Título: Extensión de red de gas natural: calle Sivori entre Pasteur y Yapeyú (vereda impar)
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1601-2007
Expediente
M.B.B.: 0/00-6876/2007
Fecha
de Sanción: 13 de
diciembre de 2007
Fecha
de Promulgación: 7 de enero de 2008
Decreto
de Promulgación Nª: 21/2008
Derogada
por
Modificada
por
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase la obra Extensión de la red de gas natural
domiciliario en calle SIVORI entre Pasteur y Yapeyú (vereda impar), en un todo de acuerdo al
Plano de Camuzzi Gas Pampeana Nª
BBL-3704/07.
Artículo 2º - Decláranse cumplidas las
exigencias de los artículos 193º, inc. 2), de
Artículo 3º - La obra autorizada en el artículo 1º se encuadra
dentro de las prescriptas en la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por
aplicación de los artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de
Artículo 4º - La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse
queda sujeta a las disposiciones del artículo 6º de
Artículo 5º - Déjase establecido que el
prorrateo de la obra se hará por servicio. Es decir que el valor total de la
obra se prorrateará por partes iguales entre todos los inmuebles afectados
(parcelas o subparcelas), según el régimen de
Se determinarán de
ser necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con
todos los trabajos inherentes a la obra, si los valores reales de plaza de los
materiales y/o mano de obra llegan a superar los montos previstos.
Artículo 6º - En la presente obra no se aplicarán las retenciones
dispuestas en los artículos 19º, 20º y 21º de
Artículo 7º - Constitúyase el consorcio para la ejecución de la
mencionada obra según la
solicitud expresa de los beneficiarios obrante de fojas
Artículo 8º - El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes
personas:
Presidente: Ing. Rubén Oscar Valerio, Secretario de Obras y Servicios
Públicos.
Tesorera: Cra. María Angélica Henales, Jefa
Oficina Administración de Consorcios.
Secretario: Sr. Sergio Luciani, DNI. 22.053.593, vecino frentista.
Vocales:
Sr. Juan Carlos Lázzaro, Legajo nº 2201, dependiente
del Departamento Electricidad y Mecánica
y el Sr. Martín Laviuzza, DNI. 25.312.431,
vecino frentista.
Artículo 9º - Los ingresos deberán efectuarse en
Artículo 10º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN