ORDENANZA Nº 5812

Título: Incrementando el sueldo del personal municipal.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-641/90.

Expediente M.B.B.: 110-4001/90.

Fecha de Sanción: 26 de julio de 1990.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Increméntanse los sueldos del personal municipal, del Ente Descentralizado "Dr. Leónidas Lucero" y de la Obra Social Municipal, para el mes de julio de 1990, en un trece por ciento (13%).

Artículo 2º - Las remuneraciones que resulten de la aplicación de la presente Ordenanza, serán objeto de los aportes y retribuciones previstas para las leyes previsionales y asistenciales y de las retribuciones por cuotas sindicales ordinarias.

Artículo 3º - El D. Ejecutivo y los Organismos Descentralizados preverán los créditos y/o mecanismos necesarios para asegurar la financiación de los gastos que surjan por aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 4º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.