ORDENANZA Nº 9492

Título: Modificación de Ordenanza Impositiva.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1235/96c/ HCD-1260/96.

Expediente M.B.B.: 410-10209/96c/ 110-1048/96.

Fecha de Sanción: 20 de diciembre de 1996.

Fecha de Promulgación: 16 de enero de 1997.

Decreto de Promulgación Nº 114/97.

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

ARTICULO 1º: - Modifiquese la Ordenanza Impositiva en la forma que a continuación se indica:

CAPITULO I

TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA

ARTICULO 1º:- Los inmuebles afectados por el Servicio de Alumbrado, Limpieza y/o Conservación de la Vía Pública, abonarán, como tasa básica, los importes que surjan de aplicar las alícuotas y mínimos que se detallan a continuación y de acuerdo a las disposiciones pertinentes de la Ordenanza Fiscal vigente:

SIN LUZ BLANCA
CON LUZ BLANCA
TIPO CODIGO MINIMO ALICUOTA CODIGOMINIMO ALICUOTA
ZONA "A"
Edificado11-12 143,916,21 15-16179,96 7,77
Baldío13 182,3832,01 17227,8740,00
Baldío14 285,6342,02
Cocheras1833,74 1,561944,79 1,95
ZONA "B"
Edificado61-62 129,535,60 65-66162,11 6,98
Baldío63 164,1428,80 67205,1736,00
Cocheras6832,16 1,386940,42 1,73
ZONA "C"
Edificado21-22 97,924,24 25-26122,44 5,28
Baldío23 123,8121,77 27154,7927,20
Cocheras2824,48 1,062930,51 1,32
ZONA "D"
Edificado31-32 64,612,79 35-3680,76 3,50
Baldío33 81,9214,40 37102,3918,00
SIN LUZ BLANCA
TIPOCODIGOMINIMO ALICUOTA
ZONA "E-1"
Edificado41-42 50,402,18
Baldío43 63,7011,20
ZONA "E-2"
Edificado45-46 32,161,38
Baldío47 40,787,17
ZONA "F"
Edificado71-72 22,350,95
Baldío73 28,535,04

En su artículo 9º se modifica su redacción de acuerdo al siguiente texto:

ARTICULO 9º:- Por la habilitación de locales, establecimientos y/u oficinas destinadas a comercios, industrias, prestaciones de servicios u otras actividades similares, ser de aplicación una alícuota del cinco por mil (5%o), con un máximo de ciento veintisiete (127) módulos.

La alícuota indicada se calculará sobre el monto del activo fijo excluído inmuebles y rodados.

Los mínimos serán los que a continuación se determinan de acuerdo a la naturaleza de la actividad:

MODULOS
a) Comercios minoristas y de prestación de servicios:
1) Hasta 50 m2.de superficie total.5.00
2) Más de 50 m2. a 300 m2.de superficie total más un adicional por m2. o fracción que exceda 5.00
los 50 m2.0.02
3) Más de 300 m2.de superficie total 12.00
b) Comercios mayoristas12.00
c) Criaderos de aves12.00
d) Industrias15.25
e) Boites y Cabarets86.46
f) Confiterías Bailables, Café Concert, Cantinas, Bares Nocturnos, Salones de Fiestas y otros
establecimientos que brindan espectáculos cualquiera sea la denominación utilizada
g) Bares, Salones de Té y otros establecimientos similares que no brindan espectáculos,
cualquiera sea la denominación utilizada 32.44
h) Albergues por horas108.00
i) Comercios no comprendidos en los incisos anteriores 15.25
j) Vendedores ambulantes3.00
k) Oficinas administrativas4.00
l) Salones de Fiesta de Entidades de Bien Público inscriptas en el Registro Municipal 4.00

En su artículo 11º se modifica su redacción de acuerdo al siguiente texto:

ARTICULO 11º:- De conformidad con lo establecido en el artículo 70º de la Ordenanza Fiscal, fíjense las alícuotas que gravan cada actividad. El monto de cada pago bimestral resultar de aplicar dichas alícuotas sobre los ingresos brutos del contribuyente, el que no podrá ser inferior al importe mínimo establecido en el artículo 12º para el primer pago.

Los pagos posteriores se modificarán porcentualmente conforme a lo establecido en el Inciso b) del Artículo 70º de la Ordenanza Fiscal.

Cód. de Actividad Sub-

Código

ActividadAlícuota

%o

11 - AVICULTURA
11.00006Cría de aves para producción de carnes y huevos 3.2
31 - INDUSTRIAS MANUFACTURERAS DE PRODUCTOS

ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACOS.
31.00001Frigoríficos 4.8
31.00002Frigoríficos en lo que respecta al abastecimiento de carnes 4.8
31.00003Envasado y conservación de frutas y legumbres 4.8
31.00004Elaboración de pescado crustáceos y otros productos marinos y sus derivados 4.8
31.00005Fabricación y refinerías de aceites y grasas comestibles vegetales y animales 4.8
31.00006Productos de molinería 4.8
31.00007Fabricación de productos de panadería 4.8
31.00008Fabricación de golosinas y otras confituras 4.8
31.00009Elaboración de pastas frescas y secas 4.8
31.00010Higienización y tratamiento de la leche y elaboración de subproductos lácteos 4.8
31.00011Fabricación de chacinados, embutidos, fiambres y carnes en conserva 4.8
31.00012Fabricación de Helados 4.8
31.00013Mataderos 4.8
31.00014Preparación y conservación de carnes 4.8
31.00020Elaboración de productos alimenticios no clasificados en otra parte 4.8
31.00021Elaboración de alimentos preparados para animales 4.8
31.00022Destilación, rectificación y mezcla de bebidas espirituosas 4.8
31.00023Industrias vinícolas 4.8
31.00024Bebidas malteadas y malta 4.8
31.00025Industrias de bebidas no alcohólicas y aguas gaseosas 4.8
31.00026Fábrica de soda 4.8
31.00027Industria del tabaco 4.8
31.00028Industrias manufactureras de productos alimenticios, bebidas y tabacos

no clasificados en otra parte

4.8


32 - FABRICACION DE TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR

E INDUSTRIA DEL CUERO
32.00001Hilado, tejidos y acabado de textiles, plastificados de telas, tintorería

industrial

4.8
32.00002Artículos confeccionados con materiales textiles, excepto prendas de vestir 4.8
32.00003Fábricas de tejidos de punto 4.8
32.00004Fábrica de tapices y alfombras 4.8
32.00005Fabricación de prendas de vestir, excepto calzado 4.8
32.00010Fabricación de textiles no clasificados en otra parte 4.8
32.00011Curtidurías y talleres de acabado 4.8
32.00012Fabricación de productos de cuero y sucedáneos de cuero, excepto el

calzado y otras prendas de vestir

4.8
32.00013Fabricación de calzado 4.8
32.00014Fabricación de prendas de vestir e industria del cuero no clasificados en

otra parte

4.8

33- INDUSTRIA DE LA MADERA Y PRODUCTOS DE MADERA
33.00001Industria de la madera y productos de madera, corcho y aglomerados,

excepto muebles

4.8
33.00002Fabricación de escobas 4.8
33.00003Fabricación de muebles y accesorios, excepto los que son

principalmente metálicos

4.8
33.00004Industria de la madera y productos de madera no clasificados en otra parte 4.8

34 - FABRICACION DE PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL,

IMPRENTAS Y EDITORIALES
34.00001Fabricación de papel y productos de papel y de cartón 4.8
34.00002Imprenta e industrias conexas 4.8
34.00003Editoriales 4.8

35 - FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS

QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON,

DE CAUCHO Y DE PLASTICO
35.00001Fabricación de sustancias químicas, industriales básicas, excepto

abonos y plaguicidas

3.6
35.00002Fabricación de abonos y plaguicidas 3.6
35.00003Resinas sintéticas 3.6
35.00010Fabricación de productos plásticos no clasificados en otra parte 3.6
35.00011Fabricación de pinturas, barnices y lacas 3.6
35.00012Laboratorios de especialidades medicinales y farmacéuticas 3.6
35.00013Laboratorios de jabones, preparados de limpieza, lavandinas,

detergentes perfumes, cosméticos y otros productos de tocador

3.6
35.00014Fabricación y/o refinerías de alcoholes 3.6
35.00020Fabricación de productos químicos no clasificados en otra parte 3.6
35.00021Refinerías de petróleo 3.6
35.00022Fabricación de productos diversos derivados del petróleo y del carbón 3.6
35.00023Fabricación de productos de caucho 3.6

36 - FABRICACION DE PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS,

EXCEPTO DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON
36.00001Fabricación de objetos de loza, barro y porcelana 4.8
36.00002Fabricación de vidrio y de productos de vidrio 4.8
36.00003Fabricación de productos de arcilla para la construcción 4.8
36.00004Fabricación de cemento, cal y yeso 4.8
36.00005Fabricación de placas premoldeadas para la construcción 4.8
36.00006Fábrica de ladrillos 4.8
36.00007Fábrica de mosaicos 4.8
36.00008Marmolerías 4.8
36.00015Fabricación de productos minerales no metálicos, no clasificados en otra parte 4.8

37 - INDUSTRIAS METALICAS BASICAS
37.00001Industrias básicas del hierro y el acero y su fundición 4.8
37.00002Industrias básicas de metales no ferrosos y su fundición 4.8

38 - FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS,

MAQUINARIAS Y EQUIPOS
38.00001Fabricación de armas, cuchillería herramientas manuales y artículos de

ferretería

4.8
38.00002Fabricación de muebles y accesorios, principalmente metálicos 4.8
38.00003Fabricación de productos metálicos estructurales 4.8
38.00004Herrería de obra 4.8
38.00005Tornería fresado y matricería 4.8
38.00006Hojalatería 4.8
38.00010Fabricación de productos metálicos no clasificados en otra parte,

exceptuando máquinas y equipos

4.8
38.00011Fabricación de motores y turbinas 4.8
38.00012Construcción de maquinaria y equipos para la agricultura y la ganadería 4.8
38.00013Construcción de maquinarias para trabajar los metales y la madera 4.8
38.00014Construcción de maquinarias y equipos para la industria, exceptuando

la maquinaria para trabajar los metales y la madera

4.8
38.00015Construcción de máquinas para oficina, de cálculos y contabilidad 4.8
38.00016Construcción de maquinarias y equipos no clasificados en otra parte,

exceptuando la maquinaria eléctrica

4.8
38.00017Construcción de máquinas y aparatos industriales eléctricos 4.8
38.00018Construcción de aparatos y equipos de radio, televisión y de comunicaciones 4.8
38.00019Construcción de aparatos y/o accesorios eléctricos de uso doméstico 4.8
38.00025Construcción de aparatos eléctricos, no clasificados en otra parte 4.8
38.00026Construcciones navales 4.8
38.00027Construcciones de equipos ferroviarios 4.8
38.00028Fabricación de vehículos automotores 4.8
38.00029Fabricación de piezas de armado de automotores 4.8
38.00030Fabricación de motocicletas, bicicletas, etc. y sus piezas especiales 4.8
38.00031Fabricación de aeronaves 4.8
38.00032Fabricación de acoplados 4.8
38.00035Construcción de material de transporte no clasificados en otra parte 4.8
38.00040Construcción de equipos profesionales y científicos, instrumentos de

medida y control, aparatos fotográficos e instrumentos de óptica y relojes

4.8

39 - OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
39.00001Fabricación de refinerías de aceite y grasas vegetales y animales, de uso

industrial

4.82
39.00002Industria de la preparación de teñido de pieles 4.8
39.00003Fabricación de hielo 4.8
39.00016Fabricación de joyas y artículos conexos 8.00
39.00017Fabricación de instrumentos de música 4.8
39.00025Industria manufactureras, no clasificadas en otra parte 4.8
39.00026Industrialización de materia prima, propiedad de terceros 4.8

40 - CONSTRUCCION
40.00001Construcción, reformas y/o reparaciones de calles, carreteras, puentes,

viaductos, puertos, aeropuertos, trabajos marítimos y demás

construcciones pesadas

6.00
40.00002Construcción general, reformas y reparaciones de edificios 6.00
40.00003Servicios para la construcción tales como plomería, calefacción y

refrigeración, colocación de ladrillos, mármoles, carpintería de madera y

de obra, carpintería metálica, yeso hormigonado, pintura, excavaciones

y demoliciones

6.00
40.00004Montajes industriales 6.00

50 - ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA
50.00001Generación, transmisión y distribución de electricidad 8.00
50.00002Producción y distribución de vapor y agua caliente para calefacción,

fuerza motriz y otros usos

8.00
50.00003Suministro de agua (captación, purificación distribución) 8.00
50.00004Fraccionadores de gas licuado 8.00
50.00005Distribución de gas 4.8

61 - COMERCIO POR MAYOR PRODUCTOS AGROPECUARIOS,

FORESTALES, DE LA PESCA Y MINERIA
61.10001Aves y huevos 8.00
61.10002Frutas y legumbres 8.00
61.10003Pescado fresco o congelado 8.00
61.10004Mariscos y otros productos marinos,excepto pescado 8.00
61.10005Productos agropecuarios forestales, de la pesca y minería no clasificados

en otra parte

8.00

ALIMENTOS Y BEBIDAS
61.20001Abastecedores y matarifes 8.00
61.20002Productos lácteos 8.00
61.20003Aceites comestibles 8.00
61.20004Productos de molinería, harinas y féculas 8.00
61.20005Grasas comestibles 8.00
61.20010Comestibles no clasificados en otra parte 8.00
61.20011Bebidas espirituosas 8.00
61.20012Vinos 8.00
61.20013Bebidas malteadas y malta, bebidas no alcohólicas y aguas gaseosas 8.00
61.20014Golosinas 8.00

VENTA MAYORISTA DE TABACOS, CIGARROS Y CIGARRILLOS
61.20101Tabacos y cigarrillos 10.6
61.20102Cigarros 10.6

TEXTILES, CONFECCIONES, CUEROS Y PIELES
61.30001Hilados, tejidos de punto y artículos confeccionados de materias textiles,

excepto prendas de vestir. Mercerías

8.00
61.30002Tapicerías 8.00
61.30003Prendas de vestir, excepto calzado 8.00
61.30004Bolsas de arpillera nuevas de yute 8.00
61.30005Marroquinerías y productos de cuero, excepto calzado 8.00
61.30006Calzado 8.00
61.30007Textiles, confecciones, cueros y pieles no clasificados en otra parte 8.00


ARTES GRAFICAS, MADERAS, PAPEL Y CARTON
61.40001Madera y productos de madera, excepto muebles 8.00
61.40002Muebles y accesorios, excepto metálicos 8.00
61.40003Papel y productos de papel y cartón 8.00
61.40004Artes gráficas 8.00
61.40005Imprentas 8.00

PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y

ARTICULOS DE CAUCHO Y PLASTICO
61.50001Sustancias químicas industriales 8.00
61.50002Materias plásticas, pinturas, lacas,etc. 8.00
61.50003Droguerías 8.00
61.50004Productos de caucho. 8.00
61.500 05Productos químicos derivados del petróleo 8.00

ARTICULOS PARA EL HOGAR Y MATERIALES DE CONSTRUCCION
61.60001Artículos de bazar, loza, porcelana, etc. 8.00
61.60002Cristalerías y vidrierías 8.00
61.60003Materiales de construcción 8.00
61.60004Muebles y accesorios metálicos 8.00
61.60005Artículos de ferretería, cuchillería y herramientas 8.00
61.60006Artículos y artefactos eléctricos y/o mecánicos de uso doméstico 8.00
61.60007Equipos y aparatos de radio, televisión y comunicaciones 8.00
61.60008Artículos para el hogar y materiales de construcción no clasificados en otra parte 8.00

METALES EXCLUSIVE MAQUINARIAS
61.70001Productos de hierro y acero 8.00
61.70002Productos de metales no ferrosos 8.00

VEHICULOS, MAQUINARIAS Y APARATOS
61.80001Motores, maquinarias y equipos, máquinas y aparatos industriales eléctricos

con excepción de la maquinaria agrícola

8.00
61.80002Máquinas agrícolas, tractores y sus repuestos nuevos y usados 8.00
61.80003Máquinas de oficina, cálculo y contabilidad 8.00
61.80004Equipos profesionales y científicos e instrumentos de medidas y de control 8.00
61.80005Aparatos fotográficos e instrumentos de óptica 8.00
61.80006Vehículos, maquinarias y aparatos no clasificados en otra parte 8.00
OTROS COMERCIOS MAYORISTAS,NO CLASIFICADOS EN OTRA PARTE (EXCEPTOACOPIADORES DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS) Y LA COMERCIALIZACION DE BILLETES DE LOTERIA Y JUEGOS DE AZAR AUTORIZADOS
61.90001Alimentos para animales, forrajes 8.00
61.90002Instrumentos musicales, discos, etc. 8.00
61.90003Perfumerías 8.00
61.90004Combustibles líquidos, sólidos y gaseosos 8.00
61.90005Armas, pólvora, explosivos, etc. 8.00
61.90006Repuestos y accesorios para vehículos automotores 8.00
61.90007Joyas, relojes y art¡culos conexos 10.60
61.90010Otros comercios mayoristas no clasificados en otra parte 8.00

ACOPIADORES DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS
61.90101Cereales, oleaginosos y otros productos vegetales 13.30
61.90102Comercialización de frutos del país por cuenta propia 13.30
61.90103Acopiadores de productos agropecuarios 13.30

COMERCIALIZACION DE BILLETES DE LOTERIA Y

JUEGOS DE AZARAUTORIZADOS
61.90201Venta de billetes de lotería 9.30
61.902 02Juegos de azar autorizados. 13.30
61.90203Carreras de caballo y agencias hípicas 13.30

COOPERATIVAS O SECCIONES ESPECIFICADAS EN LOS INCISOS G) Y H)

DEL ARTICULO 7º DEL DECRETO-LEY 9667
61.90301Cooperativas o secciones especificadas en los incisos g) y h) del artículo 7

de la Decreto-Ley 9667

13.30
61.90302Cooperativas no incluídas en el artículo 144 de la Ordenanza Fiscal 6.4

62 - COMERCIO POR MENOR

ALIMENTOS Y BEBIDAS
62.10001Carnicerías 8.00
62.10002Lecherías y productos lácteos 8.00
62.10003Pescaderías 8.00
62.10004Verdulerías y fruterías 8.00
62.100 05Panaderías 8.00
62.10006Almacén de comestibles, despensas 8.00
62.10007Rotiserías y fiambrerías 8.00
62.10008Despacho de pan 8.00
62.10009Otros productos de panadería 8.00
62.100 10Mercados y Mercaditos 8.00
62.10011Golosinas 8.00
62.10013Supermercados 8.00
62.100 14Vinerías 8.00
62.10015Aves y Huevos 8.00
62.100 20Alimentos y bebidas no clasificados en otra parte 8.00

VENTA MINORISTA DE TABACO, CIGARRILLOS Y CIGARROS
62.10101Tabaco y cigarrillos 10.60
62.10102Cigarros 10.60

INDUMENTARIA
62.20001Productos textiles, artículos confeccionados con materiales textiles,

Tiendas, Mercerías y Botonerías

8.00
62.200 02Prendas de vestir. Boutique 8.00
62.20003Marroquinerías, productos de cuero, carteras 8.00
62.200 04Zapatería y Zapatillería 8.00
62.20005Venta de indumentaria no clasificada en otra parte 8.00

ARTICULOS PARA EL HOGAR
62.30001Mueblerías 8.00
62.30002Muebles, útiles y artículos usados 8.00
62.30003Casas de música, instrumentos musicales, discos, etc. 8.00
62.30004Artículos de goma y de plástico 8.00
62.300 05Bazares, loza, porcelana, vidrio, juguetes,etc 8.00
62.30006Artículos para el hogar, cristalería, cerámica, alfarería, antiguedades y cuadros 8.00
62.30007Artículos de limpieza 8.00
62.30008Artículos para el hogar no clasificados en otra parte 8.00

PAPELERIAS, LIBRERIAS, DIARIOS, ARTICULOS

PARA OFICINAS Y ESCOLARES
62.40001Papelerías 8.00
62.40002Venta de libros. 8.00
62.40003Máquinas para oficinas, cálculo y contabilidad. 8.00
62.40004Diarios, periódicos y revistas 8.00
62.40010Artículos para oficinas y escolares no clasificados en otra parte 8.00

FARMACIAS, PERFUMERIAS Y ARTICULOS DE TOCADOR
62.50001Farmacias 8.00
62.50002Perfumerías 8.00
62.50003Artículos de tocador 8.00

FERRETERIAS
62.60001Ferreterías, bulonerías y pinturerías 8.00

VEHICULOS
62.70001Comercialización de automotores 8.00
62.70002Comercialización de automotores usados 8.00
62.70003Comercialización de automotores usados por concesionarios oficiales 8.00
62.70004Comercialización de motocicletas y vehículos similares 8.00
62.70005Comercialización de lanchas y embarcaciones 10.60

RAMOS GENERALES
62.80001Ramos generales 8.00

OTROS COMERCIOS MINORISTAS NO CONTEMPLADOS EN OTRA PARTE

(EXCEPTO ACOPIADORES DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS Y LA COMERCIALIZACION

DE BILLETES DE LOTERIA Y JUEGOS DE AZAR AUTORIZADOS)
62.90000Kiosco. Tabacos, cigarros y cigarrillos 8.00
62.90001Kiosco. Artículos varios (excepto tabacos, cigarros y cigarrillos) 8.00
62.90002Florerías 8.00
62.90003Semillerías y forrajerías 8.00
62.90004Tapicerías 8.00
62.90005Bolsas de arpillera, nuevas de yute 8.00
62.90006Santerías 8.00
62.90007Triciclos y bicicletas 8.00
62.90008Armas, pólvora, explosivos y artículos de caza y pesca 10.60
62.90009Artículos de deporte, camping, playa, etc 8.00
62.90010Materiales de construcción 8.00
62.90011Implementos de granja y jardín 8.00
62.90012Veterinarias, abonos y plaguicidas 8.00
62.90013Cristalerías y vidrierías 8.00
62.90014Gas envasado, combustibles líquidos y/o sólidos 8.00
62.90015Lubricantes 8.00
62.90016Carbonerías y otros combustibles 8.00
62.90017Neumáticos, cubiertas y cámaras 8.00
62.90018Repuestos y accesorios para automotores, motocicletas y vehículos similares. 8.00
62.90020Aparatos y artefactos eléctricos, y/o mecánicos máquinas y motores, incluídos sus repuestos y accesorios excepto la máquina agrícola 8.00
62.90021Maquinaria agrícola, tractores, sus repuestos y accesorios, nuevos y usados 8.00
62.90022Equipo profesional y científico e instrumentos de medida y control 8.00
62.90023Opticas y aparatos fotográficos 8.00
62.90024Joyerías y relojerías 10.60
62.90025Heladerías 8.00
62.90026Bombones y confituras 8.00
62.90030Comercio minorista, no clasificados en otra parte 8.00
62.90031Repuestos y accesorios náuticos 10.60
62.900 35Viveros 8.00
62.900 36 Insumos para el agro (torniquetes,alambres, rejas para arados, postes, etc.) 8.00

