítulo IV, de su Decreto Reglamentario Nº 754/76, Ejecución por Consorcio de
Vecinos o Cooperativas, y de la Sección
XII del mismo Decreto Reglamentario.
ARTICULO
4º: Declárase la obligatoriedad de pago de la obra
a realizarse conforme a las
disposiciones del Artículo 6º de la Ordenanza
Nº 2082/75 de Obras Públicas y concordantes del Decreto Nº
754/76. A los efectos del Artículo 3º de la Ordenanza 2082/75,
establézcase un sistema de prorrateo POR SERVICIO, es decir que el valor
total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los inmuebles
afectados a la obra (parcelas o subparcelas), según
el régimen de la Ley
13.512.
Se determinarán de
ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos.
ARTICULO
5º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los
Artículos 19º, 20º y 21º de la
Ordenanza de Obras Públicas.
ARTICULO
6º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la
solicitud expresa de los beneficiarios obrantes de fojas 1 a 138 del expediente
0/00-8908-2011 (951-HCD-12), habiéndose cumplimentado el Artículo 2º y demás
requisitos establecidos en la Ordenanza Nº
4060.
ARTICULO
7º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE:
Ing. Rubén O. Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
TESORERA:
Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina
Administración de Consorcios.
SECRETARIO:
Sra. Analía Meschini, DNI
14.148.387, vecina frentista.
VOCALES:
Ing. Edgardo Daniel Dotti, Legajo Nº 12655,
dependiente del Departamento
Electricidad y Mecánica y la Sra. Alicia
Ballesi, DNI 4.897.945, vecina frentista.
ARTICULO
8º: Los ingresos deberán efectuarse en la Partida: Fuente 131, jurisdicción 1110105000,
Gasto 5210, Cat. Programática 60.01, del Presupuesto
de Gastos.
ARTICULO
9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS
DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE.