ORDENANZA Nº 6401
Título: Ejecución de la obra de construcción de red cloacal en calle French entre Montevideo y Río Negro.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-895/91.
Expediente M.B.B.: 0/00-4790/91.
Fecha de Sanción: 10 de octubre de 1991.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación: N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º Autorícese la ejecución de la obra "Construcción de la red cloacal, en calle French entre Montevideo y Río Negro (2 cuadras ambas veredas)", en un todo de acuerdo con los antecedentes que obran en el expediente nº 0/00-4790/91 (895-HCD/91).
Artículo 2º Declárense cumplidas las exigencias de los artículos 184º, inciso 2), de la Constitución Provincial, 29º, inciso 2), y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Públicas nº ##2082 y sus modificatorias nº ##2201 y ##2485.
Artículo 3º La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de los artículos 9º, inciso b), de dicha ordenanza y 3º y 4º de da Sección I, Capítulo II, de su Decreto Reglamentario nº 754/76, Ejecución por Contrato Directo entre Vecinos y Empresa Constructora.''
Artículo 4º La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el artículo 6º de la Ordenanza
de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II, del citado Decreto nº 754/76. A los efectos del prorrateo previsto en el citado artículo 6º de la antedicha ordenanza, estab1écese que el mismo será por frente, conforme las determinaciones del artículo 31º y concordantes del Decreto 754/76.
Artículo 5º Previo a la ejecución de la obra, el D. Ejecutivo deberá acreditar los extremos previstos en el artículo 4º de la ordenanza de Obras Públicas.
Artículo 6º El D. Ejecutivo dispondrá la retención del 3% y posterior transferencia, según lo dispuesto en el artículo 21º de la Ordenanza nº ##2485.
Artículo 7º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA , A LOS TRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.