ORDENANZA N°: 19887

Título: Reconocimiento de Deuda Ejercicio 2018 por Contratación del Servicio de Seguro de Accidentes Personales a la Firma Provincia Seguros S.A.

Expediente del H.C.D.: 770-2019

Expediente el D. Ejecutivo: 1-210R-6580/2017-0-0

Fecha de sanción: 17/10/2019

O R D E N A N Z A

VISTO

 

El Proyecto de Ordenanza, referido a la contratación del servicio de seguro de accidentes personales, adjudicado a la firma Provincia Seguros S.A., durante el Ejercicio 2018, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que, atento lo dispuesto en el Artículo 140º, del Reglamento de Contabilidad para Municipios y 54º del Decreto 2980, que expresa, “El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la Contabilidad Municipal, sin previa comprobación -hecha en expediente especial- de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo.

En el precitado expediente se acumularán todas las constancias que posea la Comuna (Autoridades, Funcionarios o Empleados que dispusieron el gasto, fecha del compromiso, etc.) y se le agregarán los pedidos de suministros, órdenes de compra y todo otro documento que permita fijar con exactitud la administración que dio origen al compromiso, como así mismo, la indudable recepción de los efectos adquiridos o la real prestación de los servicios cuyo pago se reclama. Además, se indicará la imputación que hubiera correspondido al gasto en el presupuesto del año de origen.

Cumplidos todos lo requisitos precedentes se dará a quien haya estado a cargo del Departamento Ejecutivo en la fecha de contratación del compromiso o, en su defecto, se documentará la imposibilidad de hacerlo. Y cubiertos estos recaudos, el Departamento Ejecutivo, solicitará del Concejo autorización para registrar la deuda y efectuar el pago”.

 

Que, el Departamento Contaduría a fs. 16, informa que el gasto mencionado en la presente contratación no se encuentra contemplado en el Ejercicio 2018, por lo cual no está incluido en la Deuda Flotante y su imputación correspondería, en su año de origen, a la Partida: 3.5.4.0 Cat. Programática 01.01.00, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110103000.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a reconocer la deuda de QUINIENTOS SETENTA PESOS ($ 570,00.-), correspondiente al Ejercicio 2018, que surge de la contratación del servicio de seguro de accidentes personales, adjudicado a la firma Provincia Seguros S.A., durante el Ejercicio 2018, prestado durante el mencionado período, en un todo de acuerdo a lo establecido en los Artículo 140º, del Reglamento de Contabilidad para Municipios y 54º, del Decreto 2980.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.