ORDENANZA Nº 5859

Título: Modificando ordenanza N°4653.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-273/89.

Expediente M.B.B.:421-2989/89.

Fecha de Sanción: 16 de agosto de 1990.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1° - Modifícase el artículo 1.4.2.3. del Código de la Edificación, según texto de la ordenanza 4653, de la siguiente manera:

- incorporando un nuevo inciso, el m), con el siguiente texto:

"m) Por presentar declaraciones juradas, planos y/o documentación tergiversando, falseando u omitiendo hechos 2 años a 4 años;"

- incorporando al final del artículo el siguiente párrafo:

"La Municipalidad procederá, a sus efectos, a comunicar las infracciones y penas aplicadas a los profesionales intervinientes a sus respectivos colegios. Asimismo, cuando el falseamiento en que incurran los infraccionados pueda configurar delito de acción pública, el Municipio procederá a radicar la denuncia ante la autoridad correspondiente".

Artículo 2° - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE.AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.