ORDENANZA Nº 7178
Título: Autorizando la cesión de un inmueble a la Agrupación de Floricultura y Jardinería de Bahía Blanca.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-1073/92.
Expediente M.B.B.: 0/00-276/92.
Fecha de Sanción: 11 de diciembre de 1992.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza: 9700.
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorícese al D. Ejecutivo a contratar con la entidad denominada "Agrupación de Floricultura y Jardinería de Bahía Blanca", la donación con cargo de un lote de terreno, propiedad de la Municipalidad de Bahía Blanca, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I, Sección B, Manzana 57, Parcela 25, ubicado en la esquina de las calles Mitre y Santiago del Estero de esta ciudad, con destino a la construcción de sede social.
Artículo 2º - Establécese que la donación a que se refiere el artículo anterior, se ajustará a las siguientes condiciones:
a) La entidad beneficiaria deberá estar inscripta como Entidad de Bien Público, en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público creado por Decreto nº 163 o el que haga sus veces.
b) Serán cargos que se imponen a la misma, los siguientes:
Artículo 3° - Una vez acreditado el cumplimiento del cargo impuesto en cuanto a la obtención de su Personería jurídica, la Municipalidad de Bahía Blanca perfeccionará la donación mediante el otorgamiento de la respectiva Escritura Pública en la que se hará mención de los cargos impuestos en el artículo 2º apartados b) III, IV y V corriendo los gastos según marca la Ley.
Artículo 4º - Para todos los supuestos no contemplados en la presente ordenanza, se aplicarán las disposiciones del Código Civil.
Artículo 5º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.