ORDENANZA N°: 18251

Título: Servicios de Agrimensura para regularización dominial en Barrio Stella Maris.

Expediente del H.C.D.: 1137-2015

Expediente del D.E.: 239-9213-2015

Fecha de sanción: 08-10-2015

Fecha de promulgación: 20-10-2015

Decreto de promulgación: 2409/2015

Derogada por Ordenanza n°:

Modificada por Ordenanza n°:


O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: Autorizar la realización de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial en la Manzana del Barrio Stella Maris, que se designa catastralmente de manera provisoria como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 203 2, Parcelas 1a, 1b; 2, 3, 4, 5, 6, 7a; 7b, 8, 9, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21; Partidas de Oficio: 206013, 250919, 206014, 206015, 206016, 206017, 206018, 206019, 254440, 206020, 206021, 206023, 206025, 206026, 206027, 206028, 206029, 206030, 206031, 206032 y 206033. Corresponde a la Parcela Dominial 9, de la Chacra 203, Circunscripción II, Sección B.


ARTICULO 2º: Decláranse cumplidas las exigencias de los Artículos 193º, inciso 2), de la Constitución Provincial; 3º y 5º, de la Ordenanza Nº 18060.


ARTICULO 3º: Declárase la obligatoriedad de pago del Servicio de Agrimensura para Regularización Dominial a realizarse conforme las disposiciones del Artículo 4º, de la Ordenanza Nº 18060.


ARTICULO 4º: Déjase establecido que el pago al que se refiere el artículo anterior se realizará por vecino frentista, conforme a lo consensuado oportunamente al adherir a la Formación del Consorcio.


ARTICULO 5º: Constitúyase el consorcio para la ejecución de Servicios de Agrimensura para Regularización Dominial, según la solicitud expresa de los beneficiarios obrantes de fojas 1 a 64, del expediente 239-9213-2015 (1137-HCD-2015).


ARTICULO 6º: El Consejo de Administración estará integrado por las siguientes personas:


PRESIDENTE: Lic. Julián Lemos, Secretario de Economía y Hacienda.

TESORERA: Cra. María Angélica Henales, Jefa de Oficina Administración de Consorcios.

SECRETARIO: Sra. Milagros Alejandra Cañoles Candia, DNI 92.907.416, vecina frentista.

VOCALES: Agrim. Cristina Urquiola, Jefa Departamento Catastro Territorial y Sra Alicia Susana Maneiro, DNI 13.744.314, vecina frentista.


ARTICULO 7º: El Recurso para el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputará a la Partida: Fuente 140, Jurisdicción 1110103000, Categoría Programática 01.16.00, R.A. (131), Consorcios Regularización Dominial Ordenanza 18060, 3.4.9.0 otros Servicios Técnicos y Profesionales.


ARTICULO 8º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE.