Título:
Obra. Extensión de la red de desagües cloacales en
calles del barrio Latino
Expediente H.C.D.: 1380-2012
Expediente M.B.B.: 417-6127/2008 Alcance 1
Fecha de Sanción: 6
de diciembre de 2012
Fecha de Promulgación: 21 de diciembre de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 2236/2012
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
Artículo
1º: En la obra EXTENSION DE
-
PRESBITERO J.B. BIGGIO, entre Estomba y Castelli - 5 cuadras.
-
MONSEÑOR ENRIQUE
ANGELELLI, entre Vieytes y Castelli
- 2 cuadras.
-
MANZANA DE LAS
LUCES, entre Estomba y Castelli - 5 cuadras.
-
-
SUIZA, entre Estomba y Castelli - 5 cuadras.
-
SIMON BOLIVAR,
entre Estomba y Castelli -
5 cuadras.
-
L. LUGONES, entre
Estomba y Castelli - 5
cuadras.
-
E. GUTIERREZ,
entre Estomba y Castelli -
5 cuadras.
-
M. UGARTE, entre Estomba y Castelli - 5 cuadras.
-
VICENTE LOPEZ,
entre M. de las Luces y M. Ugarte - 6 cuadras.
-
POSTA ROLANDO,
entre M. de las Luces y M. Ugarte - 6 cuadras.
-
VIEYTES, entre P.J. Biggio y M. Ugarte - 8
cuadras.
-
GÜEMES, entre P.J. Biggio y M. Ugarte - 8
cuadras.
-
CASTELLI, (Impar)
entre P.J. Biggio y M.
Ugarte cuadras.
-
CASTELLI, (Par)
entre M. de las Luces y E. Gutiérrez 5 cuadras.
Artículo
2º: La obra autorizada en el Artículo 1º, se encuentra dentro de las
prescriptas por Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación del
Artículo 9º, inciso a), de dicha Ordenanza y los Artículos 1º y 2º del Capítulo
I de su Decreto Reglamentario Nº 754/76 Ejecución Directa con Fondos
Municipales, monto que, posteriormente, será reintegrado por los vecinos frentistas.
Artículo
3º: La obligatoriedad de pago de la obra, conforme lo establece el Artículo 6º,
de
El
valor por servicio es de $2.532,91.- (Dos Mil Quinientos Treinta y Dos Pesos
con Noventa y Un Centavos)
Artículo
4º: El pago por los propietarios frentistas a
a) Pago de contado: dentro de los Treinta (30) días de
notificada la respectiva liquidación.
b) Hasta en Veinticuatro (24) cuotas mensuales: a partir
del plazo indicado en el inciso anterior.
Artículo
5º: El Departamento Ejecutivo, en los casos de frentistas
que solicitaren ampliación del plazo de pago por razones económicas
justificadas, podrá extenderlo hasta Setenta y Dos (72) cuotas mensuales.
Artículo
6º: Aféctanse los ingresos provenientes del recupero
de la presente obra, al recurso contable 21.2.06.00 R.A
131 Recupero de Obras.
Artículo
7º: El Departamento Ejecutivo deberá dar cumplimiento a
Artículo
8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN