ORDENANZA Nº 6201
Título:
Cobro de servicios a pacientes que posean seguro de riesgo.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-426/91.
Expediente M.B.B.: 110-3073/91.
Fecha de Sanción: 20 de junio de 1991.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación: N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Declárese adherida a la Municipalidad de Bahía Blanca al régimen establecido por la ley provincial Nº 10.989, con las excepciones que se especifican en la presente, estableciendo el cobro obligatorio por parte del Centro de Salud Municipal "Dr. Leónidas Lucero" de los derechos clínicos, quirúrgicos, gastos de farmacia y/o cualquier otro gasto ocasionado por la atención de pacientes que posean riesgo asegurado.
Artículo 2º - Para el supuesto de cobro judicial no será aplicable el artículo 4º de la ley sino que se utilizarán los servicios del cuerpo de abogados dependientes de la Municipalidad.
Artículo 3º - El recurso percibido por el cobro a las entidades de seguros ingresará al Centro de Salud Municipal inputándoselo a la cuenta de facturación directa.
Artículo 4º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.