ORDENANZA Nº 13665

Título: Boleto Escolar: estableciendo valor.

Tema:

Expediente H.C.D.:  HCD-1288-2005

Expediente M.B.B.: 310-9361-2005

Fecha de Sanción: 23 de febrero de 2006.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nª

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Modifícase el artículo 4º de la ordenanza 11.854, estableciendo el valor del "Boleto Escolar" en el Partido de Bahía Blanca, en DIEZ CENTAVOS ($ 0,10) para todas las secciones hasta el día 31 de diciembre de 2006; para alumnos que deban asistir a establecimientos educacionales públicos estatales o privados con subvención estatal, de los niveles E.G.B., E.S.B. y Polimodal, en los turnos diurnos, vespertinos o nocturnos.

 

         Dicho boleto escolar podrá ser utilizado por los mencionados alumnos a razón de dos (2) viajes por día, de lunes a viernes, de 06:00 a 00:00 horas y sábados de 06:00 a 14:00 horas.

 

         En los casos que deban concurrir a actividades extraescolares oficiales debidamente justificadas, se extenderá a cuatro (4) viajes diarios.

 

         A tales efectos y con destino a subsidiar la diferencia tarifaria entre la fijada en la presente y la establecida en el artículo 4º de la ordenanza 11.854, el D. Ejecutivo destinará una suma de hasta UN MILLON CINCUENTA MIL PESOS ($ 1.050.000), de la Partida "Subsidios a Entidades del Sector Público y Privado" del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2006.

 

Artículo 2º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL SEIS.