ORDENANZA Nº 4509

Título: Modifícanse las cantidades de módulos previstos en los incisos 3, 4, 5, 6, 7, del artículo 49º de la Ordenanza impositiva.

Tema:

Expediente H.C.D.: 372-1986

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 28 de Agosto de 1986

Fecha de Promulgación: 2 de Septiembre de 1986

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º- Modifícanse las cantidades de módulos previstos en los incisos 3, 4, 5, 6, 7, del artículo 49º de la Ordenanza impositiva, quedando establecidos de la siguiente manera:

3"- Por el servicio de autorización y control de vehículos para transporte escolar (código de actividad 05701) por año o fracción mayor a un semestre y por unidad, de hasta 1.500 Kg………………………………………………………………………………

Más de 1.500 Kg………………………………………………………………………

Por fracción menor a un semestre, el 60%.

4"- Por el servicio de autorización para el ejercicio de actividades afines a la construcción, sin local habilitado, (código de actividad 05702) por año o fracción mayor a un semestre…………………………………………………………………………..

Por fracción menor a un semestre, el 60%.

5"- Por el servicio de autorización para el ejercicio de la actividad de abastecedor de productos en general, sin local habilitado, (código de actividad 05703) por año o fracción mayor a un semestre………………………………………………………….

Por fracción menor a un semestre, el 60%.

6"- Por el servicio de autorización para el ejercicio de la actividad de taxiflet, (código de actividad 05704) por año o fracción mayor a un semestre y por unidad………………

Por fracción menor a un semestre, el 60%.

7"- Por el servicio de autorización para el funcionamiento de transportes especiales de personas, establecido en el artículo 1º de la Ordenanza 3912, (código de actividad 05705) por año o fracción mayor a un semestre, y por unidad, hasta 1.500 Kg………

Más de 1.500 Kg………………………………………………………………………

Por fracción menor a un semestre, el 60%.

Artículo 2º- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.