ORDENANZA N°: 18133
Título: Creando el Registro de Acompañantes Terapeuticos y el Registro de Cuidadores Domiciliarios.
Expediente del H.C.D.: 983-2014
Fecha de sanción: 26-02-2015
Fecha de promulgación: 18-05-2015
Decreto de promulgación: De hecho.
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase el Registro de Acompañantes Terapéuticos y el Registro de Cuidadores Domiciliarios en el Ámbito de la Ciudad de Bahía Blanca, dependiente de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º: Será función de dicha Secretaría, el control de las condiciones exigidas para el ejercicio profesional de quienes se inscriban con el fin de ejercer como acompañantes terapéuticos, al solo efecto y sin ninguna obligación más que confeccionar el registro.
ARTICULO 3º: Son requisitos para la inscripción:
Tener más de 18 años
Ser egresada/o de Institutos Terciarios o haber cursado capacitación en la materia, según los criterios y lineamientos de formación y éticos correspondientes a cada actividad.
Denunciar domicilio real y constituir domicilio legal en el ámbito del Distrito de Bahía Blanca.
Los Acompañantes Terapéuticos y Cuidadores Domiciliarios que violen alguna de las disposiciones de la presente Ordenanza serán eliminados del Registro sin perjuicio de las sanciones que el poder disciplinario ejercido por la Autoridad de Aplicación que corresponda a cada Acompañante Terapéutico o Cuidador Domiciliario determine sobre los matriculados, más allá de la responsabilidad Civil, Penal o Administrativa que pueda imputárseles.
Los Registros se actualizarán anualmente y serán publicados en la Página Web de la Municipalidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE.