Título: CLIBA: Fijando Canon mensual.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1815-2004
Expediente
M.B.B.:
0/00-4086/2006.
Fecha
de Sanción: 13 de febrero
de 2007.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º - Fíjase el canon mensual que corresponde
abonar en concepto de recolección de residuos, barrido de calles y relleno
sanitario a la Empresa CLIBA IASA
ORMAS AMBIENTAL S.A. UTE, en la suma de
UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS con
CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 1.292.644,48).
Artículo 2º - Dicho canon
tendrá vigencia entre los meses de febrero y abril de dos mil siete, inclusive.
El nuevo valor fijado no implica el reconocimiento de ningún derecho, crédito o
reclamo con anterioridad a la sanción de la presente.
Artículo 3º - Créase una Comisión integrada por un miembro
que designe cada bloque de concejales de este Departamento Deliberativo y por
tres miembros propuestos por el D.Ejecutivo, a fin de realizar un estudio
integral de la situación contractual de la Empresa CLIBA IASA ORMAS AMBIENTAL S.A.
UTE, en relación al servicio de recolección de residuos, barrido de
calles y relleno sanitario. Las designaciones deberán ser realizadas en el
plazo de diez días de promulgada la presente.
Artículo 4º - Dicha
comisión tendrá la facultad de analizar alternativas a la forma de prestación
del servicio, proponer nuevas modalidades y cambios en el sistema vigente y
considerar reclamos pendientes, como así también evaluar un modelo prestacional
que reduzca los costos y su incidencia presupuestaria.
Artículo 5º - La Comisión tendrá como asiento de sus
deliberaciones el ámbito del D. Ejecutivo, el que deberá designar a quien la
presida, el que convocará a la reunión inicial. En la primera reunión se
establecerá por mayoría simple la forma en que se realizarán las convocatorias,
deliberaciones y resoluciones.
Artículo 6º - Comuníquese
al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE
FEBRERO DE DOS MIL SIETE.