Título:
Autorización de obra: extensión de la red de gas natural domiciliario en calle
Cardenal de las Sierras al 2800
Expediente H.C.D.: 540-2012
Expediente M.B.B.: 0/00-6502/2011
Fecha de Sanción:
31 de mayo de 2012
Fecha de Promulgación: 18 de junio de 2012
Decreto de Promulgación Nª: 1006/2012
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO
1º: Autorízase la obra Extensión de la red de gas
natural domiciliario en calle Cardenal de las Sierras al 2800, entre Fortinero y El Resero, ambas veredas, en un todo de
acuerdo al Plano de Camuzzi
Gas Pampeana Nº 03-004180-00-09.-
ARTICULO
2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los
Artículos193º, inciso 2), de
ARTICULO
3º: La obra autorizada en el Artículo 1º se encuadra dentro de las prescriptas
en la ordenanza de Obras Públicas, y se realizará por aplicación de los
Artículos 9º, inciso d) de dicha ordenanza y 23º a 26º de
ARTICULO
4º: Declárase la obligatoriedad del pago de la obra a
realizarse conforme a las disposiciones del Artículo 6º de
ARTICULO
5º: A los efectos del Artículo 3º de
ARTICULO
6º: En la presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los
Artículos 19º, 20º y 21º de
ARTICULO
7º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra según la
solicitud expresa de los beneficiarios obrantes de fojas
ARTICULO
8º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE:
Ing. Rubén Oscar Valerio, Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
TESORERA:
Cra. María Angélica Henales, Jefa Oficina
Administración de Consorcios.-
SECRETARIO:
Sr. Cristian Blanco, DNI Nº 29.360.209 vecino frentista.-
VOCALES:
Ing. Daniel Dotti, Legajo Nº 12665, Jefe A/C del
Departamento Electricidad y Mecánica y el Sr. Osvaldo Fernández, DNI
18.129.045, vecino frentsita.-
ARTICULO
9º: Los ingresos deberán efectuarse en
ARTICULO
10º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-
DADA
EN