ORDENANZA Nº 15612
Título: Convenio con el Ministerio de Justicia de la Nación
Expediente H.C.D.: 1920-2008
Expediente M.B.B.: 810-6715/2008
Fecha de Sanción: 15 de abril de 2010
Fecha de Promulgación: 7 de mayo de 2010
Decreto de Promulgación Nª:
558/2010
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Convalídase
el Convenio y Anexos I y II suscripto
entre el Departamento Ejecutivo y el Ministerio de Justicia, Seguridad y
Derechos Humanos de la
Nación, a través del cual se acuerda con el Registro Nacional
de Reincidencia, la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de
Antecedentes Penales (U.E.R.), para la tramitación de
Certificados de Antecedentes Penales, en un todo de acuerdo al ejemplar obrante
en el presente expediente.-
ARTICULO 2º: Los importes que ingresen en virtud
del Convenio mencionado en el Artículo precedente, deberán imputarse a la
cuenta 129.02.03 del Cálculo de Recursos vigente (129.02.03: INGRESOS VARIOS).-
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su
cumplimiento.-
DADA EN LA SALA
DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHI A
BLANCA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIEZ.
CONVENIO
Entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y
Derechos Humanos de la Nación,
representado en este acto por el Sr. Ministro Dr. Aníbal D. Fernández, con
domicilio en la calle Sarmiento 329 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, por una parte, y la
Municipalidad de la
Ciudad de Bahía Blanca representada en este acto por su
Intendente Sr. Cristian Breitenstein, con domicilio
en la calle Alsina 65, de la Ciudad de Bahía Blanca,
Provincia de Buenos Aires, por la otra, y considerando:
Que en atención de lo dispuesto por el artículo
8º inc. f de la ley 22.117, incorporada al Código Penal de la Nación, el Registro
Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y
Derechos Humanos informa mediante la emisión de un certificado, los
antecedentes penales de los particulares.
Que en virtud de las atribuciones que le competen,
la Municipalidad
de Bahía Blanca solicita la implementación del sistema de Unidades de
Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (UER) para la tramitación de los
Certificados de Antecedentes.
Que teniendo en cuenta que la Municipalidad de
Bahía Blanca, manifiesta su interés de instalar Unidades de Expedición y
Recepción (UER), en dependencias municipales a designar, conforme lo habilitan
los desarrollos informáticos de propiedad del Registro Nacional de
Reincidencia, se evitaría de esta forma que el usuario tenga que recurrir al
uso del correo postal o de gestores que encarecen o demoran la solicitud.
Que es interés del Registro Nacional de
Reincidencia agilizar la tramitación de los Certificados de Antecedentes
Penales requeridos por los usuarios, a través de la aplicación del sistema UER,
permitiendo de esta manera que los particulares efectúen la solicitud en su
municipio evitando traslados innecesarios.
Por ello las partes acuerdan celebrar el
presente Convenio, sujeto a las cláusulas que a continuación se establecen:
PRIMERA: Conforme las funciones asignadas por la
normativa en vigor el Registro Nacional de Reincidencia, dependiente del
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, en adelante
REINCIDENCIA, y la
Municipalidad de la
Ciudad de Bahía Blanca, en adelante la MUNICIPALIDAD,
acuerdan la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de
Antecedentes Penales (U.E.R.) conforme el sistema
informático desarrollado por REINCIDENCIA.
SEGUNDA: A estos efectos, REINCIDENCIA se
compromete a proveer el software informático correspondiente al sistema que se
acuerda por el presente, asi como la supervisión para
su instalación y mantenimiento, realizando también la capacitación de los
operadores del sistema. Para tal fin,
REINCIDENCIA, cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria, según lo
establecido por las leyes 23.283 y 23.412.
TERCERA: Como contrapartida de ello, la MUNICIPALIDAD se
compromete a proveer el equipamiento informático necesario, el costo de la
conexión a Internet, el espacio físico donde se instalará la UER y el personal que operará
la misma.
