ORDENANZA Nº 6542
Título:
Autorizando la obra de iluminación en calle Villarino.Tema:
Expediente H.C.D.: HCD 1292/91
Expediente M.B.B.: 0/00-6790/91
Fecha de Sanción: 19 de Diciembre de 1991
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación: N º:
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorícese la obra de iluminación de calle Villarino, entre Chiclana y Saavedra, en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en expediente nº 0/00-6790/91 (1292-HCD-91).
Artículo 2º.- Declárense cumplidos los recaudos previstos en los artículos 184º, inciso 2), de la Constitución Provincial y 29º, inciso 2), 98º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza de Obras Públicas nº ## 2082 y sus modificatorias.
Artículo 3º.- La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de su artículo 9º, inciso b) y la Sección I, Capítulo II, Ejecución por contrato directo entre vecinos y empresa constructora, de su Decreto Reglamentario nº 754/76.
Artículo 4º.- La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse conforme lo establece el artículo 6º de la ordenanza de obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II del decreto nº 754/76.
A los efectos del prorrateo previsto en el citado artículo 6º de la antedicha ordenanza establécese que el mismo será de la siguiente forma:
Artículo 5º.- Previo a la ejecución de la obra, el D. Ejecutivo deberá acreditar los extremos previstos en el artículo 4º de la Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo 6º.- El D. Ejecutivo dispondrá la retenci6n del 2% y posterior transferencia, según lo dispuesto en el artículo 21º de la ordenanza nº ## 2485.
Artículo 7º - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.