ORDENANZA N°: 19030
Título: Adhiriendo al Programa Nacional de Compactación y Disposición Final de Vehículos y Chatarras.
Expediente del H.C.D.: 389-2017
Fecha de sanción: 06-07-2017
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase, al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Bahía Blanca, a adherir al Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRONACOM, Ley Nº 26.348).
ARTICULO 2º: En el marco de lo dispuesto por el Artículo 8º, de la Ley 26.348 (marco normativo del PRONACOM), la Legislación Provincial que recoge el procedimiento legal para la Compactación de los vehículos en las condiciones de mención, resulta ser la Ley 14.547, que abastece los extremos de la Limpieza, Descontaminación de los Depósitos Municipales y posterior compactación de vehículos y rezago para su disposición final.
ARTICULO 3º: Deléguese en el Juzgado Contravencional Municipal de esta ciudad de Bahía Blanca, en su carácter de titular de la disposición de los rodados secuestrados, la facultad de ordenar y aplicar las normas complementarias y de trámite que requiera la implementación de la Ley de referencia, debiendo en el caso que corresponda: diligenciar notificaciones, publicar edictos, solicitar informes a organismos Nacionales y/o Provinciales como así también, librar oficios y demás actas previstos en dicho régimen.
ARTICULO 4º: El Tribunal Contravencional estará facultado también para suscribir convenios, acuerdos y todo otro documento o acto administrativo que se requiera para la efectiva aplicación normativa Provincial reseñada, incluidos los informes pertinentes a la autoridad de verificación local en cumplimiento del Artículo 4º, de la Ley 14.547.
ARTICULO 5º: La situación Registral de los rodados que por sus características no pudieran ser incorporados a la operativa de la Ley 14.547, conforme su Artículo 1º, Párrafo Segundo y 4º; previo informe remitido al Ejecutivo Municipal, continuarán bajo la responsabilidad de esa autoridad encargada de su custodia material y depósito, en los términos del Artículo 5º, de la Ley 26.348 y Decreto 442/09 (PRONACOM), sin perjuicio de efectuar la notificación pertinente al Ministerio Público Fiscal.
ARTICULO 6º: Cumplimentado que fuera el procedimiento previsto por la normativa reseñada y en forma previa a la disposición final del vehículo, se requerirá el conforme pertinente de lo actuado en relación a la norma de aplicación y sus respectivas etapas, por parte de las Secretarías de Intervención, Asesoría Letrada y de Gobierno de la Municipalidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 7º: Notifíquese con copia la presente al Tribunal Contravencional Municipal para su toma de conocimiento en el marco de la Ordenanza General Nº 267, Artículos 1º a 5º y Decreto Ley 8751/77.
ARTICULO 8º: Comuníquese, Publíquese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE.