ORDENANZA N°: 18281
Título: Declarando Ciudadanos Ilustres del Partido de Bahía Blanca a los Ex Soldados Conscriptos, Militares y Civiles Veteranos de Guerra de Malvinas.
Expediente del H.C.D.: 640-2008
Fecha de sanción: 12-11-2015
Fecha de promulgación: 17-11-2015
Decreto de promulgación: 2597/2015
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declaranse Ciudadanos Ilustres del Partido de Bahía Blanca a los Ex Soldados Conscriptos, Militares y Civiles Veteranos de Guerra de Malvinas, nativos del Partido de Bahía Blanca o que posean una residencia inmediata de diez años en el.
ARTICULO 2º: La condición de Veterano de Guerra, solo podrá acreditarse mediante la presentación del Certificado Original emitido por cada fuerza y refrendado por el Ministerio de Defensa de la Nación.
ARTICULO 3º: La distinción del Artículo 1º, no será otorgada a aquellas personas denunciadas, imputadas, procesadas y/o condenadas por delitos de Lesa Humanidad u otras violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante la última Dictadura Militar u otros delitos dolosos en concordancia con los requisitos solicitados por la Nación y la Provincia de Buenos Aires para el otorgamiento del certificado que acredite la condición del Ex Combatiente de Malvinas.
ARTICULO 4º: La distinción establecida en el Artículo 1º, se otorgará a aquellos Ex Combatientes que presenten ante este Honorable Concejo Deliberante un certificado que acredite su condición de Veterano de Guerra de Malvinas y Certificado de Antecedentes Penales.
ARTICULO 5º: Aquellos Ex Combatientes que den cumplimiento a lo establecido en el Artículo 4º, serán distinguidos en actos a realizarse en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, requiriendo la colaboración de las Asociaciones que los nuclean.
ARTICULO 6º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.