ORDENANZA Nº 9640

Título : Modificando medidas de tránsito

Tema :

Expediente H.C.D. : HCD-529/96.

Expediente M.B.B. : 117-1521/95.

Fecha de Sanción : 16 de mayo de 1997.

Fecha de Promulgación : 30 de mayo de 1997.

Decreto de Promulgación Nº 366/97.

Derogada por la Ordenanza :

Modificada por la Ordenanza :


ORDENANZA

Artículo 1° ­ Queda sin efecto la prohibición de estacionamiento en las siguientes arterias :

­ Liniers, entre entubado Arroyo Napostá y Corrientes (vereda impar).

­ Estados Unidos, entre Chiclana y el número 34 de calle Drago.

Artículo 2° ­ Cámbiese de ubicación la prohibición de estacionamiento en la siguiente arteria:

­ Pellegrini, de vereda par a vereda impar, entre el entubado Arroyo Napostá y Corrientes.

Artículo 3° ­ Establézcase único sentido de circulación a la siguiente arteria:

-Chiclana, entre 1810 y Libertad (Rumbo SE­NO).

Artículo 4° ­ Modifíquese el recorrido de la línea de ómnibus 514, que quedará de la siguiente forma :

­ Hacia el Hospital Interzonal "Dr.José Penna", por 1810, Luis María Drago, Libertad y recorrido habitual.

Artículo 5° ­ Establézcase doble sentido de circulación a las siguientes arterias:

- Maipú, entre Matheu y Necochea.

- Necochea, entre Castelar y Chiclana.

­ 1810, entre Chiclana y Brown.

Artículo 6° ­ Deróguese las partes pertinentes de los artículos de las Ordenanzas 5298 y 9219, que se opongan a la presente.

Artículo 7° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.