ORDENANZA Nº 8010
Título: Censo de Emisiones y Descargas de las industrias radicadas y a radicarse en el partido.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-504/88.
Expediente M.B.B.: 413-5142/88.
Fecha de Sanción: 27 de mayo de 1994.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza: 8196.
ORDENANZA
Artículo 1º Declárese obligatoria y con carácter de declaración jurada la cumplimentación de las Planillas de Relevamiento Industrial correspondiente al Inventario de Emisiones y Descargas, previo a la iniciación del trámite de Habilitación de Industrias (Decretoley 7229/66, Decreto reglamentario 7488/72).
Artículo 2º Todo establecimiento industrial que prevea efectuar modificaciones en sus procesos y/u operaciones y/o productos elaborados está obligado a actualizar las planillas de Relevamiento Industrial y obtener la correspondiente aprobación.
Artículo 3° Las planillas de Relevamiento Industrial deberán ser confeccionadas por profesionales de la ingeniería con incumbencia habilitante y deberán llevar las firmas del responsable o titular del establecimiento y del profesional actuante, las que deberán ser visadas por el Colegio Profesional respectivo previamente a su presentación ante el Municipio.
Artículo 4º La efectivización del trámite previsto en el artículo precedente tendrá lugar en un todo de acuerdo con los que se realicen en el ámbito municipal según convenios firmados con los respectivos colegios.
Artículo 5º Las infracciones a la presente harán pasible a los responsables a las penalidades previstas en el Código de Faltas Municipales (Decretoley 8751/77).
Artículo 6º Deróguese la Ordenanza ##5135.
Artículo 7º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.