ORDENANZA Nº 9757
Título: Creación en el partido de Bahía Blanca el registro de Planes Sociales de Vivienda.
Tema:
Expediente H.C.D. : HCD-843/97 c/ HCD-660/97, HCD-662/97, HCD-684/97.
Expediente M.B.B. :
Fecha de Sanción : 8 de agosto de 1997.
Fecha de Promulgación : 29 de agosto de 1997.
Decreto de Promulgación Nº 559/97.
Derogada por la Ordenanza :
Modificada por la Ordenanza :
ORDENANZA.
Artículo 1° Créese, en el Partido de Bahía Blanca, el Registro de Planes Sociales de Vivienda que tendrá por objeto brindar información a requerimiento de los vecinos interesados sobre los distintos planes de vivienda en ejecución o a ejecutarse en aquel.
Artículo 2° - E1 Registro funcionará en el ámbito del H. Concejo Deliberante a cargo de las comisiones de Obras Públicas y Urbanización e Interpretación, Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías.
Artículo 3° - E1 Registro brindará información sobre la factibilidad de los planes, fuente de financiación, estatuto y/o contrato social, responsable técnico y evaluación del proyecto a los fines del otorgamiento del crédito, siempre que esa información fuere proporcionada por las instituciones indicadas en el Anexo I de la presente Ordenanza, documento que forma parte de la presente.
Artículo 4° - Las delegaciones municipales y sociedades de fomento que así lo soliciten dispondrán de las fórmulas cuyo modelo forma parte del anexo II e integra la presente, los que facilitarán el acceso del vecino a la información con el objeto de obtener una adecuada protección de sus derechos.
Artículo 5° - E1 H. Concejo Deliberante podrá solicitar la colaboración de otras instituciones y entidades públicas no estatales con el objeto de incrementar la base de datos que sustenta el Registro creado par la presente Ordenanza.
Artículo 6º De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.