ORDENANZA Nº 5153

Título: Autorizando la contratación de un empréstito.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD – 261/88

Expediente M.B.B.: 4007 – 3137/88

Fecha de Sanción: 25 de Agosto de 1988

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1°.- Autorízase al D. Ejecutivo a contratar un préstamo hasta la suma de un millón quinientos mil australes (A 1.500.000), con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, destinado a obras de infraestructura en el partido, según detalle de fs.1 reencarpetamiento asfáltico de veintidós cuadras, pavimento asfáltico de siete cuadras con cordón cuneta y pavimento asfáltico de cinco cuadras, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 32° de su Carta Orgánica.

Artículo 2°.- Establécese que el empréstito solicitado se ajustará a las siguientes condiciones:

  1. Plazo de pago y amortización: Seis (6) años pagaderos de la siguiente forma: la primera a los doce (12) meses siendo del 4% y las siguientes en (10) cuotas semestrales crecientes del 5%, 6%, 7%, 8%, 9%, 10%, 11%, 12%, 13% y 15% respectivamente, siendo la primera de A 60.000; la segunda de A 75.000; la tercera de A 90.000; la cuarta de A 105.000; la quinta de A 120.000; la sexta de A 135.000; la séptima de A 150.000; la octava de A 165.000; la novena de A 180.000; la décima de A 195.000 y la undécima de A 225.000.
  2. Tipo de interés: 24% anual, pagadero por semestre vencido y reajustable.

Artículo 3°.- Aféctase el régimen especial de la Ley 10559 como garantía de las obligaciones emergentes de la contratación del presente empréstito, tomándose del siguiente recurso:

REGIMEN COPARTICIPACION LEY 10559 – Art. 1ro.:

Sec.1, Sect.2, Rubro 1, Sub – Rubro 2, Apartado 1.

Artículo 4°.- El D. ejecutivo deberá prever, en los Presupuestos de Gastos de ejercicios futuros, los créditos necesarios para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta su total cancelación.

Artículo 5°.- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.