ORDENANZA Nº 14908

Título: Autorización de uso precario: Agrupación Vecinal Grünbein, inmuebles de calle Vigil y La Pampa

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-748-2008

Expediente M.B.B.: 0/00-3245/2006

Fecha de Sanción: 31 de julio de 2008

Fecha de Promulgación: 27 de agosto de 2008

Decreto de Promulgación : 979/2008

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Autorízase a la “Agrupación Vecinal” Grunbein, el uso precario de los inmuebles ubicados en la calle Constancio Vigil y La Pampa, identificados catastralmente como: Circunscripción IV, Sección C, Manzana 3-d, Parcelas 1, 2, 33 y 34, que forman una Reserva Fiscal, para el desarrollo de las actividades que lleva a cabo esa entidad, por el término de dos (2) años.

 

Artículo 2º - La presente cesión de uso se realiza con cargo de cumplimentarse las siguientes condiciones:

 

a)       La parcela será destinada a desarrollar actividades de esparcimiento o deportivas, no estando permitido la realización de construcciones fijas.

b)       En caso de darse razones de interés público o desvirtuarse los fines que motivaran la presente, caducará la cesión acordada.

 

Artículo 3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL OCHO.