ORDENANZA Nº10790

Título: Modificando el artículo 2º de la ordenanza nº 7905 y el artículo 1º de la nº 10.732, sustitutivo del artículo 3º de la ordenanza nº 7905.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-43-1994

Expediente M.B.B.: 4007-9807-1998

Fecha de Sanción: 17 de diciembre de 1999

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Modifíquese el artículo 2º de la Ordenanza nº 7905, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 2º - Establézcase que el empréstito solicitado se ajustará a los lineamientos financieros "que el Banco establezca para los préstamos en pesos o su equivalente en dólares estadounidenses, "destinados a las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires según anexo adjunto, conforme "a las condiciones establecidas por el Banco de la Provincia de Buenos Aires y/o a las condiciones "previstas en la Ley nº 10.753."

Artículo 2º - Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza nº 10.732, sustitutivo del artículo 3º de la Ordenanza 7905, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1º - Como garantía de las obligaciones emergentes de la contratación que se autoriza, la "Municipalidad cede al Banco los derechos al cobro de Tasas y Tributos Municipales, hasta la "suma que resulte necesaria para cubrir los servicios de amortización e intereses correspondientes a "dichas obligaciones."

Artículo 3º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.

A N E X O

PLAZO: Hasta 6 años.

AMORTIZACION DEL CAPITAL: Cuotas mensuales, consecutivas e iguales.

INTERESES: Actualmente, el interés aplicable es del 13% o del 11% nominal anual vencido, según se trate de operaciones en Pesos o Dólares respectivamente, en ambos casos variable a opción del Banco conforme las modificaciones que sufra el indicador de Restantes Operaciones, pagadero mensualmente.

GARANTIA: Cesión de los derechos al cobro de Tasas y Tributos Municipales.