ORDENANZA Nº 7931
Título: Modificando el Código de Planeamiento Urbano.
Tema:
Expediente H.C.D. : HCD-258/94.
Expediente M.B.B. : 410-1447/94.
Fecha de Sanción : 27 de Abril de 1994.
Fecha de Promulgación :
Decreto de Promulgación Nº
Derogada por la Ordenanza :
Modificada por la Ordenanza :
ORDENANZA
Artículo 1° Modifíquese el contenido del inciso 8.1.2. del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"8.1.2. Patio de Primera Categoría."
"Es el que sirve a locales de primera clase para el caso de viviendas uni o bifamiliares y resto de locales que requieran patio de primera, hasta una altura máxima de once (11) metros."
Artículo 2° Incorpórese en el artículo 8.1.3. del Código de Planeamiento Urbano en su inciso 3):
"Inciso 3) Para el caso de viviendas multifamiliares en altura, se permitirá el uso de estos patios para ventilar e iluminar cocinas, lavaderos, baños y locales de segunda categoría."
"Las dimensiones de estos patios varían según la altura del edificio y serán según lo estipulado en el artículo 8.1.3.1."
Artículo 3° Modifíquese en el artículo 8.1.4. del Código de Planeamiento Urbano, en su inciso 8.1.4.1. los siguientes ítems:
"Superficie mínima 36 m2."
"Relación altura máxima del patio al lado mínimo 1 : 2."
Artículo 4° De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.