Título: Extensión de red de gas natural en calle
Provincias Unidas al 200
Expediente H.C.D.: 843-2010
Expediente M.B.B.: 0/00-10397/2009
Fecha de Sanción: 19 de agosto de 2010
Fecha de Promulgación: 7 de septiembre de 2010
Decreto de Promulgación Nª:
1153/2010
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase
la obra Extensión de red de gas natural
domiciliario en calle Provincias Unidas al 200, entre Rivadavia y Caseros
(vereda par), en un todo de acuerdo al Plano de Camuzzi
Gas Pampeana Nº 03-004465-00-10, obrante en expediente Nro.
0/00-10397-2009.- (843-HCD-10).
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de
ARTICULO 3º: La obra autorizada en el Artículo
1º, se encuadra dentro de las prescriptas en
ARTICULO 4º: Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse conforme a las disposiciones
del Artículo 6º, de
ARTICULO 5º: Déjase
establecido que el prorrateo de la obra se realizará por servicio, es decir
que el valor total de la obra se prorrateará por partes iguales entre todos los
inmuebles afectados a la obra, (parcelas o subparcelas),
según el régimen de
Se determinarán de ser
necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos.
ARTICULO 6º: En la presente obra no se aplicarán
las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º, de
ARTICULO 7º: Constitúyase el consorcio para la
ejecución de la mencionada obra según la
solicitud expresa de los beneficiarios obrantes
de fojas 1 a 8 vta. del expediente
0/00-10397-2009 (843-HCD-10), habiéndose cumplimentado el Artículo 2º, y
demás requisitos establecidos en
ARTICULO 8º: El Consejo de Administración estará
integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén O. Valerio, Secretario de
Obras y Servicios Públicos.
TESORERA: Cra. María
Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.
SECRETARIO: Sr. Veloso
Jorge, DNI 28.664.725, vecino frentista.
VOCALES: Sr. Juan Carlos Lázaro, Legajo Nº 2201,
dependiente del Departamento Electricidad y Mecánica, y el Sr. Aravena Ariel, DNI 25.447.102, vecino frentista.
ARTICULO 9º: El gasto que disponga la presente
obra deberá imputarse a
ARTICULO 10º: Comuníquese al D. Ejecutivo para
su cumplimiento.-
DADA EN