ORDENANZA Nº 6013

Título: Estableciendo la prolongación temporaria de la línea 505 hasta el Balneario Maldonado.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD – 842/89

Expediente M.B.B.: 551-6901/89

Fecha de Sanción: 6 de diciembre de 1990

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza: N° 7668

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°.- Establécese la prolongación temporaria de la Línea 505 hasta el Balneario Maldonado, mientras éste permanezca habilitado en la temporada estival 1990-1991.

Artículo 2°.- Fíjase los siguientes itinerarios y horarios para la prestación de la prolongación establecida en el Artículo 1°):

itinerario de Prolongación:

IDA: Desde Pacífico tomará por calle Belisario Roldán, Ruta Acceso a Puertos y Balneario Municipal.

EGRESO: Igual recorrido en sentido inverso.

DIAGRAMACIÓN HORARIA DE LAS PROLONGACIONES:

DIAS HÁBILES

 

Barrio Rosendo López

Balneario Maldonado

 

9,25

10,10

10,55

11,40

12,25

13,10

14,05

14,50

15,35

16,20

17,05

17,45

18,30

19,15

20,00

20,45

 

DIAS SABADOS

 

Barrio Rosendo

 

López Balneario Maldonado

9,10

9,50

10,30

11,10

11,50

12,30

13,10

13,50

13,50

14,30

14.30

15,10

15,10

15,50

15,50

16,30

16,30

17,10

17,10

17,50

18,30

18,30

19,10

19,10

19,50

19,50

20,25

20.30

 

21,00

 

DIAS DOMINGOS Y FERIADOS: Todos los envíos de la Línea, entre las 9 y las 21 horas.

Artículo 3°.- Fíjase el costo del Boleto Único en la misma cifra que la establecida para la tarifa plana del servicio de transporte urbano local.

Artículo 4º.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.