ORDENANZA N°: 18831
Título: Presupuesto y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017.
Expediente del H.C.D.: 1163-2016
Expediente el D. Ejecutivo: 210-11387-2016 c/210-11387-2016-1
Fecha de sanción: 29-12-2016
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Fíjanse en la suma de TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE PESOS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 3.566.765.429,93) para la Administración Municipal; en la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($ 542.700.000,00), para el Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero - Organismo Descentralizado – en la suma de CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 133.840.237,23) para la Dirección de Obra Social del Personal Municipal -Organismo Descentralizado- y en la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 47.950.000,00) para el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalarias – Organismo Descentralizado; los Cálculos de Recursos para financiar sus presupuestos de Gastos en el Ejercicio 2017.
ARTICULO 2°: Las Fuentes de Financiamiento a aplicarse en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central, se corresponden según la siguiente procedencia:
Recursos del Tesoro Municipal (F.F. 110): $ 2.490.057.970,00;
Recursos con Afectación Específica de Origen Municipal (F.F.: 131):
$ 662.288.654,00;
Recursos con Afectación Específica de Origen Provincial (F.F.: 132):
$ 229.024.250,21;
Recursos con Afectación Específica de Origen Nacional (F.F.: 133):
$ 175.033.541,10;
Transferencias Internas (F.F.: 140): $ 10.361.014,62,
Origen y Aplicación de Recursos a Gastos que hacen un total de $ 3.566.765.429,93.
ARTICULO 3°: Apruebase la clasificación de los recursos por rubros, por procedencia y por naturaleza económica de los mismos de acuerdo al detalle efectuado en las planillas anexas 1,2 y 3, correspondientes a la Administración Municipal, Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero - Organismo Descentralizado -, la Dirección de Obra Social del Personal Municipal –Organismo Descentralizado – y el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalario (SIEmPre) – Organismo Descentralizado; elaboradas de conformidad a los alcances del Decreto Provincial 2980/00. (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
ARTICULO 4°: Establézcanse en la suma de TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE PESOS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 3.566.765.429,93) para la Administración Municipal; en la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($ 542.700.000,00), para el Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero - Organismo Descentralizado – en la suma de CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 133.840.237,23) para la Dirección de Obra Social del Personal Municipal -Organismo Descentralizado- y en la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 47.950.000,00) para el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalarias – Organismo Descentralizado - sus Presupuestos Generales de Erogaciones para el Ejercicio 2017 elaborados de conformidad a los alcances del Decreto Provincial 2980/00.- (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
Artículo 5° - Apruébanse la Estructura Orgánica funcional, la clasificación institucional de los gastos, por categorías programáticas, por objeto hasta el nivel del inciso en carácter limitativo y de partida principal en carácter indicativo, por finalidades, por fuente de financiamiento y por la naturaleza económica de los mismos de acuerdo al detalle efectuada en las Planillas Anexas n° 4,5,6,7,8 y 9, correspondientes a la Administración Municipal, Hospital Municipal de Agudos Dr.Leónidas Lucero - Organismo Descentralizado – a la Dirección de Obra Social del Personal Municipal – Organismo Descentralizado -y para el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalario (SIEmPre) – Organismo Descentralizado; elaboradas de conformidad a los alcances del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
Artículo 6° - Apruébanse en todos sus términos los Clasificadores Presupuestarios de los Recursos y de las Erogaciones, inserto como Anexo 10 y que pasa a formar parte de la presente y en un todo de acuerdo con las disposiciones del Decreto Provincial 2980/00.
Artículo 7° - Fíjanse para el personal municipal los siguientes conceptos y montos en materia de asignaciones familiares, conforme al artículo 23° de la ley 11.757.
ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución ANSES 299 / 2016
Establezcanse los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares, contempladas en la Ley 24.714.
MONTO DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA LOS TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA REGISTRADOS Y BENEFICIARIOS DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO.
ASIGNACIONES FAMILIARES |
VALOR GRAL. |
MATERNIDAD |
|
Sin tope de Ingreso Grupo Familiar (IGP) |
Remuneración Bruta |
NACIMIENTO |
|
IGP entre $ 200.- y $ 60.000.- |
$ 1.285,00 |
ADOPCION |
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IGP entre $ 200.- y $ 60.000.- |
$ 7.704,00 |
MATRIMONIO |
|
IGP entre $ 200.- y $ 60.000.- |
$ 1.926,00 |
PRENATAL |
|
IGP entre $ 200.- y $ 17.124.- |
$ 1.103,00 |
IGP entre $ 17.124,01 y $ 25.116.- |
$ 741,00 |
IGP entre $ 25.116,01 y $ 28.997.- |
$ 446,00 |
IGP entre $ 28.997,01 y $ 60.000.- |
$ 228,00 |
HIJO |
|
IGP entre $ 200.- y $ 17.124.- |
$ 1.103,00 |
IGP entre $ 17.124,01 y $ 25.116.- |
$ 741,00 |
IGP entre $ 25.116,01 y $ 28.997.- |
$ 446,00 |
IGP entre $ 28.997,01 y $ 60.000.- |
$ 228,00 |
HIJO CON DISCAPACIDAD |
|
IGP hasta $ 17.124.- |
$ 3.597,00 |
IGP entre $ 17.124,01 y $ 25.116.- |
$ 2.543,00 |
IGP superior a $ 25.116.- |
$ 1.603,00 |
AYUDA ESCOLAR ANUAL |
|
IGP entre $ 200.- y $ 60.000.- |
$ 923,00 |
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD |
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Sin tope de IGF |
$ 923,00 |
Artículo 8° - Apruebanse los créditos globales que según las Partidas Principales componen los Gastos en Personal y procédase en su aplicación en un todo conforme a lo dispuesto por el artículo 104° de la Ley n° 14.656.
Autorizase al D. Ejecutivo a transferir recursos previstos en la partida Personal Temporario a la partida Personal Permanente, con el fin de cubrir a lo largo del presente ejercicio, la regularización de los agentes municipales que revisten como temporarios.
Autorizase al D. Ejecutivo a llevar a cabo las actuaciones administrativas de rigor con relación a los cargos que debe preverse en la partida de Personal del Presupuesto de Gastos.
Artículo 9° - Autorizase al D. Ejecutivo a otorgar subsidios para atender gastos que no signifiquen una compensanción por bienes vendidos y/ servicios prestados a la Municipalidad, cuyos importes no serán reintegrados. Las entidades beneficiarios quedarán obligadas a rendir cuentas de las mismas. El detalle de los subsidios previstos se adjunta a la presente como Anexo A.
Artículo 10° - Autorizase al D. Ejecutivo a hacer uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, cuando ello fuese necesario para hacer frente a gastos y pagos por momentáneas diferencias de caja, sin que su uso transitorio signifique cambios de financiación ni de destino de estos recursos, debiendo normalizarse su afectación en el transcurso del ejercicio.
Artículo 11° - Consideranse de libre disponibilidad los saldos de fondos con afectación específica de origen municipal, que al cierre del ejercicio 2016, hubieren quedado sin aplicación.
Artículo 12°: Incorpóranse al Plan de Obras elaborado por el Departamento las que obras que a continuación se detallan:
Iluminación Interior Parque Noroeste (espacio verde sobre Juan Molina entre Sixto Laspiur y Malvinas)
Iluminación Boulevar Avenida Pilmaiquén
Obra de gas APADEA
Pavimentación calle 3 de Febrero entre Indiada y Provincias Unidas
Pavimentación de Rigamonti entre Zelarrayán y Mitre
Cordón cuenta calle Río Atuel entre Blandengues y Juan Molina
Desagüe pluvial y acueducto en Pacífico entre Moreno y Patricios
Puesta en valor sector Feria del Lago – Parque de Mayo
Puesta en valor Plaza René Favaloro
Obra de gas en calle Avellaneda entre Biggio y Güiraldes
Obra de gas calle Stella Maris entre Capitán Negri Mayor Rodriguez
Obra de gas calle Alvarado entre Peñaloza y Roberto Arlt
Obra de gas calle Cortalezzi entre Ramón y Cajal y Las Heras (vereda impar).
Estudio de factibilidad de la semipeatonalización en sector de Villa Mitre
Modificaciones a los Anexos del Presupuesto de Gastos 2017
Planilla Anexo 1 – Ingresos por Rubros
Incrementos (hoja 1 de 5):
Fuente 110 – Rubro 1219905 – Tasa Especial Baldíos – Decreto Ley 8912/77
Monto Asignado $ 110.000,00.-
Fuente 131 – Rubro 1210105 – RA (131) ALC .Fondo Política Vivienda Municipal
Monto Asignado $ 7.192.530,00.-
Economías (hoja 2 de 5):
Fuente 110 – Rubro 12902203 – Ingresos Varios
Monto original $12.500.000,00, Reducción de $110.000. Monto Final $ 12.390.000,00.-
Fuente 110 – Rubro 1210101 – Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública
Monto Original $ 282.600.000,00 – Reducción $ 7.192.530,00 – Monto Final $ 275.407.470,00.-
Planilla Anexo 2 – Cálculo de Recursos por Procedencia
Código 10 – Orígen Municipal –
11 - de libre Disponibilidad - Monto Original $ 1.724.024.000,00.- Monto Final $ 1.716.721.470,00.-
12 – Afectados – Monto Original $ 655.096.124,00.- Monto Final $ 662.398.654,00.-
Anexo 5 – Presupuesto de Gastos por Jurisdicción, Estrcutura programática, Fuente de Financiamiento y Objeto
Se practican incrementos y economías en determinadas partidas, los cuales se especifican en la planilla que se adjunta como Anexo 1 y forma parte del presente despacho y cuyas modificaciones deberán incorporarse a los correspondientes anexos remitidos por el Departamento Ejecutivo.
ANEXO “A” – SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO Y PRIVADO
Se modifica el listado y, en algunos casos, los montos asignados a algunas de las entidades beneficiarias, conforme se detalla en la planilla que se acompaña como Anexo A.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.