ORDENANZA Nº 5424
Título:
Instalación de 13 (trece) focos de alumbrado público.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-309/89.
Expediente M.B.B.: 0/00-7144 0/00-7438/88 0/00-2202/89 117-2440/89 0/00-2407/89 0/00-2394/89 116-2171/89 0/00-950/89 0/00-971/89 0/00-920/89.
Fecha de Sanción: 22 de junio de 1989.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - El D. Ejecutivo convendrá con la Dirección de la Energía de la Provincia de Buenos Aires, la colocación de trece (13) focos de alumbrado público en las siguientes calles de la ciudad:
- ROSALES, entre Caseros y Rivadavia.
- CALEY CALEU y Melipal.
- PUNTA ALTA, entre Newton y Sócrates.
- INGLATERRA, entre Almafuerte y Sixto Laspiur.
- PUNTA ALTA, entre Caseros y Rivadavia.
- MALDONADO, entre Vieytes y Guemes.,'
- MALDONADO, entre Almafuerte y Sixto Laspiur.
- CASTRO BARROS, entre Avenente y Guillermo Torres de Ing. White
- ALBERDI, entre Parera y Matheu.
- CASEROS, entre Matheu y Rosales.
- CHACABUCO, entre Remedios de Escalada y Parera.
- CASTELAR, entre Matheu y Parera.
- CHACABUCO, entre Matheu y Rosales.
Artículo 2º - Autorízase la colocación de luminarias de tipo económico, en las arterias citadas en el Artículo precedente, hasta tanto la D.E.B.A. instale los respectivos equipos normalizados.
Artículo 3º - Los vecinos proveerán las luminarias, balastros autorregulados, soportes metá1icos, lámparas y fotocélulas, quedando a cargo de la Municipalidad la instalación de los mismos.
Artículo 4º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Cuenta Especial Oras de Alumbrado Público".
Artículo 5° - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.