ORDENANZA Nº 6120

Título: Eximiendo del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública a la partida nº 44067.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1259/90, HCD-11/90.

Expediente M.B.B.: 0/00-568/89.

Fecha de Sanción: 14 de marzo de 1991.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Exímase del pago, a partir de 1990, de la tasa por el servicio de Alumbrado, Limpieza y Conservación de 1a Vía Pública, a la partida 44.067, correspondiente al bien definido catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Manzana nº 307w, Parcela 26 y ubicado en calle Maipú 3304, perteneciente a los hermanos Carlos Norberto, Gustavo Enrique, Walter Roberto y Daniela Carolina Stoessel, mientras subsistan las causales insertas en el expediente 0/00-568/89 (1259-HCD/90), al que se acumula el 11-HCD/90 o se cumpla la mayoría de edad de Daniela Carolina o se disponga la enajenación o alquiler del inmueble.

Artículo 2º - Facúltese al D. Ejecutivo a convenir, con Miguel Angel Stoessel y María Laura Palacios, tutores de Carlos Norberto y Gustavo Enrique y de Walter Roberto y Daniela Carolina Stoessel, respectivamente, facilidades de pago para la cancelación de la deuda atrasada que registra la partida 44.067 por la antedicha tasa.

Artículo 3º - Exímase del pago de derechos de cementerio correspondientes a los nichos 48A y 48Abis, de calle 6, que guardan los restos de Carlos Enrique Stoessel y de Nélida Esther Alvarado, mientras subsistan las circunstancias apuntadas en el artículo 1º.

Artículo 4º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.