ORDENANZA Nº 8113

Título: Modificando el decreto-ordenanza nº 3163/79 referida a la Estación Terminal de Omnibus "San Francisco de Asís".

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-584/94.

Expediente M.B.B.: 423-4503/94.

Fecha de Sanción: 1 de julio de 1994.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Articulo 1º - Modifíquense los artículos 10º y 13º del decreto-ordenanza 3163/79, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

" Articulo 10º - La Administración de la Estación Terminal de Omnibus San Francisco de Asís recibirá los elementos que se hallen por extravío o pérdidas dentro del ámbito de la misma, los cuales serán inventariados en la mesa de informes, donde constará fecha de recepción, discriminación de lo hallado, firma del Supervisor de turno y todo dato de interés que se crea necesario.

En lugar visible de la terminal se informará al público dónde se encuentran los objetos extraviados y dónde podrán ser reclamados durante un plazo de sesenta (60) días."

"Articulo 13º - No habiéndose producido reclamos de los elementos extraviados o perdidos la Administración derivará los mismos de la siguiente manera:

a) Quincenalmente se enviarán, bajo inventario a la delegación policial correspondiente, los documentos de identidad recibidos."

b) Cada sesenta (60) días, todos los elementos hallados (como anteojos, bolsos, ropa y cualquier otro elemento recuperable) serán enviados, bajo inventario, a la Secretaria de Salud y Acción Social de la Municipalidad de Bahía Blanca, para su distribución a personas carenciadas."

Artículo 2° - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A UN DIA DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.