ORDENANZA Nº 5947

Título: Autorizando la provisión de gas natural en calle Islas Orcadas de Ing. White.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-909/90

Expediente M.B.B.: 0/00-3587/90

Fecha de Sanción: 11 de octubre de 1990

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º.- Autorízase la obra de provisión domiciliaria de gas natural en la calle Islas Orcadas entre Brihuega y Sargento Cabral de Ingeniero White (vereda impar), en un todo de acuerdo al plano adjunto de fojas nº 14 del expediente 0/00-3587/90 909-HCD/90.

Artículo 2º.- Declárense cumplidas las exigencias de los artículos 184º, inciso 2) de la Constitución Provincial y 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Públicas nº ##2082 y sus modificatorias.

Artículo 3º.- La obra autorizada en el artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas por aplicación de los artículos 9º, inciso d] de dicha ordenanza y 23º y 26º de la sección I, Capítulo IV, de su decreto reglamentario nº 754/76 "Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas" y de la sección XII del mismo decreto.

Artículo 4º.- La obligatoriedad de pago de obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del artículo 6º de la Ordenanza de obras Públicas y concordante del decreto reglamentario.

Artículo 5º.- Déjase establecido que el prorrateo de la obra se hará por servicio de acuerdo a los artículos 30º y 35°, Sección II, del Reglamento de la Ordenanza de obras Públicas para el Partido de Bahía Blanca.

Artículo 6º.- En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los artículos 19º, 20º y 21º de la Ordenanza de obras Públicas.

Artículo 7º.- Constitúyese el Consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios, que corre a fojas 1 a 9 del expediente 0/00-3587/90 [909-HCD/90], habiéndose cumplimentado el artículo 2º y demás requisitos establecidos en la ordenanza nº ##4060.

Artículo 8°.- El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:

Presidente.- Ing. Carlos Ocaña, Secretario de obras y Servicios Públicos.

Tesorero.- Cra. María Angélica Henales, Jefa oficina Administración de Consorcios.

Secretario.- Sr. Amado Pérez, D.N.I. N° 14.853.054, vecino frentista.

Vocales.- Sr. Juan Carlos Lázzaro, Leg.2201, dependiente de la Dirección General de obras Municipales [Departamento Electricidad y Mecánica] y Sra. Ana Martínez, D.N.I. N° 5.197.072, vecina frentista.

Artículo 9°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.