ORDENANZA N°: 18161

Título: Reconociendo el pago a la Empresa Transportes Automotores Plusmar S.A.

Expediente del H.C.D.: 448-2015

Expediente del D.E.: 319-15224-2014

Fecha de sanción: 21-05-2015

Fecha de promulgación: 12-06-2015

Decreto de promulgación: 1376/2015

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:




VISTO


La solicitud de fs. 1 presentada por el Director del Teatro Municipal y el Proyecto de Ordenanza que obra a fs. 16, y;


CONSIDERANDO

Que, la Empresa Transportes Automotores PLUSMAR S.A., ha cumplido en tiempo y forma con la prestación de los servicios pautados, tal como se ha certificado en los actuados del expediente 319-15224-2014 (448-HCD-2015) y, habiendo iniciado la tramitación de pago según lo establecido en el Pedido de Suministro Nº 3745 del año 2014, y la respectiva Orden de Compra Nº 3726; teniendo en consideración la presentación de la factura Tipo “B”, Nº 0143-00007584, por el monto de Dos Mil Novecientos Cincuenta y Dos Pesos ($ 2.952.-).


Que, atento al informe de la Cra. Maria Marcela Clark, Contadora General de la Municipalidad de Bahía Blanca, a fs. 15, considerando que el mencionado gasto no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2014 por lo cual no esta incluido en la Deuda Flotante respectiva y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y 54º) del Decreto 2980, los cuales disponen que el Departamento Ejecutivo no puede reconocer deudas no registradas de ejercicios anteriores sin previa comprobación de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor; por el expuesto el Departamento Ejecutivo vería con agrado que el Honorable Concejo Deliberante quiera dar sanción favorable a la siguiente:



O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º: Reconózcase el pago a la Empresa Transportes Automotores PLUSMAR S.A., CUIT Nº 30-57733887-2, de la suma de Dos Mil Novecientos Cincuenta y Dos Pesos ($ 2.952.-), en concepto del pago de la Prestación de Servicios por la Provisión de Pasajes de larga distancia entre la ciudad de Bahía Blanca y Buenos Aires (ida y vuelta), en Servicios Semicama, los que fueron utilizados por el Teatro Municipal de nuestra ciudad, dependiente del Instituto Cultural, para el traslado de artistas que realizaron funciones, durante el transcurso de los meses de Septiembre, Octubre de 2014, atento a funciones, atento a lo expuesto en los considerandos de las presentes actuaciones.









ARTICULO 2º: El presente gasto correspondía haberse imputado a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110108000, Cat. Prog. 81.00.00, Gasto 3.7.1.0 del Presupuesto de Gastos del Año 2014.


ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.