ORDENANZA N°: 18171

Título: Creando en el ámbito del Concejo Deliberante de Bahía Blanca el “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca”

Expediente del H.C.D.: 470-2015

Fecha de sanción: 23-04-2015

Fecha de promulgación: 19-06-2015

Decreto de promulgación:

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


Artículo 1º: Créase en el ámbito del Concejo Deliberante de Bahía Blanca el “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca”.

Artículo 2º: El “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca”, estará constituido por una Mesa Ejecutiva y una Comisión Plenaria de funcionamiento permanente.

Artículo 3º: El “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca”, tendrá como principales objetivos los siguientes:

Artículo 4º: Las conclusiones o informes que elabore no tendrán carácter vinculante, serán dadas a conocer públicamente y elevadas a las dependencias públicas o privadas con incumbencia en la materia, y a cada una de las entidades integrantes.

Artículo 5º: La Comisión Plenaria estará integrada en forma permanente por representantes de los siguientes sectores:





Artículo 6º: El Honorable Concejo Deliberante cursará invitaciones a las siguientes entidades e instituciones para que designen un representante titular y uno suplente que participen de la Comisión Plenaria del “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca”:



Artículo 7º: El “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca” podrá convocar a participar a Entidades u Organizaciones gubernamentales o no con personería jurídica cuyos fines sociales, trayectorias o antecedentes permitan presuponer aportes de importancia para la labor de la Comisión.

Artículo 8º : La Comisión Plenaria designará un Director Ad Honorem del “Observatorio de la problemática del narcotráfico en Bahía Blanca”

Artículo 9º: La Mesa Ejecutiva estará integrada por el Director del “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca” y cuatro integrantes que serán propuestos por las entidades miembros, resolviéndose a simple pluralidad de votos de los presentes en asamblea convocada al efecto.

Articulo 10º: La Mesa Ejecutiva coordinará con la Comisión de Seguridad del Honorable Concejo Deliberante, las propuestas aprobadas por la Comisión Plenaria.



Artículo 11º: Cada Organismo, Organización, Área Municipal o Entidad participante notificará formalmente los datos de sus representantes ( uno titular y uno suplente) que decida designar para su participación en el “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca” (nombre y apellido, cargo o grado, domicilio, teléfono/fax, dirección electrónica en la cual serán válidas todas las comunicaciones que se le realicen).

Artículo 12º: El “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca” podrá receptar las inquietudes, propuestas, denuncias y consultas por escrito, y convocar a reuniones especiales para las que podrán invitar especialistas dedicados al abordaje de temas específicos en la materia de narcotráfico y adicciones.

Artículo 13º: Las reuniones y deliberaciones del “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca” tendrán lugar en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante; mantendrá sesiones plenarias mensuales en las que se labrarán actas. Se podrán realizar reuniones extraordinarias a pedido del Honorable Concejo Deliberante, del Ejecutivo Municipal o a pedido de al menos cinco Entidades que formalmente lo soliciten.

Artículo 14º: El “Observatorio de la Problemática del Narcotráfico en Bahía Blanca” dictará su propio Reglamento Interno para ordenar su funcionamiento y el de la Mesa Ejecutiva.

Artículo 15º : Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.



DADA EN L A SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE.