Título: Autorización de obra: extensión de la red de
agua potable calle Garibaldi al 4900
Expediente H.C.D.: 1455-2011
Expediente M.B.B.: 0/00-10848/2011
Fecha de Sanción: 29 de diciembre de 2011
Fecha de Promulgación: 11 de enero de 2012
Decreto de Promulgación Nª:
36/2012
Derogada por
Modificada por
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase
la obra Extensión de la red de agua potable en las calles Garibaldi
entre Hernandarias y El Boyero (al 4900 ambas aceras).-
ARTICULO 2º: Decláranse
cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2) de
ARTICULO 3º: La obra autorizada en el Artículo
1º se encuadra dentro de las prescriptas en
ARTICULO 4º: La obligatoriedad del pago de la
obra a realizarse queda sujeta a las disposiciones del Artículo 6º de
Se determinarán de ser
necesario cuotas adicionales con el sólo objetivo de llegar a culminar con todos los trabajos inherentes a
la obra, si los valores reales de plaza de los materiales y/o mano de obra
llegan a superar los montos previstos en cada uno de estos ítems.
ARTICULO 5º: En la presente obra no se aplicarán
las retenciones dispuestas en los Artículos 19º, 20º y 21º de
ARTICULO 6º: Constitúyase el consorcio para la
ejecución de la mencionada obra según la solicitud expresa de los beneficiarios
obrante a fojas
ARTICULO 7º: El Consejo de Administración estará
integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Ing. Rubén Valerio, Secretario de
Obras y Servicios Públicos.-
TESORERA: Cra. María
Angélica Henales, Jefa Oficina Administración de Consorcios.-
SECRETARIO: Sr. Javier Cecconi,
DNI 26.704.343, vecino frentista.-
VOCALES: Ing. Cristina Paniagua, dependiente de
ARTICULO 8º: El gasto se imputará a
ARTICULO 9º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN