ORDENANZA Nº 5537
Título:
Autorizando ampliación de inmueble.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD - 561/89
Expediente M.B.B.: G-237/88
Fecha de Sanción: 21 de setiembre de 1989
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase, al solo efecto administrativo, la aprobación de la ampliación realizada sin permiso municipal en el predio ubicado en calle Washington 407/11 de esta ciudad, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Manzana 320 1, Parcela 36, Partida 17.975, propiedad del Señor Raúl J. González Barrio, en un todo de acuerdo con lo dictaminado por el Comité Honorario de Asesoramiento Técnico y a lo establecido en los artículos 6° y 9º de la Ordenanza N° ##4824.
Artículo 2º.- El propietario de la vivienda deberá certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria cuando se realicen modificaciones en el sector de la ochava o finalice la vida útil del edificio y/o razones interés público exijan su adecuación a la posición y medidas reglamentarias.
Artículo 3°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.