ORDENANZA N°: 19695

Título: Modificando Articulo 2º de la Ordenanza 17.890 (Ref. Franquicia de Estacionamiento para Residentes)

Expediente del H.C.D.: 431-2016

Expediente el D. Ejecutivo: 310-4197-2016

Fecha de sanción: 09-05-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°: 17.890


O R D E N A N Z A

VISTO


El Proyecto de Ordenanza, referido a la modificación de la Ordenanza 17.890 Franquicia de Estacionamiento para Residentes, y;


CONSIDERANDO


Que, asimismo y, teniendo en cuenta los argumentos vertidos por la Directora de Gobierno y por la Subsecretaría Jurídica, su objetivo es resolver una diferencia interpretativa a favor del vecino frentista.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 2º, de la Ordenanza 17.890, en que quedará redactado de la siguiente manera:


ARTICULO 2º: Los frentistas del Estacionamiento Medido, podrán obtener el beneficio de estacionamiento en la cuadra (ambas aceras), de su domicilio, y/o las dos perpendiculares correspondientes a la manzana de su domicilio, durante 3 horas diarias.


ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE.