ORDENANZA Nº11871

Título: Autorizando con carácter de excepción la superación de la altura máxima permitida en el C.L.M. del inmueble sito en calle República Siria nº 1471.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-496-2002

Expediente M.B.B.: 0/00-2690/2002

Fecha de Sanción: 6 de junio de 2002.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º - Autorícese, con carácter de excepción, la superación parcial de la altura máxima permitida en el C.L.M., en 2,04 m., con la construcción proyectada en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 32 a, Parcela 17, Unidad Funcional 2, Partida 39.061, sito en calle República Siria nº 1471, propiedad de la señora Nélida Genoveva Viunda, L.C. 4.001.543, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en el expediente 0/00-2690/2002 (496-HCD-2002).

Artículo 2º - El propietario deberá presentar la documentación, conforme lo establece el Código de la Edificación, respetando las restantes normativas del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DOS.