ORDENANZA N°: 18298
Título: Declarando Utilidad Pública y Pago Obligatoria la obra “Extensión de la Red de Desagües cloacales para el Barrio Villa Hipódromo – II Etapa -10 cuadras”.
Expediente del H.C.D.: 1203-2015
Expediente del D.E.: 417-7476-2015
Fecha de sanción: 12-11-2015
Fecha de promulgación: 30-11-2015
Decreto de promulgación: 2667/2015
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declarase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, la obra “EXTENSION DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES PARA EL BARRIO VILLA HIPÓDROMO –II ETAPA – 10 CUADRAS”, que tramitó por expediente Nº 417-7476-2015 (1203-HCD-2015), conforme Artículos 2º, 3º, 4º y 6º, de la Ordenanza de Obras Públicas Número 2082, Artículo 29º, del Decreto Reglamentario Número 754/76 y 59º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, comprendiendo las siguientes calles:
SCALABRINI ORTIZ, entre Guardia Vieja y Provincias Unidas - 1 cuadra - ambas aceras.
B. GASTAÑAGA, entre Guardia Vieja y Provincias Unidas 1 cuadra - ambas aceras.
B. GASTAÑAGA, entre Provincias Unidas e Indiada - 1 cuadra- ambas aceras.
CAMBACERES, entre Provincias Unidas e Indiada - 1 cuadra - acera impar.
GUARDIA VIEJA, entre H. Abat y Scalabrini Ortiz - 1 cuadra - ambas aceras.
GUARDIA VIEJA, entre Scalabrini Ortiz y B. Gastañaga - 1 cuadra - ambas aceras.
PROVINCIAS UNIDAS, entre Scalabrini Ortiz y B. Gastañaga - 1 cuadra – ambas aceras.
PROVINCIAS UNIDAS, entre B. Gastañaga y Cambaceres - 1 cuadra - ambas aceras.
INDIADA, entre Scalabrini Ortiz y B. Gastañaga - 1 cuadra – acera par.
INDIADA, entre B. Gastañaga y Cambaceres – 1 cuadra – acera par.
ARTICULO 2º: Establézcase para la presente obra la modalidad de Licitación Pública con Fondos Municipales, mediante el sistema de “Unidad de Medida y Precios Unitarios”.
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo, una vez liquidada la obra y determinado el monto a pagar por los vecinos afectados, deberá remitir al Concejo Deliberante, la forma de pago y prorrateo para su autorización y habilitación al cobro.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.