VISTO
El proyecto de ordenanza referido al pago del alquiler de 50 nichos por la suma de CIENTO TRES MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO PESOS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 103.134,51.-), adeudados al Patronato de la Infancia, de acuerdo a la clausula 2da. del convenio celebrado en fecha 24 de julio de 2015, obrante a fojas 12-13 de las presentes actuaciones y,
CONSIDERANDO
Que, a fojas 59 Contaduría General informa, que el gasto motivo de las presentes actuaciones no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2018, por lo cual no esta incluido en la Deuda Flotante.
Que, atento a ello, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo Nº 140º del Reglamento de Contabilidad y 54º del Decreto Nº 2980, este Departamento Ejecutivo vería con agrado que el Honorable Concejo Deliberante quiera tener a bien dar sanción favorable.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a través de Contaduría General a abonar el monto de CIENTO TRES MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO PESOS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS (103,134,51.-) contra la presentación de la respectiva factura a fojas 55, al Patronato de la Infancia, en concepto de pago del alquiler de 50 nichos en un todo de acuerdo a la Clausula 2da. del convenio celebrado en fecha 24 de julio de 2015 y antecedente obrante en expediente Nº 431-13860-2014 (378-HCD-2017).
ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la Partida: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110105000, Cat.Prog. 56.00, Gasto:3210.-
ARTICULO 3º: Comuniquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.