CUARTA: En virtud de que los Certificados de
Antecedentes Penales a particulares que emite REINCIDENCIA, son arancelados
conforme lo dispuesto por las leyes nacionales 22.117 y 23.412 y decretos y
normas reglamentarias, la
MUNICIPALIDAD se compromete a enviar las solicitudes previo
pago del arancel correspondiente.
QUINTA: REINCIDENCIA dispone que a través del
Ente Cooperador Colegio Público de Abogados, que administra los fondos de
Cooperación Técnica y Financiera de REINCIDENCIA (ley 23.412), se deposite en
la cuenta que brinde la
MUNICIPALIDAD, la suma de $ 6,10 (Seis pesos con diez
centavos) por cada Trámite Formulario de 24 horas efectuado a través de las
regionales UER establecidas en el presente CONVENIO.
SEXTA: La MUNICIPALIDAD
manifiesta conocer y aceptar para su implementación, el REGLAMENTO PARA
TRAMITES DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES PENALES DE LAS U.E.R.
que forma parte del presente como Anexo I, así como el MANUAL DEL USUARIO que
se incorpora a este Convenio como Anexo II.
SEPTIMA: El presente Convenio tendrá una
vigencia de dos años, renovándose automáticamente por idéntico período, salvo
que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de no continuarlo, sin que
la denuncia del mismo otorgue derecho a reclamar indemnización alguna. A tales efectos la parte que rescinda deberá
notificar fehacientemente dicha circunstancia con una anticipación no menor a
sesenta (60) días.
ANEXO I
REGLAMENTO PARA TRAMITES
DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES PENALES DE LAS U.E.R.
Para efectuar el pedido de Certificado de
Antecedentes Penales a requerimiento de los ciudadanos, se proveerá a las
distintas U.E.R. de solicitudes en los que el
interesado consignará los datos, y boletas de depósito del Banco de la Nación Argentina de $ 20,00.- ó
$ 34,30.- para la Cuenta Nº
53679/50 Fondo Cooperador Ley 23.412 Registro de Reincidencia Banco de la Nación Argentina Sucursal
Tribunales, y de $ 5,70.- para la Cuenta Nº
758/18 Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia de la Nación Argentina, Casa
Central.
1-
Los
interesados retirarán de la U.E.R. las
boletas, y abonarán el arancel en el Banco de la nación Argentina. En tal sentido la delegación se compromete a
no enviar ningún trámite que no haya sido pagado sin sus aranceles.
2-
Con
el comprobante de pago sellado por el Banco y el formulario completo, se
presentará en la U.E.R. donde se
le tomarán las impresiones digitales. La U.E.R. retendrá el ejemplar Nº 3 del comprobante de pago,
dejándole a la persona el Nº 4.
3-
El
operador de la U.E.R. iniciará la carga de los datos en la Pantalla de Trámites
Personales, introduciendo el número de comprobante de pago, incorporando luego
el resto de los datos filiatorios, de acuerdo a lo
que indica la pantalla. Terminada esta
operación se toman las impresiones digitales y se escanean la primera y segunda
hoja del documento de identidad donde figura la impresión del dígito pulgar y
las boletas y se envía el correo electrónico.
4-
La Dirección ordenará si el
resultado del trámite arrojara que el requirente carece de antecedentes penales,
la emisión de la Constancia
del Certificado digital respectivo. Si
tuviera antecedentes, se remitirá un sobre cerrado con los mismos, dentro de
las SETENTA Y DOS (72) horas de emitido.
La entrega de la
Constancia del Certificado o del sobre cerrado no es personal
sino que se entregará contra la sola presentación del comprobante.
5-
Mensualmente
la U.E.R. enviará a la Dirección los formularios de los pedidos
numerados con el número de pedido que indica la pantalla de la U.E.R., con sus respectivos comprobantes de pago abrochados.
6-
La Dirección controlará los
comprobantes contra los trámites recibidos.