ORDENANZA Nº 9757

Título: Creación en el partido de Bahía Blanca el registro de Planes Sociales de Vivienda.

Tema:

Expediente H.C.D. : HCD-843/97 c/ HCD-660/97, HCD-662/97, HCD-684/97.

Expediente M.B.B. :

Fecha de Sanción : 8 de agosto de 1997.

Fecha de Promulgación : 29 de agosto de 1997.

Decreto de Promulgación Nº 559/97.

Derogada por la Ordenanza :

Modificada por la Ordenanza :

ORDENANZA.


Artículo 1° ­ Créese, en el Partido de Bahía Blanca, el Registro de Planes Sociales de Vivienda que tendrá por objeto brindar información a requerimiento de los vecinos interesados sobre los distintos planes de vivienda en ejecución o a ejecutarse en aquel.

Artículo 2° - E1 Registro funcionará en el ámbito del H. Concejo Deliberante a cargo de las comisiones de Obras Públicas y Urbanización e Interpretación, Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías.

Artículo 3° - E1 Registro brindará información sobre la factibilidad de los planes, fuente de financiación, estatuto y/o contrato social, responsable técnico y evaluación del proyecto a los fines del otorgamiento del crédito, siempre que esa información fuere proporcionada por las instituciones indicadas en el Anexo I de la presente Ordenanza, documento que forma parte de la presente.

Artículo 4° - Las delegaciones municipales y sociedades de fomento que así lo soliciten dispondrán de las fórmulas cuyo modelo forma parte del anexo II e integra la presente, los que facilitarán el acceso del vecino a la información con el objeto de obtener una adecuada protección de sus derechos.

Artículo 5° - E1 H. Concejo Deliberante podrá solicitar la colaboración de otras instituciones y entidades públicas no estatales con el objeto de incrementar la base de datos que sustenta el Registro creado par la presente Ordenanza.

Artículo 6º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.