ORDENANZA Nº10196
Título:
ordenanza condonando la deuda atrasada que registran las partidas de la Sociedad de Fomento Vista AlegreTema:
Expediente H.C.D.: HCD-665-1997
Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 25 de Septiembre de 1998
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Condónese la deuda atrasada que por las tasas por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y de Salud registran las partidas inmobiliarias 94910, 94911 y 94912 y acuérdese una exención de pago de las mismas hasta la escrituración traslativa de dominio.
Artículo 2º - Acuérdese un plazo de seis (6) meses, a contar desde la notificación fehaciente de la presente a la Sociedad de Fomento, Cultural y Deportiva del Barrio Vista Alegre para perfeccionar la traslación dominial de los bienes alcanzados por el artículo 1º. En el caso de no poder efectuarse la escrituración dominial quedará sin efecto la condonación y exención acordadas en el artículo precedente.
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.