ORDENANZA Nº 6403

Título: Cediendo en comodato una fracción de tierra a la Sociedad de Fomento Villa Buenos Aires.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-936/91.

Expediente M.B.B.: 0/00-4506/88.

Fecha de Sanción: 10 de octubre de 1991.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza: 10185

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Cédase en comodato, a la Sociedad de Fomento Barrio Villa Buenos Aires y por el término de quince (15) años, una fracción de tierra designada catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Manzana 299-n. Parcela 1, Partida nº 111.634, del ejido de Bahía Blanca, destinada a usos comunitarios.

Artículo 2º - En caso de desvirtuarse el destino establecido en el artículo 1º, la cesión acordada quedará sin efecto.

Artículo 3º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.