ORDENANZA Nº 15081

Título: Centro Cívico Bahía Blanca

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1742-2008

Expediente M.B.B.: 410-9699/2008

Fecha de Sanción: 4 de diciembre de 2008

Fecha de Promulgación: 5 de enero de 2009

Decreto de Promulgación : 9/2009

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Autorízase al D. Ejecutivo a permutar el inmueble denominado “Centro Cívico Bahía Blanca”, con frente a la calle Luís M. Drago, entre las calles O´Higgins y Avenida Colón de esta ciudad, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 54b, Parcelas 1b, 1c, 1d, 1e, inscripto su dominio en las Matrículas 14.263, 14.264, 14.265 y 14.266 respectivamente; y la estructura de hormigón construida, por la entrega en propiedad de determinada cantidad de metros cuadrados que se construyan con financiamiento y riesgo privado con motivo de la terminación de la construcción del Edificio. A tal fin, el D. Ejecutivo efectuará el pertinente llamado a licitación pública para convocar a desarrolladores e inversores, interesados en la terminación bajo su exclusivo costo y riesgo del “Edificio Centro Cívico Bahía Blanca”.

 

Artículo 2º - Para el cumplimiento de los fines previstos en la presente y con  el propósito de garantizar la prioridad de los derechos del municipio en la permuta autorizada, el D. Ejecutivo constituirá un fondo fiduciario en los términos de la ley 24.441 y transferirá al fiduciario la propiedad fiduciaria del terreno y de la estructura de hormigón que se encuentra adherida al inmueble donado.

 

Artículo 3º - Autorízase al D. Ejecutivo a celebrar el citado contrato de fideicomiso a fin de preservar el destino de los bienes fideicomitidos, entregar en propiedad las unidades funcionales del Edificio que oportunamente se identifiquen como resultado de la permuta y, en caso de incumplimiento por parte del desarrollador encargado de la terminación del Edificio, ejecutar las garantías.

 

Artículo 4º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO.