ORDENANZA Nº11032

Título: Autorizando a celebrar convenios con productores agropecuarios declarados de emergencia para la provisión de combustible para realizar tareas de siembra.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-764-2000

Expediente M.B.B.: 310-5195-2000

Fecha de Sanción: 13 de julio de 2000.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Autorícese al D. Ejecutivo a celebrar convenios con productores agropecuarios declarados en emergencia con domicilio en la localidad de Cabildo, con el objeto de entregar en carácter de subsidio reintegrable, combustible para realizar las tareas de siembra de la corriente campaña.

Artículo 2º - Podrán acogerse a este beneficio aquellos productores agropecuarios comprendidos en las prescripciones de la Ley Nacional 22913 y Ley Provincial 10.390, que tengan domicilio legal en la localidad de Cabildo y que no sean sujetos de créditos. En el caso de productores con domicilio en la localidad y cuyos establecimientos se encuentren en otro distrito vecino, el trámite requerirá la intervención del H. Concejo Deliberante.

Artículo 3º - Establézcase como límite por cada productor una cantidad de combustible máxima de 2000 litros de gasoil, el que será reintegrado al Municipio en el transcurso del primer trimestre del año 2001.

Artículo 4º - El D. Ejecutivo reglamentará los procedimientos y tramitaciones necesarias a fin de implementar la presente Ordenanza.

Artículo 5º - Autorícese al D. Ejecutivo a ampliar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 6º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL.