ORDENANZA Nº 9828
Título: Emplazamiento de la ochava del inmueble en calle Millamapu y Llau Llau.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-994/97.
Expediente M.B.B.: A-906/80.
Fecha de Sanción: 10 de octubre de 1997.
Fecha de Promulgación: 20 de octubre de 1997.670/97.
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1° Autorícese, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava correspondiente al inmueble sito en calle Millamapu y Llau Llau, de esta ciudad, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Manzana 141v, Parcela 2a, Partida 911459, propiedad de la señora ARRIZABALAGA STELLA MARIS, haste tanto dure la vida útil del edificio o se realicen modificaciones en el sector de la ochava o la Municipalidad por razones de interés general lo considere necesario, conforme los antecedentes que corren en expediente n° A9061980 (994HCD97).
Artículo 2° El propietario deberá certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria, conforme con los cargos impuestos en el artículo precedente.
Artículo 3° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.