ORDENANZA Nº 17312
Título:
Utilidad Pública y Pago Obligatorio: Extensión de la red de desagües cloacales en calles del barrio Alternativa III
Expediente H.C.D.: 1276-2013
Expediente M.B.B.: 414-8966/2013
Fecha de Sanción:
28 de noviembre de 2013
Fecha de Promulgación: 10 de diciembre de 2013
Decreto de Promulgación Nª: 2613/2013
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio,
la obra EXTENSION DE LA RED DE
DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO ALTERNATIVA III PLAN NACIONAL MÁS
CERCA, que tramitó por expediente Nº 417R-2146-2012, conforme Artículos 2º,
3º, 4º y 6º de la ordenanza de obras Públicas Nº 2082, Artículo 29º, del
Decreto Reglamentario Nº 754/76 y, 59º, de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:
- PRONSATO, ENTRE
ZELARRAYAN Y ESTOMBA (AMBAS ACERAS -2 CUADRAS).
- MAYOR BURATOVICH,
ENTRE AYACUCHO Y ESTOMBA (AMBAS ACERAS 1 CUADRA)-
- JAVIER RIZZO, ENTRE
ZELARRAYAN Y ESTOMBA (AMBAS ACERAS 3 CUADRAS).
- L. BONNAT, ENTRE
ZELARRAYAN Y ESTOMBA (AMBAS ACERAS 3 CUADRAS).
- O. GIRONDO, ENTRE
ZELARRAYAN Y ESTOMBA (AMBAS ACERAS 3 CUADRAS).
- ZELARRAYAN, ENTRE
PRONSATO Y O. GIRONDO (ACERA PAR 4 CUADRAS).
- AYACUCHO, ENTRE
PRONSATO Y J. RIZZO (AMBAS ACERAS - 2 CUADRAS).
- AGRIM. V.A. ALMONACID, ENTRE JAVIER RIZZO Y L. BONNAT (AMBAS
ACERAS 1 CUADRA).
- ESTOMBA, ENTRE A.
LATANZIO Y JAVIER RIZZO (AMBAS ACERAS 3 CUADRAS).
- ESTOMBA, ENTRE
JAVIER RIZZO Y LUIS BONNAT (AMBAS ACERAS 1/2 CUADRAS).
ARTICULO
2º: Establézcase, para la presente obra, la modalidad de Licitación Pública con
Fondos Nacionales -conforme al Convenio Único de Colaboración y Transferencia
entre la Municipalidad
y el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA), Plan Nacional
Más Cerca, Mejor País, Más Patria, Área Mejor Calidad de Vida, Más Salud,
mediante el sistema de Ajuste Alzado.
ARTICULO
3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto
a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la
forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.
ARTICULO
4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO
DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE.