ORDENANZA Nº 5812
Título:
Incrementando el sueldo del personal municipal.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-641/90.
Expediente M.B.B.: 110-4001/90.
Fecha de Sanción: 26 de julio de 1990.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación: N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Increméntanse los sueldos del personal municipal, del Ente Descentralizado "Dr. Leónidas Lucero" y de la Obra Social Municipal, para el mes de julio de 1990, en un trece por ciento (13%).
Artículo 2º - Las remuneraciones que resulten de la aplicación de la presente Ordenanza, serán objeto de los aportes y retribuciones previstas para las leyes previsionales y asistenciales y de las retribuciones por cuotas sindicales ordinarias.
Artículo 3º - El D. Ejecutivo y los Organismos Descentralizados preverán los créditos y/o mecanismos necesarios para asegurar la financiación de los gastos que surjan por aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.