ORDENANZA N º 4867
Título:
- Exímese, a partir del 1° de enero de 1987, del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza Y Conservación de la Vía Pública a los excombatientes de Malvinas.Tema:
Expediente H.C.D.: 505-1987
Expediente M.B.B: 0-00-5343-1987
Fecha de Sanción: 19 de Noviembre de 1987
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
Artículo 1º - Exímese, a partir del 1° de enero de 1987, del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza Y Conservación de la Vía Pública a los excombatientes de Malvinas que acrediten fehacientemente ser titulares del dominio, usufructuarios o poseedor a título de dueño de un inmueble que revista el carácter de vivienda única.
Artículo 2º - El beneficio acordado por el artículo anterior, se hará extensivo a la viuda e hijos de los excombatientes de Malvinas, hasta la mayoría de edad.
Artículo 3º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.