ORDENANZA Nº 8775
Título: Autorización para la construcción de un templo.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-886/95.
Expediente M.B.B.: C-581/89 c/ C-1625/94 y 0/00-2415/95.
Fecha de Sanción: 11 de agosto de 1995.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese, con carácter de excepción, la construcción de un templo en el predio designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 368, Parcela 26b y Partida 12.585, propiedad de la Confederación Evangélica Bautista, con el cual se supera en un doce (12) por ciento el F.O.S. permitido para la zona, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente 0/002415/95 (886-HCD-95).
Artículo 2º - La Confederación Evangélica Bautista deberá presentar para su aprobación por las oficinas técnicas, la documentación establecida en el artículo 1.1.1.1. del Código de la Edificación.
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.