ORDENANZA Nº 15047

Título: Autorización de instalación de un local para fraccionamiento de carnes en el inmueble de Caseros 2267

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1192-2008

Expediente M.B.B.: 0/00-3960/2008

Fecha de Sanción: 13 de noviembre de 2008

Fecha de Promulgación: 26 de noviembre de 2008

Decreto de Promulgación : 1395/2008

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Autorízase, con carácter de excepción la instalación de un local para fraccionamiento de carnes en el inmueble sito en calle Caseros Nº 2267 entre Necochea y Punta Alta, perteneciente a la zona Residencial Densidad Media (R1).

 

Artículo 2º - La excepción referida en el artículo 1º, se otorga por el término de 4 años, lapso de tiempo equivalente a dos períodos de renovación del Certificado de Aptitud Ambiental, condicionada a la resolución de los impactos negativos causados por los ruidos, sobre las solicitadas actualmente, y de cesar toda la actividad ante cualquier denuncia fundada, so pesa de clausura automática.

 

Artículo 3º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO.