ORDENANZA Nº 8117
Título: Condonando deuda por tasa de servicios públicos a Costa Trans-Vial S .A.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-43/89.
Expediente M.B.B.: 0/00-140/89.
Fecha de Sanción: 22 de julio de 1994.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° Condónese la deuda que, por el servicio de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública mantienen las partidas inmobiliarias 204674 y 150613 (Circunscripción II, Sección D, Chacra 337, Parcelas 5 y 7) y exímase de su pago, hasta el momento de la escrituración de los bienes, en un todo de acuerdo con los antecedentes que corren en el expte.O/00140/89 (43HCD89). Este beneficio no incluye deudas correspondientes a contribución de mejoras.
Artículo 2° Exímase a las antedichas partidas del pago de los derechos de oficina por aprobación del plano de mensura y división.
Artículo 3° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.