63 - RESTAURANTES Y HOTELES

RESTAURANTES Y HOTELES - OTROS ESTABLECIMIENTOS QUE EXPENDAN BEBIDAS Y COMIDAS, (EXCEPTO BOITES, CABARETS, CAFE CONCERT,DANCING, NIGHT CLUBES Y ESTABLECIMIENTOS DE ANALOGAS ACTIVIDADES, CUALQUIERA SEA LA DENOMINACION UTILIZADA)
63.10001Restaurantes y recreos 8.00
63.10002Despachos de bebidas 8.00
63.100 03Bares lácteos 8.00
63.10004Bares, cafeterías y pizzerías 8.00
63.10005Confiterías y establecimientos similares, sin espectáculos 8.00
63.10006Salones de Te 8.00
63.10010Establecimientos que expidan bebidas y comidas no clasificadas en otra parte 8.00

HOTELES Y OTROS LUGARES DE ALOJAMIENTO, (EXCEPTO HOTELES ALOJAMIENTO TRANSITORIOS, CASAS DE CITA Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES, CUALQUIERA SEA LA DENOMINACION UTILIZADA)
63.20001Hoteles, residenciales, hospedajes, campamentos y otros lugares de alojamiento 8.00

HOTELES ALOJAMIENTO TRANSITORIOS, CASAS DE CITAS Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES, CUALQUIERA SEA LA DENOMINACION UTILIZADA
63.20101Hoteles alojamiento y albergues por hora 48.00

71 - TRANSPORTE
TRANSPORTE TERRESTRE
71.10002Transporte de pasajeros 8.00
71.10003Transporte de cargas 8.00
71.10005Agencias de remises 8.00
TRANSPORTE AEREO
71.20001Transporte de pasajeros 8.00
71.20002Transporte de carga 8.00

SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE,

(EXCEPTO AGENCIAS DE TURISMO)
71.400 01Lavado y engrase 8.00
71.40002Garages y playas de estacionamiento 8.00
71.40003Hangares y guarderías de lanchas 8.00
71.40005Talleres de reparaciones navales 8.00
71.40006Talleres de reparaciones de tractores, máquinas agrícolas, material ferroviario, aviones y embarcaciones 8.00
71.400 07Servicios relacionados con el transporte no clasificados en otra parte 8.00
71.40008Remolques de automotores 8.00
71.40009Gomerías, vulcanizado, recapado, etc 8.00
71.40010Talleres mecánicos de electricidad, chapa y pintura, etc., del automotor 8.00

AGENCIAS O EMPRESAS DE TURISMO
71.40101Agencias de turismo 10.60
71.40102Empresas de turismo 10.60

72 - DEPOSITO Y ALMACENAMIENTO
72.00001Locales para acondicionamiento, depósito y almacenaje de mercaderías o

muebles de terceros

8.00

73 - COMUNICACIONES
73.00001Comunicaciones 6.4
73.00002Postales 6.4

82 - SERVICIOS PRESTADOS AL PUBLICO

INSTRUCCION PUBLICA
82.10001Escuelas Privadas 8.00
82.100 02Otros establecimientos de Instrucción pública privados 8.00

SERVICIOS MEDICOS
82.30005Clínicas y sanatorios 8.00
82.30006Hospitales privados 8.00

INSTITUCIONES DE ASISTENCIA SOCIAL
82.40001Guarderías para niños 8.00
82.40002Pensionados geriátricos 8.00
82.40010Servicios sociales no clasificados en otra parte 8.00

OTROS SERVICIOS SOCIALES CONEXOS
82.90001Cementerios Privados 8.00
82.90002Otros servicios sociales conexos 8.00

83 - SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS

SERVICIOS DE ELABORACION DE DATOS Y TABULACION
83.10001Servicios de elaboración de datos y tabulación 10.60


ALQUILER Y ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS
83.40001Alquiler y arrendamiento de maquinarias y equipos 8.00
83.40002Alquiler de cámaras frías 8.00
83.40003Alquiler de equipos profesionales y científicos 8.00
83.40004Alquiler de bienes muebles 8.00

OTROS SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS NO CLASIFICADOS

EN OTRA PARTE, (EXCEPTO AGENCIAS O EMPRESAS DE PUBLICIDAD,

INCLUIDAS LAS DE PROPAGANDA FILMADA O TELEVISADA)
83.90005Profesiones liberales organizadas en forma de empresa 4.8
83.90007Secado, limpieza, etc. de cereales 8.00
83.900 08Contratistas rurales (rotulación, siembra, fumigación, etc.) 8.00
83.90010Servicios no clasificados en otra parte 8.00

AGENCIAS O EMPRESAS DE PUBLICIDAD, INCLUSO LAS DE

PROPAGANDA TELEVISADA O FILMADA
83.90101Empresas de publicidad 10.60
83.90102Agencias de publicidad 10.60

84 - SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO
PELICULAS CINEMATOGRAFICAS Y EMISIONES DE RADIO Y TELEVISION
84.10001Producción de películas cinematográficas 8.00
84.100 02Exhibición de películas cinematográficas 8.00
84.100 03Distribución y alquiler de películas cinematográficas 8.00
84.10004Emisiones de radio y televisión. Música funcional. Circuitos cerrados y abiertos. Estaciones retransmisoras 8.00
84.100 05Distribución, alquiler y producción de películas para video cassettes 8.00
84.10065Espectáculos teatrales 8.00

SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO Y DIVERSION NO CLASIFICADOS EN

OTRA PARTE, (EXCEPTO BOITES, CABARETS, CAFES CONCERT,

DANCING, NIGHT CLUBES Y ESTABLECIMIENTOS DE ANALOGAS

ACTIVIDADES, CUALQUIERA SEA SU DENOMINACION UTILIZADA)
84.90003Balnearios, piletas y natatorios 8.00
84.90004Gimnasios 8.00
84.900 10Servicios de esparcimiento y diversión no clasificados en otra parte 10.60

BOITES, CABARETS, CAFES CONCERT, DANCING, NIGHT CLUBES Y

ESTABLECIMIENTOS ANALOGOS, CUALQUIERA SEA LA DENOMINACION

UTILIZADA, DE ACUERDO A LA ORDENANZA 2554
84.90101Confiterías y establecimientos similares con espectáculos (cantinas, salones

de fiestas, bares nocturnos, etc.)

16.00
84.90102Cabarets, Boites 48.00
84.90103Salones y pistas para bailes 16.00
84.90104 Confiterías Bailables 16.00
84.90105Cafés concert, y establecimientos de análogas características, cualquiera sea

la denominación utilizada

16.00

85 - SERVICIOS PERSONALES Y DE LOS HOGARES
SERVICIOS DE REPARACIONES
85.10001Talleres de calzado y otros artículos de cuero 8.00
85.10002Talleres de reparaciones de artefactos eléctricos y electrónicos 8.00
85.10003Talleres de reparaciones de motocicletas y vehículos a pedal 8.00
85.10005Talleres de reparación de máquinas de escribir, calcular, contabilidad y equipos computadores 8.00
85.10006Talleres de fundición y herrería 8.00
85.10007Servicios de mantenimiento 8.00
85.10010Otros servicios de reparaciones, no clasificados en otra parte 8.00
85.10061Talleres de compostura de calzado sin personal en relación de dependencia 4.8
85.10062Taller de reparación de artefactos eléctricos sin personal en relación de dependencia 4.8
85.10063 Taller de reparación de vehículos a pedal sin personal en relación de dependencia 4.8
85.10064Otros servicios de reparación no clasificados en otra parte, sin personal en relación de dependencia 4.8

SERVICIOS DE LAVANDERIA, ESTABLECIMIENTOS

DE LIMPIEZA Y TEÑIDO.
85.20001Tintorerías y lavandería 8.00
85.20002Establecimientos de limpieza 8.00

SERVICIOS PERSONALES DIRECTOS, (EXCEPTO TODA ACTIVIDAD DE

INTERMEDIACION QUE SE EJERZA PERCIBIENDO COMISIONES,

PORCENTAJES U OTRAS RETRIBUCIONES ANALOGAS)
85.30002Gestores administrativos 8.00
85.30003Fotocopias y copias de planos 8.00
85.30004Salones destinados a alquiler para fiestas y reuniones 8.00
85.30005 Servicios de veterinaria 8.00
85.30006Pedicuros 8.00
85.30007Servicios funerarios 8.00
85.30008Talabarterías 8.00
85.300 09Colchoneros 8.00
85.30010Actividad artesanal ejercida en forma unipersonal con miembros de la familia, con ayudante o con aprendiz 8.00
85.30011Peluquerías 8.00
85.30012Salones de belleza 8.00
85.30013Estudios fotográficos, incluída la fotografía comercial 8.00
85.30014Servicios de caballerizas y studs 8.00
85.30015Peluquerías atendidas en forma unipersonal 8.00
85.30020 Servicios personales no clasificados en otra parte 8.00

Toda actividad de intermediación que se ejerza percibiendo comisiones bonificaciones, porcentajes u otras retribuciones análogas, tales como consignaciones, intermediación en la compra-venta de títulos de bienes muebles e inmuebles, en forma pública o privada, agencias o representaciones para la venta de mercaderias de propiedad de terceros,comisiones por publicidad o actividades similares.

85.30101Remates, administración de inmuebles, intermediación en la negociación

de inmuebles o colocación de dinero en hipotecas, loteos, agencias

comerciales, consignaciones, comisiones y otras actividades de intermediación

13.30
85.30102Comisiones ramo automotores 13.30
85.30103Martilleros 13.30
85.30104Toda actividad de intermediación que se ejerza percibiendo

comisiones, bonificaciones, porcentajes u otras retribuciones análogas,

tales como consignaciones, intermediación en la compra-venta de títulos

de bienes muebles e inmuebles, en forma pública o privada, agencias

representaciones para la venta de mercaderías de propiedad de

terceros, comisiones por publicidad o actividad similares no clasificados en

otra parte

13.30
85.30105A.F.J.P 13.30
85.30106A.R.T 13.30
85.30107 Otras empresas administradoras de fondos por cuenta de terceros 13.30

91 - BANCOS

Préstamos de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás operaciones efectuadas por los Bancos y otras instituciones sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras.

91.00101Bancos 13.30
91.00102Instituciones financieras autorizadas por B.C.R.A 13.30
91.00103Agencias financieras 13.30
91.00104Préstamos de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás

operaciones efectuadas por Bancos y otras instituciones financieras

no clasificadas en otra parte

13.30

COMPAÑIAS DE CAPITALIZACION Y AHORRO
91.002 01Sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda 13.30
91.00202Sociedades de ahorro y préstamo para la compra de automotores 13.30
91.00203Compañías que emitan o coloquen títulos sorteables 13.30
91.002 04Compañías de capitalización y ahorro 13.30

Préstamos de dinero (con garantía hipotecaria, con garantía prendaria o sin garantía real) y descuento de documentos de terceros, excluídas las actividades regidas por la Ley de Entidades Financieras.

91.00301Préstamos con garantía hipotecaria 13.30
91.00302Préstamos con o sin garantía prendaria 13.30
91.00303 Descuentos de documentos de terceros 13.30

Casas, sociedades o personas que compren o vendan pólizas de empeño, anuncien transacciones o adelanten dinero por cuenta propia o en comisión.

91.004 01Casas, sociedades o personas que compren o vendan pólizas de empeño,

anuncien transacciones o adelanten dinero por cuenta propia o a comisión

13.30

Empresas o personas dedicadas a la negociación de órdenes de compras.
91.00501Empresas o personas dedicadas a la negociación de ordenes de compras 13.30
91.00502Otros servicios financieros 13.30

COMPRA-VENTA DE DIVISAS
91.00601Casas de cambio y operaciones con divisas (excluídos los Bancos) 13.30

92 - COMPAÑIAS DE SEGUROS
92.00001Seguros 13.30

93 - LOCACION DE BIENES INMUEBLES
93.00001Locación de bienes inmuebles 8.00

94 - EMPRESAS O PERSONAS DEDICADAS Y/O QUE RECIBAN

INGRESOS DIRECTOS POR EXPORTACIONES
94.00001Industrias y comercios (Adheridos Convenio Multilateral) 2%o
94.00002Industrias y comercios (No adheridos al Convenio Multilateral),

que fabriquen y facturen en la jurisdicción

1%o

En caso de duda en la interpretación de las actividades codificadas, se estará a lo dispuesto en el Artículo 111 de la Ordenanza Fiscal.

Para fijar las alícuotas de los códigos de actividades comprendidas entre los números 31.000 a 40.000 inclusive, se deber  tener en cuenta lo normado por la Ordenanza Nº 8.364/94.-

ARTICULO 20º:- Por la visación de certificados y control sanitario:

1) Bovino, por media res o fracción 0.06216
2) Ovinos y caprinos, por res o fracción 0.03545
3) Porcinos de mas de 15Kg. por res0.07089
4) Porcinos de hasta de 15 Kg. por media res 0.02648
5) Aves y conejos, por cada uno0.00189
6) Carnes trozadas, por kilo o fracción 0.00183
7) Menudencias, tripa salada, por kilo o fracción 0.00183
8) Salazones, Chacinados, embutidos, fiambres y afines frescos
refrigerados y/o congelados por kilo o fracción 0.00174
9) Grasas, margarinas y levaduras por kilo o fracción 0.00131
10) Huevos, por cada docena o fracción 0.00088
11) Huevo líquido, huevo en polvo por litro o por kilo o fracción
respectivamente0.00088
12) Mayonesas, salsas, aderezos o similares 0.00131
13) Pescados por Kg. o fracción 0.00183
14) Mariscos, por Kg. o fracción 0.00086
15) Leche, por litro o por kilo0.00072
16) Derivados lácteos, por Kilo o por litro 0.00120
17) Análisis triquinoscopía directa 0.96710
18) Análisis digestión artificial 1.93420
19) Panificados, tapas de masas, pastas frescas, pastas
frescas rellenas, por kilogramo o fracción 0.00072

ARTICULO 23º:- Por los servicios que a continuación se enumeran relativos a gestiones, tramites y actuaciones administrativas se abonaran los siguientes derechos:

MODULOS
1) Por cada duplicado de certificado de habilitación de negocio 1.16

  1. Por cada permiso de remate efectuado por martillero no domiciliado en el Partido

de Bahía Blanca

8.72
3) Por cada toma de razón de contrato o prenda de semovientes,
el dos por mil (2%o) sobre el valor total de la operación, con
una tasa mínima de1.68
4) Por el otorgamiento de certificados de libre deuda sobre bienes
inmuebles, por vez y por cada inmueble 1.16
5) Por cada ejemplar de las Ordenanzas Fiscal o impositiva 0.78
6) Por cada estado de deuda requerida por particulares por cada
partida inmobiliaria y/o número de contribuyente 0.06
7) Por cada liquidación de deuda para su ejecución judicial se
agregará, en concepto de gastos administrativos 1.22
8) Copias heliográficas de planos de construcción archivados
y de planos catastrales:
a) Hasta catorce (14) dms.2 (doble oficio) 0.78
b) Por cada decímetro cuadrado excedente 0.02
9) Por la consulta de antecedentes del Catastro Municipal:
a) Por cada manzana del Catastro Municipal 0.17
b) Por cada carpeta de chacras, quintas, manzanas o
sectores rurales0.17
c) Por cada ficha del Catastro Parcelario 0.17
d) Por cada carpeta del Catastro Parcelario (legajo) 0.34
e) Por cada expediente de legalización de mejoras 0.17
f) Por cada fotograma0.34
g) Por cada duplicado gráfico de mensura 0.34
h) Información catastral de modificaciones parcelarias
10) Por cada autorización de modificaciones parcelarias de
acuerdo a planos aprobados por organismos provinciales 0.4
11) Por cada certificado:
a) Ubicación del inmueble, por cada inmueble 1.16
b) Ubicación del inmueble, previa inspección ocular del
mismo, por cada inmueble3.91
12) Por cada solicitud de plano de planialtimetría, por cuadra 2.14
13) Corresponderá abonar cuando el Pliego de Licitación de que
se trate no lo fije un monto equivalente al uno coma cinco
por mil (1,5%o), del valor oficial establecido, no pudiendo
el mismo superar los cincuenta (50) módulos

CAPITULO XIV
DERECHOS DE CEMENTERIO
ARTICULO 45º:- Los derechos de este Capítulo se pagarán de la siguiente forma:
I - CEMENTERIO MUNICIPAL DE BAHIA BLANCA:
1 - ARRENDAMIENTOS Y RENOVACIONES:
1 - Sepulturas:
1) Hasta tres (3) años (por año) 1.16
2) Por cinco(5) años (inhumaciones solamente)
(por año)1.11
2 - Nichos por cinco (5) años (por año)
1) Para mayores:
1 - Ubicados en galerías de calle 1.
1 . Planta baja
1) Primer y Tercer nivel3.36
2) Segundo nivel4.18
3) Cuarto nivel2.52
2 . Planta Alta
1) Primer nivel y tercer nivel2.94
2) Segundo nivel4
3) Cuarto nivel2
2 - Ubicados en galerías de calles A y G
1 . Planta Baja
1) Primer y Tercer nivel2.79
2) Segundo nivel4
3) Cuarto nivel1.80
2 . Planta Alta
1) Primer y Tercer nivel2.26
2) Segundo nivel2.94
3) Cuarto nivel1.60
3 - Ubicados en la Seccion B4
1) Primer nivel3.35
2) Segundo nivel4.18
3) Tercer nivel.3.06
4 - Los nichos dobles abonarán el doble del valor establecido para el nicho simple.
5 - Los nichos incorporados del Panteón Social "Portal de Paz", según
Ordenanza Nº 8.125/94 y por el término de un (1) año.
a) Nicho fila 5 (simple)10
b) Nicho fila 4 (simple)14
c) Nicho fila 3 (simple)18
d) Nicho fila 2 (simple)18
e) Nicho fila 1 (doble)30
2) Para menores:
1 . Planta baja.
1) Primer nivel1.4
2) Segundo y tercer nivel1.82
3) Cuarto y Quinto nivel0.97
2 . Planta Alta
1) Primer nivel0.97
2) Segundo y Tercer nivel1.53
3) Cuarto y Quinto nivel.0.68
3 - Columbarios (urnas para restos o cenizas) 0.2

  1. Lotes para bóvedas (por cada metro cuadrado o fracción de superficie,
por 50 años), según planos Catastrales:
1) Sec. B1, C1, E1, B2, C2 y E227.00
2) Sec. A1, F1a, F1b, F2a y F2b24.00
3) Sec. B4, B5, C3, D3, D4, D5, E3, E4, y E5 16.00
4) Sec. A3, A4, A5, F3, F4, F5, G1, G2,
G3, H2, H3, G4, H4, G5 y H512.00
Los lotes que no den a calle abonarán un 10% menos.
5) En las transferencias de títulos se abonarán de acuerdo a lo establecido
en el artículo 224 de la Ordenanza Fiscal, con un mínimo de 1.50
2 - MOVIMIENTO DE CADAVERES, RESTOS OSEOS Y CENIZAS
1 - Inhumaciones
1 - A tierra
1) Mayores de cinco (5) años1.5
2) Menores de cinco (5) años0.54
2 - A nicho2.8
3 - A bóveda o panteón7.00
La tasa por inhumación se reducirá en un 50% cuando se trate de
"servicios fúnebres económicos" de cadáveres y, en un 70% cuando
se trate de restos reducidos o cenizas.
2 - Introducciones (desde otros cementerios y/o Partidos).
1 . De restos óseos y cenizas0.36
2 . De cadáveres
1) Angelitos (hasta cinco (5) años inclusive) 0.72
2) Mayores1.44
3 - Traslados
1. De nichos a sepultura
1) Mayores0.72
2) Menores (hasta cinco (5) años inclusive 0.36
3) Restos reducidos0.36
2 . Otros traslados, por cada resto o cadáver 1.02
Cuando se trate de traslados que desocupen totalmente una sepultura, la tasa
por traslado se reducirá en un 50% y la tasa por reducción será eximida.
4 - Reducciones
1 . De cadáveres ubicados en nichos, bóvedas
o panteones0.86
2 . De cadáveres en supulturas0.4
3 . Cremación de cadáveres y/o restos de carácter voluntario 30
4 . Cremación de cadáveres y/o restos de carácter obligatorio 15
5 - Cambios de caja metálica de ataúdes 0.82
3 - OTROS DERECHOS
1) Conservación de infraestructura
1. Bóvedas: por cada metro lineal o fracción de frente, según
planos catastrales, por año o fracción 0.36
2. Panteones: Por cada metro lineal o fracción de frente,
según planos catastrales, por año o fracción 0.72
2) Patentes por desempeño de actividades en el Cementerio en forma habitual,
cuando no sea contribuyente de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene:
1. Cuidadores (limpieza y cuidado de sepulturas bóvedas, etc.)
por año o fracción5.8
2. Albañiles (trabajos de albañilería y refacciones de monumentos, veredas, etc.), 8.38
por año o fracción
3) Depósito
1. Por servicio de depósito de ataúdes siempre que
el hecho no sea imputable a la administración
municipal, por día, durante los treinta (30)
primeros días0.28
2. Por servicios mencionados arriba, los días
subsiguientes, por día0.017
4) Tapiados
1. De nichos de galería
1) Mayores1.62
2. Angelitos y Columbarios0.54
2) De nichos de la Sección B42.8
5) Colocación de puerta de nicho (permiso) 0.73
6) Duplicado de título0.4

II - CEMENTERIOS DELEGACIONES MUNICIPALES
1 - ARRENDAMIENTOS LOTES PARA BOVEDAS:
Se abonará el cincuenta por ciento (50%) de los valores
establecidos en 1.1.3 de este Capítulo.
2 - DEMAS TASA:
Los mismos valores que para el Cementerio Municipal
de Bahía Blanca.
III - CEMENTERIOS PRIVADOS
Se abonará el cincuenta por ciento (50%) de los valores
establecidos en este Capítulo.

Artículo 2º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.