ORDENANZA Nº 9403

Título: Donación de tierras del Parque Campaña del Desierto.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-108-90

Expediente M.B.B.: 113-3369/86 c/ 0/00-6364/85; 0/00-611/85; 0/00-4007/85; 241-HCD/85; 475-HCD/88, 436-HCD/88; 0/00-4241/88; 0/00-3393/84; 93-683/85; 0/00-684/85; 0/00-682/85; 680-HCD/84; 523-HCD/84, 106-HCD/85; 106-HCD/85; 0/00-2779/85; 0/00-6918/85; 0/00-9048/88; 0/00-6240/89;1285-HCD/90; 493-HCD/90; 655-5803/91; 0/00-7889/92; 0/00-4623/91; 0/00-6807/95 y 0/00-7101/96.

Fecha de Sanción: 7 de noviembre de 1996.

Fecha de Promulgación: 18 de noviembre de 1996.

Decreto de Promulgación Nº 845/96.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1° - Revóquese la cesión de uso precario del lote dos (2) del Parque Campaña del Desierto acordada a la Asociación Vecinal de Fomento Barrio Parque Palihue, dispuesta por el inciso b) del artículo 3° de la ordenanza 5807, en un todo de acuerdo con la nota presentada por la Asociación y que corre a fs. 1 del expediente 0/00-7101/96.

Artículo 2° - Cédase en carácter de permiso de ocupación precaria y en el marco de la ordenanza ## 5807 al Palihue Rugby Hockey Club el lote dos (2) del Parque Campaña del Desierto para continuar con sus actividades deportivas.

Artículo 3° - Revóquese la cesión de uso precario del lote tres (3) del Parque Campaña del Desierto acordada a la Asociación Cristiana de Jóvenes, dispuesta por el inciso e) del artículo 3° de la ordenanzaq ## 5807, conformem lo provisto a fs. 65 del expediente 0/00-4623/91 (1087-HCD-91).

Artículo 4° - Revóquese la cesión de uso precario del lote cuatro (4) del Parque Campaña del Desierto acordada al Club Atlético La Falda por el inciso d) del artículo 3° de la ordenanza 5807, conforme lo solicitado a fs. 60 y 61 del expediente 0/00-4623/91 (1087-HCD-91).

Artículo 5° - Cédase en carácter de permiso de ocupación precaria y en el marco de la ordenanza ## 5807 al Club Atlético La Falda el lote tres B (3B) del Parque Campaña del Desierto que surge del plano que corre a fs.68 del expediente 0/00-4623/91 (1087-HCD/91).

Artículo 6° - Revóquese la cesión de permiso de ocupación del lote cinco (5) del Parque Campaña del Desierto acordada al Colegio e Instituto Claret por el artículo 2° de la ordenanza ## 6504 en el expediente 0/00-4623/91 (1087-HCD/91).

Artículo 7° - Cédase en carácter de permiso de ocupación precaria y en el marco de la ordenanza ## 5807 al Colegio e Instituto Claret el lote tres A (3A) del Parque Campaña del Desierto que surge del plano que corre a fs.68 del 0/00-4623/91 (1087-HCD-91).

Artículo 8° - Las entidades beneficiarias de la presente deberán cumplimentar todos los cargos previstos en la ordenanza 5807, caso contrario procederá la caducidad automática de las cesiones acordadas en esta ordenanza.

Artículo 9º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.