Título: Consejo Bahiense de Pesca
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1228-2002
Expediente
M.B.B.:
Fecha
de Sanción: 28 de agosto
de 2003
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º -
Créese el Consejo Bahiense de Pesca.
Artículo 2º -
El Consejo Bahiense de Pesca tendrá como objetivo la
promoción del desarrollo pesquero mediante la articulación de políticas comunes
y de todas aquellas medidas que tiendan a fortalecer y proteger la actividad.
Artículo 3º -
El Consejo operará en el ámbito del partido de Bahía Blanca.
Artículo 4º -
El Consejo Bahiense de Pesca estará conformado por:
Cámara de Pescadores de Bahía Blanca, Cámara de Construcciones y Reparaciones
Navales de Bahía Blanca, Cámara Portuaria y Marítima de Bahía Blanca, Sindicato
Obrero Marítimo Unido, Frigorífico Pesquero Costas Argentinas, Roucomar S.R.L., Frigorífico Tres
Ases S.A., Cooperativa San Silverio, Cáritas
Parroquial de Ingeniero White, Honorable Concejo
Deliberante de Bahía Blanca, Municipalidad de Bahía Blanca y Consorcio de
Gestión del Puerto de Bahía Blanca.
Artículo 5º -
El Consejo tendrá las siguientes funciones:
Artículo 6º -
El Consejo Bahiense de Pesca designará en forma
rotativa un miembro de las instituciones del sector privado para que lo
integren para representar al mismo en el Consejo Regional de Pesca
conjuntamente con el Intendente Municipal.
Artículo 7º -
Se deberá labrar actas de todas las reuniones, donde constarán expresamente
todas las resoluciones tomadas.
Artículo 8º -
El Consejo dictará su propio Reglamento de funcionamiento en el marco de los
fines establecidos por esta ordenanza.
Artículo 9º -
De forma.
DADA EN