ORDENANZA Nº 6127
Título:
Incrementando los salarios del personal municipal.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-197/91.
Expediente M.B.B.: 110-1558/91.
Fecha de Sanción: 25 de marzo de 1991.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación: N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Increméntense los sueldos del Personal Municipal, del Ente Descentralizado "Dr. Leónidas Lucero", y de la Obra Social Municipal, en un veintiséis con cincuenta por ciento (26,50%) para el mes de marzo de 1991.
Artículo 2º - Las remuneraciones que resulten de la aplicación de la presente Ordenanza serán objeto de los aportes y retribuciones previstas para las leyes previsionales y asistenciales y de las retribuciones por cuotas sindicales ordinarias.
Artículo 3º - El D. Ejecutivo y los Organismos Descentralizados preverán los créditos y/o mecanismos necesarios para asegurar la financiación de los gastos que surjan por aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.