ORDENANZA Nº 15776

Título: Red Integral de protección y Promoción de los Derechos del Niño y Adolescente

Expediente H.C.D.: 65-2010

Fecha de Sanción: 15 de julio de 2010

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Créase en el marco del Honorable Concejo Deliberante la “Red Integral de Protección y Promoción de los Derechos del Niño y  Adolescente”, la que tendrá como objetivos:

 

a)       Desarrollar estrategias que permitan diseñar un mapa de recursos comunitarios, que contenga Organismos Gubernamentales, ONG´S, y personas físicas, cuyo objeto de trabajo sea la restitución de Derechos a Niños y Adolescentes.

b)       Lograr que el en Ámbito Municipal, se tracen líneas de acción en conjunto con las organizaciones, a fin de unificar criterios y modos de intervención.

c)       Implementar acciones concretas, a fin de estimular el debate de la cuestión de los Derechos de los Niños y Adolescentes, conducentes a afianzar la corresponsabilidad en la Comunidad cercana.

d)       Constituir redes firmes, que den previsibilidad a las acciones de restitución que se emprendan en la Comunidad.

e)       Promover actividades en las Escuelas referidas a los Derechos de los Niños y Adolescentes.

 

ARTICULO 2º: La Red Integral, estará conformada de la siguiente forma:

 

-          Por el Departamento Ejecutivo: Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y Secretaría de Salud.

-          Por el Honorable Concejo Deliberante: Comisión de Educación, Cultura y Acción Social y Comisión de Interpretación, Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías.

-          Por el Sector Educativo: Todas las Direcciones Dependientes de la Dirección General de Educación y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, especialmente la Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.

-          Consejo Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niñez   y Adolescencia de Bahía Blanca, constituido de acuerdo a la Ley 13.298.

-          Se convocará en general a todas las Entidades, Fundaciones, Asociaciones Civiles, Clubes y Organizaciones vinculadas a la temática de Niñez, Adolescencia y Familia.

 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIEZ.