ORDENANZA Nº 8868

Título: Instalación de veintidós luminarias económicas.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1109/95.

Expediente M.B.B.: 0/00-8312/95, 0/00-7638/95.

Fecha de Sanción: 06 de octubre de 1995.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:


ORDENANZA

Artículo 1º ­ Autorícese la instalación de dos (2) luminarias del tipo económico, en las siguientes entrecuadras:

Artículo 2º ­ A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente, los vecinos proveerán artefactos Stand mod. 35 o Genalex Mod. 8430 o Bartel BT 86 o Meriza 51, lámparas mercurio 125 watts, balastos autorregulados de 125 watts, fotocélulas, y brazos de acuerdo a plano municipal, quedando a cargo de la Comuna la instalación de la misma.

Artículo 3º ­ Autorícese la instalación de veinte (20) luminarias del tipo económico, conforme a lo establecido en el artículo 6º de la Ordenanza Nº ##4035 y su modificatoria Nº ##4090, en la intersección de calles:

y en las siguientes entrecuadras:

Artículo 4° ­ E1 gasto que demande lo dispuesto en los artículos 1º y 3°, se imputará a la Cuenta Especial "Obras de Alumbrado Público".

Artículo 5º ­ De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.