Título: Eximición de pago
de tasas municipales: viviendas fisuradas de Ing. White
Expediente H.C.D.: 19-2010
Fecha de Sanción: 28 de enero de 2010
Fecha de Promulgación: 25 de febrero de 2010
Decreto de Promulgación Nª:
260/2010
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo 1º: Exímase del pago de
Artículo 2º: Dicho beneficio abarcará
exclusivamente a los titulares de las viviendas que aún no han sido reparadas y
que se encuentren en el listado elaborado en
Artículo 3º: En el momento en que dichas
viviendas sean reparadas y se firme el acta de recepción por parte del titular,
expresando su conformidad con los trabajos realizados, caducará automáticamente
el beneficio de la eximición.
Artículo 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN