Título: Modificación de
Expediente H.C.D.: 1367-2010
Expediente M.B.B.: 417-1864/2009
Fecha de Sanción: 28 de abril de 2011
Fecha de Promulgación: 19 de mayo de 2011
Decreto de Promulgación Nª:
838/2011
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Modifícase
el Artículo 3º, segundo párrafo de
Artículo 3º: A los
efectos del Artículo 30º del citado Decreto, establézcase un sistema de
prorrateo Por Frente, según lo establecido en el Artículo 31º del mismo,
siendo de aplicación el Artículo 65º, es decir que el valor de la obra se
prorrateará entre los vecinos en función de la extensión lineal de los frentes
de los inmuebles afectados de acuerdo con sus títulos de propiedad y/o planos
de mensura debidamente aprobados.
Artículo 2º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN