ORDENANZA Nº 6766

Título: Regulación de tareas de limpieza mediante eyección de arena.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-482/92.

Expediente M.B.B.: 529-3746/92.

Fecha de Sanción: 12 de junio de 1992.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Los trabajos de limpieza mediante eyección de arena, hidrolavado u otro método a presión que se realice en lugares abiertos o en la vía pública solo podrán realizarse los días calmos, conforme lo establezca la reglamentación.

Artículo 2º - Las empresas o particulares que realicen estas tareas tomarán todas las medidas y precauciones para que el material de limpieza y los residuos provenientes de dicho proceso no contaminen el ambiente (sólidos sedimentables y suspendidos), conforme lo especifique la respectiva reglamentación.

Artículo 3º - Cuando dicha tarea se realice dentro del ámbito de un establecimiento industrial, la misma deberá efectuarse siguiendo las recomendaciones técnicas que la reglamentación determine.

Artículo 4º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.