ORDENANZA Nº 5127
Título:
Creando el Centro Municipal de Asesoramiento Tecnológico.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD 303/88
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 28 de Julio de 1988
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Facúltase al Intendente a firmar convenios con Fundaciones, Empresas y Organismos Oficiales, para la conformación del Centro Municipal de Asesoramiento Tecnológico.
Artículo 2°.- Resérvese 1,5 has. dentro del Parque Industrial, en la zona prevista para ampliación, donde se construirá el Centro, cuya cesión definitiva deberá ser aprobada por el H. Concejo Deliberante, según las medidas y superficie que surjan de la mensura que se practique al efecto.
Artículo 3°.- El objeto del Centro Municipal de Asesoramiento Tecnológico será el de brindar respuestas a necesidades tecnológicas de las Industrias e Instituciones de la ciudad y la región a través de Servicios Técnicos, Capacitación y Desarrollo en los campos: Estudios de Conveniencia de radicación; de factibilidad Técnico - Económica; Análisis especiales y certificación de productos y materias primas; Ingeniería de Proyecto y Detalle, Cálculo de Equipos e Instalaciones, Servicios de Programación; Computación y Documentación; Centro de Capacitación Industrial y cualquier otra actividad relacionada con éstas que puedan incorporarse en el futuro.
Artículo 4°.- Deberá preverse, dentro de las instalaciones que se construyan, un lugar de exposiciones, información y difusión permanente sobre el Parque Industrial de la ciudad, Polo Petroquímico y Puertos de la Ría.
Artículo 5°.- Se dejará constancia en los convenios que se firmen que los proyectos presentados o avalados por la Municipalidad, tendrán tratamiento prioritario dentro de la actividad y estudios que el Centro desarrolle.
Artículo 6°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.