ORDENANZA Nº11599

Título: Condonando las deudas por tasas municipales a partidas cuya escrituración se haya realizado ante la Escribanía General de Gobierno.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-113-2001

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 16 de agosto de 2001.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Condónese las deudas que por el pago de las Tasas de Salud y Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, mantienen aquellas partidas cuya escrituración se haya realizado ante la Escribanía General de Gobierno y que sean declaradas de Interés Social por la Municipalidad de Bahía Blanca, en los términos de la Ley 10.830.

Artículo 2º - Facultar al D. Ejecutivo para la aplicación de la presente en todas las solicitudes que le fueran requeridas por los beneficiarios y correspondiere.

Artículo 3º - Los beneficios de la presente no alcanzan las Contribuciones por Mejoras u otro tipo de contribución municipal.

Artículo 4º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL UNO.