ORDENANZA Nº 5136

Título: Autorizando con carácter de excepción emplazamiento de ochava, inmueble Partida Nº 90.592.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD – 70/88

Expediente M.B.B.: V – 592/85

Fecha de Sanción: 11 de Agosto de 1988

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°.- Autorízase, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava del inmueble ubicado en la intersección de las calles D’Orbigny y Provincias Unidas, partida inmobiliaria nº 90.592 y ubicada en el lote catastralmente definido como Circunscripción II, Sección D, Manzana 290 – w, Parcela 1, mientras dure la vida útil del edificio o se realicen modificaciones en el sector de la ochava o la Municipalidad lo considere necesario, conforme los antecedentes que corren en el presente expediente 592 – V/85 (75 – HCD/88).

Artículo 2°.- El propietario y los profesionales actuantes deberán certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria conforme los cargos impuestos en el artículo precedente.

Artículo 3°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.