ORDENANZA Nº 5759

Título: Estudio sobre la incidencia humana y animal de la toxoplasmosis en el partido de Bahía Blanca.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-754/89.

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 17 de mayo de 1990.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación: N º:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - La Dirección de Salud Municipal y el Departamento de Zoonosis, con la colaboración de la Asociación Médica, el Colegio de Veterinarios, y la filial local de SELSA-SENASA, programarán un estudio conjunto sobre la incidencia humana y animal de la toxoplasmosis en nuestro partido.

Artículo 2º - Se implementará con el Colegio de Veterinarios y SELSA-SENASA, un plan de prevención y educación, en escuelas y salas médicas de nuestro partido, relacionado en forma particular sobre el manejo de los animales transmisores de esta enfermedad.

Artículo 3º - Se iniciará una campaña de control serológico, en animales a través del Departamento de Zoonosis Municipal.

Artículo 4º - Se convendrá con la Asociación Médica de Bahía Blanca:

  1. El dictado de una conferencia sobre actualización en diagnóstico y tratamiento sobre la toxoplasmosis, dictada por un profesional de reconocida dedicación a esta patología.
  2. Realizar una mesa redonda con la participación de clínicos, infectólogos, oftalmólogos, neurólogos, químicos, veterinarios y todo otro especialista que esa entidad crea conveniente invitar.
  3. Se implementará un concurso de trabajos relacionados con la incidencia, prevención y posibilidades de erradicación de la toxoplasmosis de nuestro partido.

Artículo 5º - La Dirección de Salud Municipal concretará:

  1. Con el Centro de Salud Municipal un consultorio de derivación, para diagnóstico y tratamiento de esta patología.
  2. Se invitará a concretar idéntica acción a la Zona Sanitaria I, en el Hospital Interzonal "Dr. José Penna".
  3. Programar una campaña de afiches, folletos, conferencias, a través de las salas médicas municipales, Hospital menor de Ingeniero White, sala médica de Cabildo y General Daniel Cerri; como una programa agregado al de la atención primaria municipal.

Artículo 6º - Queda facultado el Departamento de Zoonosis Municipal a implementar cualquier otra acción, que de acuerdo con los miembros de esta comisión consideren necesario desarrollar.

Artículo 7º - Los recursos que demande esta campaña provendrán de la partida presupuestaria, destinada al Departamento de Zoonosis Municipal.

Artículo 8° - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.