ORDENANZA Nº 5745
Título: Donación de tierras para la construcción de la Escuela Nº 513.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-486/89.
Expediente M.B.B.: 0/00-5015/88, 2335-510176/89.
Fecha de Sanción: 10 de mayo de 1990.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación: N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Dónase al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Escuelas y Cultura), con destino a la construcción de la Escuela Nº 513 para Sordos e Hipoacúsicos de Bahía Blanca, la fracción de tierra designada catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 98x, Parcela 5, según plano 7-301/86.
Artículo 2º - La presente donación deberá ser aceptada dentro del plazo de un (1) año, a contar de su promulgación y las obras deberán ser comenzadas dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha de la aceptación, estableciéndose que en caso de no cumplimentarse o desvirtuarse el destino acordado, implicará la retrocesión del dominio a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca.
Artículo 3º - Derógase la Ordenanza Nº ##5509, sancionada con fecha 24 de Agosto de 1989 y promulgada el 4 de setiembre de 1989.
Artículo 4° - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.