Título: Construcción de cordón
cuneta, en calles Montevideo, Saavedra Lamas, Nicolás Levalle, Juana Azurduy.
Tema:
Expediente H.C.D.: HCD-377-2006
Expediente M.B.B.: 0/00-10363-2005
Fecha de Sanción: 20 de abril de 2006.
Fecha de Promulgación:
Decreto de Promulgación Nª
Derogada por la Ordenanza:
Modificada por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º -
Autorízase la ejecución de la obra Construcción de cordón cuneta, tres
badenes, un triángulo y un cuerpo badén en calles MONTEVIDEO entre Nicolás
Levalle y Vías del F.C.N.G.R. (2200 2300 acera par), SAAVEDRA LAMAS entre
Nicolás Levalle y Vías del F.C.N.G.R. (2200 2300 ambas aceras), NICOLAS
LEVALLE entre Montevideo y Neuquen (1100 1200 acera impar), JUANA AZURDUY
entre Montevideo y Neuquen (1100 1200 ambas aceras).
Artículo 2º -
Decláranse cumplidas las exigencias de los artículos 193º inciso 2) de la
Constitución Provincial, 29º inciso 2) y concordantes de la Ley Orgánica de las
Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas Nro. 2082 y sus
modificatorias Nros. 2201 y 2485.
Artículo 3º - La obra
autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la
Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de los artículos 9º
inciso d) de dicha ordenanza y 23º a
26º de la Sección I, Capítulo IV de su
Decreto Reglamentario nº 754/76, Ejecución por Consorcio de Vecinos o
Cooperativas.
Artículo 5º - En la
presente obra no se aplicarán las retenciones dispuestas en los artículos 19º,
20º y 21º de la Ordenanza de Obras Públicas.
Artículo 6º -
Constitúyase el consorcio para la ejecución de la mencionada obra, según las solicitudes
expresas de los vecinos beneficiarios, obrantes de fojas 1 a 67 vta. del
expediente nº 0/00-10363-2005 (377-HCD-2006), habiéndose cumplimentado con el
artículo 2º y demás requisitos establecidos en la ordenanza nº 4060.
Artículo 7º - El
Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:
Presidente: Ing. José
Iogna, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
Tesorera: Cra. María
Angélica Henales, Jefe División Oficina Consorcios Obras Básicas.
Secretaria: Sra.
Rosana Schiavoni de Amaya, DNI. 17.185.650, vecina frentista.
Vocales: Sr. Jorge
Quevedo, DNI. 11.622.817, vecino frentista y Agr. Lorenzo Cánepa, Legajo nº
11339, dependiente del Departamento Vialidad.
Artículo 8º - El gasto que se origine deberá imputarse a la Partida Sección 2, Sector 5, Inciso 2, Ppal 20, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 9º -
Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTE DIAS
DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL SEIS.