ORDENANZA N°:19088

Título: Cediendo Inmuebles para la Instalación de Obras de Infraestructura para ejecución del Acueducto Rio Colorado - Bahía Blanca.

Expediente del H.C.D.: 898-2017

Expediente el D. Ejecutivo: 155-9323-2017

Fecha de sanción: 21-09-2017

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


VISTO


El presente expediente iniciado a partir de una nota enviada por la Subsecretaría de Infraestructura Hidráulica-Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual solicitan la cesión de inmuebles para la instalación de obras de infraestructuras necesarias para la ejecución del acueducto Río Colorado – Bahía Blanca, y


CONSIDERANDO

Los informes emitidos por los Departamentos Catastro Territorial a fojas 5-23 y 25-33, Departamento Planeamiento Urbano a fojas 24 y Dirección de Planeamiento Urbano a fs. 34, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de



O R D E N A N Z A


Artículo 1º – Cédase a la Dirección de Infraestructura Provincial de Aguas y Cloacas con destino a la instalación de un tanque elevado parte del bien identificado catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección K, Quinta 174, Partida nº: 15.973, propiedad de la Municipalidad de Bahía Blanca, con una superficie de 1.316,78 m2., según consta en el proyecto de plano de mensura agregado a fs. 27, que pasa a formar parte de la presente, cuyas dimensiones definitivas surgirán del plano de mensura y división a confeccionar.


Artículo 2º – Desaféctase del destino de Espacio Verde al bien identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Chacra 55, Manzana 55-c, Parcela 1, Partida nº 118.060 generado por plano de mensura y división catracterística 7-174-2008 con una superficie de 7.369,40 m2., afectándolo con destino a Reserva de Equipamiento Comunitario cuya compensación se indica en el artículo siguiente.


Artículo 3º – Aféctase con destino a Espacio Verde el bien identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Chacra 51, Parcela 4, Partida nº: 163.475, generado por plano de mensura y división característica 7-17-99, el que está inscripto a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca en la Matrícula 100.574 con una superficie de 9.516,89 m2.en compensación de la desafectación del inmueble indicado en artículo anterior.


Artículo 4º – Cédase a la Dirección de Infraestructura Provincial de Aguas y Cloacas, el bien catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Chacra 55, Manzana 55-c, Parcela: 1, Partida: 118.060, con destino a la instalación de una Cisterna y Chimenea de Equilibrio, para el Acueducto Río Colorado – Bahía Blanca.


Artículo 5º – Autorízase al D. Ejecutivo a gestionar, ante la Agencia de Administración de Bienes del Estado, la transferencia a favor de la Dirección de Infraestructura Provincial de Aguas y Cloacas, del bien catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Chacra 285, Fracción I, Parcela: 1, Partida: 69.661, inscripto a favor del Estado Nacional Argentino, en Folio 923, Año 1.883, para destinarlo a la construcción de una Cisterna para el Acueducto Río Colorado – Bahía Blanca, con el compromiso de preservar el destino que tiene dicho bien.


Artículo 6º – La Dirección de Infraestructura Provincial de Aguas y Cloacas deberá compensar los inmuebles cedidos según marca la ley.


Artículo 7º – Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VENTIUN DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.