ORDENANZA Nº 15237
Título: Autorización de obra: Pavimento intertrabado en calle Rosario al 2400
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-386-2009
Expediente M.B.B.: 0/00-7553/2008
Fecha de Sanción: 7 de mayo de 2009
Fecha de Promulgación: 26 de mayo de 2009
Decreto de Promulgación Nª:
693/2009
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase
a la empresa PRODUMERC S. A. a realizar la obra de Construcción de pavimento intertrabado en calle Rosario (altura 2400) entre Ing. César
Cipolletti y De Angelis
(ancho de calzada 9 m),
de nuestra ciudad, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en
expediente Nº 0/00-7553-2008.- (386-HCD-09).
Artículo 2º: Decláranse
cumplidas las vigencias de los artículos 193º inciso 2) de la Constitución
Provincial, 29º inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, por la
Ordenanza de Obras Públicas Nro.
2082 y sus modificatorias.-
Artículo 3º: La obra autorizada por la
presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras
Públicas, y se realizará por aplicación del artículo 9º inciso b) y la Sección I, Capítulo II,
Ejecución por contrato directo entre vecinos y empresa constructora, de su
Decreto Reglamentario Nº 754/76 ( y Decreto 814/07).-
Artículo 4º: Declárase
la obligatoriedad de pago de la obra a realizarse conforme a las disposiciones del artículo 6º
de la Ordenanza
2082/75 de Obras Públicas y concordantes del Decreto 754/76. A los efectos del
artículo 3º de la Ordenanza
2082/75 establézcase un sistema de prorrateo por servicio.-
El precio de la obra queda establecido a
razón de: $64 el m2 de pavimento intertrabado.-
Artículo 5º: Las obras se ejecutarán de
acuerdo a los planos y especificaciones del Departamento Vialidad de la Municipalidad de
Bahía Blanca y según el siguiente detalle:
Pavimento intertrabado:
con adoquines de hormigón de 8 cm de espesor, asentados sobre cama
de arena de 4 cm, previo riego asfáltico de
imprimación (E.B.L. 2= 1 lt/
m2), sobre base de suelo cemento de 0,15 m de espesor con el 4% de espesor con el
4% de cemento en peso y subrasante existente recompactada.-
Cruces de caños camisa: 2 (dos) cruces,
para futuras obras de alumbrado público y semaforización
de P.V.C de 2 Ø 110 mm
y 3,2 mm
de espesor de pared con sello IRAM cubierto con 10 cm
de hormigón, cámaras y tapas en los extremos, según plano tipo B5.
Todo conforme a planos y Especificaciones
Técnicas Municipales.-
Artículo 6º: El plazo de ejecución de la
obra será de sesenta (60) días corridos, a contar desde la fecha de Replanteo,
que se deberá efectuar dentro de los diez (10) días de notificada la empresa de
la presente ordenanza.-
Artículo 7º: Las liquidaciones conforme a
lo establecido por los Artículos 31º y 65º del Decreto Reglamentario 754/76,
deberán presentarse en la
Dirección de Obras Municipales (Departamento Vialidad), en un
plazo no mayor de 5 días a partir de la Recepción
Provisoria de la obra. Dichas liquidaciones deberán ser
acompañadas por los planos conforme a obra con toda la nivelación de cordones
cunetas y / o badenes.-
Artículo 8º: La Dirección de
Obras Municipales (Departamento Vialidad) deberá conformar las liquidaciones
dentro de los diez (10) días hábiles de su presentación, las que resulten
observadas tendrán un plazo similar a partir de su nueva presentación.-
Artículo 9º: En caso que la Empresa no cumpla con lo
dispuesto en el art.
6º, se aplicará una multa del 1% del monto total de obra por semana de
atraso.-
Artículo 10º: El plazo de conservación de
la obra será de tres (años), a
contar desde la fecha de
Recepción Provisoria. Finalizado el mismo, se labrará el Acta de Recepción
Definitiva.-
Artículo 11º: Comuníquese al D. Ejecutivo
para su cumplimiento.-
DADA EN LA
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL NUEVE.