ORDENANZA N°: 18800
Título: Modificando Artículos 3 y 4 de la Ordenanza 18.145 (Ref. Presentación del Certificado Fiscal para Contratar).
Expediente del H.C.D.: 1383-2016
Fecha de sanción: 29-12-2016
Deroga a la Ordenanza n°: 18.367
Modifica a la Ordenanza n°: 18.145
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifíquense los Artículos 3º y 4º, de la Ordenanza 18.145, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
ARTICULO 3º: De no contar el proveedor con un certificado vigente, según lo indicado en el artículo anterior, se le otorgará un plazo de treinta días hábiles para su tramitación. Cumplido ese plazo, de no obtener el Certificado, no procederá la Contratación.
ARTICULO 4º. Durante el Ejercicio 2017, este requisito se aplicará solo en las contrataciones superiores a “Ochocientos Mil Pesos ($ 800.000.-) .
ARTICULO 2º: Derógase la Ordenanza Nº 18.367.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.