ORDENANZA Nº 15620

Título: Autorización de uso: Taller de vitrofusión en San Martín 245

Expediente H.C.D.: 1460-2009

Expediente M.B.B.: 0/00-8269/2008

Fecha de Sanción: 15 de abril de 2010

Fecha de Promulgación: 10 de mayo de 2010

Decreto de Promulgación : 569/2010

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase, con carácter de excepción, el uso “Taller de Vitrofusión”, en el inmueble sito en calle San Martín 245, designado catastralmente como: Circunscripción I,  Sección A, Manzana 44, Parcela 7b, Partida 21884, en un  todo de  acuerdo  con  los  antecedentes  obrantes  en   expediente  Nro. 0/00-8269-2008.- (1460-HCD-09).

 

ARTICULO 2º: La localización del uso, autorizado en el. Artículo 1º, se otorga por un plazo de tres (3) años, condicionada  a la no ampliación de superficie o incremento de la actividad por sobre la solicitada actualmente, cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática, y a  la evolución del sector.-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIEZ.