ORDENANZA Nº 5579
Título:
Autorizando como excepción el emplazamiento de la ochava del inmueble propiedad de José María Castelli.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD - 613/86 c/HCD - 493/89
Expediente M.B.B.: 1453-C/83
Fecha de Sanción: 26 de octubre de 1989
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase, con carácter de excepción, el actual emplazamiento de la ochava correspondiente al inmueble propiedad del Señor José María Castelli, ubicado en la intersección de las calles O'Higgins y Gral. Madariaga y definido catastra1mente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 443 a, Parcela 20, mientras dure la vida útil del edificio o se realicen modificaciones en el sector de la ochava o la Municipalidad, por razones de interés general, lo considere necesario, conforme los antecedentes que corren en los expedientes 1453-C/83 (613-HCD/86) y 493-HCD/89.
Artículo 2º.- El propietario y los profesionales actuantes deberán certificar, en los planos de obra, la obligación de llevar la construcción a la línea reglamentaria conforme con los cargos impuestos en el artículo precedente.
Artículo 3º.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.