ORDENANZA N°: 19417

Título: Autorizando al Hospital Municipal a Adjudicar la Licitación Privada a la Empresa Cooperativa de Investigación y Vigilancia Bahiense S.A.

Expediente del H.C.D.: 537-2018

Expediente el D. Ejecutivo: 550-2029-2018

Fecha de sanción: 16-08-2018

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


VISTO


El Proyecto de Ordenanza, por el que se autorice a adjudicar la contratación de Vigilancia Privada para cumplir tareas en distintos sectores del Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero, de forma continua durante las 24 Horas del día, asegurando la presencia de dos (2) vigiladores que atenderán el Servicio de Medicina de Urgencia (Guardia) y acceso por el Pasillo Central a los Módulos de Internación; mas uno (1) para cubrir exclusivamente la seguridad en el Área de Consultorios Externos de Lunes a Viernes de 6:00 a 20:00 Horas, y;


CONSIDERANDO


Que, para ello, se han cumplimentado los siguientes pasos:



  1. COOPERATIVA DE INVESTIGACION Y VIGILANCIA BAHIENSE LTDA.

  2. VIGILAN S.A.

  3. ECOBAHIA S.A.

  4. EDUARDO RUBÉN ZARZOSO.



Que, la empresa cumple con las condiciones de proveedor del rubro, que no ha presentado inconveniente en las contrataciones anteriores.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Autorizar al Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero, a adjudicar la Licitación Privada Nº 2029/2018 Vigilancia Privada, por el período comprendido entre el 1 de Julio y hasta el 30 de Septiembre de 2018, a la firma COOPERATIVA DE INVESTIGACIÓN Y VIGILANCIA BAHIENSE S.A., por Única Oferta, por un monto de Un Millón Ciento Cuatro Mil Ciento Ochenta y Seis Pesos con Treinta y Dos Centavos ($ 1.104.186,32.-), conforme Artículo 155º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades y habiendo cumplido con los requisitos de Licitación Privada, dado que como se ha expresado anteriormente la oferta recibida cumple con las exigencias técnicas y legales requeridas y dadas las características del servicio resulta imprescindible continuar con su provisión.


ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO.