Título: Sistema de Financiamiento para frentistas
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-14-2007
Expediente
M.B.B.: 110-154/2007
Fecha
de Sanción: 13 de febrero de
2007.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Adhiérase al Sistema de Financiamiento para Frentistas, según acuerdo marco
del Banco de la Provincia de Buenos Aires con los Municipios Bonaerenses, que
se agrega como Anexo I.
Artículo 2º - Autorízase a avalar las obligaciones
contraídas por los frentistas en base al sistema indicado en el artículo
anterior hasta la suma de UN MILLON DE
PESOS ($ 1.000.000,-), debiendo el D. Ejecutivo requerir la autorización
de los organismos provinciales pertinentes.
Artículo 3º -
Adhiérase al Sistema de Préstamos
Personales para la realización
de Obras de Servicios Públicos del Banco de la Nación Argentina, que se
agrega como Anexo II.
Artículo 4º -
Autorízase al D. Ejecutivo a signar toda documentación pertinente a fin de instrumentar la adhesión indicada.
Artículo 5º -
Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL
SIETE.