ORDENANZA Nº 8206

Título: Cediendo parcelas del Parque Campaña del Desierto al Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca.

Tema:

Expediente H.C.D. : HCD-108/94.

Expediente M.B.B. :

Fecha de Sanción : 12 de agosto de 1994.

Fecha de Promulgación :

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza :

Modificada por la Ordenanza :


ORDENANZA

Artículo 1° ­ Déjese sin efecto el permiso de cesión precaria de la parcela identificada como lote 1, en el plano obrante a fs. 11 del expediente 0/00-6240/89, que corre incorporado a los expedientes 106-HCD/85, 0/00­2779/85, 0/00­6918/85, 0/00­9048/88, 113-3369/86, 0/00­6364/85, 0/00­611/85, 0/00­4007/85, 241-HCD/85, 475­HCD/88, 436­HCD/88, 0/00­4241/88, 0/00­3393/84, 93­683/85, 0/00­684/85, 0/00­680/84, 0/00­682/85 y 523-HCD/84, y que forma parte del denominado Parque Campaña del Desierto, adjudicado a la Asociación de Hockey sobre Césped del Sur por Ordenanza ##5807.

Artículo 2° ­ Cédase en carácter de permiso de ocupación precaria la parcela identificada como lote n° 1 en el plano obrante a fs. 11 del expediente 0/00-6240/89, que corre incorporado a los expedientes 106-HCD/85, 0/00­2779/85, 0/00.­6918/85, 0/00­9048/88, 113-3369/86, 0/00­6364/85, 0/00­611/85, 0/00­4007/85, 241-HCD/85, 475­HCD/88, 436­HCD/88, 0/00­4241/88, 0/00­3393/84, 93­683/85, 0/00­684/85, 0/00­680/84, 0/00­682/85 y 523-HCD/84, y que forma parte del denominado "Campaña del Desierto", compuesto de una superficie de 23.700 m2., el que mide 105 Mts. de frente por 226 Mts. de fondo, a favor del Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y cuya tenencia la Municipalidad de Bahía Blanca, ostenta según decretos 2012/1978 y 562/1979 del Poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 3° ­ Amplíese en cincuenta (50) metros en el sector N.O., la superficie cedida al Club Bella Vista, por Ordenanza n° ##5807/90, resultando una superficie total de 5 ha., 15a., 33da., 15 ca., cuyas dimensiones será 202,30 m. sobre A.F.P. Argentina; 262,45 Mts., en su límite N.O.; 225,40 Mts. en su límite NE y 227,14 Mts., sobre Avenida Pringles, según croquis elaborado por el Departamento Catastro obrante a fs. 86 del expediente 0/00­6240/89.

Artículo 4° ­ Déjese sin efecto el permiso de cesión precaria de una superficie, correspondiente al lote N° 6 para el anclaje de una torre sostén, otorgada por ordenanza n° ##6872/92, a Telefónica de Argentina S.A.

Artículo 5° ­ El D. Ejecutivo procederá a verificar el cumplimiento de las obligaciones de las entidades beneficiarias en el Parque Campaña del Desierto a fin del mantenimiento de la tenencia acordada.

Artículo 6° ­ E1 D. Ejecutivo proyectará la relocalización del Colegio e Instituto Claret, conforme su petición en el expediente 0/00­4623/91 (1087­HCD/91); efectuado el acuerdo vuelva al H. Concejo Deliberante para su aprobación.

Artículo 7° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.