Título: Autorización de obra: Desagües cloacales en calles de Villa Parodi
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-355-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-10658/2007 c/
0/00-758/2008
Fecha de Sanción: 14 de mayo de 2009
Fecha de Promulgación: 4 de junio de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
763/2009
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízace
la obra Extensión de red de desagües cloacales en
las siguientes calles del Barrio Villa Parodi:
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los artículos 193º, inc. 2), de
Artículo 3º: La obra autorizada en el
artículo 1º se encuadra dentro de las
prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por
aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse, conforme a las disposiciones del artículo 6º
de
Se determinarán de ser
necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/ o mano de obra llegan a superar los montos previstos en cada uno
de éstos ítems.
Artículo 5º: En la presente obra no se
aplicarán las retenciones dispuestas en
los artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 6º: Constitúyase el consorcio
para la ejecución de la mencionada obra
según la solicitud expresa de los beneficiarios obrante a fojas
Artículo 7º: El Consejo de Administración
estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén Valerio,
Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
TESORERA: Cra.
María Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.-
SECRETARIO: Sr. Jara Arias Enrique, DNI
18.768.157, vecino frentista.-
VOCALES: Ing. María Cristina Paniagua,
dependiente de
Artículo 8º: El gasto se imputará a
Artículo 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.
DADA EN