ORDENANZA N°: 19671

Título: Modificando el Artículo 1º de la Ordenanza 19.157 – Pavimentación de Varias Calles de la Ciudad de Bahía Blanca – Etapa I.1 – Año 2017 – 21 Cuadras.

Expediente del H.C.D.: 961-2017

Expediente el D. Ejecutivo: 417R-407-2017- Alcance 1

Fecha de sanción: 10-04-2019

Derogada por Ordenanza n°:

Modifica a la Ordenanza n°: 19.157


O R D E N A N Z A

VISTO


A los efectos de subsanar un error cometido en la Ordenanza Nº 19.157, mediante las cuales se declara de Utilidad Pública y Pago Obligatorio y se pone al cobro a los vecinos la obra PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ETAPA I.1 (2017) – 21c, y;


CONSIDERANDO


Que, atento lo informado por el Departamento Vialidad, se ha omitido incluir en las mismas las calles Tres Sargentos, entre Jorge Newbery y Salliqueló y Ramón y Cajal, entre Los Adobes y Jorge Newbery, por lo cual se solicita la modificaron de la respectiva Ordenanza.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Modificar el Artículo 1º, de la Ordenanza Nº 19.157, que quedará redactado de la siguientes forma:


ARTICULO 1º: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio en la obra PAVIMENTACION DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA – ETAPA I.1 (2017) – 21c, cuyos antecedentes constan en Expediente Nº 417R-407/2017, (961-HCD-2017) Alcance Nº 1, declárense cumplidas las exigencias del Artículo 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial y de los Artículos 29º, inciso 2, 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias, comprendiendo las calles:



ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.