ORDENANZA N°: 19223
Título: Aprobando Cálculo de Recursos Para la Administración Municipal, el Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero, la Obra Social del Personal Municipal y para el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalarias Para Ejercicio 2018.
Expediente del H.C.D.: 1059-2017
Expediente el D. Ejecutivo: 210-10923-2017
Fecha de sanción: 15-01-2018
Derogada por Ordenanza n°:
Modificada por Ordenanza n°:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º Fijanse en la suma de CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS con VEINTICINCO CENTAVOS ($ 4.305.290.142,25) para la Administración Municipal; en la suma de SEISCIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL PESOS ($ 670.150.000,-) para el Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero - Organismo Descentralizado ; en la suma de CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETENTA Y DOS PESOS con VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 163.887.072,29) para la Dirección de Obra Social del Personal Municipal Organismo Descentralizado y en la suma de SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS con VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 72.261.351,29) para el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalarias Organismo Descentralizado; los Cálculos de Recursos para financiar sus presupuestos de Gastos del ejercicio 2.018.
Artículo 2º Las Fuentes de Financiamiento a aplicarse en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central, se corresponden según la siguiente procedencia:
Recursos del Tesoro Municipal (F.F. 110): $ 3.070.145.330,00
Recursos con Afectación Específica de origen Municipal (F.F. 131): $ 656.391.054,00
Recursos con Afectación Específica de Origen Provincial (F.F. 132): $ 295.908.019,47
Recursos con Afectación Específica de Origen Nacional (F.F. 133): $ 260.883.666,90
Tansferencias Internas: (F.F.l140): $ 21.962.071,38
Origen y Aplicación de Recursos a Gastos
que hacen un total de: $ 4.305.290.142,25
Artículo 3º - Apruébase la clasificación de los recursos por rubros, por procedencia y por naturaleza económica de los mismos de acuerdo al detalle efectuado en las planillas anexas 1, 2 y 3, correspondientes a la Administración Municipal, Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero - Organismo Descentralizado -, la Dirección de Obra Social del Personal Municipal Organismo Descentralizado y el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalarias (SIEmPre) Organismo Descentralizado; elaboradas de conformidad a los alcances del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
Artículo 4º Establézcanse en la suma de CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS con VEINTICINCO CENTAVOS ($ 4.305.290.142,25) para la Administración Municipal; en la suma de SEISCIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL PESOS ($ 670.150.000,-) para el Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero - Organismo Descentralizado ; en la suma de CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETENTA Y DOS PESOS con VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 163.887.072,29) para la Dirección de Obra Social del Personal Municipal Organismo Descentralizado y en la suma de SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS con VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 72.261.351,29) para el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalarias Organismo Descentralizado; sus Presupuestos Generales de Erogaciones para el Ejercicio 2018 elaborados de conformidad a los alcandes del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
Artículo 5º Apruebase la Estructura Orgánica Funcional, la clasificación institucional de los gastos, por categorías programáticas, por objeto hasta el nivel de inciso en carácter limitativo y de partida principal en carácter indicativos, por finalidades, por fuente de financiamiento y por la naturaleza económica de los mismos de acuerdo al detalle efectuado en las Planillas Anexas nº 4, 5, 6, 7, 8 y 9 correspondientes a la Administración Municipal, Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero - Organismo Descentralizado -, a la Dirección de la Obra Social del Personal Municipal Organismo Descentralizado y para el Servicio Integrado de Emergencias Prehospitalarias (SIEmPre) Organismo Descentralizado -; elaboradas de conformidad a los alcances del decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
Artículo 6º Apruebanse en todos sus término los Clasificadores Presupuestarios de los Recursos y de las Erogaciones, inserto como Anexo 10 y que pasa a formar parte de la presente y en un todo de acuerdo con las disposiciones decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
Artículo 7º Fíjanse para el personal municipal los siguientes conceptos y montos en materia de asignaciones familiares, conforme el artículo 76º de la Ley 14.656:
ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución ANSES 175-e/2017
Establezcanse los rangos, topes y montos de las Asignaciones
Familiares, contempladas en la Ley 24.714.
RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES EN REALACION DE DEPENDENCIA REGISTRADOS Y TITULARES DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Artículo 8º Apruebanse los créditos globales que según las Partidas Principales componen los Gastos de Personal y procedase en su aplicación en un todo conforme a lo dispuesto por el artículo 46º de la Ley Nº 14.656.
Autorizase al D. Ejecutivo a transferir recursos previstos en la partida Personal Temporario a la partida Personal Permanente, con el fin de cubrir a lo largo del presente ejercicio, la regularización de los agentes municipales que revisten como temporarios.
Autorizase al D. Ejecutivo a llevar a cabo las actuaciones administrativas de rigor con relación a los cargos que deba preverse en la partida Personal del Presupuesto de Gastos.
Artículo 9º Autorizase al D. Ejecutivo a otorgar subsidios para atender gastos que no signifiquen una compensación por bienes vendidos y/ o servicios prestados a la Municipalidad, cuyos importes no serán reintegrados. Las entidades beneficiarias quedarán obligadas a rendir cuentas de las mismas. El detalle de los subsidios previstos se adjunta a la presente como Anexo A.
Artículo 10º Autorizase al D. Ejecutivo a hacer uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, cuando ello fuese necesario para hacer frente a gastos y pagos por momentaneas diferencias de caja, sin que su uso transitorio signifique cambios de financiación ni de destino de estos recursos, debiendo normalizarse su afectación en el transcurso del ejercicio.
Artículo 11º Consideranse de libre disponibilidad los saldos de fondos con afectación específica de origen municipal, que al cierre del ejercicio 2017, hubieran quedado sin aplicación.
Artículo 12º Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, EN SESION EXTRAORDINARIA DEL QUINCE DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO.