ORDENANZA Nº 5284
Título:
Eximiendo a jubilados y pensionados del pago de la tasa por servicios públicos para el corriente año.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-10/89
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 12 de Enero de 1989
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo l°.- Extiéndese la eximición del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública para el período 1989, a los jubilados, pensionados y personas de escasos recursos que hubieran obtenido dicho beneficio durante el año fiscal 1987 y/o 1988.
Artículo 2°.- El porcentaje de eximición será e1 mismo que correspondió, en cada caso, en el año 1987, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1°, inciso d) dé la Ordenanza ##4315.
Artículo 3°.- Aquellos beneficiarios que hubieran sufrido alguna modificación en su situación económica deberán realizar una nueva presentación formal a fin de adecuar los porcentajes de eximición.
Artículo 4°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.