ORDENANZA Nº 8997

Título: Declarando a la Municipalidad de Bahía Blanca adherida al Plan Privincial para la generación de mano de obra intensiva en obras de pavimentación.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1422-95.

Expediente M.B.B.: 110-11222/95.

Fecha de Sanción: 22 de diciembre de 1995.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº 2 de enero de 1996.

Derogada por la Ordenanza: 34/96.

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1° ­ Declárese a la Municipalidad de Bahía Blanca adherida al Plan Provincial para la Generación de Mano de Obra Intensiva en Obras de Pavimentación. Ratifíquese el acta de adhesión que obra a fojas 1 del expediente n° 110­11222/95 y la forma de instrumentación del plan.

Artículo 2° ­ Declárese de utilidad pública Municipal el programa referido en el artículo anterior y las obras a realizar.

Artículo 3° ­ Las calles sujetas a pavimentación de acuerdo a las disposiciones de esta ordenanza, serán las que fije el Departamento Ejecutivo, remitiendo al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación.

Artículo 4° ­ La forma de pago de las obras de la zona urbana y suburbana será por extensión lineal de frentes.

Artíulo 5° ­ Autorícese al Departamento Ejecutivo a integrar los consorcios, cooperativas y toda forma asociativa necesaria para la realización del Plan, efectuando en las mismas los aportes correspondientes y a realizar todas las gestiones conducentes para una efectiva concreción del plan, firmando el convenio definitivo, sus instructivos y anexos.

Artículo 6° ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.