ORDENANZA Nº 8357
Título: Condonar deuda atrasada por servicios públicos a la partida 111.138.
Tema:
Expediente H.C.D. : HCD-384/94.
Expediente M.B.B. :
Fecha de Sanción : 25 de noviembre de 1994.
Fecha de Promulgación :
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza :
Modificada por la Ordenanza :
ORDENANZA
Artículo 1º- Condónese la deuda atrasada que, por el servicio de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, grava a la partida inmobiliaria 111.138.
Artículo 2º- Quede eximida del pago por la prestación del antedicho servicio dicha partida inmobiliaria en tanto subsistan las causales que motivan la presente, según constancia obrantes en el expediente 384-HCD-94.
Artículo 3º- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVETNA Y CUATRO.